UNGRD - Resolución 851 de 23 de septiembre de 2026
Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 851 de 23 de septiembre de 2026
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2026
REPUBLICA DE COLOMBIA FONDO NACIONAL PARA LA GEST!ÓN DEL RIESGO DE DESASTRES rw RESoLUcTóruruollo 0 B 5 1
23SEP2026" ) ..POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUC!ÓN NO. OO99 DE 09 DE FEBRERO OE 2026, POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNA TRANSFERENCIA ECONÓMICA DIRECTA HACIA EL FoNDo DE rNyERstóN coLEcnvA DE ALTA LteutDEz - Ftc - No. 001001056969, AB¡ERTo PARA EL MUNICIPIO DE CHINCHINA EN EL DEPARTAMENTO DE CALDAS, COMO APOYO SUBS'D'ARIO Y COMPLEMENTARIO ATENDIENDO A LA SOLICITUD REALIZADA POR EL MIJNICIPIO, EN VIRTIJD DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PÚBLICA EXPEDIDA MEDIANTE DECRETO N".058 DEL 05 DE JUNIO DE 2025 PRORROGADA MEDIANTE DECRETO No. 149 DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 2025, PARA REALIZAR LA EJE¡UaIÓN DE AccIoNEs REDUaaIÓN DEL R,ESGO DE DESASIRES EN EL MARCO DE LA RESPUESIA Y RECUPERACIÓN" EL DIRECTOR GENERAL EN CALIDAD DE ORDENADOR DEL GASTO DEL FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES - FNGRD En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por la Constitución Política, los artículos 1,2, 3, 18, 47,56, 57, 58, 65 y 80 de la Ley 1523 de 2012, el
Decreto 1289 de 2018, el artículo 1 1 del Decreto Ley 4147 de 201 1 , las demás normas concordantes, v, CONSIDERANDO QUE: Que mediante Resolución No. 0099 del 9 de febrero de 2026,|a Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD, en calidad de ordenador del gasto del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - FNGRD, autorizó la transferencia directa al Municipio de Chinchiná, Caldas, de recursos por valor de DOS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000.000), dichos recursos fueron amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 25-1805 del23 de diciembre de2025 Que los recursos objeto de la transferencia fueron administrados mediante el Fondo de lnversión Colectiva - FIC No.001001056969, administrado por Fiduciaria La Previsora S.A., identificado como "Recursos FNGRD", correspondiente al Municipio de Chinchiná. Que la intervención inicialmente financiada tiene como finalidad la ejecución de obras de mitigación y estabilización del talud ubicado en los barrios Juan Pablo ll, Funvascar, San Carlos y sectores aledaños del Municipio de Chinchiná, orientadas a la mitigación del riesgo por movimientos en masa, mediante obras de estabilización geotécnica, manejo de aguas superficiales y subterráneas y protección vegetal de las laderas intervenidas Que, la resolución en cuestión consigno en sus artículos primero y quinto, lo siguiente
ART|CULO 1. Transferir at Fondo de lnversión Colectiva de Alta Liquidez N". 001001056969 de Fiduprevisora S.4., a través de inversión cuyo obieto es- 'POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNA IRANSFERENCIA ECONÓMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE /NYERS/ÓN COLECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ - FIC NO. 001001056647, ABIERTO PARA EL
MUNICIPIO CHINCHINÁ EN EL DEPARTAMENTO DE CALDAS, COMO APOYO
SUES/D/ARIO Y COMPLEMENTARIO ATENDIENDO A LA SOLICITUD REALIZADA POR EL MUNICIPIO, EN VIRTUD DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PÚBLICA EXPEDIDA MEDIANTE DECRETO No. 058 DEL 02 DE JUNIO DE 2025 PRORROGADA MEDIANTE DECRETO No, 149 DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 2025, PARA REALIZAR LA EJECIJCIÓN DE ACCIONES REDUCCIÓN DEL R/ESGO DE DESASIRES EN EL MARCO DE LA (RESoLrJcróNNf 0 I t'.r t o,2 3 SEP 2026 Página 2 de 6 poR LA cuAL sE MoDtFtcA LA RESoLUcIóru No. 0099 DE 09 DE FEBRERo DE 2026, poR MEDto DE LA CUAL SE aRDENA UNA IRANSFERENCIA ecoNÓu:ca aREcTA HAzIA EL FoNDo DE IIVYaRSIÓ¡I COLE¡TIvA DE ALTA LIQUIDEZ - FIC - No. 001001056969. ABIERTI PARA EL
MUNICIPIO DE CHINCHINA EN EL DEPARTAMENTO DE CALDAS, COMO APOYO SUBS/D/AR/O Y COMPLEMENTARIO ATENDIENDO A LA SOLICITUD REALIZADA POR EL MUNICIPIO, EN VIRTUD DE LA DE:LARATIRIA DE ;ALAMIDAD púauca EXPEDTDA MEDTANTE DECRETO N'. 058 DEL 0F, DE JUNTO DE 2025 PRORROGADA MEDTANTE DECRETO No, 149 DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 2025, PARA REALIZAR LA EJECUCIÓN OC AcCloNES neoucclÓN DEL R/ESGo DE DESASIRES EN EL MARC¡ DE LA RESPUESIA y REaUPERAaór,t" RESPUESrA Y RECUPERACTÓN", recursos por valor de DOS AltL MTLLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000.000,00) para que sean administrados por el Municipio de Chinchiná. Estos recursos se encuentran amparados con e/ Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 251805 del23 de diciembre de 2025. () ARTICULO 5. EJECUCTÓN DE LOS RECURSOS. tJna vez notificado el presente acto administrativo, el municipio de Chinchiná deberá ejecutar /os recursos en un término no mayor a seis (6) meses contados a partir del desembolso de /os mismos". Que el Municipio de Chinchiná, mediante comunicación DAL-043-2026 del 15 de septiembre de 2026, solicitó la aprobación de recursos adicionales y ampliación de legalización de recursos para financiar las
mayor€|s cantidades requeridas para la culminación de la intervención, así como los recursos correspondientes a la ampliación de la interventoría. Que durante la ejecución de las acciones financiadas con los recursos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - FNGRD se identificaron condiciones reales de campo que hicieron necesario ajustar las cantidades inicialmente previstas, particularmente en actividades relacionadas con excavación, conforrnación, obras en concreto, acarreos, manejo de aguas y obras de bioingenierÍa, con el propósito de garantizar la estabilidad, funcionalidad y adecuada terminación de la intervención. Que, de acuerdo con la documentación técnica y contractual aportada por el Municipio de Chinchiná, la ampliación del alcance de la intervención hacia las terrazas superiores del talud, identificadas como terrazas 10 y 11, implica mayores volúmenes de obra y actividades que, por su naturaleza secuencial, las condiclones de acceso y las características de pendiente del terreno, requieren un plazo adicional al inicialnrente previsto. Que el Municipio de Chinchiná solicitó mediante oficio DAL-043-2026 del 15 de septiembre de 2026la aproberción de una prórroga de dos (2) meses tanto para el Contrato de Obra Pública No. CD-274-2026 como para el Contrato de lnterventoría No. CD-275-2026, con el propósito de culminar las actividades objeto de la adición, garantizar la estabilidad geotécnica de la totalidad del talud intervenido y ejecutar las actividades en condiciones de calidad y seguridad.
Que l¿r solicitud municipal fue sustentada, entre otros documentos, en el balance de mayores y menores cantidades de obra y en los documentos técnicos y financieros elaborados durante la ejecución del proyecto. Que de acuerdo con la documentación técnica presentada, las mayores cantidades se encuentran relacionadas con actividades de empradización y protección superficial, conformación y perfilamiento de taludes, manejo y conducción de aguas, obras complementarias, llenos y conformación de terrenos, entre otras actividades necesarias para garantizar la estabilidad, funcionalidad, durabilidad y adecuada terminación de la intervención inicialmente autorizada. Que el Comité Técnico realizado el 15 de septiembre de 2026 analizó la solicitud de adición y prórroga y emitió concepto favorable respecto de la necesidad de recursos adicionales y su prórroga para garantizar la terminación integral de las obras.RESoLUC'óNNJr0851 oe23SEP202rr Página 3 de 6 POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN NO. OO99 DE 09 DE FEBRERO DE 2026, POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNA TRANSFERENC/A ECONÓMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE /NyERs/ÓN ))LECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ - FIC - No. 001001056969, ABIERTO PARA EL AIUNICIPIO DE CHINCHINA EN EL DEPARTAMENTO DE CALDAS, COMO APOYO SUES/D/AR/O Y COMPLEMENTARIO ATENDIENDO A LA SOLICITUD REALIZADA POR EL MUNICIPIO, EN VIRTUD
DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PÚBLICA
EXPEDIDA MEDIANTE DECRETO N". 058 DEL 05 DE JUNIO DE 2025 PRORROGADA MEDIANTE DECRETO No, 149 DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 2025, PARA REALIZAR LA EJECUCIÓN DE ACCIoNES REDU¡CIÓN DEL R/ESGo DE DESASIRES EN EL MARCO DE LA RESPUESIA Y RECUPERACIÓN" Que, conforme al soporte económico presentado por el Municipio, la necesidad adicional asciende a CIENTO DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA y OCHO PESOS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($118.285.898,68), discriminados así: CONCEPTO VALOR Mayores cantidades/costos directos de obra $92.116.620,00 Ampliación de interventoría $24.879.646,00 Ajuste a diseños e interventoría (1,4o/o) $1.289.632,68
TOTAL $1 18.285.898,68
Nota: Estos valores corresponden a la solicitud formal presentada por el Municipio y al informe de soporte de la adición Que la necesidad de recursos adicionales se encuentra vinculada con la culminación de la intervención originalmente autorizada y, de acuerdo con la documentación técnica aportada, no tiene por objeto financiar una intervención nueva, autónoma o diferente, sino atender las variaciones de cantidades identificadas durante la ejecución y necesarias para alcanzar la finalidad de las obras de reducción del riesgo.
Que, en consecuencia, la incorporación de recursos adicionales mantiene conexidad con el objeto,
destinación y finalidad de la transferencia inicialmente autorizada mediante la Resolución No. 0099 del g de febrero de 2026. Que los contratos derivados de la transferencia de recursos fueron celebrados directamente por el Municipio de Chinchiná, correspondiendo a dicha entidad, en su calidad de contratante y ejecutora de los recursos, adelantar los trámites contractuales que resulten procedentes respecto de los contratos de obra e interventoría. Que, en consecuencia, la presente resolución no constituye aprobación, autorización, modificación, adición o prórroga de los contratos de obra o interventoría celebrados por el Municipio de Chinchiná, ni implica que la UNGRD asuma las competencias de supervisión, interventoría, administración o dirección contractual que corresponden al Municipio. Que el objeto de la presente resolución se circunscribe a modificar la autorización de transferencia de recursos contenida en la Resolución No. 0099 de 2026, incorporando recursos adicionales al esquema financiero asociado al FIC No.001001056969, conservando la destinación especÍfica y el régimen de seguimiento, ejecución, legalización y control aplicable a los recursos del FNGRD. Que para la presente adición se cuenta con elCertificado de Disponibilidad Presupuestal No 26-1860 del 23 de septiembre de 2026 por valor de CIENTO DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS M/CTE ($118.285.898,68), de conformidad con las reglas presupuestales aplicables.RESoLUcTóru r'roffo 0 8 5 1 De 2 3 SEP 2026 Página 4 de 6
POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN NO. OO99 DE 09 DE FEBRERO DE 2026, POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNA IRANSFERENCIA ECONÓMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE /NYERS/ÓN COLECTIVA DE ALTA LIQIJIDEZ - FIC - NO, 001001056969, ABIERTO PARA EL MUNICIPIO DE CHINCHINA EN EL DEPARTAMENTO DE CALDAS, COMO APOYO SUBSIDIARIO Y COMPLEMENTARIO ATENDIENDO A LA SOLICITUD REALIZADA POR EL MUNICIPIO, EN VIRTUD DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PÚBLICA EXPEDIDA MEDIANTE DECRETO N". 058 DEL 05 DE JUNIO DE 2025 PRORROGADA MEDIANTE DECRETO No, 149 DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 2025, PARA REALIZAR LA EJECIJCIÓN DE ACCIONES REDUCCIÓN DEL R/ESGO DE DESASTRES EN EL MARCO DE LA RESPUESIA Y RECIJPERACIÓN" En mérito de lo expuesto, este Despacho RESUELVE: ART¡CULO 1o: MODIFICAR elartículo primero de la Resolución 0099 de2026 que estableció elvalor de la transferencial de la Resolución No. 0099 del 9 de febrero de 2026, en el sentido de adicionar la suma de CIENTO DIECIOCHO M¡LLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS M/CTE ($r18.285.898,68), a los
recursos inicialmente autorizados para el Municipio de Chinchiná, Caldas. En consecuencia, el valor total de los recursos autorizados mediante la Resolución No. 0099 del 9 de febrero de 2026, incluyendo la presente adición, asciende a la suma de DOS MIL CIENTO DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OGHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS coN SESENTA Y OCHO CENTAVOS M/CTE ($2.r18.285.898,68), ART¡CULO 2o: MODIFICAR el artlculo quinto de la Resolución 0099 de 2026 con el fin de ampliar el término para la ejecución y legalización de los recursos transferidos al Municipio de Chinchiná, Departamento de Caldas, mediante el Fondo de lnversión Colectiva de Alta Liquidez -FlCNo. 001001056969, por un adicional de DOS (2) MESES, contados a partir del 24 de septiembre de 2026, fecha en la cual se efectúa el vencimiento del plazo para la ejecución y legalización de los recursos, establecido en la Resolución No. 099 del 09 de febrero de 2026. En consecuencia, el término para la ejecucrón y legalización de recursos se amplía hasta el veintitrés (23) de noviembre de 2026 Los recursos deberán destinarse exclusivamente a las actividades y conceptos que fueron objeto de análisis y aprobación por parte de la UNGRD, sin que puedan ser destinados a finalidades diferentes. ART¡CULO 40: Autorizar la incorporación de los recursos adicionales por valor de CIENTO DtECIOCHO
MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS M/CTE ($118.285.898,68), al esquema financiero asociado al Fondro de lnversión Colectiva - FIC No. 001001056969, administrado por Fiduciaria La Previsora S.A., corre:;pondiente al Municipio de Chinchiná. La inc;orporación de los recursos estará sujeta a las condiciones operativas y financieras establecidas por la fiduciaria administradora, a la disponibilidad presupuestal y a las instrucciones que correspondan para la transferencia y administración de los recursos. ART¡CULO 50: El Municipio de Chinchiná, como entidad receptora y ejecutora de los recursos, será responsable de su administración, ejecución, ordenación del gasto, destinación específica, seguimiento, contr,¡|, legalización y rendición de los informes a que haya lugar, de conformidad con la Ley 1523 de ARTICULO 3o: Los recursos adicionales autorizados mediante la presente resolución, por valor de CIENTO DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS M/CTE ($118.285.898,68), tendrán destinación específica para financiar las actividades necesarias para la culminación de las acciones de reducción del riesgo inicialmente autorizadas en el sector Funvascar, San Carlos y sectores aledaños del Municipio de
Chinchiná, Caldas, de conformidad con los soportes técnicos, financieros y presupuestales que funda¡nentan la presente decisión.f'0851 De 23sEP¿¡¿o Página 5 de 6Rrsotuclóru no ( ,¡t! i.r 4 poR LA cuAL sE MoDtFtcA LA RESoLUcTóru No. 0099 DE 09 DE FEBRERo DE 2026, PoR MEDto DE LA cuAL sE IRDENA UNA TRANSFEREN::A ecoNóutcA DTRECTA HActA EL FoNDo DE IruyeRsIÓru C)LECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ - FIC . No, 001001056969, ABIERTO PARA EL MUNICIPIO DE CHINCHINA EN EL DEPARTAMENTO DE CALDAS, COMO APOYO SUBSIDIARIO Y COMPLEMENTARIO ATENDIENDO A LA SOLICITUD REALIZADA POR EL MUNICIPIO, EN VIRTUD DE LA DECLARATIRTA DE zALAMIDAD pÚeuce EXPEDIDA MEDIANTE DECRETO N'. 058 DEL 05 DE JUNIO DE 2025 PRORROGADA MEDIANTE DECRETO NO. 149 DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 2025, PARA REALIZAR LA EJECUCIÓN OC ACCIoNES neoucclÓN DEL R/ESGO DE DESASIRES EN EL MARCO DE LA RESPUESIA Y RECUPERAcTóN" 2012, el Decreto 1081 de 2015, el Decreto 1289 de 2018, la Resolución No. 0099 de 2026 y el presente acto administrativo.
Los recursos deberán mantenerse destinados exclusivamente a las actividades autorizadas y no podrán utilizarse para atender obligaciones, proyectos, contratos o finalidades diferentes. ART¡CULO 60: La presente resolución no constituye aprobación, moiJificación, adición, prórroga, autorización o convalidación de los contratos de obra e interventoría celebrados por el Municipio de Chinchiná, ni implica que la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD ostente la calidad de parte, contratante, supervisora o interventora de dichos negocios jurídicos. Corresponde exclusivamente al Municipio de Chinchiná, en el marco de sus competencias y del régimen jurídico aplicable, adelantar y formalizar las actuaciones contractuales que resulten procedentes para la ejecución de las actividades financiadas con los recursos objeto de la presente resolución. La autorización de los recursos por parte de la UNGRD se circunscribe a la financiaciÓn de las actividades de gestión del riesgo previamente autorizadas, sin que pueda entenderse como aprobaciÓn de las decisiones contractuales adoptadas o que adopte el Municipio. i,: ART¡CULO 7o: La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD realizará el seguimiento que corresponda respecto de la destinación, ejecución, legalización y resultados de los recursos transferidos, de acuerdo con las competencias establecidas en la Ley 1523 de 2012, el Decreto 1289 de 2018,|a Resolución No. 0099 de 2026 y los procedimientos internos aplicables.
El seguimiento financiero y administrativo de los recursos no implica el ejercicio de las funciones de supervisión o interventoría de los contratos celebrados directamente por el Municipio. ART¡CULO 8o: El Municipio de Chinchiná deberá incorporar los recursos adicionales objeto de la presente resolución en sus registros y mecanismos de seguimiento financiero y deberá reportar a la UNGRD la ejecución de estos, incluyendo como mínimo: a) Recursos recibidos. b) Recursos comprometidos. c) Recursos ejecutados y pagados. d) Saldos disponibles. e) Rendimientos financleros generados, cuando haya lugar f) Actividades ejecutadas. g) Avance físico y financiero. h) Recursos no ejecutados y reintegrados. i) Soportes de la legalización correspondiente. ART¡CULO 9o: Los rendimientos financieros que se generen con ocasión de la administración o inversión de los recursos del FNGRD deberán recibir el tratamiento previsto en las normas aplicables y en las disposiciones que regulan la administración de los recursos transferidos.RESoLUCTóru r.rolf 0s 5 1 Ju 2 3 sEP 2026 Página 6 de 6 POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓru ruO. OO99 DE 09 DE FEBRERO DE 2026, POR MEDIO DE LA CIJAL SE ORDENA UNA IRANSFERENCIA ECONÓAIICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE /NYERS/ÓN COLECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ - FIC - NO. 001001056969, ABIERTO PARA EL MUNICIP,IO DE CHINCHINA EN EL DEPARTAMENTO DE CALDAS, COANO APOYO SUES/D/ARIO Y
COMPLEMENTARIO ATENDIENDO A LA SOUdTUO REALIZADA POR EL MIJNICIPIO, EN VIRTUD DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PÚBLICA EXPEDIDA MEDIANTE DECRETO N'. 058 DEL 05 DE JUNIO DE 2025 PRORROGADA MEDIANTE DECRETO NO. 149 DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 2025, PARA REALIZAR LA EJECUCIÓN DE ACCIONES REDUCCIÓN DEL R/ESGO DE DESASTRES EN EL MARCO DE LA RESPUESIA Y RECUPERACIÓN" En todo caso, los rendimientos deberán ser identificados, registrados, reportados y, cuando corresponda, reintegrados conforme a las instrucciones impartidas por la UNGRD y/o las disposiciones aplicables al FNGRD. ART¡CULO 10o: Las demás disposiciones contenidas en la Resolución No. 0099 del 9 de febrero de 2026 que no sean modificadas expresamente por el presente acto administrativo continúan vigentes y son de obligatorio cumplimiento. ART¡CULO llo: Comunicar la presente resolución al Municipio de Chinchiná - Caldas, a Fiduciaria La Previsora S.A., en su calidad de administradora del vehículo financiero correspondiente, y a las dependencias de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres que tengan competencia en materia financiera, técnica, jurídica y de seguimiento, para lo de su competencia. ART¡CULO 12o La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición
PUBL¡QUESE, COMUNiQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.c., a los 2 3 SEP Z0 DAVID SANTIAGO TAMAYO ROLDÁN Director General Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres Ordenador del Gasto del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Elaboró: Cffipnenle Juidi@: Pedro Lu¡s Garces Escoba¡ Cd¡rclista conlrat¡s¡d GGCo CompoÉnle fécn¡e: M¡guolEduado Luengas, Prcloslonal Especieli2edo §RR.L;l-a¡{,-.¿,é Ddn¡el Rotando Otl¡z / Prcles¡úal Especiahzado S$Ff/ ,l / n Reviso: Cmprenle jwÍd¡co: Aletandro A@sla. Lldct GGC cL Josá Luis Angarila / Abogado Conlrutisld GGC I I' Mdria Cdmild CáceÉs Por1s. Cel¡alistá GGO«I Miguel Mdtllnez AycardlSG ., -.. Componanle lécn¡co: Juan Dav¡d Anquo ConlElkla GGC, Compüenle F¡ndnc¡ero: D¡ego Mauricio Adas, Contñlista GAFC b . P" ulina Hemández / C@Ainaaua earC l¡JEryobó: Enrique AcuñdAlzale/ Sweladoceneral (E) UNGRD b'-