UPME - Resolución 494 de 2025
Detalles
- Título
- UPME - Resolución 494 de 2025
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA
UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000494 de 2025
13-06-2025
Radicado: 20251020004945
"Por medio de la cual se modifican los artículos 4 y 16 de la Resolución 001149 de 2024, “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, se modifica la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y
C O N S I D E R A N D O: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 2121 de 2023, la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME es una unidad administrativa especial de carácter técnico, la cual opera bajo un régimen especial en materia de contratación, en concordancia con lo establecido en la Ley 143 de 1994.
Que la Oficina Asesora de Planeación, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 11 del Decreto 2121 de 2023, tiene como función la de "Administrar y promover el desarrollo, implementación y sostenibilidad del Control Interno, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, en alineación con los diferentes modelos y sistemas aplicables a la gestión pública, y articular su implementación.".
el desarrollo, implementación y sostenibilidad del Control Interno, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, en alineación con los diferentes modelos y sistemas aplicables a la gestión pública, y articular su implementación.". Que mediante la Resolución No. 001149 del 16 de diciembre de 2024, se adoptó el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la UPME, acto administrativo que modificó la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y dictó otras disposiciones esenciales para el adecuado funcionamiento de la entidad. Que, el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – Versión 6, expedido en diciembre de 2024 por el Departamento Administrativo de la Función Pública, la Presidencia de la República y el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional, actualizó el contenido de la política de Compras y Contratación conforme a los lineamientos del Gobierno Nacional.
Que, en particular, el numeral 2.4 del precitado Manual, denominado Política de Compras y Contratación Pública, establece en su ámbito de aplicación que: “ Las Entidades estatales, independientemente de su régimen de contratación, servidores públicos y colaboradores de la administración que ejecuten recursos públicos y, dependiendo el caso, sean destinatarios de las normas antes señaladas ”. En consecuencia, la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, en su calidad de entidad estatal con régimen especial, queda sujeta a los lineamientos establecidos en dicha política. Que en virtud de lo expuesto, se ha identificado la necesidad de modificar la Resolución 001149 de 2024, emitida por la Unidad de Planeación Minero Energética UPME,
especial, queda sujeta a los lineamientos establecidos en dicha política. Que en virtud de lo expuesto, se ha identificado la necesidad de modificar la Resolución 001149 de 2024, emitida por la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, específicamente los artículos 4 y 16, con el objetivo incluir como invitado permanente con derecho a voz pero sin voto al Coordinador (a) del Grupo Interno de Trabajo de
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Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se modifican los artículos 4 y 16 de la Resolución 001149 de 2024, “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, se modifica la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones”
Gestión Contractual y establecer su responsabilidad en la Política de Compras y Contratación Pública en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG.
Que en el acta con número de radicado 20251010002016 del segundo Comité Institucional de Gestión y Desempeño, se registraron los compromisos adoptados durante la sesión. Entre estos, la Oficina Asesora de Planeación se comprometió a actualizar la Resolución 001149 de 2024 e incorporar al Grupo Interno de Trabajo GIT de Gestión Contractual como líder de la Política de Compras y Contratación Pública. Que por todo lo anterior, se considera necesario proceder con la modificación de la
a actualizar la Resolución 001149 de 2024 e incorporar al Grupo Interno de Trabajo GIT de Gestión Contractual como líder de la Política de Compras y Contratación Pública. Que por todo lo anterior, se considera necesario proceder con la modificación de la Resolución 001149 de 2024, a fin de garantizar y asegurar el cumplimiento de las políticas establecidas en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG.
Que, en mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética, R E S U E L V E: ARTÍCULO 1. Modificar el numeral 2 del artículo 4 de la Resolución No. 001149 de 2024, expedida el 16 de diciembre de 2024, el cual quedará así:
“ARTÍCULO 4. Integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad de Planeación Minero-Energética – UPME, estará integrado de la siguiente manera: (…)
2. Invitados permanentes u ocasionales con derecho a voz pero sin voto:
a. El (la) asesor (a) de Control Interno. b. El Comité invitará de forma permanente a los(as) Coordinadores(as) de los Grupos Internos de Trabajo de Gestión Administrativa y Servicio al Ciudadano, Gestión del Talento Humano, Gestión Financiera y Gestión Contractual, por su calidad de líderes de políticas de gestión y desempeño institucional. c. El Comité podrá invitar a sus reuniones con carácter permanente u ocasional a los servidores públicos y colaboradores que, por su condición.”
calidad de líderes de políticas de gestión y desempeño institucional. c. El Comité podrá invitar a sus reuniones con carácter permanente u ocasional a los servidores públicos y colaboradores que, por su condición.”
ARTÍCULO 2. Modificar el artículo 16 de la Resolución No. 001149 de 2024 , expedida el 16 de diciembre de 2024, el cual quedará así:
“Artículo 16. - Designación de responsables de implementación de las políticas que integran el MIPG. La implementación de cada una de las políticas contará con un responsable de acuerdo con la siguiente asignación, sin detrimento de la corresponsabilidad de las demás dependencias involucradas, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 15 de la presente Resolución. Dimensión Política Responsables en la UPME
1
Talento Humano
1 Gestión Estratégica del Talento Humano • Responsable directo: Coordinador (a) del GIT de Gestión del Talento Humano 2 Integridad 2 Direccionamiento estratégico y planeación
3 Planeación Institucional • Responsable directo: Jefe de la Oficina Asesora de Planeación
4
Gestión presupuestal y
- Responsable directo: Coordinador del GIT de Gestión Financiera (Presupuesto de Funcionamiento)F-DI-06-V2
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Funcionamiento)F-DI-06-V2
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Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se modifican los artículos 4 y 16 de la Resolución 001149 de 2024, “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, se modifica la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones”
eficiencia del gasto público • Responsable directo: Jefe de la Oficina Asesora de Planeación (Presupuesto de Inversión) 5 Gestión de compras y contratació n pública
- Responsable directo:
Coordinador del GIT de Gestión Contractual 3 Gestión con valores para el resultado 6 Racionalizaci ón de trámites • Responsable directo: Jefe de la Oficina Asesora de Planeación 7 Fortalecimien to organizaciona l y simplificación de procesos • Responsable directo: Jefe de la Oficina Asesora de Planeación
8
Gobierno digital • Responsable directo: Jefe de la Oficina Tecnologías de la Información 9 Seguridad digital • Responsable directo: Jefe de la Oficina Tecnologías de la Información 10 Defensa jurídica • Responsable directo Jefe de la Oficina Asesora Jurídica 11 Mejora normativa • Responsable directo Jefe de la Oficina Asesora Jurídica
12 Participación ciudadana
10 Defensa jurídica • Responsable directo Jefe de la Oficina Asesora Jurídica 11 Mejora normativa • Responsable directo Jefe de la Oficina Asesora Jurídica
12 Participación ciudadana
- Responsable directo:
Coordinador (a) GIT Gestión Administrativa y Servicio al Ciudadano.
13 Servicio al ciudadano
- Responsable directo:
Coordinador (a) GIT Gestión Administrativa y Servicio al Ciudadano
4 Evaluación de Resultados
14 Seguimiento y evaluación del desempeño institucional • Responsable directo: Jefe de la Oficina Asesora de Planeación
5
Información y Comunicación
15 Archivos y gestión documental
- Responsable directo: Coordinador (a) del GIT Gestión Administrativa y Servicio al
Ciudadano
16 Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción • Responsable directo: Jefe de la Oficina Asesora de Planeación • Responsable directo: Subdirector (a) de Gestión de la Información
17 Gestión de la información estadística • Responsable directo: Subdirector (a) de Gestión de la InformaciónF-DI-06-V2
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Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se modifican los artículos 4 y 16 de la
InformaciónF-DI-06-V2
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Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se modifican los artículos 4 y 16 de la Resolución 001149 de 2024, “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, se modifica la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones”
6 Gestión del Conocimiento
18 Gestión del conocimiento y la innovación • Responsable directo: Jefe de la Oficina Asesora de Planeación
7
Control Interno
19
Control Interno • Responsable directo: Asesor (a) con funciones de Control Interno • Responsable indirecto: Jefe de la Oficina Asesora de Planeación
ARTÍCULO 3. PUBLICAR el contenido de la presente resolución en la página web de intranet de la Entidad.
ARTÍCULO 4. COMUNICAR el contenido de la presente resolución a los servidores públicos de la UPME
ARTÍCULO 5: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición.
COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a FECHA_13-06-2025
Manuel Peña Suarez Director General Encargado Dirección General
Elaboró: Angelica Muñoz Martínez
Dada en Bogotá, D.C., a FECHA_13-06-2025
Manuel Peña Suarez Director General Encargado
Dirección General Elaboró: Angelica Muñoz Martínez Revisó: Johana Vargas Ferrucho/ Angela Marcela Lobo Beltrán/ Diego Armando Vanegas Páez/Manuel Peña
Suarez
Aprobó: Manuel Peña SuarezREPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 001149 de 2024
20241100011495 16-12-2024
Radicado : 20241100011495 “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, se modifica la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y, C O N S I D E R A N D O: Que mediante el artículo 1º. del Decreto 1499 de 2017 “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015” se sustituyó el Título 22 de la Parte 2 del
Libro 2 del Decreto 1083 de 2015. Que el Decreto 1083 de 2015 “ Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”, reglamenta el Sistema de Gestión y actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de gestión y control al interior de los organismos y entidades del Estado. Que el artículo 2.2.22.3.2 del Decreto 1083 de 2015, define el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio. Que el artículo 2.2.22.3.4 del Decreto 1083 de 2015, establece que “El Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG se adoptará por los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público”. Que en cumplimiento del objetivo estratégico dirigido a consolidar la modernización de la entidad para fortalecer la planeación minero energética del país se requiere adoptar el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión. F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 001149 de 16-12-2024 Página 2 de 9
país se requiere adoptar el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión. F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 001149 de 16-12-2024 Página 2 de 9
Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, se modifica la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones” Que el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015, dispone que en cada una de las entidades se integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, el cual sustituye a los demás comités que tengan relación con el modelo y que no sean obligatorios por mandato legal.
Que el precitado artículo establece que, en el nivel central de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, el Comité será liderado por el viceministro o subdirector de departamento administrativo o los secretarios generales; mientras que, en el nivel descentralizado, estará a cargo de los subdirectores generales o administrativos o los secretarios generales, o quienes hagan sus veces, integrándose por los servidores públicos del nivel directivo o asesor que designe el representante legal de cada entidad. Además, describe las funciones de los Comités Institucionales de Gestión y Desempeño. Que el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015, dispone que la secretaría
el representante legal de cada entidad. Además, describe las funciones de los Comités Institucionales de Gestión y Desempeño. Que el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015, dispone que la secretaría técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño será ejercida por el jefe de la oficina de planeación, o por quien haga sus veces, en la entidad. Que el artículo 2.2.23.1 del Decreto 1083 de 2015 señala que el Sistema de Control Interno previsto se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. Que, en la sesión del 12 de noviembre de 2024, el Comité Institucional de Gestión y Desempeño aprobó la modificación de sus integrantes, con el fin de garantizar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) en la entidad. Que mediante Resolución 219 del 2024, entre otras disposiciones, se actualizó y modificó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se adoptó el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 1° del Decreto 2121 de 2023, la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME) es una Unidad Administrativa Especial con régimen especial en materia de contratación, por lo cual no procede la Ley 80 de 1993, en consecuencia, está exento de la política de compras y contratación pública.
Especial con régimen especial en materia de contratación, por lo cual no procede la Ley 80 de 1993, en consecuencia, está exento de la política de compras y contratación pública. Que mediante el Decreto 2121 del 2023, se modificó la estructura de la UPME, suprimiendo la Oficina de Gestión de la Información y creando la Subdirección de Gestión de la Información, así como la Oficina de Tecnologías de la Información, la Oficina Asesora de Planeación y la Oficina Asesora Jurídica. Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 11 del Decreto 2121 de 2023, la Oficina Asesora de Planeación tiene como función la de "administrar y promover el desarrollo, implementación y sostenibilidad del Control Interno y del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), en alineación con los diferentes modelos y sistemas aplicables a la gestión pública, articulando su implementación". F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 001149 de 16-12-2024 Página 3 de 9
Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, se modifica la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones” Que, en mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad de Planeación
Minero Energética,
R E S U E L V E:
CAPITULO I
Disposiciones Generales ARTÍCULO 1.- Adopción del Sistema de Gestión Institucional. Adoptar el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y
R E S U E L V E:
CAPITULO I
Disposiciones Generales ARTÍCULO 1.- Adopción del Sistema de Gestión Institucional. Adoptar el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) en la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME. ARTÍCULO 2.- Modificación de la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Modificar la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME. ARTÍCULO 3.- Naturaleza del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño es un órgano rector, articulador y ejecutor, a nivel institucional, de las acciones y estrategias para la correcta implementación, operación, desarrollo, evaluación y seguimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG. CAPÍTULO II Integración, reuniones, quórum del Comité Institucional de Gestión y Desempeño ARTÍCULO 4.- Integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad de Planeación Minero Energética, estará integrado así:
1. Integrantes permanentes con voz y voto:
a. El(la) Secretario(a) General, quien lo presidirá. b. El(la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien ejercerá la Secretaría Técnica del Comité. c. El(la) Subdirector(a) de Gestión de la Información.
b. El(la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien ejercerá la Secretaría Técnica del Comité. c. El(la) Subdirector(a) de Gestión de la Información. d. El(la) Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información. e. El(la) Jefe de la Oficina Asesora Jurídica
2. Invitados permanentes u ocasionales con derecho a voz pero sin voto:
a. El (la) asesor (a) de Control Interno. b. El Comité invitará de forma permanente al coordinador del Grupo Interno de trabajo de Gestión Administrativa y Servicio al Ciudadano, al Coordinador del Grupo Interno de trabajo de gestión de Talento Humano y al Coordinador del Grupo Interno de trabajo de Gestión Financiera, por ser líderes de políticas de gestión y desempeño institucional. c. El Comité podrá invitar a sus reuniones con carácter permanente u ocasional a los servidores públicos y colaboradores que, por su condición F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 001149 de 16-12-2024 Página 4 de 9
Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, se modifica la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones” jerárquica, funcional o conocimiento técnico, deban asistir según los asuntos a tratar.
La citación a estos servidores la efectuará el Secretario Técnico a través de la convocatoria a las sesiones.
jerárquica, funcional o conocimiento técnico, deban asistir según los asuntos a tratar. La citación a estos servidores la efectuará el Secretario Técnico a través de la convocatoria a las sesiones. ARTÍCULO 5.- Presidencia del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. La presidencia del Comité Institucional de Gestión y Desempeño será ejercida por el(la) Secretario(a) General de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME. ARTÍCULO 6.- Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. La secretaría técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño será ejercida por el (la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME. ARTÍCULO 7.- Sesiones Ordinarias. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME se reunirá trimestralmente, previa convocatoria de la Secretaría Técnica del Comité.
PARAGRAFO: La reunión se realizará en el lugar indicado en la respectiva citación o de forma virtual a través del medio electrónico que defina la UPME.
ARTÍCULO 8.- Sesiones extraordinarias. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME se reunirá extraordinariamente cuando las necesidades del servicio así lo exijan, o cuando lo estime conveniente quien lo presida, la o el secretario/a técnico, o al menos dos (2) de sus integrantes con voz y voto, previa convocatoria que para tal
extraordinariamente cuando las necesidades del servicio así lo exijan, o cuando lo estime conveniente quien lo presida, la o el secretario/a técnico, o al menos dos (2) de sus integrantes con voz y voto, previa convocatoria que para tal propósito formule la secretaría técnica. ARTÍCULO 9.- Asistencia al comité. La asistencia al Comité es obligatoria e indelegable. Cuando por motivo de fuerza mayor un miembro del Comité no pueda asistir, deberá comunicarlo de manera previa y escrita a la Secretaría Técnica. ARTÍCULO 10.- Quórum y mayorías. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño sesionará y deliberará con la mitad más uno (1) de sus integrantes permanentes con voz y voto, y las decisiones las tomará la mayoría simple de los miembros asistentes. Al inicio de las reuniones, el (la) Secretario (a) Técnico (a) deberá verificar la existencia de quórum para sesionar y deliberar. ARTÍCULO 11.- Decisiones del comité. Las decisiones adoptadas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño quedarán registradas en las actas pertinentes y serán suscritas por quien preside el Comité, así como por el Secretario Técnico. ARTÍCULO 12.- Responsabilidades de quien preside el comité. El presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño tendrá las siguientes responsabilidades:
1. Presidir, instalar y dirigir las sesiones del Comité.
2. Representar al comité cuando se requiera en otras instancias.
presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño tendrá las siguientes responsabilidades:
1. Presidir, instalar y dirigir las sesiones del Comité.
2. Representar al comité cuando se requiera en otras instancias.
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, se modifica la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones”
3. Delegar en los otros miembros del Comité algunas tareas específicas cuando lo considere oportuno.
ARTICULO 13.- Responsabilidades de la Secretaría Técnica. Son responsabilidades de la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y
Desempeño:
1. Programar las agendas del Comité.
2. Suscribir las actas de cada sesión.
3. Verificar quórum antes de sesionar.
4. Elaborar, suscribir y conservar las actas del Comité.
5. Hacer seguimiento a las decisiones adoptadas y compromisos adquiridos por el Comité.
ARTÍCULO 14.- Impedimentos, recusaciones o conflictos de interés. Los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño están sujetos a las causales de impedimento y recusación previstas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cuando un miembro del Comité advierta que puede estar inmerso en una de las causales de impedimento, deberá informarlo inmediatamente al Presidente del
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cuando un miembro del Comité advierta que puede estar inmerso en una de las causales de impedimento, deberá informarlo inmediatamente al Presidente del Comité, quien deberá decidir el impedimento. De aceptarlo, designará su reemplazo. Cuando un integrante del Comité no manifieste su impedimento, podrá ser recusado por el interesado, quien deberá aportar las pruebas que considere necesarias para decidir el impedimento. Cuando el impedimento recaiga en el presidente del Comité, la decisión se adoptará por la mayoría simple de los integrantes permanentes del Comité. CAPITULO III Responsabilidades del Comité Institucional de Gestión y Desempeño ARTÍCULO 15.- Funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Son funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, las siguientes:
1. Aprobar y hacer seguimiento trimestralmente, a los planes, programas, acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de
Planeación y Gestión – MIPG.
2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.
3. Proponer al Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.
iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.
4. Presentar los informes que requieran el Comité Sectorial de Gestión y del Desempeño Institucional, así como los organismos de control sobre la gestión y el desempeño de la entidad.
5. Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión.
6. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información.
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, se modifica la integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones”
7. Realizar seguimiento a la gestión de riesgos, mecanismos de medición y evaluación e incidentes de seguridad de la información, promover acciones de mejora e informar periódicamente a la alta dirección sobre la gestión adelantada.
8. Ejercer como Comité Interno de Archivo, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 2.8.2.1.4 del Decreto 1080 de 2015, el cual tendrá las funciones relacionadas en el artículo 2.8.2.1.16 de dicho Decreto o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
funciones relacionadas en el artículo 2.8.2.1.16 de dicho Decreto o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
9. Orientar, aprobar y hacer seguimiento a las políticas, planes y programas de la gestión ambiental interna para el buen uso de los recursos públicos en cumplimiento de la normatividad aplicable.
10. Ejercer como Comité de Seguridad de la Información en la determinación, aprobación y seguimiento de las políticas, planes y proyectos que requiera la Entidad en materia de seguridad de la información.
11. Generar espacios que permitan a sus participantes el estudio y análisis de temas relacionados con políticas de gestión y desempeño, buenas prácticas, herramientas, metodologías u otros temas de interés para fortalecer la gestión y el desempeño institucional y así lograr el adecuado desarrollo de sus funciones.
12. Las demás que tengan relación directa con el ejercicio que desarrolla el
Comité.
PARAGRAFO: La participación en el Comité Institucional de Gestión y Desempeño no exonera a sus miembros del cumplimiento y seguimiento de las funciones legalmente asignadas y las impartidas por el jefe de la dependencia respectiva.
ARTICULO 16.- Designación de responsables de implementación de las políticas que integran el MIPG. La implementación de cada una de las políticas contará con un responsable de acuerdo c
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