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UPME - Circular 107 de 2025

Unidad de Planeación Minero Energética

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Detalles

Título
UPME - Circular 107 de 2025
Autor
Unidad de Planeación Minero Energética
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios_Publicos
Año
2025

F-DO-17 V2 15/07/2024

CIRCULAR INTERNA No. 000107 de 2025

20251020001074

Radicado: 20251020001074

04-12-2025

PARA: SUBDIRECTORES, JEFES DE OFICINA, COORDINADORES Y EN GENERAL

SERVIDORES PÚBLICOS Y COLABORADORES DE LA UPME

DE: DIRECTOR GENERAL (E)

ASUNTO: ENLACES POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO

FECHA: 04-12-2025

Estimados servidores públicos. En cumplimiento de lo establecido en el Decreto 104 de 2025 el cual adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y reglamentó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado (SDJE), desde la Unidad de Planeación Minero Energética se viene implementando de manera gradual el Modelo de Gestión por Resultados, el cual dentro de sus componentes establece el proceso de formulación, aprobación, implementación y seguimiento de políticas de prevención del daño antijurídico. El artículo 90 de la Constitución Política de Colombia se refiere a la responsabilidad del Estado, en los siguientes términos “ El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas”, es por ello que el mismo Estado debe propender por llevar a cabo las actividades y/o buscar las estrategias, herramientas y/o acciones tendientes a dar solución a los problemas asociados a los actos, hechos, omisiones y operaciones administrativas que generan litigiosidad y condenas.

cabo las actividades y/o buscar las estrategias, herramientas y/o acciones tendientes a dar solución a los problemas asociados a los actos, hechos, omisiones y operaciones administrativas que generan litigiosidad y condenas. Así las cosas, el Decreto 104 de 2025 abre la posibilidad a todos los actores de la Entidades Públicas, para que, desde el conocimiento que tienen de sus áreas, aporten la información requerida para el posterior análisis que conlleve a una Política de Prevención del Daño Antijurídico, con resultados palpables.

Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SIGUEME.F-DO-17 V2 15/07/2024

En concordancia con lo anterior, el artículo 8, numeral 5, de la Resolución UPME No. 000547 de 2025, señala que, al Comité de Conciliación y Defensa Judicial, a través su Secretaría Técnica, le corresponde coordinar reuniones o sesiones de trabajo con las áreas misionales y de apoyo a la gestión, con el propósito de socializar, proyectar y someter a su consideración la información necesaria que permita formular y diseñar la Política de Prevención del Daño Antijurídico. Por lo anterior, en el mes de septiembre de la presente anualidad, se solicitó a cada área de trabajo de la entidad la designación de un enlace, preferiblemente un funcionario de planta, para fungir como punto de contacto directo con la Oficina Asesora Jurídica, con la finalidad de coordinar y avanzar en la implementación de

funcionario de planta, para fungir como punto de contacto directo con la Oficina Asesora Jurídica, con la finalidad de coordinar y avanzar en la implementación de medidas preventivas que contribuyan a reducir la ocurrencia de eventos generadores de daño antijurídico y que a su vez tengan la facilidad de suministrar los insumos para dar respuesta a entes de control, acciones judiciales y solicitudes del congreso a fin de obtener un panorama más completo y oportuno. En atención a la información solicitada, las áreas de trabajo establecieron como enlace a las siguientes personas, las cuales se procede a relacionar para su conocimiento y fines ya mencionados.

ÁREA UPME PROFESIONAL DESIGNADOENLACE

Dirección General Haydi Stela Mena Rodríguez Secretaría General Andrea Lucía Salazar Rocha Oficina Asesora de Planeación Jessica Lorena Murcia Vanegas Subdirección de Minería Camilo Andrés Tovar Subdirección de gestión de la información Aruci Mauricio KuaranDiego Armando Torres Subdirección de demanda Roberto José Hernández Subdirección de hidrocarburos Eliana Rodríguez Subdirección de Energía Nicole Natalia Arias Parada Finalmente es importante señalar que, ante la ausencia del profesional designado la gestión se realizará de manera directa con el directivo que se encuentre a cargo del área, dada la relevancia de la información. Manuel Peña Suarez Director General Encargado Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SIGUEME.F-DO-17 V2 15/07/2024 Dirección General

Elaboró: DANNY KATHERINE SIERRA

“Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SIGUEME.F-DO-17 V2 15/07/2024 Dirección General

Elaboró: DANNY KATHERINE SIERRA

Revisó: MATEO SEVERINO RODRIGUEZ, Manuel Peña Suarez Aprobó: Manuel Peña Suarez Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único

Estratégico de Mejoramiento - SIGUEME.

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