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UPME - Resolución 000580 de 2026

Unidad de Planeación MineroEnergética

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Detalles

Título
UPME - Resolución 000580 de 2026
Autor
Unidad de Planeación MineroEnergética
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2026

RESOLUCIÓN No. 000580 de 2026

202601130005805 2026-08-12

Radicado : 202601130005805 “Por la cual se realizar un nombramiento de carácter provisional en una vacancia temporal del empleo Profesional Universitario código 2044 grado 06 del Grupo Interno de

Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General.” LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia prevé, que “(…) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines esenciales del estado. La administración pública, tendrá un control interno, en todos sus órdenes, que se ejercerá en los términos que señale la ley.” Que el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, respecto de la provisión de los empleos por vacancia temporal, dispone: “Los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera”. Que, a su vez, el inciso segundo del artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015,

en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera”. Que, a su vez, el inciso segundo del artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece: “Las vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.” Que, mediante Resolución No. 00475 del 20 de junio de 2024, se dispuso encargar a la servidora pública MÓNICA JULIETH OVALLE REY , identificada con cédula de ciudadanía No. 1.012.353.713, titular con derechos de carrera administrativa del empleo Profesional Universitario, código 2044, grado 06, del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, en el empleo de Profesional Universitario, código 2044, grado 11, de la Oficina Asesora de Planeación, encargo del cual tomó posesión a partir del 09 de julio de 2024. Que, mediante Resolución No. 0468 del 31 de mayo de 2025, se le concedió un encargo al servidor RAFAEL ANGEL DE LEON ALBA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.021.941, titular del empleo Técnico Administrativo Código 3124 Grado 12 de la Secretaría General de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, en el empleo de Profesional Universitario, código 2044, grado 06, del Grupo Interno de Trabajo de

la Secretaría General de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, en el empleo de Profesional Universitario, código 2044, grado 06, del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, a partir del 19 de junio de 2025 según acta de posesión No. 877. FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000580 de 2026-08-12 Página 2 de 4

Continuación de la Resolución : Por la cual se realizar un nombramiento de carácter provisional en una vacancia temporal del empleo Profesional Universitario código 2044 grado 06 del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General Que, mediante Resolución No. 0529 del 21 de julio de 2026, se dispuso dar por terminado el encargo anterior y efectuar un nuevo encargo al servidor público RAFAEL

ANGEL DE LEON ALBA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.021.941, a partir del 4 de agosto de 2026, en el empleo de Profesional Universitario, código 2044, grado 10, del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Documental, Archivo y Servicio al Ciudadano de la Secretaría General. Que, con ocasión a lo anterior, el empleo Profesional Universitario, código 2044, grado 06, del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General de la Unidad de Planeación Minero-Energética, se encuentra en vacancia temporal nuevamente desde el día 04 de agosto de 2026. Que mediante radicado No. 202601130233731 del 11 de agosto de 2026, el Coordinador designado temporalmente del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del

desde el día 04 de agosto de 2026. Que mediante radicado No. 202601130233731 del 11 de agosto de 2026, el Coordinador designado temporalmente del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano de la Secretaría General de la UPME, certificó que no se encontraron servidores (as) públicos con derechos de carrera de grado inferior, que cumplieran con los requisitos establecidos en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 y los Manuales específicos de funciones y competencias laborales adoptados mediante Resolución No. 952 de 2024, para ser encargados del empleo Profesional Universitario código 2044 grado 06 del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME. Que dicha vacante debe ser provista por necesidades del servicio con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades misionales asignadas. Que el Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano, mediante Formato de verificación de requisitos F-TH-31 del 10 de agosto de 2026, certificó el cumplimiento de requisitos, del señor CESAR AUGUSTO BELTRÁN BLANCO, identificado con cédula de ciudadanía número 79.750.830, para ser nombrado en provisionalidad en el cargo de Profesional Universitario código 2044 grado 06 del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General de la UPME, conforme al artículo 2.2.2.5.1 del Decreto 1083 de 2015 y el Manual Específico de Funciones de la Planta Global de Personal, y demás normas y disposiciones concordantes. De igual manera, certificó que el mencionado no tiene antecedentes disciplinarios profesionales; ni sanción o inhabilidad

Personal, y demás normas y disposiciones concordantes. De igual manera, certificó que el mencionado no tiene antecedentes disciplinarios profesionales; ni sanción o inhabilidad registrada en la Procuraduría General de la Nación; no se encuentra reportada como responsable fiscal; no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales y policivos; no registra inhabilidades por delitos sexuales y, tampoco, está inscrita en el registro de deudores morosos del REDAM. Que el señor CESAR AUGUSTO BELTRÁN BLANCO, identificado con cédula de ciudadanía número 79.750.830, aprobó el procedimiento interno, para la provisión transitoria de empleos de carrera administrativa, con el fin de proveer el cargo de Profesional Universitario código 2044 grado 06 del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General de la UPME.

Que, por lo anterior, es procedente proveer provisionalmente un (1) empleo de Profesional Universitario código 2044 grado 06 del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General de la UPME. Que, en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRAR con carácter PROVISIONAL al señor CESAR AUGUSTO BELTRÁN BLANCO, identificado con cédula de ciudadanía número 79.750.830, en el empleo de Profesional Universitario código 2044 grado 06 del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General de la UPME, con una asignación básica mensual de CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL

TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS ($4.153.336) M/CTE.

asignación básica mensual de CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL

TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS ($4.153.336) M/CTE.

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Continuación de la Resolución : Por la cual se realizar un nombramiento de carácter provisional en una vacancia temporal del empleo Profesional Universitario código 2044 grado 06 del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General PARÁGRAFO: La presente resolución se expide con efectos suspensivos para la posesión del empleado nombrado en provisionalidad, mientras se surten las reclamaciones laborales por derecho preferente, si hay lugar a ellas, ante la comisión de personal de la entidad, y de ser el caso, ante la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, así: a) Cuando no exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal: A los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de este acto, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015. b) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de personal y en segunda instancia ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, si la respuesta es negativa para el reclamante: Se suspenderá el término de posesión hasta el día en que se realice la notificación de la respuesta al reclamante por parte de la Comisión de Personal de la entidad y la CNSC; ésta última, siempre y cuando se presente recurso en segunda instancia. A partir del día hábil siguiente de la notificación de la respuesta al reclamante,

la notificación de la respuesta al reclamante por parte de la Comisión de Personal de la entidad y la CNSC; ésta última, siempre y cuando se presente recurso en segunda instancia. A partir del día hábil siguiente de la notificación de la respuesta al reclamante, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015. c) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal y la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC y la respuesta es positiva para el reclamante: Se procederá a la derogatoria del nombramiento en cumplimiento del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015.

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el contenido de la presente resolución, por medio del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano de la UPME, al señor

CESAR AUGUSTO BELTRÁN BLANCO.

ARTÍCULO TERCERO: PUBLICAR el presente acto administrativo en el sitio web de la Unidad de Planeación Minero-Energética, de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., a 2026-08-12

Indira Portocarrero Ospina Directora General Dirección General FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000580 de 2026-08-12 Página 4 de 4

Indira Portocarrero Ospina Directora General Dirección General FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000580 de 2026-08-12 Página 4 de 4

Continuación de la Resolución : Por la cual se realizar un nombramiento de carácter provisional en una vacancia temporal del empleo Profesional Universitario código 2044 grado 06 del Grupo Interno de

Trabajo de Gestión Contractual de la Secretaría General

Elaboró: Daniela Fernanda Zambrano Rivero.

Revisó: José Alfredo Morales Diaz.

Mateo Severio-Secretario General (E)

Aprobó: Indira Portocarrero Ospina – Directora General

FOR-GDR-005 08/01/2026

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