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UPME - Resolución 005 de 2026

Unidad de Planeación Minero Energética

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Detalles

Título
UPME - Resolución 005 de 2026
Autor
Unidad de Planeación Minero Energética
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios_Publicos
Año
2026

REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000005 de 2026

20261130000055 02-01-2026

Radicado : 20261130000055 “Por la cual se efectúa un nombramiento en provisionalidad en un empleo en vacancia definitiva”

LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023, la Ley 909 de 2004 y C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia prevé, que “(…) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines esenciales del estado. La administración pública, tendrá un control interno, en todos sus órdenes, que se ejercerá en los términos que señale la ley.” Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, establece que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, el empleo de carrera vacante de manera definitiva puede proveerse transitoriamente a través de las figuras del

selección para proveer empleos de carrera administrativa, el empleo de carrera vacante de manera definitiva puede proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004, previo cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo.

Que en la planta de personal de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, existe una vacante definitiva en el empleo de carrera administrativa denominado profesional especializado código 2028 grado 19, en la Subdirección de Energía Eléctrica, de la cual no existe lista de elegibles vigente para un empleo igual o equivalente, y la vacancia fue reportada a la Comisión Nacional del Servicio Civil con identificador del empleo No. 216377 del 03 de febrero de 2024 . Por lo tanto, la vacante debe ser provista por necesidades del servicio con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades misionales asignadas. Que mediante radicado No. 20261130001271 del 02 de enero de 2026, la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano de la Secretaría General de la Unidad de Planeación Minero Energética, certificó que verificada la planta de personal de la Unidad de Planeación Minero Energética, no se encontraron servidores (as) públicos con derechos de carrera de grado inferior que cumplieran con los requisitos establecidos en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 y el Manual específico de funciones y competencias laborales adoptado

públicos con derechos de carrera de grado inferior que cumplieran con los requisitos establecidos en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 y el Manual específico de funciones y competencias laborales adoptado mediante Resolución No. 026 del 2024, para realizar un encargo en el empleo denominado Profesional Especializado código 2028 grado 19 ubicado en la Subdirección de Energía Eléctrica Grupo Interno de Trabajo de Transmisión y Distribución de la Unidad de Planeación Minero Energética. F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 000005 de 02-01-2026 Página 2 de 3

Continuación de la Resolución: Por la cual se efectúa un nombramiento en provisionalidad en un empleo en vacancia definitiva Que el Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano, mediante formato de verificación de requisitos del 02 de enero de 2026, certificó el cumplimiento de requisitos de la señora CARMEN ANDREA ROJAS CASTELLANOS , identificada con cédula de ciudadanía número 52.382.472, para ser nombrada en provisionalidad en el cargo de profesional especializado código 2028 grado 19, en la Subdirección de Energía Eléctrica GIT de Transmisión y Distribución de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, conforme al Manual Específico de Funciones de la Planta Global de Personal, y demás normas y disposiciones concordantes. De igual manera, certificó que no tiene antecedentes disciplinarios profesionales; ni sanción o inhabilidad registrada en la

normas y disposiciones concordantes. De igual manera, certificó que no tiene antecedentes disciplinarios profesionales; ni sanción o inhabilidad registrada en la Procuraduría General de la Nación; no se encuentra reportado como responsable fiscal; no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales y policivos; no registra inhabilidades por delitos sexuales y, tampoco, está inscrita en el registro de deudores morosos del REDAM, por lo que se concluye que acredita las aptitudes. Que de conformidad con lo anterior , se agotó el procedimiento interno P-TH-01 Versión No. 02, para la selección y vinculación de personal en provisionalidad, con el fin de proveer el cargo denominado Profesional Especializado código 2028 grado 19 ubicado en la Subdirección de Energía Eléctrica Grupo Interno de Trabajo de Transmisión y Distribución de la Unidad de Planeación Minero Energética. Que, por lo anterior, es procedente proveer provisionalmente un (1) empleo denominado Profesional Especializado código 2028 grado 19 ubicado en la Subdirección de Energía Eléctrica Grupo Interno de Trabajo de Transmisión y Distribución de la Unidad de Planeación Minero Energética. Que, en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRAR con carácter PROVISIONAL a la señora CARMEN ANDREA ROJAS CASTELLANOS, identificada con cédula de ciudadanía número 52.382.472 de Bogotá , en el empleo denominado Profesional Especializado código

ANDREA ROJAS CASTELLANOS, identificada con cédula de ciudadanía número 52.382.472 de Bogotá , en el empleo denominado Profesional Especializado código 2028 grado 19 ubicado en la Subdirección de Energía Eléctrica GIT de Transmisión y Distribución de la Unidad de Planeación Minero Energética, durante el tiempo que dure la vacancia definitiva del empleo. La asignación básica mensual actual del empleo asciende a OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y

SIETE MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO PESOS ($ 8.587.918.oo) M/CTE.

PARÁGRAFO: La presente resolución se expide con efectos suspensivos para la posesión del empleado nombrado en provisionalidad, mientras se surten las reclamaciones laborales por derecho preferente, si hay lugar a ellas, ante la comisión de personal de la entidad y, de ser el caso, ante la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, así: a) Cuando no exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal: A los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de este acto, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015. b) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de personal y en segunda instancia ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, si la respuesta es negativa para el reclamante: Se suspenderá el término de posesión hasta el día

b) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de personal y en segunda instancia ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, si la respuesta es negativa para el reclamante: Se suspenderá el término de posesión hasta el día en que se realice la notificación de la respuesta al reclamante por parte de la Comisión de Personal de la entidad y la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC; ésta última, siempre y cuando se presente recurso en segunda instancia. c) A partir del día hábil siguiente de la notificación de la respuesta al reclamante, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado mediante Decreto 648 de 2017. F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000005 de 02-01-2026 Página 3 de 3

Continuación de la Resolución: Por la cual se efectúa un nombramiento en provisionalidad en un empleo en vacancia definitiva d) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal y la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC y la respuesta es positiva para el reclamante: Se procederá a la derogatoria del nombramiento en cumplimiento del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado mediante Decreto 648 de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el contenido de la presente resolución, por medio del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano, a la señora CARMEN ANDREA ROJAS CASTELLANOS, identificada con cédula de ciudadanía número 52.382.472 de Bogotá, así como al Subdirector de Energía Eléctrica de la Unidad de

ANDREA ROJAS CASTELLANOS, identificada con cédula de ciudadanía número 52.382.472 de Bogotá, así como al Subdirector de Energía Eléctrica de la Unidad de Planeación Minero Energética.

ARTÍCULO TERCERO: PUBLICAR el presente acto administrativo en el sitio web de la Unidad de Planeación Minero Energética, de conformidad con el artículo 65 del CPACA.

ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., a 02-01-2026

Indira Portocarrero Ospina Directora General Dirección General

Elaboró: JOSE ALFREDO MORALES DIAZ

Revisó: KATHERIN YANIRE PEREZ PULECIO, Indira Portocarrero Ospina, DIANA MARÍA

JÁCOME CARREÑO

Aprobó: Indira Portocarrero Ospina

F-DI-06-V2

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