UPME - Resolución 1036 de 2025
Unidad de Planeación Minero Energética
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Detalles
- Título
- UPME - Resolución 1036 de 2025
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 001036 de 2025
20251130010365 05-12-2025
Radicado : 20251130010365 "Por la cual se efectúa un nombramiento en provisionalidad en un empleo en vacancia temporal"
EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia prevé, que “(…) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines esenciales del estado. La administración pública, tendrá un control interno, en todos sus órdenes, que se ejercerá en los términos que señale la ley.” Que el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, respecto de la provisión de los empleos por vacancia temporal, dispone: “Los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera”.
administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera”. Que, a su vez, el inciso segundo del artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece: “Las vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.” Que mediante Resolución No. 000793 del 17 de septiembre de 2025, se decidió encargar al servidor público IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ identificado con cédula de ciudadanía No. 1.052.400.619, quien es titular con derechos de carrera administrativa del empleo Profesional Universitario código 2044 – grado 10, en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, en el empleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 17 ubicado en la misma dependencia, para el cual tomó posesión mediante acta No. 909 de fecha 8 de octubre de 2025. Que con ocasión a lo anterior, el empleo Profesional Universitario código 2044 – grado 10, en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, se encuentra en vacancia temporal desde el día 8 de octubre de 2025. Que dicha vacante debe ser provista por necesidades del servicio con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades misionales asignadas.
Energética UPME, se encuentra en vacancia temporal desde el día 8 de octubre de 2025. Que dicha vacante debe ser provista por necesidades del servicio con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades misionales asignadas. F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 001036 de 05-12-2025 Página 2 de 3
Continuación de la Resolución: "Por la cual se efectúa un nombramiento en provisionalidad en un empleo en vacancia temporal" Que mediante radicado No. 20251130182461 del 3 de diciembre de 2025, la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano de la Secretaría General de la UPME, certificó que no se encontraron servidores (as) públicos
con derechos de carrera de grado inferior, que cumplieran con los requisitos establecidos en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 y los Manuales específicos de funciones y competencias laborales adoptados mediante Resolución No. 1144 del 11 de diciembre de 2024, para ser encargados del empleo Profesional Universitario código 2044 - grado 10 ubicado en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME. Que el Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano, mediante Formato de verificación de requisitos F-TH-31 del 28 de noviembre de 2025, certificó el cumplimiento de requisitos, de la señora ANDREA DANIELA GRAJALES QUIROGA identificada con cédula de ciudadanía número 1.000.714.328, para ser nombrado en provisionalidad en el cargo de Profesional Universitario código 2044 – grado 10, en la Oficina de Gestión de
cédula de ciudadanía número 1.000.714.328, para ser nombrado en provisionalidad en el cargo de Profesional Universitario código 2044 – grado 10, en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la UPME, conforme al artículo 2.2.2.5.1 del Decreto 1083 de 2015 y el Manual Específico de Funciones de la Planta Global de Personal, y demás normas y disposiciones concordantes. De igual manera, certificó que la mencionada no tiene antecedentes disciplinarios profesionales; ni sanción o inhabilidad registrada en la Procuraduría General de la Nación; no se encuentra reportado como responsable fiscal; no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales y policivos; no registra inhabilidades por delitos sexuales y, tampoco, está inscrito en el registro de deudores morosos del REDAM. Que la señora ANDREA DANIELA GRAJALES QUIROGA identificada con cédula de ciudadanía número 1.000.714.328, aprobó el procedimiento interno P-TH-01 Versión No. 03, para la selección y vinculación de personal en provisionalidad, con el fin de proveer el cargo de Profesional Universitario código 2044 – grado 10, en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la UPME.
Que por lo anterior, es procedente proveer provisionalmente un (1) empleo de Profesional Universitario código 2044 – grado 10, en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME. Que, en mérito de lo expuesto,
R E S U E L V E:
Profesional Universitario código 2044 – grado 10, en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME. Que, en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRAR con carácter PROVISIONAL la señora ANDREA DANIELA GRAJALES QUIROGA identificada con cédula de ciudadanía número 1.000.714.328, en el empleo de Profesional Universitario código 2044 – grado 10, en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, con una asignación básica mensual de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DOCE
MIL SEISCIENTOS SEIS PESOS ($4.612.606) M/CTE.
PARÁGRAFO: La presente resolución se expide con efectos suspensivos para la posesión del empleado nombrado en provisionalidad, mientras se surten las reclamaciones laborales por derecho preferente, si hay lugar a ellas, ante la comisión de personal de la entidad, y de ser el caso, ante la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, así: a) Cuando no exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal: A los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de este acto, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015. b) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de personal y en segunda
artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015. b) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de personal y en segunda instancia ante la CNSC, si la respuesta es negativa para el reclamante: Se F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 001036 de 05-12-2025 Página 3 de 3
Continuación de la Resolución: "Por la cual se efectúa un nombramiento en provisionalidad en un empleo en vacancia temporal" suspenderá el término de posesión hasta el día en que se realice la notificación de la respuesta al reclamante por parte de la Comisión de Personal de la entidad y la CNSC; ésta última, siempre y cuando se presente recurso en segunda instancia.
A partir del día hábil siguiente de la notificación de la respuesta al reclamante, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015. c) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal y la CNSC y la respuesta es positiva para el reclamante: Se procederá a la derogatoria del
nombramiento en cumplimiento del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el contenido de la presente resolución, por medio del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano de la UPME, a la señora
ANDREA DANIELA GRAJALES QUIROGA.
ARTÍCULO TERCERO: PUBLICAR el presente acto administrativo en el sitio web de la Unidad de Planeación Minero Energética, de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a 05-12-2025
Manuel Peña Suarez Director General Encargado Dirección General
Elaboró: Daniela Fernanda Zambrano Rivero.
Revisó: Jose Alfredo Morales Diaz.
Katherine Pérez Pulecio. Diana María Jácome Carreño-Secretaria General
Aprobó: Manuel Peña Suarez – Director General (E)