UPME - Resolución 146 de 2026
Unidad de Planeación Minero Energética
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Detalles
- Título
- UPME - Resolución 146 de 2026
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN No. 000146 de 2026
202601700001465 2026-03-10
Radicado : 202601700001465 “Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 000327 de 2025 “Por la cual se determina la participación de los miembros representantes ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNOG - 2025” LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA – UPME En ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el Decreto 2121 de 2023, y los artículos 2.2.2.3.1 y 2.2.2.3.5 del Decreto 1073 de 2015, y CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 4 de la Ley 401 de 1997, se creó el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNO GAS, el cual tiene como función hacer recomendaciones que busquen que la operación integrada del Sistema Nacional de Transporte de Gas Natural sea segura, confiable y económica.
Que el artículo 2 del Decreto 1175 de 1999 estableció que el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNO GAS - cumplirá las funciones de asesoría en la forma como lo establezca el Reglamento Único de Transporte. Que la Resolución CREG 071 de 1999, “Por la cual se establece el Reglamento Único de Transporte de Gas Natural - (RUT)”, señala que el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNO GAS, tendrá como objetivo principal hacer las recomendaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos establecidos en el reglamento allí
Natural - CNO GAS, tendrá como objetivo principal hacer las recomendaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos establecidos en el reglamento allí contenido, de igual forma, en el numeral 1.4 del anexo general del RUT se establecen las funciones a cargo del CNO GAS. Que el artículo 2.2.2.3.1 del Decreto 1073 de 2015, determina la conformación y la metodología de selección anual de los miembros del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNO GAS, quienes, según su condición particular de Agentes (productores, transportadores o remitentes) de gas natural en el país, califican como representantes de los grupos a los que pertenecen, previa formalización de su nombramiento y aceptación escrita de la designación. Que el artículo 2.2.2.3.5 del Decreto 1073 de 2015, establece que la definición de la participación en el CNO-GAS será realizada por la UPME, quien “(…) con base en las cifras de producción, demanda, y capacidad del año inmediatamente anterior comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre, determinará la participación de los miembros representantes ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, - CNO GAS -…” Que la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, expidió la Resolución No. 000327 del 4 de abril de 2025 “Por la cual se determina la participación de los miembros
representantes ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNOG - 2025” Que el parágrafo final del artículo 2.2.2.3.1 del Decreto 1073 de 2015, dispone que: “… En caso de que alguno de los representantes de los productores o de los remitentes en el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural (CNO) comunique por escrito a la Secretaría Técnica que no desea continuar participando en el CNO, esta Secretaría notificará a la UPME, con el fin de que proceda a señalar su reemplazo conforme al orden de la lista, dentro de los quince (15) días calendarios”. FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000146 de 2026-03-10 Página 2 de 3
Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 000327 de 2025 “Por la cual se determina la participación de los miembros representantes ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNOG - 2025” Que, en aplicación de tal disposición, la Secretaría Técnica del CNO Gas, mediante comunicación con radicado de ingreso UPME No. 202601110065312 del 03 de marzo de 2026, informó a la UPME, la decisión de retiro de la conformación de Consejo por parte del agente productor CNEOG Colombia Sucursal Colombia (“CNEOG”), en calidad de
representante de los productores, para lo que resta de la vigencia 2025-2026. Que la Subdirección de Hidrocarburos de la UPME, con base en los antecedentes descritos, mediante memorando No. 202601700040173 del 04 de marzo de 2026, solicitó la modificación de la Resolución No. 000327 de 2025, para señalar y notificar el reemplazo conforme al orden de lista, del nuevo representante de los productores al CNO Gas, en los siguientes términos: “(…) En atención a lo anterior, de acuerdo con la metodología establecida en el artículo 2.2.2.3.5 del Decreto 1073 de 2015, mediante memorando No. 20251700023113 del 03 de abril de 2025, la Subdirección de Hidrocarburos remitió el estudio técnico para la expedición del acto administrativo que determinó la conformación del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNO GAS – con atribuciones a partir del 30 de abril de 2025, el cual hace parte integral de la Resolución No. 000327 de 2025; documento que se adjunta a la presente comunicación. En dicho concepto se establece que el siguiente agente en el orden de elegibilidad para ser miembro del CNO Gas, como representante de los productores es: Lewis Energy Colombia Inc, con NIT 900089276. (…)” Que de acuerdo con el estudio técnico para la expedición del acto administrativo que determinó la conformación del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNO GAS – con atribuciones a partir del 30 de abril de 2025, el cual hace parte integral de la Resolución No. 000327 de 2025; el siguiente agente en el orden de elegibilidad para ser miembro del CNO Gas, como representante de los productores es Lewis Energy Colombia
con atribuciones a partir del 30 de abril de 2025, el cual hace parte integral de la Resolución No. 000327 de 2025; el siguiente agente en el orden de elegibilidad para ser miembro del CNO Gas, como representante de los productores es Lewis Energy Colombia Inc., con NIT 900089276. Que, en aplicación del parágrafo final del artículo 2.2.2.3.1 del Decreto 1073 de 2015, la UPME procede a modificar el artículo primero de la Resolución UPME No. 000327 de 2025 del 04 de abril de 2025, en lo que tiene que ver con los representantes de los productores, excluyendo a CNEOG Colombia Sucursal Colombia, en atención a su solicitud, para incluir a Lewis Energy Colombia Inc, con NIT 900089276, en su condición del siguiente agente en el orden de elegibilidad en la confirmación del CNO GAS, para lo que resta de la vigencia 2025-2026. Que, en mérito de lo expuesto, la Directora general de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar parcialmente el artículo primero de la Resolución UPME No. 000327 del 04 de abril de 2025, “ Por la cual se determina la participación de los miembros representantes ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNOG2025”, en el sentido de designar a la sociedad Lewis Energy Colombia Inc., identificada con Nit 900.089.276-3, como miembro representante por parte de los productores ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural -CNO Gas, en lo que resta de la vigencia 2025-2026, en reemplazo de CNEOG Colombia Sucursal Colombia,
productores ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural -CNO Gas, en lo que resta de la vigencia 2025-2026, en reemplazo de CNEOG Colombia Sucursal Colombia, identificado con Nit. 900.276.770-2, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Las demás disposiciones de la Resolución UPME No. 000327 del 04 de abril de 2025 no modificadas expresamente por este acto administrativo, conservan plena vigencia y eficacia jurídica.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar el contenido del presente acto administrativo, al representante legal o apoderado debidamente constituido de Lewis Energy Colombia FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000146 de 2026-03-10 Página 3 de 3
Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 000327 de 2025 “Por la cual se determina la participación de los miembros representantes ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural - CNOG - 2025” Inc., con la finalidad de continuar con el procedimiento establecido en el parágrafo 8 del artículo 2.2.2.3.1 de Decreto 1073 de 2015.
PARÁGRAFO: La presente Resolución quedará ejecutoriada una vez se surta la notificación en los términos previstos en el artículo 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA.
ARTÍCULO CUARTO: Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la notificación del presente acto administrativo, Lewis Energy Colombia Inc, deberá manifestar por escrito
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA.
ARTÍCULO CUARTO: Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la notificación del presente acto administrativo, Lewis Energy Colombia Inc, deberá manifestar por escrito a la UPME su aceptación o rechazo a la designación. En caso de no haber aceptación, la UPME procederá a nombrar el reemplazo correspondiente, conforme al orden de lista.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar el presente acto administrativo, para los fines pertinentes, a la sociedad CNEOG Colombia Sucursal Colombia.
ARTÍCULO SEXTO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a 2026-03-10
Indira Portocarrero Ospina Directora General
Dirección General Elaboró: Diana Carolina Arias Buitrago Revisó: Indira Portocarrero Ospina, HAYDI STELA MENA RODRÍGUEZ, LUZ ALEXZANDRA RINCON MALAVER, LINA MARCELA GOMEZ AVILA, OSCAR ANDRES ZABALETA MONTENEGRO, MATEO SEVERINO RODRIGUEZ, YENNY CAROLINA BARRERA
RODRÍGUEZ
Aprobó: Indira Portocarrero Ospina