UPME - Resolución 165 de 2025
Unidad de Planeación Minero Energética
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Detalles
- Título
- UPME - Resolución 165 de 2025
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000165 de 2025
20251130001655 14-02-2025
Radicado : 20251130001655 “Por medio de la cual se adopta un nuevo Código de Integridad de la Unidad de
Planeación Minero Energética - UPME” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y, C O N S I D E R A N D O: Que e acuerdo con el artículo 209 de la Constitución Política, “la función Administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad”. Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Calidad, de que tratan las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003 y dispuso que este Sistema de Gestión se articule con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de los organismos y entidades del Estado. Que el Decreto 1083 de 2015 en sus Títulos 22 y 23 de la Parte 2 del Libro 2 determinó el objeto e instancias de dirección y coordinación del sistema de gestión, la articulación y complementariedad con otros sistemas de gestión, y dispuso la articulación del sistema de gestión con los sistemas
instancias de dirección y coordinación del sistema de gestión, la articulación y complementariedad con otros sistemas de gestión, y dispuso la articulación del sistema de gestión con los sistemas de control interno, en cumplimiento a lo establecido en el citado artículo 133 de la Ley 1753 de 2015. Que el artículo 2.2.22.3.2. del decreto en cita, determinó las políticas de gestión y desempeño institucional, dentro de las cuales se encuentra la integridad. En ese sentido en el numeral 1º del artículo 2.2.22.3.3. estableció como uno de los objetivos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión —MIPG, “Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas”; razón por la cual, es importante fortalecer dentro de la entidad actitudes y comportamientos íntegros de los servidores públicos y colaboradores, en el desarrollo de sus funciones, competencias y actividades. Que la UPME adoptó su Código de Integridad a través de la Resolución No. 000021 del 16 de enero de 2019, como guía y orientación del ser y el deber ser de los servidores públicos y los colaboradores que presten sus servicios en la entidad y definió los siguientes valores: Honestidad: Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés general.
Respeto: Reconozco, valoro y trato de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición. Compromiso: Soy consciente de la importancia de mi rol como servidor público y estoy F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 000165 de 14-02-2025 Página 2 de 3
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta un nuevo Código de Integridad de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME” en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que me relaciono en mis labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar. Diligencia: Cumplo con los deberes, funciones y responsabilidades asignadas a mi cargo de la mejor manera posible, con atención, prontitud, destreza y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado. Justicia: Actúo con imparcialidad, garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y sin discriminación.
Que mediante la Resolución 000285 de 2021 “se crea el Equipo de Gestores del Código de Integridad de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME” para promover la participación de los servidores públicos y colaboradores en las actividades de programadas por la UPME en la implementación de las estrategias, metodologías o herramientas de apropiación de valores del servicio público y fortalecimiento de la cultura de integridad en la entidad. Que mediante las herramientas de apropiación del conocimiento y el test de percepción del código de integridad llevadas a cabo por el Grupo de Gestión de Talento Humano en la vigencia 2024, en
servicio público y fortalecimiento de la cultura de integridad en la entidad. Que mediante las herramientas de apropiación del conocimiento y el test de percepción del código de integridad llevadas a cabo por el Grupo de Gestión de Talento Humano en la vigencia 2024, en el marco de la estrategia anual de la política de integridad, a través de un sondeo de consulta realizado a la comunidad interna de la Unidad, los servidores públicos y colaboradores identificaron dos (02) valores adicionales con los cuales se sienten identificados en la UPME. Que la Unidad de Planeación Minero Energética a través de la Resolución No. 1149 de 2024 adoptó el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG. Que el Comité de Gestión y Desempeño Institucional de la Unidad de Planeación Minero Energética, en desarrollo de la función establecida en el artículo 15 de la mencionada resolución, aprobó la actualización del Código de Integridad, en la sesión No. 01 el día 21 de enero de 2025. Que, en virtud de lo anterior se hace necesaria la actualización del Código de Integridad adoptado mediante la Resolución 021 de 2019, incluyendo dos (02) valores adicionales a los cinco (05) descritos anteriormente con los que se identifiquen los servidores públicos y colaboradores de la UPME. Que en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar un nuevo Código de Integridad en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME en reemplazo del adoptado a través de la Resolución No. 000021 del 16 de enero de 2019, código que se encuentra en el documento anexo que hace parte del presente acto,
Energética – UPME en reemplazo del adoptado a través de la Resolución No. 000021 del 16 de enero de 2019, código que se encuentra en el documento anexo que hace parte del presente acto, que desarrolla los siguientes valores: Honestidad: Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés general. Respeto: Reconozco, valoro y trato de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición. Compromiso: Soy consciente de la importancia de mi rol como servidor público y estoy en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que me relaciono en mis labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar. Diligencia: Cumplo con los deberes, funciones y responsabilidades asignadas a mi cargo de la mejor manera posible, con atención, prontitud, destreza y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado. Justicia: Actúo con imparcialidad, garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y sin discriminación. Solidaridad: Estoy dispuesto a colaborar en lo que se requiera para superar las dificultades que puedan presentarse a un equipo de trabajo o una persona, anteponiendo las metas e intereses comunes, a mis intereses particulares personales sin esperar nada a cambio. F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000165 de 14-02-2025 Página 3 de 3
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta un nuevo Código de Integridad de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME”
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta un nuevo Código de Integridad de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME” Transparencia: Tengo la disposición permanente a dar cuenta de mis actos, sin dilación ni demora, sin temor al control social o a las autoridades correspondientes y a responder por mis acciones en el momento en que alguien lo requiera.
ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR a la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano, como líder de la política de integridad, que dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedición del presente acto , prepare y presente a consideración del Comité institucional de Gestión y Desempeño el plan de trabajo para la implementación del Código de Integridad, de acuerdo con la metodología y lineamientos previstos por la Función Pública en su caja de herramientas. La implementación del Código deberá permitir darle vida a estos valores para llevar a cabo la socialización e implementación del nuevo Código de Integridad dentro de la entidad especificando los siguientes aspectos: - Actividades para coordinar e impulsar el liderazgo del equipo directivo de la UPME en la implementación del Código de Integridad. - Cronograma y contenido de los ejercicios participativos que se celebrarán para la divulgación y apropiación de los valores y principios propuestos en el Código. - El sistema de seguimiento y evaluación de la implementación del Código para garantizar su cumplimiento por parte de los servidores en el ejercicio de las funciones. - Acciones que se llevarán a cabo para promover que el contacto de los servidores con el Có- digo sea experiencial de tal manera que surjan en ellas reflexiones acerca de su quehacer y
cumplimiento por parte de los servidores en el ejercicio de las funciones. - Acciones que se llevarán a cabo para promover que el contacto de los servidores con el Có- digo sea experiencial de tal manera que surjan en ellas reflexiones acerca de su quehacer y rol como servidores públicos que eventualmente conduzcan a cambios en su comportamiento.
PARÁGRAFO: Sin perjuicio de las responsabilidades que le asisten a la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano como líder de la política de integridad, todos los servidores públicos y colaboradores de la entidad son responsables de velar por el cumplimiento de los lineamientos consignados en el Código de Integridad que por medio de la presente resolución se modifica.
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el contenido de la presente resolución a través del GIT de Gestión del Talento Humano a los servidores públicos y colaboradores de la UPME.
ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA. El presente acto rige a partir de su expedición y deroga la Resolución 21 de 2019.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a 14-02-2025
Carlos Adrián Correa Flórez Director General Dirección General
Elaboró: Miguel Eduardo Mejía Chiari
Revisó: Rubén Darío Gallego González
Aprobó: Paula Johanna Ruiz Quintana