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UPME - Resolución 230 de 2026

Unidad de Planeación Minero Energética

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Detalles

Título
UPME - Resolución 230 de 2026
Autor
Unidad de Planeación Minero Energética
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios_Publicos
Año
2026

RESOLUCIÓN No. 000230 de 2026

202601130002305 2026-04-06

Radicado : 202601130002305

Por medio de la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de Evaluación de Proyectos de Fondos y Planeación Energética de Fondos en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y, C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia prevé, que “(…) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines esenciales del estado. La administración pública, tendrá un control interno, en todos sus órdenes, que se ejercerá en los términos que señale la ley (…)”. Que mediante la Ley 143 de 1994 y el Decreto 2121 de 2023 se estableció que la Unidad de Planeación Minero Energética es una unidad administrativa especial de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía presupuestal, con régimen especial en materia de contratación.

técnico, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía presupuestal, con régimen especial en materia de contratación. Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, establece que: “(…) Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento (…)”. Que mediante Resolución No. 649 de 2018 se unificaron los Grupos Internos de Trabajo para desarrollar con eficiencia los planes, políticas y programas sectoriales y de la entidad, de acuerdo con estructura de la UPME, sus competencias y funciones, y las necesidades del servicio. Que mediante la Resolución No. 095 de 2019 se modificó el Grupo de Gestión Jurídica y Contractual y se crearon los Grupos de Planeación y de Arquitectura Empresarial, para cumplir con los objetivos y metas institucionales que conlleva el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG y que existen retos sobre la planeación estratégica de la UPME, y cumplir objetivos de la entidad y el manual del Gobierno digital Decreto 1008 de 2018. Que mediante Resolución No. 367 de 2021, se modificaron funciones y se integraron los Grupos Internos de Trabajo, para desarrollar con eficiencia los planes, políticas y programas sectoriales y de la entidad, de acuerdo con estructura de la UPME, sus

Grupos Internos de Trabajo, para desarrollar con eficiencia los planes, políticas y programas sectoriales y de la entidad, de acuerdo con estructura de la UPME, sus competencias y funciones, y las necesidades del servicio. FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000230 de 2026-04-06 Página 2 de 7

Continuación de la Resolución : Por medio de la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de Evaluación de Proyectos de Fondos y Planeación Energética de Fondos en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos Que mediante el Decreto 2121 del 11 de diciembre de 2023, se modifica la estructura de la Unidad de Planeación Minero Energética, indicando la creación de dependencias y la modificación del marco funcional de algunas otras, asignándosele a la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos funciones relacionadas, de una parte, con la planeación energética regional y territorial, y de otra, con la evaluación técnica, económica y financiera de proyectos que aspiren a financiación a través de los fondos y mecanismos de apoyo del sector minero energético.

Que mediante el Decreto 2122 del 11 de diciembre de 2023, se modifica la planta de personal de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME. Que mediante la resolución No. 0079 de 2024, se modifican los grupos internos de trabajo de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME con ocasión de la

expedición de los Decretos 2121 y 2122 de 2023. Que mediante la Resolución No. 0087 del 22 de febrero de 2024 se modifica el numeral 4 de la resolución 0079 de 2024. Que dentro de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos, es necesario fortalecer la estructura organizacional mediante la especialización funcional de las actividades relacionadas con la planeación energética territorial y la evaluación de proyectos de los fondos de financiación del sector, en atención a la naturaleza técnica diferenciada de dichas funciones y al incremento sostenido de la carga operativa asociada a su ejecución. Que, de otra parte, la evaluación de proyectos para la emisión de conceptos de viabilidad técnica y financiera frente a múltiples fondos y mecanismos de apoyo financiero implica la aplicación rigurosa de criterios técnicos, económicos y normativos, la unificación de lineamientos, la trazabilidad documental y la gestión oportuna de un volumen creciente de solicitudes, lo cual requiere consolidar un equipo especializado que garantice eficiencia, calidad y oportunidad en las decisiones. Que la diferenciación estructural de estas líneas de trabajo permitirá optimizar recursos humanos, reducir reprocesos, fortalecer la unificación de criterios técnicos, mejorar la articulación interna con otras dependencias y asegurar el cumplimiento oportuno de las funciones asignadas a la Unidad en el marco de la política sectorial. Que con ocasión a la necesidad institucional previamente expuesta de fortalecer las capacidades de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos en materia de planeación energética y evaluación de proyectos, la propuesta de creación de los Grupos Internos de Trabajo de Planeación Energética y de Evaluación de Proyectos de Fondos fue presentada

capacidades de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos en materia de planeación energética y evaluación de proyectos, la propuesta de creación de los Grupos Internos de Trabajo de Planeación Energética y de Evaluación de Proyectos de Fondos fue presentada ante el Consejo Directivo de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, el cual, mediante Acta No. 3 del 29 de diciembre de 2025, autorizó su creación como medida orientada a optimizar la estructura organizacional, mejorar la articulación de los procesos y garantizar el cumplimiento eficiente de las funciones asignadas a la entidad. Que en consecuencia, resulta procedente crear el Grupo Interno de Trabajo de Planeación Energética y el Grupo Interno de Trabajo de Evaluación de Proyectos de Fondos, adscritos a la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos, como medida organizacional orientada a garantizar mayor eficiencia administrativa y fortalecer el cumplimiento de los objetivos institucionales. Que en el marco del estudio técnico que sustenta la creación de los Grupos Internos de Trabajo de Planeación Energética y de Evaluación de Proyectos de Fondos, se establece que, como consecuencia de su creación cada uno de estos debe contar con un coordinador. Lo anterior obedece a la especialidad de las funciones asignadas, la experiencia técnica requerida para su desarrollo y la importancia de garantizar la adecuada coordinación, articulación, seguimiento y control de las actividades a su cargo, como elemento necesario para asegurar la eficiencia administrativa y el cumplimiento de los objetivos institucionales.

adecuada coordinación, articulación, seguimiento y control de las actividades a su cargo, como elemento necesario para asegurar la eficiencia administrativa y el cumplimiento de los objetivos institucionales. FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000230 de 2026-04-06 Página 3 de 7

Continuación de la Resolución : Por medio de la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de Evaluación de Proyectos de Fondos y Planeación Energética de Fondos en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos Que en ese sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 301 de 2024, los empleados públicos que asuman la coordinación tendrán derecho al reconocimiento de un veinte por ciento (20%) adicional sobre la asignación básica mensual del empleo que desempeñen, siempre que no pertenezcan a los niveles Directivo o Asesor, ejerzan efectivamente las funciones de coordinación y exista disponibilidad presupuestal.

Que, por lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E: ARTÍCULO 1: CREAR los siguientes Grupos Internos de Trabajo en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos, los cuales desarrollarán las funciones que se relacionan a continuación:

OFICINA DE GESTIÓN DE PROYECTOS DE FONDOS

1. GRUPO INTERNO DE TRABAJO PLANEACIÓN ENERGÉTICA DE FONDOS : Este grupo interno de trabajo desarrollará las siguientes funciones:

1. Coordinar y gestionar el desarrollo de los planes, programas y proyectos relacionados con la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos para planeación regional energética y el

grupo interno de trabajo desarrollará las siguientes funciones:

1. Coordinar y gestionar el desarrollo de los planes, programas y proyectos relacionados con la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos para planeación regional energética y el aprovechamiento de los recursos del sector, de acuerdo con la normatividad legal vigente aplicable en la materia.

2. Asesorar en las actividades requeridas para que el Ministerio de Minas y Energía determine las políticas relacionadas con la planeación de la cobertura y universalización de los servicios de electricidad y gas natural.

3. Analizar, proyectar y recomendar las acciones que deban adoptarse con las demás entidades del orden nacional para el desarrollo energético integral de las zonas rurales.

4. Realizar las actividades en materia de planeación de las Zonas No Interconectadas, que tenga a cargo la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos.

5. Participar en la evaluación y análisis de estudios de fuentes no convencionales de energía en Zonas Interconectadas en los temas de competencia de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos.

6. Adelantar los análisis, estudios, diagnósticos, evaluaciones de impacto de carácter técnico, económico y ambiental, con enfoque territorial, que contribuyan a la Planeación para la Energización a cargo de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos, conforme con las directrices impartidas por la Dirección General.

7. Proponer los mecanismos y parámetros para asegurar la articulación de la ejecución de los proyectos de infraestructura con los planes de expansión.

8. Participar en la formulación de los planes de expansión de cobertura de energía en coordinación con las subdirecciones técnicas de la Unidad.

9. Aportar al desarrollo y diseño de modelos soportados en sistemas de información geográfica en coordinación con las oficinas y subdirecciones.

coordinación con las subdirecciones técnicas de la Unidad.

9. Aportar al desarrollo y diseño de modelos soportados en sistemas de información geográfica en coordinación con las oficinas y subdirecciones.

10. Contribuir en la revisión de los documentos sobre cooperación internacional para facilitar el establecimiento de las políticas relativas a la participación del sector y gestionar propuestas de reglamentación para la utilización de dichos recursos de financiación en proyectos de energización, en concordancia con el Plan Nacional de

Desarrollo. FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000230 de 2026-04-06 Página 4 de 7

Continuación de la Resolución : Por medio de la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de Evaluación de Proyectos de Fondos y Planeación Energética de Fondos en la Oficina de Gestión de

Proyectos de Fondos

11. Asesorar en la evaluación, administración y desarrollo de metodologías para analizar los componentes técnicos, energéticos, económicos y sociales que faciliten la planeación de la expansión de la cobertura energética en el país a través de las diferentes herramientas operativas diseñadas para tal fin.

12. Apoyar la elaboración, publicación y divulgación de los planes y documentos de análisis realizados por la Unidad, así como, las memorias institucionales del sector minero energético.

13. Apoyar los análisis, estudios, diagnósticos, evaluaciones de impacto e investigaciones de carácter técnico, económico y ambiental, con enfoque territorial, que contribuyan a la asignación eficiente de los recursos públicos en los fondos y mecanismos que financian

de carácter técnico, económico y ambiental, con enfoque territorial, que contribuyan a la asignación eficiente de los recursos públicos en los fondos y mecanismos que financian proyectos en el sector minero energético, así como los estudios necesarios para el mejoramiento continuo de las labores encomendadas a la Unidad.

14. Apoyar a la Subdirección de Energía Eléctrica en la revisión de los Planes de Expansión de Cobertura de los Operadores de Red.

15. Mantener actualizada la información en los sistemas, aplicativos u otros medios tecnológicos de su competencia, de acuerdo con los estándares de seguridad y privacidad de la información en cumplimiento de las políticas aprobadas por el Unidad.

16. Participar y adelantar las actividades requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora de Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG y de otros sistemas que adopte o deba adoptar la Unidad.

17. Elaborar, gestionar al interior de la entidad y hacer seguimiento y control a la respuesta de las peticiones y consultas recibidas en la entidad, de acuerdo con el procedimiento diseñado para tal fin.

18. Participar en el diseño y la implementación de las estrategias institucionales orientadas al desarrollo de los procesos y procedimientos de la dependencia de conformidad con los lineamientos institucionales y la normatividad vigente.

19. Elaborar y presentar los informes que sean requeridos de acuerdo con su competencia por las instancias respectivas, para dar respuesta a las solicitudes internas y externas.

20. Prestar la asistencia y capacitación a las autoridades del orden territorial y demás

competencia por las instancias respectivas, para dar respuesta a las solicitudes internas y externas.

20. Prestar la asistencia y capacitación a las autoridades del orden territorial y demás agentes públicos y privados, en temas de planeación energética regional.

2. GRUPO INTERNO DE TRABAJO EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FONDOS: Este grupo interno de trabajo desarrollará las siguientes funciones:

1. Gestionar la evaluación técnica, económica y financiera de los proyectos para ser financiados a través de los fondos de apoyo financiero para la energización, de conformidad con la normatividad legal vigente aplicable en la materia.

2. Asesorar a la Dirección en las actividades requeridas para que el Ministerio de Minas y Energía determine las políticas relacionadas con la asignación y administración de los recursos públicos dirigidos a la cobertura y universalización de los servicios de energía eléctrica y gas combustible.

3. Prestar la asistencia y capacitación a las autoridades del orden territorial y demás agentes públicos y privados, en cuanto a la presentación de proyectos que requieren recursos de cofinanciación en ampliación de la cobertura de energía eléctrica, gas combustible y proyectos de minería.

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Continuación de la Resolución : Por medio de la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de Evaluación de Proyectos de Fondos y Planeación Energética de Fondos en la Oficina de Gestión de

Proyectos de Fondos

4. Proveer insumos, guías y/o formatos a las autoridades del orden territorial y demás

Evaluación de Proyectos de Fondos y Planeación Energética de Fondos en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos

4. Proveer insumos, guías y/o formatos a las autoridades del orden territorial y demás agentes públicos y privados, para los procesos de presentación de proyectos que requieren recursos de cofinanciación para la energización rural y ampliación de la cobertura de electricidad y gas combustible y para proyectos de minería

5. Definir y orientar criterios o lineamientos técnicos, económicos y/o financieros asociados a los fondos de apoyo financiero, de conformidad con la normatividad legal vigente aplicable en la materia.

6. Revisar y analizar la normatividad del sector, así como, proponer ajustes normativos que impacten a los procesos de evaluación de los fondos y mecanismos de financiación del sector de energía y gas.

7. Validar el cumplimiento de las normas técnicas y regulaciones establecidas en los conceptos emitidos para proyectos de los diferentes mecanismos o fondos de apoyo financiero del sector de minas y energía que son competencia de la oficina de gestión de proyectos de fondos.

8. Revisar la formulación de los proyectos a ser financiados por el Gobierno en materia de minas y energía, de acuerdo con los requerimientos del Ministerio de Minas y Energía y bajo los lineamientos de la Dirección.

9. Verificar y mantener la trazabilidad documental de todos los proyectos evaluados y conceptuados que buscan financiamiento por parte de los fondos o mecanismo de apoyo financiero responsabilidad de la oficina de gestión de proyectos de fondos.

10. Realizar las mesas técnicas solicitadas por los formuladores de proyectos que buscan

conceptuados que buscan financiamiento por parte de los fondos o mecanismo de apoyo financiero responsabilidad de la oficina de gestión de proyectos de fondos.

10. Realizar las mesas técnicas solicitadas por los formuladores de proyectos que buscan acceder a los recursos de los fondos o mecanismos de apoyo financiero competencia de la oficina de gestión de proyectos de fondos.

11. Efectuar el seguimiento a los recursos asignados si es competencia de la oficina de gestión de proyectos de fondos o se encuentre delegado, de acuerdo con la normatividad vigente.

12. Adelantar el proceso de invitación a la formulación de proyectos de ampliación de cobertura de energía eléctrica o gas combustible, de acuerdo con lo establecido o delegado en la normatividad vigente de los mecanismos o fondos de apoyo financiero.

13. Remitir a las entidades correspondientes los listados de priorización de los fondos y mecanismos que así lo requieran, de acuerdo con la normatividad vigente.

14. Realizar la consolidación de la información relacionada con los proyectos viabilizados por la UPME y que son financiados a través de los fondos administrados por el Ministerio de Minas y Energía o por otras entidades del Gobierno y por los patrimonios autónomos relacionados

15. Elaborar y presentar los informes que sean requeridos de acuerdo con su competencia por las instancias respectivas, para dar respuesta a las solicitudes internas y externas.

16. Proyectar, gestionar, hacer seguimiento y control al interior de la entidad, a las respuestas de las peticiones y consultas recibidas en la entidad, de acuerdo con el procedimiento diseñado para tal fin.

externas.

16. Proyectar, gestionar, hacer seguimiento y control al interior de la entidad, a las respuestas de las peticiones y consultas recibidas en la entidad, de acuerdo con el procedimiento diseñado para tal fin.

17. Apoyar la elaboración, publicación y divulgación de los documentos para la metodología de la presentación de proyectos de la Oficina, así como, las memorias institucionales del sector minero energético.

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Continuación de la Resolución : Por medio de la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de Evaluación de Proyectos de Fondos y Planeación Energética de Fondos en la Oficina de Gestión de

Proyectos de Fondos

18. Mantener actualizada la información en los sistemas, aplicativos u otros medios tecnológicos de su competencia, de acuerdo con los estándares de seguridad y privacidad de la información en cumplimiento de las políticas aprobadas por la Unidad.

19. Adelantar y ejecutar las actividades requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora de Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG y de otros sistemas que adopte o deba adoptar la Unidad.

20. Participar en el diseño y la implementación de las estrategias institucionales orientadas al desarrollo de los procesos y procedimientos de la dependencia, de conformidad con los lineamientos institucionales y la normatividad vigente.

ARTÍCULO 2. DESIGNAR como coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo señalados en el artículo anterior a los servidores públicos que determine la Oficina de

conformidad con los lineamientos institucionales y la normatividad vigente. ARTÍCULO 2. DESIGNAR como coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo señalados en el artículo anterior a los servidores públicos que determine la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos, de conformidad con las necesidades del servicio y el perfil requerido para el ejercicio de dichas funciones. ARTÍCULO 3. RECONOCER a los servidores públicos que ejerzan funciones de coordinación un veinte por ciento (20%) adicional sobre la asignación básica mensual del empleo que desempeñen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 301 de 2024, siempre que no pertenezcan a los niveles Directivo o Asesor, ejerzan efectivamente dichas funciones y exista disponibilidad presupuestal. ARTÍCULO 4: PUBLICAR la presente resolución en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME. ARTÍCULO 5: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su expedición, y modifica en lo pertinente la resolución No. 367 de 2021, 0079 y la resolución No. 0087 de 2024, las demás disposiciones que no fueron objeto de modificación continuarán vigentes.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., a 2026-04-06

Indira Portocarrero Ospina Directora General

Dirección General Elaboró: Flor María Amarís Arias - Contratista Revisó: Katherine Pérez Pulecio – Coordinadora GIT Gestión de Talento Humano

Diana María Jácome Carreño-Secretaria General Haydi Stela Mena RodríguezAsesor Dirección General

Dirección General Elaboró: Flor María Amarís Arias - Contratista Revisó: Katherine Pérez Pulecio – Coordinadora GIT Gestión de Talento Humano

Diana María Jácome Carreño-Secretaria General Haydi Stela Mena RodríguezAsesor Dirección General Aprobó: Indira Cristina Portocarrero Ospina– Directora General FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000230 de 2026-04-06 Página 7 de 7

Continuación de la Resolución : Por medio de la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de Evaluación de Proyectos de Fondos y Planeación Energética de Fondos en la Oficina de Gestión de

Proyectos de Fondos

FOR-GDR-005 08/01/2026

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