🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

UPME - Resolución 297 de 2026

Unidad de Planeación Minero Energética

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
UPME - Resolución 297 de 2026
Autor
Unidad de Planeación Minero Energética
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios_Publicos
Año
2026

RESOLUCIÓN No. 000297 de 2026

202601130002975 2026-04-27

Radicado : 202601130002975

Por la cual se adopta la Política de Integridad de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones y que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. Que las “Instituciones internacionales y de la sociedad civil, como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y Transparencia Internacional, han desarrollado estudios y lineamientos sobre integridad y los conflictos de intereses en el ámbito público, como estrategias para la prevención y lucha contra la corrupción. Que El Consejo de la OCE adoptó la “ Recomendación del Consejo de la OCDE sobre Integridad Pública” y, de manera particular para el caso colombiano, realizó el “ Estudio de la OCDE sobre Integridad en Colombia ” en el cual se formula un diagnóstico y se presentan una serie de recomendaciones, entre ellas: incorporar las políticas de

de la OCDE sobre Integridad en Colombia ” en el cual se formula un diagnóstico y se presentan una serie de recomendaciones, entre ellas: incorporar las políticas de integridad en la gestión del talento humano, mejorar el sistema de declaración financiera y de conflicto de intereses y asegurar el cumplimiento efectivo de las normas de integridad. Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, y dispuso que dicho Sistema se articulara con el Sistema de Control Interno de la Ley 87 de 1993, con el fin de fortalecer los mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de los organismos y entidades del Estado. Que en concordancia con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) , y siguiendo los referentes internacionales en la materia, el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), elaboró dos herramientas para el fortalecimiento de la política de integridad; el primero, el “ Código de Integridad del Servicio Público Colombiano ” que define cinco valores orientadores del comportamiento de los servidores públicos (honestidad, respeto, compromiso, diligencia y justicia), y el segundo, la “Guía para la identificación y declaración del conflicto de intereses en el sector público colombiano”, que establece pautas para reconocer, prevenir y gestionar los conflictos de intereses personales y el interés general propio de la función pública. Que la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, en desarrollo de estos

que establece pautas para reconocer, prevenir y gestionar los conflictos de intereses personales y el interés general propio de la función pública. Que la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, en desarrollo de estos lineamientos, expidió la Resolución 0021 del 16 de enero de 2019, por la cual adoptó el FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000297 de 2026-04-27 Página 2 de 3

Continuación de la Resolución : Por la cual se adopta la Política de Integridad de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME Código de Integridad de la entidad, incorporando los cinco valores definidos por el DAFP para el servicio público colombiano. Posteriormente, mediante la Resolución 0165 del 14 de febrero de 2025, adoptó un nuevo Código de Integridad en el que se adicionaron los valores de solidaridad y transparencia, como resultado del ejercicio participativo adelantado con la comunidad de la UPME a través del test de percepción y apropiación de conocimientos del Código de Integridad.

Que la Ley 2016 de 2020 adoptó e implementó el Código de Integridad del Servicio Público Colombiano y creó el Sistema Nacional de Integridad para articular todo lo concerniente a la Integridad en el Servicio Público Colombiano. Que el día 18 de diciembre de 2025, se realizó la sexta sesión del Comité Institucional de Gestión y Desempeño la cual es de manera extraordinaria mediante Acta No. 2026101000026 de mencionada reunión, se aprobaron las políticas institucionales, los

Gestión y Desempeño la cual es de manera extraordinaria mediante Acta No. 2026101000026 de mencionada reunión, se aprobaron las políticas institucionales, los Planes MIPG para la vigencia 2026, la baja de activos fijos y la modificación al Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como la socialización de los avances institucionales en seguridad de la información. Que, por todo lo anterior, es necesario adoptar la Política de Integridad de la Unidad de Planeación MineroEnergética la cual hace parte de la presente resolución, con el objetivo de Promover y consolidar una cultura basada en valores, integridad y transparencia, que prevenga la corrupción y contribuya al adecuado cumplimiento de las competencias de la UPME y al fortalecimiento de la confianza de la ciudadanía en la entidad. Que, en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E: ARTÍCULO 1: ADOPTAR la Política de Integridad de la Unidad de Planeación MineroEnergética la cual hace parte de la presente resolución , con el objetivo de Promover y consolidar una cultura basada en valores, integridad y transparencia, que prevenga la corrupción y contribuya al adecuado cumplimiento de las competencias de la UPME y al fortalecimiento de la confianza de la ciudadanía en la entidad. De la misma forma, se busca fortalecer el compromiso de los servidores públicos y colaboradores con el desempeño íntegro, eficaz y eficiente de sus funciones, de manera que se consolide la

busca fortalecer el compromiso de los servidores públicos y colaboradores con el desempeño íntegro, eficaz y eficiente de sus funciones, de manera que se consolide la confianza interna y externa de la entidad. Se busca promover la imparcialidad, la objetividad y la primacía del interés general en la toma de decisiones públicas, con el fin de fortalecer la transparencia, la trazabilidad y el control sobre la gestión institucional. Diseñar e implementar estrategias, herramientas y acciones que permitan la puesta en marcha, divulgación, apropiación y actualización periódica de la Política de Integridad articuladas al Programa de Transparencia y Ética Pública (PTEP) y con el Modelo Integrado de Gestión Pública (MIPG). Prevenir, identificar y gestionar de manera oportuna los conflictos de intereses y otros riesgos que puedan afectar la integridad institucional, mediante lineamientos claros, procedimientos definidos y canales formales de reporte. ARTÍCULO 2: ESTABLECER mecanismos de seguimiento, evaluación e indicadores que permitan monitorear el grado de implementación, efectividad y mejora continua de la Política de Integridad, y reportar sus avances a las instancias de dirección y control correspondientes. ARTÍCULO 3: DESIGNAR a la secretaria general, los subdirectores generales, los jefes de oficinas, los jefes de oficinas asesoras y al asesor con funciones de Control Interno, como responsables de la implementación, seguimiento y evaluación de la Política de

de oficinas, los jefes de oficinas asesoras y al asesor con funciones de Control Interno, como responsables de la implementación, seguimiento y evaluación de la Política de Integridad, quienes, dentro de sus respectivas competencias deberán garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la normativa vigente en la materia. FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000297 de 2026-04-27 Página 3 de 3

Continuación de la Resolución : Por la cual se adopta la Política de Integridad de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME ARTÍCULO 4: CUMPLIMIENTO. Todos los funcionarios y contratistas de la Unidad de Planeación Minero Energética deberán cumplir las disposiciones contenidas en esta política y participar en su implementación y seguimiento.

ARTÍCULO 5: PUBLICAR la Política de Integridad, a través de la Subdirección de Gestión de la Información en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, en la página web y en la intranet de la entidad para conocimiento de la comunidad en general, así como de los servidores y colaboradores de la UPME. ARTÍCULO 6: VIGENCIA. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., a 2026-04-27

Indira Portocarrero Ospina Directora General

Dirección General Elaboró: Miguel Eduardo Mejia Chiari Revisó: HAYDI STELA MENA RODRÍGUEZ, KATHERIN YANIRE PEREZ PULECIO, Indira Portocarrero Ospina, DIANA MARÍA

JÁCOME CARREÑO

Dirección General Elaboró: Miguel Eduardo Mejia Chiari Revisó: HAYDI STELA MENA RODRÍGUEZ, KATHERIN YANIRE PEREZ PULECIO, Indira Portocarrero Ospina, DIANA MARÍA

JÁCOME CARREÑO

Aprobó: Indira Portocarrero Ospina

FOR-GDR-005 08/01/2026

Consultar sobre este documento ...