UPME - Resolución 541 de 2025
Unidad de Planeación Minero Energética
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Detalles
- Título
- UPME - Resolución 541 de 2025
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA Libertad y OrdenUNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPMERESOLUCIÓN No. 000541 de 202502-07-2025Radicado : 20251130005415 “Por la cual se termina y se concede un encargo en una vacante temporal, a un servidorpúblico de la Unidad de Planeación Minero Energética, y se dictan otras disposiciones”EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINEROENERGETICA - UPME
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas porel artículo 9 del Decreto Nacional 2121 de 2023 y,CONSIDERANDO:Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de2019, dispone que: “(...) Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleosde carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados enestos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades parasu desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su últimaevaluación de desempeño es sobresaliente.En el evento en que no haya empleados de carrera con evaluación sobresaliente, elencargo deberá recaer en quienes tengan las más altas calificaciones descendiendo delnivel sobresaliente al satisfactorio, de conformidad con el sistema de evaluación queestén aplicando las entidades. Adicionalmente el empleado a cumplir el encargo deberáreunir las condiciones y requisitos previstos en la ley.El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargoinmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad. (...)”Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1del Decreto Nacional 648 de 2017, establece respecto a las formas de provisión delempleo:"Artículo 2.2.5.3.3 Provisión de las vacancias temporales. (...) Las vacantestemporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramientoprovisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo
con empleadosde carrera (...).Parágrafo. Los encargos o nombramientos que se realicen en vacancias temporales, seefectuarán por el tiempo que dure la misma.”Que así mismo, el Decreto en mención, frente a los encargos en empleos públicosdispone:"ARTÍCULO 2.2.5.5.41. Encargo. Los empleados podrán ser encargados paraasumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos paralos cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular,desvinculándose o no de las propias de su cargo. (...)”RESOLUCIÓN No. 000541 de 02-07-2025 Página 2 de 5Continuación de la Resolución: Por la cual se termina y se concede un encargo en una vacantetemporal, a un servidor público de la Unidad de Planeación Minero Energética, y se dictan otrasdisposiciones
Que el empleo Profesional Especializado código 2028 Grado 19 de la Subdirección deHidrocarburos, se encuentra actualmente en vacancia temporal, mientras su titular decarrera administrativa, el servidor público Eider Camilo Quintana Suarez, identificado concédula de ciudadanía No. 1.057.588.989, desempeña en encargo el empleo denominadoprofesional especializado código 2028 grado 20 de la Subdirección de Hidrocarburos de laUnidad de Planeación Minero Energética - UPME, materializado mediante ResoluciónNo. 872 del 9 de octubre 2024.Que el 19 de mayo de 2025, se envió correo electrónico ofertando el derecho preferencialdel mencionado cargo, al servidor público JORGE FERNANDO MORALES MACHADO,identificado con cédula de ciudadanía No. 1.026.550.408, con derechos de carreraadministrativa.Que mediante correo electrónico de fecha 20 de mayo de 2025, el servidor público enmención, aceptó el encargo del empleo ofrecido.Que mediante correo electrónico de fecha 23 de mayo de 2025, se informó a todos losservidores de carrera administrativa de la Unidad de Planeación Minero Energética, delderecho preferencial de encargo, del servidor público JORGE FERNANDO MORALESMACHADO, sin que se haya recibido observación alguna dentro de los tres días hábilessiguientes al comunicado.Que revisada la conformación de la planta de personal establecida para la Unidad dePlaneación Minero Energética - UPME , mediante Decreto Nacional 2122 de 2023, yconsultando el perfil definido en el Manual Específico de Funciones y Competenciasestablecido en la Resolución 627 del 7 de noviembre de 2018,
el profesionalespecializado del GIT de Gestión del Talento Humano, verificó y certificó medianteformato F-TH-31 del 6 de junio de 2025, que el servidor público JORGE FERNANDOMORALES MACHADO, con derechos de carrera administrativa, cumple con los requisitosy las competencias exigidas para ser encargado en el empleo ProfesionalEspecializado código 2028 Grado 19, de la Subdirección de Hidrocarburos de laUnidad de Planeación Minero Energética, y cumplió con la verificación de losantecedentes, disciplinarios, fiscales, judiciales, policivos y de inhabilidades por delitossexuales, y que acredita las aptitudes, habilidades y requisitos exigidos para eldesempeño del empleo vacante.Que una vez verificada la última calificación definitiva de evaluación de desempeño delservidor público en mención, se encuentra que tiene una calificación de nivelsatisfactorio, correspondiente al periodo 2024 - 2025.Que el servidor público JORGE FERNANDO MORALES MACHADO es titular del empleode carrera administrativa Profesional Especializado 2028 Grado 16, ubicado en laSubdirección de Energía Eléctrica de la Unidad de Planeación Minero Energética yactualmente se encuentra en encargo en el empleo Profesional Especializado Código2028 Grado 17, ubicado en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos.Que, con el fin de garantizar la debida prestación del servicio, se considera necesarioencargar al servidor público JORGE FERNANDO MORALES MACHADO del empleoProfesional Especializado Código 2028 Grado 19, ubicado en la Subdirección deHidrocarburos,
quien es titular del empleo de carrera administrativa ProfesionalEspecializado Código 2028 Grado 16, ubicado en la Subdirección de Energía Eléctrica dela Unidad de Planeación Minero Energética UPME, para lo cual deberá darse porterminado el encargo que ostenta actualmente.RESUELVE:RESOLUCIÓN No. 000541 de 02-07-2025 Página 3 de 5Continuación de la Resolución: Por la cual se termina y se concede un encargo en una vacantetemporal, a un servidor público de la Unidad de Planeación Minero Energética, y se dictan otrasdisposicionesARTÍCULO 1: Terminar el encargo conferido al servidor público JORGE FERNANDOMORALES MACHADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.026.550,408, en elempleo de Profesional Especializado Código 2028 Grado 17, ubicado en la Oficina deGestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, deacuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.PARÁGRAPO: La terminación de este encargo surtirá efectos con la toma de posesión enel cargo de que trata el artículo segundo del presente acto.ARTÍCULO 2: Encargar al servidor público mencionado en el artículo 1 de la presenteresolución, quien es titular con derechos de carrera administrativa del empleo ProfesionalEspecializado Código 2028 Grado 16, ubicado en la Subdirección de Energía Eléctrica, delempleo en vacante temporal, Profesional Especializado Código 2028 Grado 19ubicado en la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación MineroEnergética UPME,
con una asignación básica mensual de OCHO MILLONESQUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO PESOS($8.587.918) M/CTE.PARÁGRAPO 1: El servidor público encargado, a partir de la fecha de posesión, dejaráde asumir las funciones del empleo en el cual se encuentra actualmente en encargo ytendrá derecho a recibir la diferencia de sueldo resultante entre la asignación básica delempleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 19, de la Subdirección deHidrocarburos y el empleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 17, de la Oficinade Gestión de Proyectos de Fondos en el cual se encuentra encargado.PARÁGRAFO 2: La presente Resolución se expide con efectos suspensivos para laposesión del empleado nombrado en encargo, mientras se surten las reclamacioneslaborales por derecho preferente, si hay lugar a ellas, ante la comisión de personal de laentidad, y de ser el caso, ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, asi:a) Cuando no exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal: A los diez(10) días hábiles contados a partir de la publicación de este acto, se procederáa efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión deconformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015.b) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de personal y en segundainstancia ante la CNSC, si la respuesta es negativa para el reclamante: Sesuspenderá el
término de posesión hasta el día en que se realice la notificaciónde la respuesta al reclamante por parte de la Comisión de Personal de laentidad y la CNSC; ésta última, siempre y cuando se presente recurso ensegunda instancia.Cc) A partir del día hábil siguiente de la notificación de la respuesta al reclamante,se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posteriorposesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015.d) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal y la CNSC y larespuesta es positiva para el reclamante: Se procederá a la derogatoria delnombramiento en cumplimiento del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 648 de2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015.ARTÍCULO 3: Los costos que ocasione el presente encargo, se pagarán con cargo alpresupuesto de la presente vigencia fiscal.ARTÍCULO 4: De acuerdo con lo establecido por el artículo 24 de la Ley 909 de 2004,modificado por el artículo 01 de la Ley 1960 del 27 de junio de 2019 y los artículosRESOLUCIÓN No. 000541 de 02-07-2025 Página 4 de 5Continuación de la Resolución: Por la cual se termina y se concede un encargo en una vacantetemporal, a un servidor público de la Unidad de Planeación Minero Energética, y se dictan otrasdisposiciones2.2.5.5.41 y 2.2.5.5.42 del Decreto Nacional 1083 de 2015 (modificados por
el DecretoNacional 648 de 2017), el presente acto administrativo solo se podrá dar por terminadoanticipadamente por las razones establecidas en la circular conjunta 20191000000117emitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC y el DepartamentoAdministrativo de la Función Pública - DAFP.
ARTÍCULO 5: Teniendo en cuenta que el servidor público JORGE FERNANDOMORALES MACHADO, asumirá el empleo de Profesional Especializado Código 2028Grado 19, de la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación MineroEnergética UPME, deberá adelantar los trámites correspondientes a la entrega del puestode trabajo del empleo que desempeña actualmente en encargo, de acuerdo alprocedimiento institucional adoptado por la Entidad para tal efecto.ARTÍCULO 6: Comunicar el contenido de la presente resolución por conducto del GITde Gestión del Talento Humano, al servidor público JORGE FERNANDO MORALESMACHADO de la Unidad de Planeación Minero Energética, al Jefe de la Oficina de Gestiónde Proyectos de Fondos y al Subdirector de Energía Eléctrica de la Unidad de PlaneaciónMinero Energética.ARTÍCULO 7: Publicar el presente acto administrativo en el sitio web de la Unidad dePlaneación Minero Energética de conformidad con el artículo 65 del Código deProcedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.ARTÍCULO 8: Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de suexpedición y surte efectos fiscales a partir de la fecha de posesión.PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá, D.C., a 02-07-2025 iba ) Manuel Peña SuarezDirector GeneralEncargadoDirección GeneralRESOLUCIÓN No. 000541 de 02-07-2025 Página 5 de 5Continuación de la Resolución: Por la cual se termina y se concede un encargo en una vacantetemporal, a un servidor público de la Unidad de Planeación Minero Energética, y se dictan otrasdisposiciones
Elaboró: José Alfredo Morales DíazRevisó: Catalina Ballesteros Sánchez, Katherine Pérez P.Diana María Jácome Carreño - Secretaria GeneralAprobó: Manuel Peña Suárez