UPME - Resolución 678 de 2025
Unidad de Planeación Minero Energética
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Detalles
- Título
- UPME - Resolución 678 de 2025
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000678 de 2025
20251130006785 13-08-2025
Radicado : 20251130006785 “Por la cual se efectúa un nombramiento en provisionalidad en un empleo en vacancia definitiva”
EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto Nacional 2121 de 2023, la Ley 909 de 2004 y C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, establece que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, el empleo de carrera vacante de manera definitiva puede proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004, previo cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo.
Que en la planta de personal de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, existe una vacante definitiva en el empleo de carrera administrativa denominado profesional especializado código 2028 grado 15, en la Subdirección de Demanda, de la cual no existe lista de elegibles vigente para un empleo igual o equivalente, y la vacancia fue reportada a la Comisión Nacional del Servicio Civil con identificador del empleo No.
profesional especializado código 2028 grado 15, en la Subdirección de Demanda, de la cual no existe lista de elegibles vigente para un empleo igual o equivalente, y la vacancia fue reportada a la Comisión Nacional del Servicio Civil con identificador del empleo No. 223093 del 02 de julio de 2024. Por lo tanto, la vacante debe ser provista por necesidades del servicio con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades misionales asignadas. Que el GIT de Gestión del Talento Humano, mediante formato de verificación de requisitos del 28 de julio de 2025, certificó el cumplimiento de requisitos del señor FABIAN EDUARDO CORTÉS ORTEGA, identificado con cédula de ciudadanía número 1.018.459.280, para ser nombrado en provisionalidad en el cargo de profesional especializado código 2028 grado 15, en la Subdirección de Demanda de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, conforme al Manual Específico de Funciones de la Planta Global de Personal, y demás normas y disposiciones concordantes. De igual manera, certificó que no tiene antecedentes disciplinarios profesionales; ni sanción o inhabilidad registrada en la Procuraduría General de la Nación; no se encuentra reportado como responsable fiscal; no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales y policivos; no registra inhabilidades por delitos sexuales y, tampoco, está inscrita en el registro de deudores morosos del REDAM, por lo que se concluye que acredita las aptitudes.
policivos; no registra inhabilidades por delitos sexuales y, tampoco, está inscrita en el registro de deudores morosos del REDAM, por lo que se concluye que acredita las aptitudes. Que mediante radicado No. 20251130116511 del 06 de agosto de 2025, la Coordinadora del GIT de Talento Humano de la Secretaría General de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, certificó que verificada la planta de personal de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, no se encontraron servidores (as) públicos con derechos de carrera de grado inferior que cumplieran con los requisitos establecidos en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 y el Manual específico de funciones y competencias laborales adoptado mediante Resolución No. 627 del 7 de noviembre de 2018, para realizar un encargo en el F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 000678 de 13-08-2025 Página 2 de 3
Continuación de la Resolución: Por la cual se efectúa un nombramiento en provisionalidad en un empleo en vacancia definitiva empleo denominado profesional especializado código 2028 grado 15, en la Subdirección de Demanda de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.
Que de conformidad con lo anterior , se agotó el procedimiento interno P-TH-01 Versión No. 02, para la selección y vinculación de personal en provisionalidad, con el fin de proveer el cargo en mención. Que por lo anterior, es procedente proveer provisionalmente un (1) empleo de profesional especializado código 2028 grado 15, en la Subdirección de Demanda de la
proveer el cargo en mención. Que por lo anterior, es procedente proveer provisionalmente un (1) empleo de profesional especializado código 2028 grado 15, en la Subdirección de Demanda de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME. Que en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: Nombrar con carácter PROVISIONAL al señor FABIAN EDUARDO CORTÉS ORTEGA, identificado con cédula de ciudadanía número 1.018.459.280 en el empleo de Profesional Especializado Código 2028 Grado 15, de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME , con una asignación básica mensual
actual de SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS PESOS ($ 6.537.356.oo) M/CTE.
PARÁGRAFO: La presente resolución se expide con efectos suspensivos para la posesión del empleado nombrado en provisionalidad, mientras se surten las reclamaciones laborales por derecho preferente, si hay lugar a ellas, ante la comisión de personal de la entidad y, de ser el caso, ante la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, así: a) Cuando no exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal: A los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de este acto, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015.
efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015. b) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de personal y en segunda instancia ante la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, si la respuesta es negativa para el reclamante: Se suspenderá el término de posesión hasta el día en que se realice la notificación de la respuesta al reclamante por parte de la Comisión de Personal de la entidad y la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC; ésta última, siempre y cuando se presente recurso en segunda instancia. c) A partir del día hábil siguiente de la notificación de la respuesta al reclamante, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado mediante Decreto 648 de 2017. d) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal y la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC y la respuesta es positiva para el reclamante: Se procederá a la derogatoria del nombramiento en cumplimiento del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado mediante Decreto 648 de 2017
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el contenido de la presente resolución, por medio del GIT de Gestión del Talento Humano, al señor FABIAN EDUARDO CORTÉS ORTEGA, así como al Subdirector de Demanda de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.
ARTÍCULO TERCERO: Publicar el presente acto administrativo en el sitio web de la
como al Subdirector de Demanda de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.
ARTÍCULO TERCERO: Publicar el presente acto administrativo en el sitio web de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, de conformidad con el artículo 65 del
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Continuación de la Resolución: Por la cual se efectúa un nombramiento en provisionalidad en un empleo en vacancia definitiva ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a 13-08-2025
Manuel Peña Suarez Director General Encargado Dirección General
Elaboró: Jose Alfredo Morales Díaz
Revisó: Catalina Ballesteros Sánchez, Diana María Jácome Carreño.
Aprobó: Manuel Peña Suárez