UPME - Resolución 679 de 2025
Unidad de Planeación Minero Energética
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- UPME - Resolución 679 de 2025
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000679 de 2025
20251130006795 13-08-2025
Radicado : 20251130006795
Por la cual se corrige el artículo primero de la Resolución No. 659 del 11 de agosto de 2025 "Por la cual se realiza un nombramiento ordinario en la Unidad de Planeación Minero" EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por las conferidas en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y, C O N S I D E R A N D O: Que mediante Resolución No. 659 del 11 de agosto de 2025, se nombró con carácter ordinario al señor JOSHUA CALEM GALVIS FAYAD, identificado con cédula de ciudadanía 1.096.205.815, para el cargo de asesor código 1020 grado 8, de la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME. Que en el artículo primero de la mencionada Resolución se consignó como número de cédula de ciudadanía del señor JOSHUA CALEM GALVIS FAYAD el 1.069.747.660, cuando el correcto es 1.096.205.815. Que el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece en el artículo 45, la posibilidad de corregir yerros formales, en los siguientes términos:
Que el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece en el artículo 45, la posibilidad de corregir yerros formales, en los siguientes términos: “… CORRECCIÓN DE ERRORES FORMALES. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda. …” Que, en consecuencia, se procederá a corregir el error formal de digitación en el número de cédula de ciudadanía del señor JOSHUA CALEM GALVIS FAYAD, conforme con lo señalado en el segundo considerando del presente acto administrativo. Que, en mérito de lo expuesto, F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 000679 de 13-08-2025 Página 2 de 2
Continuación de la Resolución : Por la cual se corrige el artículo primero de la Resolución No. 659 del 11 de agosto de 2025 "Por la cual se realiza un nombramiento ordinario en la Unidad de Planeación
Minero" R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el artículo primero de la Resolución No. 659 del 11 de agosto de 2025, en los siguientes términos:
Minero" R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el artículo primero de la Resolución No. 659 del 11 de agosto de 2025, en los siguientes términos: “PRIMERO: Nombrar con carácter ORDINARIO al señor JOSHUA CALEM GALVIS FAYAD, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.096.205.815, para el cargo de asesor código 1020 grado 8 de la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, con una asignación básica
mensual de NUEVE MILLONES DOSCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS
SETENTA Y DOS PESOS M/CTE. ($9.201.872).
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el contenido de la presente resolución, a través del GIT de Gestión del Talento Humano, al señor JOSHUA CALEM GALVIS
FAYAD.
ARTÍCULO TERCERO: Publicar el presente acto administrativo en el sitio web de la Unidad de Planeación Minero Energética de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a 13-08-2025 Manuel Peña Suarez Director General Encargado Dirección General
Elaboró: Andrea L. Salazar
Revisó: Katherin Yanire Pérez Pulecio
Daniela Zambrano Rivero. Diana Jácome Carreño _ Secretaria General
Aprobó: Manuel Peña Suarez_ Director General (E)