UPME - Resolución 687 de 2026
Detalles
- Título
- UPME - Resolución 687 de 2026
- Autor
- Unidad de Planeación MineroEnergética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN No. 000687 de 2026
202601010006875 2026-09-18
Radicado : 202601010006875 "Por medio de la cual se adiciona un inciso al parágrafo del artículo 3 de la Resolución UPME No. 001160 de 2024"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023, y C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Que el artículo 3 del Decreto 2121 de 2023 establece que la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, tiene por objeto planear en forma integral, indicativa, permanente y coordinada con los agentes del sector minero energético el desarrollo y aprovechamiento de los recursos mineros y energéticos; producir y divulgar la información requerida para la formulación de política y toma de decisiones; y apoyar al Ministerio de Minas y Energía en el logro de sus objetivos y metas. Que, de conformidad con el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023, corresponde a la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME dirigir, orientar, coordinar, ejecutar y vigilar las funciones asignadas a la Unidad por la ley y demás normas pertinentes, así como dirigir y coordinar lo relacionado con el control interno de la gestión y las actividades misionales y de apoyo de la entidad.
coordinar, ejecutar y vigilar las funciones asignadas a la Unidad por la ley y demás normas pertinentes, así como dirigir y coordinar lo relacionado con el control interno de la gestión y las actividades misionales y de apoyo de la entidad. Que mediante la Resolución UPME No. 001160 del 18 de diciembre de 2024 se conformó el Comité de Dirección de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, como instancia de coordinación y seguimiento de la gestión, encargada de definir las prioridades estratégicas de la entidad y las respectivas líneas de acción, así como de hacer seguimiento al plan estratégico institucional, a los proyectos de inversión y a la ejecución presupuestal. Que el artículo 3 de la Resolución UPME No. 001160 de 2024 definió la integración del Comité de Dirección y, en su parágrafo, estableció la posibilidad de invitar a sus reuniones, con carácter permanente u ocasional, a servidores públicos o colaboradores que, por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico, deban asistir según los asuntos a tratar, quienes participan con voz, pero sin voto. Que el 3 de junio de 2026 la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME y el Sindicato Nacional de Servidores Públicos del Sector Minero Energético, de Primer Grado y de Industria - SINTRAMINERALES suscribieron el Acuerdo de Negociación Colectiva 2026. Que el Acuerdo 30 del Acuerdo de Negociación Colectiva 2026 denominado “Participación Sindical en el Comité de Gestión y Desempeño y en el Comité Directivo ”, establece, en relación con el Comité de Dirección de la UPME, que el delegado de SINTRAMINERALES
Sindical en el Comité de Gestión y Desempeño y en el Comité Directivo ”, establece, en relación con el Comité de Dirección de la UPME, que el delegado de SINTRAMINERALES participará en dicho Comité cuando la Administración lo estime conveniente, para lo cual FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000687 de 2026-09-18 Página 2 de 3
Continuación de la Resolución : Por medio de la cual se adiciona un inciso al parágrafo del artículo 3 de la Resolución UPME No. 001160 de 2024 se realizará la convocatoria formal con la debida anticipación, indicando la agenda a tratar.
Que el citado Acuerdo 30 establece igualmente que, para su implementación, la UPME actualizará los actos administrativos que se requieran. Que, de conformidad con el artículo 2.2.2.4.17 del Decreto 1072 de 2015, las autoridades públicas competentes darán cumplimiento a los acuerdos colectivos y expedirán los respectivos actos administrativos a que haya lugar, de acuerdo con los compromisos pactados y con respeto de las competencias constitucionales y legales. Que, en consecuencia, se hace necesario adicionar un inciso al parágrafo del artículo 3 de la Resolución UPME No. 001160 de 2024, con el fin de implementar lo acordado en el Acuerdo 30 del Acuerdo de Negociación Colectiva 2026, respecto de la participación de un delegado de SINTRAMINERALES en las sesiones del Comité de Dirección de la UPME. En mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética, R E S U E L V E: ARTÍCULO 1. Adición al parágrafo del artículo 3 de la Resolución UPME No.
En mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética, R E S U E L V E: ARTÍCULO 1. Adición al parágrafo del artículo 3 de la Resolución UPME No. 001160 de 2024. Adicionar un inciso al parágrafo del artículo 3 de la Resolución UPME No. 001160 de 2024, en los siguientes términos: “Asimismo, el delegado de SINTRAMINERALES participará en las sesiones del Comité de Dirección cuando la Administración lo estime conveniente, en calidad de invitado, con voz, pero sin voto. Para tal efecto, la Secretaría Técnica realizará la convocatoria formal con la debida anticipación e indicará la agenda a tratar, de conformidad con las reglas previstas para la convocatoria de las sesiones del Comité de Dirección.” ARTÍCULO 2. No modificación de las demás disposiciones. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución UPME No. 001160 de 2024 que no sean objeto de modificación expresa mediante el presente acto administrativo continúan vigentes y sin modificación alguna. ARTÍCULO 3. Comunicación y publicación. Comunicar la presente resolución a SINTRAMINERALES y a los integrantes del Comité de Dirección de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME. Así mismo, publicar la presente resolución en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética -UPME. ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a 2026-09-18
ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a 2026-09-18
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Continuación de la Resolución : Por medio de la cual se adiciona un inciso al parágrafo del artículo 3 de la Resolución UPME No. 001160 de 2024
Rafael Enrique Fragozo Diaz Director General
Dirección General Elaboró: Oliver Quintero Perdomo Revisó: RAFAEL ENRIQUE FRAGOZO DIAZ, DANNY KATHERINE SIERRA, NATALIA ANDREA TOVAR JAIMES, MARIA CAROLINA