UPME - Resolución 691 de 2025
Unidad de Planeación Minero Energética
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Detalles
- Título
- UPME - Resolución 691 de 2025
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000691 de 2025
20251020006915 20-08-2025
Radicado : 20251020006915 “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 012025 “selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del Segundo Circuito Urrá – Urabá 220 kV.”
EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023, la Resolución 181315 de 2002 modificada por la Resolución No. 180925 de 2003, así como la Resolución No. 180924 de 2003 expedidas por el Ministerio de Minas y Energía y la Resolución CREG 022 de 2001 y, C O N S I D E R A N D O: Que el Ministerio de Minas y Energía (en adelante el “Ministerio” o el “MME”) mediante la Resolución No. 181315 del 2 de diciembre de 2002, modificada por la Resolución No. 180925 del 15 de agosto de 2003, delegó en la Unidad de Planeación Minero Energética (en adelante la “Unidad” o la “UPME”), las gestiones administrativas necesarias para la selección, mediante convocatorias públicas, de los inversionistas que acometan los proyectos definidos y aprobados en el Plan de Expansión de Referencia Generación –
selección, mediante convocatorias públicas, de los inversionistas que acometan los proyectos definidos y aprobados en el Plan de Expansión de Referencia Generación – Transmisión del Sistema Interconectado Nacional (en adelante el “SIN”), en los términos del artículo 85 de la Ley 143 de 1994, así como el proceso de selección de la interventoría que haga el seguimiento a la ejecución de estos proyectos. Que mediante la Resolución MME 40477 del 24 de julio de 2023, el MME adoptó el “Plan de Expansión de Transmisión 2022-2036” elaborado por la Unidad de Planeación MineroEnergética (UPME). Que mediante la Resolución MME 40529 del 06 de diciembre de 2024, el MME adoptó el anexo complementario al Plan de Expansión de Transmisión 2022-2036 que contiene obras del primer y segundo paquete de obras urgentes 2024 y se modifica parcialmente la Resolución 40477 de 2023. Que en el artículo Quinto de la Resolución MME 40529 del 06 de diciembre de 2024, se adoptó entre otras obras, obras en CórdobaSucre, así: “Obras en CórdobaSucre Refuerzo Montería y obras asociadas STR, que consiste en cuatro obras distribuidas de la siguiente manera: (…) Etapa A4: Segundo circuito Montería – Urabá – Urrá 220 kV. (…)”
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Continuación de la Resolución : “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 012025 “selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del Segundo Circuito Urrá – Urabá 220 kV.” Que, en virtud de la precitada delegación, la Unidad de Planeación Minero Energética dio apertura a la convocatoria pública UPME 012025, en los términos establecidos en la Resolución CREG No. 022 de 2001 y sus modificaciones, “selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del Segundo Circuito Urrá – Urabá 220 kV.” Que el día 30 de abril de 2025, la Unidad de Planeación Minero-Energética - UPME publicó oficialmente los documentos de selección del inversionista - DSI y del interventor para el proyecto objeto de la convocatoria pública UPME 012025.
Que el 28 de julio de 2025, fecha límite prevista en el cronograma de los documentos de selección del inversionista - DSI para la presentación de ofertas para la selección del interventor, se recibieron dos (2) ofertas de las siguientes empresas, a mencionar: i) Andina de Energía S.A.S. y, ii) Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores
S.A.S. – SMA S.A.S.
interventor, se recibieron dos (2) ofertas de las siguientes empresas, a mencionar: i) Andina de Energía S.A.S. y, ii) Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores
S.A.S. – SMA S.A.S.
Que el Director General de la UPME, mediante memorando interno con radicado UPME No. 20251530048103 del 29 de julio de 2025, designó los integrantes del Comité Evaluador de las ofertas presentadas en el proceso de selección del interventor de la convocatoria pública UPME 012025. Que el Comité Evaluador realizó la valoración de las ofertas presentadas por las empresas oferentes: Andina de Energía S.A.S. y Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. – SMA S.A.S., de acuerdo con los criterios definidos en el Anexo No. 3 de los Documentos de Selección del Inversionista – DSI (Términos de Referencia para la selección del Interventor). Que mediante memorando interno con radicado UPME No. 20251530003296 del 12 de agosto de 2025, el Comité Evaluador remitió al Director General de la UPME, el Acta de Evaluación para la selección del Interventor de la Convocatoria Pública UPME 012025, señalando lo siguiente: “Al respecto, es preciso indicar que en la fecha establecida en el cronograma fueron recibidas dos (2) ofertas de los siguientes oferentes: Andina de Energía S.A.S. y Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. – SMA S.A.S.
fueron recibidas dos (2) ofertas de los siguientes oferentes: Andina de Energía S.A.S. y Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. – SMA S.A.S.
1. La oferta presentada por Andina de Energía S.A.S., cumplió con los requisitos técnicos establecidos en los Términos de Referencia (Anexo 3) de los Documentos de Selección (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 01-2025, obteniendo un puntaje igual o superior al 80% del máximo puntaje técnico posible.
2. La oferta presentada por Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. – SMA S.A.S., cumplió con los requisitos técnicos establecidos en los Términos de Referencia (Anexo 3) de los Documentos de Selección (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 01-2025, obteniendo un puntaje igual o superior al 80% del máximo puntaje técnico posible.
En consecuencia y tomando en consideración que no existió causal de rechazo de las ofertas económicas de los oferentes ANDINA DE ENERGIA S.A.S, y Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S., y que las mismas fueron habilitadas jurídica y financieramente, se procedió a su evaluación económica, obteniendo el siguiente resultado: El resumen de los resultados, una vez realizada la evaluación por parte de este Comité, es: F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000691 de 20-08-2025 Página 3 de 4
Continuación de la Resolución : “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública
Continuación de la Resolución : “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 012025 “selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del Segundo Circuito Urrá – Urabá 220 kV.” Así las cosas, la oferta presenta por Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. es la oferta seleccionada en razón a que cumple con todos los requisitos de la evaluación y obtiene el máximo puntaje posible de la oferta económica. De igual forma, fue habilitada financiera y jurídicamente.” Que tanto el acta de evaluación de referencia como los anexos de verificación financiera, técnica y jurídica fueron publicados para observaciones de la comunidad en general, en la sección de la convocatoria pública UPME 012025, en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética, en el link: https://www.upme.gov.co/convocatorias/upme01-2025-segundo-circuito-urra-uraba-220-kv/ Que el plazo para presentar observaciones al acta de evaluación para la selección del interventor de la convocatoria pública UPME 012025 venció el pasado 14 de agosto de 2025 y se corroboró que no se recibieron observaciones a la misma.
Que, en consecuencia, la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética acoge el resultado del informe de evaluación presentado por el Comité Evaluador, en el cual se determina que la oferta presentada por Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros
Que, en consecuencia, la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética acoge el resultado del informe de evaluación presentado por el Comité Evaluador, en el cual se determina que la oferta presentada por Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S., cumple con los requisitos exigidos para realizar la interventoría del proyecto objeto de la convocatoria pública UPME 012025. Que en mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética, R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: Selección del interventor. Seleccionar a la sociedad SALGADO MELÉNDEZ Y ASOCIADOS INGENIEROS CONSULTORES S.A.S., identificada con NIT. 860032057-7, como el consultor que adquiere el derecho a suscribir el contrato de interventoría derivado de la convocatoria pública UPME 012025, cuyo objeto es la “selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del Segundo Circuito Urrá – Urabá 220 kV.” PARÁGRAFO 1. El valor mensual del servicio de interventoría es de VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS PESOS M/CTE ($28.429.700) antes de IVA, vigente al momento de la prestación efectiva del servicio, según la oferta presentada. PARÁGRAFO 2. Esta selección queda sujeta a la condición suspensiva establecida en el numeral 7.10 del Anexo 3Términos de referencia para la selección del Interventor de
según la oferta presentada. PARÁGRAFO 2. Esta selección queda sujeta a la condición suspensiva establecida en el numeral 7.10 del Anexo 3Términos de referencia para la selección del Interventor de los documentos de selección del inversionista de la convocatoria pública UPME 012025.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el presente acto administrativo a la SOCIEDAD SALGADO MELÉNDEZ Y ASOCIADOS INGENIEROS CONSULTORES S.A.S. , a través de la página web oficial de la UPME, en la sección de la Convocatoria Pública UPME 012025.
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Continuación de la Resolución : “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 012025 “selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del Segundo Circuito Urrá – Urabá 220 kV.” ARTÍCULO TERCERO: Comunicar el presente acto administrativo a ANDINA DE ENERGÍA S.A.S. a través de la página web oficial de la UPME, en la sección de la convocatoria pública UPME 012025.
ARTÍCULO CUARTO: Publicar la presente resolución en la página web oficial de la
Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.
ARTÍCULO QUINTO: Recursos. Contra la presente resolución no procede recurso
ARTÍCULO CUARTO: Publicar la presente resolución en la página web oficial de la
Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.
ARTÍCULO QUINTO: Recursos. Contra la presente resolución no procede recurso alguno.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a 20-08-2025
Manuel Peña Suarez Director General Encargado Dirección General
Elaboró: PAOLA ANDREA TORRES CHACON
Revisó: CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ GUZMAN, MATEO SEVERINO RODRIGUEZ,
Manuel Peña Suarez, KAROL ENRIQUE CIFUENTES THORRENS, SERGIO ANDRES
PASTRANA PASTRANA
Aprobó: Manuel Peña Suarez