🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

UPME - Resolución 692 de 2025

Unidad de Planeación Minero Energética

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
UPME - Resolución 692 de 2025
Autor
Unidad de Planeación Minero Energética
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2025

REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000692 de 2025

20251020006925 20-08-2025

Radicado: 20251020006925 “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 06-2024 “Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Tonchalá 230 kV y líneas de transmisión asociadas”.

EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023, la Resolución 181315 de 2002 modificada por la Resolución No. 180925 de 2003, así como la Resolución No. 90604 de 2014, expedidas por el Ministerio de Minas y Energía y la Resolución CREG 022 de 2001 y, C O N S I D E R A N D O: Que el Ministerio de Minas y Energía (en adelante el “Ministerio” o el “MME”) mediante la Resolución No. 181315 del 2 de diciembre de 2002, modificada por la Resolución No. 180925 del 15 de agosto de 2003, delegó en la Unidad de Planeación Minero Energética (en adelante la “Unidad” o la “UPME”), las gestiones administrativas necesarias para la selección, mediante convocatorias públicas, de los inversionistas que acometan los proyectos definidos y aprobados en el Plan de Expansión de Referencia Generación –

selección, mediante convocatorias públicas, de los inversionistas que acometan los proyectos definidos y aprobados en el Plan de Expansión de Referencia Generación – Transmisión del Sistema Interconectado Nacional (en adelante el “SIN”), en los términos del artículo 85 de la Ley 143 de 1994, así como el proceso de selección de la interventoría que haga el seguimiento a la ejecución de estos proyectos. Que mediante la Resolución No. 40529 del 06 de diciembre de 2024, el Ministerio de Minas y Energía, en cumplimiento del artículo 18 de la Ley 143 de 1994, emitió el acto administrativo “Por la cual se adopta el anexo complementario al Plan de Expansión de Referencia Generación - Transmisión 2022-2036 que contiene obras del primer y segundo paquete de obras urgentes 2024 y se modifica parcialmente la resolución 40477 de 2023”, considerando en su artículo primero, la obra definida para la subárea Norte de Santander como “subestación Tonchalá 220 kV y líneas asociadas”. Que mediante el artículo 1 de la Resolución No. 40529 del 06 de diciembre de 2024, la Cartera Ministerial de Minas y Energía definió la fecha de puesta en operación (en adelante “FPO”) de la obra de expansión denominada “ subestación Tonchalá 220 kV y líneas asociadas”, consistente en la construcción de una nueva subestación Tonchalá 220 kV a partir de la apertura de la línea “Tasajero – Cúcuta 230 kV”, para el 31 de diciembre de 2028.

líneas asociadas”, consistente en la construcción de una nueva subestación Tonchalá 220 kV a partir de la apertura de la línea “Tasajero – Cúcuta 230 kV”, para el 31 de diciembre de 2028. Que, en virtud de la precitada delegación, la Unidad de Planeación Minero Energética dio apertura a la convocatoria pública UPME 06 - 2024 , en los términos establecidos en la Resolución CREG No. 022 de 2001 y sus modificaciones, con el objeto de llevar a cabo la “Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 000692 de 20-08-2025 Página 2 de 5

Continuación de la Resolución : “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 06-2024 “ Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Tonchalá 230 kV y líneas de transmisión asociadas”. suministros, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Tonchalá 230 kV y líneas de transmisión asociadas.” Que el 23 de abril de 2025, la Unidad de Planeación Minero Energética publicó oficialmente los documentos de selección del inversionista - DSI y del interventor (Anexo

No. 3 de los DSI) para el proyecto objeto de la convocatoria pública UPME 06 - 2024.

oficialmente los documentos de selección del inversionista - DSI y del interventor (Anexo No. 3 de los DSI) para el proyecto objeto de la convocatoria pública UPME 06 - 2024. Que el 22 de julio de 2025, fecha límite prevista en el cronograma definido en la adenda No. 1 de los documentos de selección del inversionista - DSI para la presentación de ofertas para la selección del interventor, se recibieron cuatro (4) ofertas de las siguientes sociedades, a saber: i) ACI Proyectos S.A.S., ii) Consultoría Colombiana S.A., iii) Salgado, Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. y, iv) Andina de Energía S.A.S. Que el Director General de la UPME, mediante memorando interno con radicado UPME No. 20251530047043 del 22 de julio de 2025, designó los integrantes del Comité Evaluador de las propuestas presentadas en el proceso de selección del interventor de la convocatoria pública UPME 06 – 2024. Que el Comité Evaluador realizó la valoración de las ofertas presentadas por las sociedades oferentes: ACI Proyectos S.A.S., Consultoría Colombiana S.A., Salgado, Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. y Andina de Energía S.A.S. , de acuerdo con los criterios definidos en el Anexo No. 3 de los Documentos de Selección del

Inversionista – DSI (Términos de Referencia para la selección del Interventor). Que mediante memorando interno con radicado UPME No. 20251530051153 del 05 de agosto de 2025, el Comité Evaluador remitió al Director General de la UPME, el Acta de Evaluación para la selección del Interventor de la Convocatoria Pública UPME 06 – 2024, señalando lo siguiente: “(...)

1. La oferta presentada por A.C.I. Proyectos S.A.S., cumple con los requisitos técnicos, establecidos en los Términos de Referencia (Anexo 3) de los Documentos de Selección (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 06-2024, obteniendo un puntaje igual o superior al 80% del máximo puntaje técnico posible.

2. La oferta presentada por Andina de Energía S.A.S., cumple con los requisitos técnicos, establecidos en los Términos de Referencia (Anexo 3) de los Documentos de Selección (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 06-2024, obteniendo un puntaje igual o superior al 80% del máximo puntaje técnico posible.

3. La oferta presentada por Consultoría Colombiana S.A, cumple con los requisitos técnicos, establecidos en los Términos de Referencia (Anexo 3) de los Documentos de Selección (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 06-2024, obteniendo un puntaje igual o superior al 80% del

máximo puntaje técnico posible.

4. La oferta presentada por Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S., cumple con los requisitos técnicos, establecidos en los Términos de Referencia (Anexo 3) de los Documentos de Selección (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 06-2024, obteniendo un puntaje igual o superior al 80% del máximo puntaje técnico posible.

En consecuencia y tomando en consideración que no existió causal de rechazo de las ofertas económicas de los oferentes A.C.I. Proyectos S.A.S., Andina de Energía S.A.S., Consultoría F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000692 de 20-08-2025 Página 3 de 5

Continuación de la Resolución : “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 06-2024 “ Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Tonchalá 230 kV y líneas de transmisión asociadas”.

Colombiana S.A y Salgado, Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S., y que las mismas fueron habilitadas jurídica y financieramente, se procedió a su evaluación económica, obteniendo el siguiente resultado:

No. Oferente Puntaje 1 A.C.I. Proyectos S.A.S. 200 2 Andina de Energía S.A.S. 199 3 Consultoría Colombiana S.A. 199 4 Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. 192

Así las cosas, la oferta presenta por A.C.I. Proyectos S.A.S. es la oferta seleccionada en razón a que cumple con todos los requisitos de la evaluación y obtiene el máximo puntaje posible de la oferta económica. De igual forma, fue habilitada financiera y jurídicamente. (…)”. Que tanto el acta de evaluación de referencia como los anexos de verificación financiera, técnica y jurídica fueron publicados para observaciones de la comunidad en general, en la sección de la convocatoria pública UPME 06 – 2024, en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética, en el link: https://www1.upme.gov.co/PromocionSector/InformacionInversionistas/Paginas/UPME06-2024-subestacion-Tonchala-230kV.aspx Que el plazo para presentar observaciones al acta de evaluación para la selección del interventor de la convocatoria pública UPME 06 – 2024 venció el pasado 08 de agosto de 2025, no obstante, verificado el sistema de información, la Unidad pudo constatar que la sociedad A.C.I. Proyectos S.A.S. presentó una observación mediante comunicación con radicado UPME No. 20251110194772 del 8 de agosto de 2025. Que la observación presentada por la sociedad A.C.I. Proyectos S.A.S. fue resuelta y debidamente publicada en la plataforma correspondiente, por el comité evaluador a través del memorando con radicado UPME No. 20251530052753 del 11 de agosto de 2025.

debidamente publicada en la plataforma correspondiente, por el comité evaluador a través del memorando con radicado UPME No. 20251530052753 del 11 de agosto de 2025. Que, en consecuencia, la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética acoge el resultado del informe de evaluación presentado por el Comité Evaluador, en el cual se determina que la oferta presentada por A.C.I. Proyectos S.A.S. , cumple con los requisitos exigidos para realizar la interventoría del proyecto objeto de la convocatoria pública UPME 06 – 2024. En mérito de lo expuesto, el Director General (E) de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO. Selección del interventor. Seleccionar a la sociedad A.C.I. Proyectos S.A.S., identificada con NIT. 860.059.851-6, como el consultor que adquiere el derecho a suscribir el contrato de interventoría derivado de la convocatoria pública UPME 06 – 2024, cuyo objeto es la “Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Tonchalá 230 kV y líneas de transmisión asociadas”. PARÁGRAFO 1. El valor mensual del servicio de interventoría es de VEINTINUEVE

MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS PESOS ($29.780.600)

F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000692 de 20-08-2025 Página 4 de 5

Continuación de la Resolución : “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 06-2024 “ Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Tonchalá 230 kV y líneas de transmisión asociadas”. antes de IVA, vigente al momento de la prestación efectiva del servicio, según la oferta presentada.

PARÁGRAFO 2. Esta selección queda sujeta a la condición suspensiva establecida en el numeral 7.10 del Anexo 3 - Términos de referencia para la selección del Interventor de la convocatoria pública UPME 06 de 2024. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad A.C.I. Proyectos S.A.S., a través de la página web oficial de la UPME, en la sección de la Convocatoria Pública UPME 06 -2024. ARTÍCULO TERCERO. Comunicar el presente acto administrativo a las sociedades Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. – SMA S.A.S., Consultoría Colombiana S.A. y Andina de Energía S.A.S. , a través de la página web oficial de la UPME, en la sección de la convocatoria pública UPME 06 - 2024. ARTÍCULO CUARTO. Publicar la presente resolución en la página web oficial de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.

oficial de la UPME, en la sección de la convocatoria pública UPME 06 - 2024. ARTÍCULO CUARTO. Publicar la presente resolución en la página web oficial de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME. ARTÍCULO QUINTO. Recursos. Contra la presente resolución no procede recurso alguno.

NOTÍFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a 20-08-2025

Manuel Peña Suarez Director General Encargado Dirección General F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000692 de 20-08-2025 Página 5 de 5

Continuación de la Resolución : “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 06-2024 “ Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Tonchalá 230 kV y líneas de transmisión asociadas”.

Elaboró: JORGE MARIO GUEVARA GONZALEZ

Revisó: MATEO SEVERINO RODRIGUEZ, Manuel Peña Suarez, KAROL ENRIQUE

CIFUENTES THORRENS, CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ GUZMAN

Aprobó: Manuel Peña Suarez

F-DI-06-V2

Consultar sobre este documento ...