UPME - Resolución 702 de 2026

Unidad de Planeación MineroEnergética

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Detalles

Título
UPME - Resolución 702 de 2026
Autor
Unidad de Planeación MineroEnergética
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2026

RESOLUCIÓN No. 000702 de 2026

202601130007025 2026-09-28

Radicado : 202601130007025 “Por la cual se realiza un nombramiento de carácter provisional en una vacancia temporal del empleo Profesional Especializado código 2028 grado 19 de la Subdirección de

Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética.” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y C O N S I D E R A N D O: Que de conformidad con el numeral 23 del artículo 9 del Decreto 2121 de 2023, corresponde al Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME nombrar, remover y contratar al personal de la entidad, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Que el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, respecto de la provisión de los empleos por vacancia temporal, dispone: “Los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera”. Que, a su vez, el inciso segundo del artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece:

“Las vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera (…).” Que, mediante Resolución No. 00872 del 09 de octubre de 2024, se dispuso encargar al servidor público EIDER CAMILO QUINTANA SUÁREZ, identificado con cédula de ciudadanía 1.057.588.989, quien es titular con derechos de carrera administrativa del empleo Profesional Especializado, código 2028, grado 19, de la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, en el empleo de Profesional Especializado, código 2028, grado 20, de la Subdirección de Hidrocarburos, encargo del cual tomó posesión a partir del 25 de octubre de 2024 mediante acta No. 814 de la misma fecha. Que mediante radicado No. 20251130182371 del 03 de diciembre de 2025, la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano de la Secretaría General de la Unidad de Planeación Minero Energética, certificó que verificada la planta de personal de la Unidad de Planeación Minero Energética, no se encontraron servidores (as) públicos con derechos de carrera de grado inferior que cumplieran con los requisitos establecidos en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 y el Manual específico de funciones y competencias laborales adoptado

mediante Resolución No. 627 del 7 de noviembre de 2018, para realizar un encargo en el empleo denominado Profesional Especializado código 2028 grado 19 ubicado en la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética. FOR-GDR-005 08/01/2026RESOLUCIÓN No. 000702 de 2026-09-28 Página 2 de 4

Continuación de la Resolución: Por la cual se realiza un nombramiento de carácter provisional en una vacancia temporal del empleo Profesional Especializado código 2028 grado 19 de la Subdirección de

Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética. Que el Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano, mediante formato de verificación de requisitos del 20 de noviembre de 2025, certificó el cumplimiento de requisitos del señor DIEGO FERNANDO VEGA PULIDO , identificado con cédula de ciudadanía número 80.770.129 de Bogotá, para ser nombrado en provisionalidad en el cargo denominado Profesional Especializado código 2028 grado 19 ubicado en la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética, conforme al Manual Específico de Funciones de la Planta Global de Personal, y demás normas y disposiciones concordantes. De igual manera, certificó la verificación de los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales del aspirante. Que de conformidad con lo anterior, se agotó el procedimiento interno, para provisión transitoria de empleos de carrera administrativa, con el fin de proveer el cargo

denominado Profesional Especializado código 2028 grado 19 ubicado en la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética. Que mediante Resolución No. 1034 del 04 de diciembre 2025, se nombró con carácter provisional al señor DIEGO FERNANDO VEGA PULIDO , identificado con cédula de ciudadanía número 80.770.129 en el empleo denominado Profesional Especializado código 2028 grado 19 ubicado en la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética. Que el acto administrativo de nombramiento provisional del señor DIEGO FERNANDO VEGA PULIDO se publicó en la página web de la unidad, el día 04 de diciembre de 2025, durante 10 días hábiles, para reclamaciones de los servidores de carrera administrativa ante la comisión de personal y de ser el caso ante la Comisión Nacional del Servicio Civil, sin recibir observaciones, de conformidad con la Circular - CNSC 20191000000127 del 24 de septiembre de 2019. Que, mediante correo electrónico fechado el del 29 de enero de 2026 enviado al correo oficial vinculacion.encargos@upme.gov.co, el señor DIEGO FERNANDO VEGA PULIDO manifestó su desistimiento respecto del nombramiento efectuado mediante la Resolución No. 001034 del 04 de diciembre de 2025. Que mediante Resolución No. 000056 del 05 de febrero de 2026, se derogó el nombramiento en provisionalidad del señor DIEGO FERNANDO VEGA PULIDO ,

identificado con cédula de ciudadanía número 80.770.129, en el empleo Profesional Especializado código 2028 grado 19, ubicado en la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME. Que de conformidad con el artículo 32 de la ley 996 de 2005 – Ley de Garantías Electorales, se suspendió la vinculación de personal de la planta de la Unidad de Planeación Minero Energética durante el periodo de elecciones presidenciales, incluida la segunda vuelta, esto es desde el 31 de enero de 2026 y hasta el 21 de junio de 2026. Que, con ocasión a lo anterior, el empleo Profesional Especializado, código 2028, grado 19, de la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero - Energética, continúa en estado de vacancia temporal. Que de conformidad con lo dispuesto en la Circular MME 40040 del 10 de agosto de 2026, la Circular Interna 000083 del 11 de agosto de 2026, y la Circular 0085 del 19 de agosto de 2026, mediante las cuales se adoptaron medidas transitorias de control previo con ocasión al proceso de transición institucional, en el cual se debe solicitar autorización previa del representante legal para provisión de empleos, mediante memorando No. 202601100108003 del 31 de agosto de 2026, el Director General de la entidad autorizó la vinculación mediante provisionalidad del empleo en vacancia temporal Profesional Especializado código 2028 grado 19, ubicado en la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME.

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Continuación de la Resolución: Por la cual se realiza un nombramiento de carácter provisional en una vacancia temporal del empleo Profesional Especializado código 2028 grado 19 de la Subdirección de

Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética. Que dicha vacante debe ser provista por necesidades del servicio con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades misionales asignadas. Que el Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano, mediante Formato de verificación de requisitos del 09 de septiembre de 2026, certificó el cumplimiento de requisitos, de la señora IVONN MARLLERY MARIÑO HIGUERA, identificada con cédula de ciudadanía número 1.057.584.892, para ser nombrada en provisionalidad en el cargo de Profesional Especializado código 2028 grado 19 de la Subdirección de Hidrocarburos de la UPME, conforme al Manual Específico de Funciones de la Planta Global de Personal, y demás normas y disposiciones concordantes. De igual manera, certificó que el mencionado no tiene antecedentes disciplinarios profesionales; ni sanción o inhabilidad registrada en la Procuraduría General de la Nación; no se encuentra reportada como responsable fiscal; no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales y policivos; no registra inhabilidades por delitos sexuales y, tampoco, está inscrita en el registro de deudores morosos del REDAM. Que, por lo anterior, es procedente proveer provisionalmente un (1) empleo de

Profesional Especializado código 2028 grado 19 de la Subdirección de Hidrocarburos de la UPME. Que, en mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, R E S U E L V E: ARTÍCULO 1: NOMBRAR con carácter PROVISIONAL a la señora IVONN MARLLERY MARIÑO HIGUERA, identificada con cédula de ciudadanía número 1.057.584.892, en el empleo de Profesional Especializado código 2028 grado 19 de la Subdirección de Hidrocarburos de la UPME, con una asignación básica mensual de NUEVE MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y TRES PESOS ($9.189.073) M/CTE.

PARÁGRAFO: La presente resolución se expide con efectos suspensivos para la posesión de la empleada nombrada en provisionalidad, mientras se surten las reclamaciones laborales por derecho preferente, si hay lugar a ellas, ante la comisión de personal de la entidad, y de ser el caso, ante la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, así: a) Cuando no exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal: A los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de este acto, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 1083 de 2015, modificados por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.

b) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de personal y en segunda instancia ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, si la respuesta es negativa para el reclamante: Se suspenderá el término de posesión hasta el día en que se realice la notificación de la respuesta al reclamante por parte de la Comisión de Personal de la entidad y la CNSC; ésta última, siempre y cuando se presente recurso en segunda instancia. A partir del día hábil siguiente de la notificación de la respuesta al reclamante, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 1083 de 2015, modificados por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017. c) Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal y la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC y la respuesta es positiva para el reclamante: Se procederá a la derogatoria del nombramiento en cumplimiento del artículo 2.2.5.1.12 y siguientes del Decreto 1083 de 2015, modificados por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017. ARTÍCULO 2: COMUNICAR el contenido de la presente resolución, por medio del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano de la UPME, a la señora IVONN

MARLLERY MARIÑO HIGUERA.

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Continuación de la Resolución: Por la cual se realiza un nombramiento de carácter provisional en

una vacancia temporal del empleo Profesional Especializado código 2028 grado 19 de la Subdirección de Hidrocarburos de la Unidad de Planeación Minero Energética. ARTÍCULO 3: PUBLICAR el presente acto administrativo en el sitio web de la Unidad de Planeación Minero Energética, de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO 4: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 1.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., a 2026-09-28

Rafael Enrique Fragozo Diaz Director General Dirección General

Elaboró: José Alfredo Morales Diaz – Profesional Especializado

Revisó: Katherin Pérez Pulecio – Coordinadora GIT Gestión Talento Humano

Johana Constanza Vargas – Profesional Especializado OAJ Danny Katherine Sierra – Jefe Oficina Asesora Jurídica

Aprobó: Fredy Alexander Villanueva Garzón – Secretario General

Rafael Enrique Fragozo Díaz – Director General

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