UPME - Resolución 743 de 2024
Unidad de Planeación Minero Energética
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- UPME - Resolución 743 de 2024
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2024
REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000743 de 2024
20241020007435 09-09-2024
Radicado : 20241020007435 Por la cual se selecciona y adjudica un auditor para la convocatoria UPME GN AUDITOR 01
- 2024 PROYECTO IPAT BIDIRECCIONALIDAD BARRANCABERMEJA - BALLENA.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICAUPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el Artículo 2.2.2.2.29 del Decreto 1073 de 2015, el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023, la Resolución CREG 102-008 de 2022 y, C O N S I D E R A N D O: Que, en el artículo 2.2.2.2.29. del Decreto 1073 de 2015 se estableció que la Unidad de Planeación Minero EnergéticaUPME – sería la responsable de la aplicación de los mecanismos abiertos y competitivos de los proyectos incluidos en el Plan de Abastecimiento de Gas Natural. Que, mediante la Resolución 40304 de 2020 modificada por la Resolución 40281 de 2022, el Ministerio de Minas y Energía – MMEadoptó el Plan de Abastecimiento de Gas Natural, donde se incluyó, entre otros, el proyecto Bidireccionalidad Barrancabermeja – Ballena. Que, en el artículo 3º del antes referido acto administrativo, el MME reiteró la responsabilidad de la UPME frente a la aplicación de los mecanismos abiertos y
Que, en el artículo 3º del antes referido acto administrativo, el MME reiteró la responsabilidad de la UPME frente a la aplicación de los mecanismos abiertos y competitivos para los proyectos de que trata el artículo 2.2.2.2.29. del Decreto 1073 de 2015. Que, la Comisión de Regulación Energía y Gas – CREG expidió la Resolución CREG 102 008 de 2022, donde entre otras, indicó en su artículo 23 que todos los proyectos que se ejecuten bajo procesos de selección o a través del transportador incumbente deberán contar con una firma auditora en los términos y condiciones allí establecidos, la cual será seleccionada a partir de una lista de firmas auditoras elaborada por el CNOG. Que, la antes citada resolución en el literal a. del artículo 23, dispone que: “De la lista de firmas auditoras publicada por el CNOG, la UPME escogerá mediante proceso competitivo, la firma auditora y su costo para cada proyecto.”. Que, en virtud de lo anterior la UPME dio apertura a la convocatoria UPME GN AUDITOR 01 - 2024 PROYECTO IPAT BIDIRECCIONALIDAD BARRANCABERMEJA – BALLENA, con el objeto de seleccionar al Auditor que llevará a cabo la Auditoría del Proyecto y suscribirá el Contrato de Auditoría con la Sociedad Fiduciaria, actuando en calidad de vocera del F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 000743 de 09-09-2024 Página 2 de 4
Contrato de Auditoría con la Sociedad Fiduciaria, actuando en calidad de vocera del F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 000743 de 09-09-2024 Página 2 de 4
Continuación de la Resolución: Por la cual se selecciona y adjudica un auditor para la
convocatoria UPME GN AUDITOR 01 - 2024 PROYECTO IPAT BIDIRECCIONALIDAD
BARRANCABERMEJA - BALLENA.
Patrimonio Autónomo, de conformidad con lo establecido en el Numeral 5.9 de los Términos de Referencia. Que el 26 de julio de 2024, la UPME publicó los Términos de Referencia definitivos para la referida convocatoria UPME GN AUDITOR 01 - 2024 PROYECTO IPAT BIDIRECCIONALIDAD BARRANCABERMEJA – BALLENA, los cuales se encuentran publicados en la página web de la Entidad. Que el 21 de agosto de 2024, fue la fecha límite prevista en el cronograma establecido en los Términos de Referencia, para presentar los sobres No1 propuesta técnica y No2 propuesta económica. Que en audiencia publica celebrada el 21 de agosto de 2024, el Director General informó que mediante Memorando Interno Nro. 20241700051363 del (21) de agosto de 2024, designó el comité evaluador de la convocatoria objeto del presente acto administrativo y procedió con la apertura del sobre No1. recibiendo tres propuestas, a saber: DELVASTO Y
designó el comité evaluador de la convocatoria objeto del presente acto administrativo y procedió con la apertura del sobre No1. recibiendo tres propuestas, a saber: DELVASTO Y
ECHEVERRIA ASOCIADOS CONSULTORES Y CONSEJEROS EN GAS Y ENERGIA
LTDA, CONSORCIO HNA – EIATEC y CONSORCIO APPLUS NORCONTROL COLOMBIA
LTDA. - INGEANDINA CONSULTORES DE INGENIERÍA S.A.S.
Que el 6 de septiembre de 2024, el comité evaluador publicó el acta con los resultados de la evaluación del sobre No1, indicando: “De lo anterior y una vez surtido el proceso de revisión documental y subsanación de los documentos presentados a través de la Plataforma Tecnológica, se obtuvo el siguiente resultado al contenido de los Sobre No. 1 - Propuesta Técnica: La anterior revisión cumplió con las exigencias establecidas en el numeral 7.1 de los TRA, según se detalla en los cuadros de calificación anexos.”. Que, el 9 de septiembre de conformidad con el cronograma establecido en los Términos de Referencia de la presente convocatoria, se llevó a cabo audiencia pública de apertura de sobre No2, selección y adjudicación del auditor, donde se procedió con la apertura de los Sobre No. 2, única y exclusivamente de aquellos proponentes cuyo Sobre Nro. 1 se declaró como “Conforme”, de lo anterior, quedó registro en acta la cual indicó: “(…) la Secretaría General procedió, a través de la plataforma tecnológica a abrir los Sobre No. 2, única y exclusivamente de aquellos proponentes, cuyo Sobre Nro. 1 se declaró como “Conforme”, así:
“(…) la Secretaría General procedió, a través de la plataforma tecnológica a abrir los Sobre No. 2, única y exclusivamente de aquellos proponentes, cuyo Sobre Nro. 1 se declaró como “Conforme”, así: CONSORCIO HNA – EIATEC : Se deja constancia que fue posible la apertura y lectura de la información contenida en el Sobre No. 2 – Propuesta Económica. DELVASTO Y ECHEVERRIA ASOCIADOS CONSULTORES Y CONSEJEROS EN GAS Y ENERGIA LTDA.: Se deja constancia que fue posible la apertura y lectura de la información contenida en el Sobre No. 2 – Propuesta Económica.(…)” F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000743 de 09-09-2024 Página 3 de 4
Continuación de la Resolución: Por la cual se selecciona y adjudica un auditor para la
convocatoria UPME GN AUDITOR 01 - 2024 PROYECTO IPAT BIDIRECCIONALIDAD
BARRANCABERMEJA - BALLENA.
Que efectuado lo anterior, se ordenaron las Propuestas Económicas de menor a mayor valor mensual ofertado antes del IVA, y seguidamente el Director General de la UPME informó, que la propuesta de DELVASTO Y ECHEVERRIA ASOCIADOS CONSULTORES Y CONSEJEROS EN GAS Y ENERGIA LTDA, resultó seleccionado como auditor por haber ofertado el menor valor de la propuesta económica de todos los Proponentes con Sobre Nro. 1 – Propuesta Técnica declarados como “Conforme”. Que, dentro de la misma audiencia, se preguntó al proponente seleccionado si se
1 – Propuesta Técnica declarados como “Conforme”. Que, dentro de la misma audiencia, se preguntó al proponente seleccionado si se encontraba incurso en alguna inhabilidad o conflicto de interés, respecto de la convocatoria UPME GN 01, para lo cual la señora Gisela Echeverría, Representante legal de DELVASTO Y ECHEVERRIA ASOCIADOS CONSULTORES Y CONSEJEROS EN GAS Y ENERGIA LTDA, manifestó no encontrarse incurso en ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses.
Que, en mérito de lo expuesto,
R E S U E L V E:
ARTÍCULO PRIMERO. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE UN AUDITOR. Seleccionar y adjudicar a DELVASTO Y ECHEVERRIA ASOCIADOS CONSULTORES Y CONSEJEROS EN GAS Y ENERGIA LTDA identificado con NIT 900.180.908-8, como auditor de la
convocatoria UPME GN AUDITOR 01 - 2024 PROYECTO IPAT BIDIRECCIONALIDAD
BARRANCABERMEJA – BALLENA.
Parágrafo 1. El valor mensual a pagar al auditor seleccionado antes de IVA será el de nueve millones seiscientos sesenta mil pesos ($9.660.000) M/cte Parágrafo 2. Esta selección queda sujeta a la condición suspensiva prevista en el numeral 5.9 de los Términos de Referencia de la presente convocatoria. Parágrafo 3. El auditor se compromete y obliga a dar cumplimiento a las disposiciones previstas en los Términos de referencia de la mencionada convocatoria, así como a las
5.9 de los Términos de Referencia de la presente convocatoria. Parágrafo 3. El auditor se compromete y obliga a dar cumplimiento a las disposiciones previstas en los Términos de referencia de la mencionada convocatoria, así como a las condiciones, obligaciones y requisitos establecidos en la Resolución CREG 102 008 de 2022. ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICAR la presente resolución a DELVASTO Y ECHEVERRIA ASOCIADOS CONSULTORES Y CONSEJEROS EN GAS Y ENERGIA LTDA identificado con NIT 900.180.908-8, a los correos electrónicos directorcomercial@delvastoecheverria.com y gisela@delvastoecheverria.com de conformidad la aceptación expresa para ser notificado electrónicamente contenida la carta de presentación allegada a la convocatoria y RUES. ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR la presente resolución a la Transportadora De Gas Internacional S.A. ESP - TGI S.A. ESP, la Comisión De Regulación Energía y Gas – CREG, al Ministerio De Minas Y Energía – MME, al Consorcio HNA – EIATEC y al Consorcio
APPLUS NORCONTROL COLOMBIA LTDA. - INGEANDINA CONSULTORES DE
INGENIERÍA S.A.S.
F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000743 de 09-09-2024 Página 4 de 4
Continuación de la Resolución: Por la cual se selecciona y adjudica un auditor para la
convocatoria UPME GN AUDITOR 01 - 2024 PROYECTO IPAT BIDIRECCIONALIDAD
BARRANCABERMEJA - BALLENA.
convocatoria UPME GN AUDITOR 01 - 2024 PROYECTO IPAT BIDIRECCIONALIDAD
BARRANCABERMEJA - BALLENA.
ARTÍCULO CUARTO. PUBLICAR la presenta resolución en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME. ARTÍCULO QUINTO. RECURSOS. Contra la presente resolución no procede recurso alguno.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a 09-09-2024
Carlos Adrián Correa Flórez Director General Dirección General
Elaboró: ADRIANA CRISTINA BARRERA CASTRO Revisó: MAURICIO ANDRES PALMA OROZCO, DIANA CAMILA APONTE MARTIN, JUAN CAMILO CHAÚX ARTUNDUAGA, Carlos Adrián Correa Flórez, MARIA PAULA TORRES
MARULANDA
Aprobó: Carlos Adrián Correa Flórez