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UPME - Resolución 793 de 2025

Unidad de Planeación Minero Energética

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Detalles

Título
UPME - Resolución 793 de 2025
Autor
Unidad de Planeación Minero Energética
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios_Publicos
Año
2025

REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000793 de 2025

20251130007935 17-09-2025

Radicado : 20251130007935

Por la cual se decide sobre un Encargo y se dictan otras disposiciones EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y, C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que: “(…) Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados en este si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación de desempeño es sobresaliente. En el evento en que no haya empleados de carrera con evaluación sobresaliente, el encargo deberá recaer en quienes tengan las más altas calificaciones descendiendo del nivel sobresaliente al satisfactorio, de conformidad con el sistema de evaluación que estén aplicando las entidades. Adicionalmente el empleado a cumplir el encargo deberá reunir las condiciones y requisitos previstos en la ley. El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo

inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad. (…)” Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, respecto a las formas de provisión del empleo en vacancia temporal establece: “Artículo 2.2.5.3.3 Provisión de las vacancias temporales. (…) Las vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera. (…) Parágrafo. Los encargos o nombramientos que se realicen en vacancias temporales, se efectuarán por el tiempo que dure la misma.” Que, así mismo, el Decreto en mención, frente a los encargos en empleos públicos dispone: F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 000793 de 17-09-2025 Página 2 de 5

Continuación de la Resolución : Por la cual se decide sobre un Encargo y se dictan otras disposiciones “ARTÍCULO 2.2.5.5.41. Encargo. Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo. (…)”.

Que el empleo Profesional Especializado identificado con Código 2028 Grado 17 de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, se encuentra actualmente en vacancia temporal, mientras su titular de carrera

Que el empleo Profesional Especializado identificado con Código 2028 Grado 17 de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, se encuentra actualmente en vacancia temporal, mientras su titular de carrera administrativa, la servidora pública MARTHA PATRICIA SARRIA TORO , identificada con cédula de ciudadanía No. 52.085.023, se encuentra en encargo en el empleo denominado Profesional Especializado código 2028 - grado 20 de la Subdirección de Energía Eléctrica de la UPME, otorgado mediante la Resolución No. 000146 de 11 de febrero de 2025, a partir del 3 de marzo de 2025, fecha en que se posesionó. Que de acuerdo con el procedimiento interno P-TH-21 Versión 1, el día 13 de agosto de 2025, se envió correo electrónico a los servidores públicos de carrera administrativa de la UPME, dentro del cual se informó sobre la vacancia temporal del empleo Profesional Especializado Código 2028 - Grado 17 de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos, y se comunicó que de conformidad con la Resolución N° 627 de 2018 "Por la cual se modifica el manual específico de funciones y competencia laborales de los servidores públicos de planta de la Unidad de Planeación Minero Energética", se revisaron las hojas de vida de los servidores de carrera administrativa de grado inmediatamente inferior al mencionado, que no se encuentran en periodo de prueba y que cumplen con los requisitos para el Encargo del asunto (esto es última evaluación de desempeño sobresaliente y/o satisfactoria, cumplimiento de requisitos académicos y experiencia del

los requisitos para el Encargo del asunto (esto es última evaluación de desempeño sobresaliente y/o satisfactoria, cumplimiento de requisitos académicos y experiencia del empleo ofertado), encontrando que a la fecha no hay personas que cumplan con los requisitos para ser encargados en el empleo referido, puesto que los titulares de grado inferior, se encuentran encargados en empleos superiores o iguales al ofertado. Que con ocasión a lo anterior, el servidor público IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ identificado con cédula de ciudadanía No. 1.052.400.619, remitió correo electrónico de fecha 13 de agosto de 2025, en el que manifestó su intención de que fuera evaluado su perfil para optar al cargo, en atención a condiciones de estabilidad. Que el servidor público IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ identificado con cédula de ciudadanía No. 1.052.400.619, es titular del empleo Profesional Universitario código 2044 – grado 10, de la Unidad de Planeación Minero Energética en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos, desde el día 1 de junio del 2023, empleo para el cual fue nombrado mediante Resolución UPME No. 082 de 2023; y, a través de la Resolución No. 000871 de 2024, se decidió ENCARGAR al mismo, en el empleo de Profesional Especializado Código 2028 Grado 17 ubicado en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética, del cual es titular de carrera administrativa, el servidor público OSCAR EDUARDO ESCOBAR MOLINA , identificado con cédula de ciudadanía 16.079.421.

Planeación Minero Energética, del cual es titular de carrera administrativa, el servidor público OSCAR EDUARDO ESCOBAR MOLINA , identificado con cédula de ciudadanía 16.079.421. Que, revisada la conformación de la planta de personal establecida para la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME por el Decreto 2122 de 2023, y consultado el perfil definido en el Manual Específico de Funciones y Competencias establecidos en la Resolución 627 del 7 de noviembre de 2018, la Coordinadora del GIT de Gestión del Talento Humano verificó y certificó, mediante formato F-TH-31 del 8 de septiembre de 2025, que el servidor público IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ, cumple con los requisitos y las competencias exigidas para ser encargado en el empleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 17 de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000793 de 17-09-2025 Página 3 de 5

Continuación de la Resolución : Por la cual se decide sobre un Encargo y se dictan otras disposiciones Planeación Minero Energética UPME, conforme con el Manual Específico de Funciones de la Planta Global de Personal de la UPME, demás normas y disposiciones concordantes.

Que, en el mismo formato la mencionada Coordinadora certificó que el servidor público IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ no tiene antecedente disciplinario profesional; ni sanción o inhabilidad registrada en la Procuraduría General de la Nación; no se encuentra reportado como responsable fiscal; no tiene asuntos pendientes con las autoridades

sanción o inhabilidad registrada en la Procuraduría General de la Nación; no se encuentra reportado como responsable fiscal; no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales y policivos; no registra inhabilidades por delitos sexuales y, tampoco, está inscrito en el registro de deudores morosos del REDAM, por lo que se concluye que acredita las aptitudes, habilidades y requisitos exigidos para el desempeño del empleo. Que, una vez verificada la última calificación definitiva de evaluación de desempeño del servidor público IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ, se encuentra que tiene una calificación de nivel sobresaliente, correspondiente al periodo del 1 de febrero de 2024 al 31 de enero de 2025. Que, con el fin de garantizar la debida prestación del servicio, se considera necesario terminar el encargo actual del servidor IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ , en el empleo de Profesional Especializado Código 2028 Grado 17 ubicado en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos, del cual es titular de carrera administrativa, el servidor público OSCAR EDUARDO ESCOBAR MOLINA , y en consecuencia se proceda a encargar al servidor público IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ identificado con cédula de ciudadanía No. 1.052.400.619, en el empleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 17 ubicado en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, del cual es titular de carrera administrativa, la servidora pública

MARTHA PATRICIA SARRIA TORO .

Que, en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Minero Energética UPME, del cual es titular de carrera administrativa, la servidora pública

MARTHA PATRICIA SARRIA TORO .

Que, en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: Dar por terminado el encargo conferido al servidor público IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ identificado con cédula de ciudadanía No. 1.052.400.619, en el empleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 17 ubicado en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero

Energética UPME, del cual es titular de carrera administrativa, el servidor público OSCAR EDUARDO ESCOBAR MOLINA , identificado con cédula de ciudadanía 16.079.421, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

PARÁGRAFO: La terminación de este encargo surtirá efectos a partir de la comunicación del presente acto administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: Encargar al servidor público IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ

identificado con cédula de ciudadanía No. 1.052.400.619, quien es titular con derechos de carrera administrativa del empleo Profesional Universitario código 2044 – grado 10, en la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, en el empleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 17 ubicado en la misma dependencia, durante la vacancia del cargo, con una asignación básica

mensual de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA

Y CINCO PESOS ($7.413.445) M/CTE.

en la misma dependencia, durante la vacancia del cargo, con una asignación básica

mensual de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA

Y CINCO PESOS ($7.413.445) M/CTE.

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Continuación de la Resolución : Por la cual se decide sobre un Encargo y se dictan otras disposiciones PARÁGRAFO PRIMERO: El servidor público encargado, a partir de la fecha de posesión, dejará de asumir las funciones del empleo en el cual es titular, y tendrá derecho a recibir la diferencia de sueldo resultante entre la asignación básica del empleo Profesional Universitario código 2044 – grado 10 y el empleo Profesional Especializado Código 2028

Grado 17 de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME.

PARÁGRAFO SEGUNDO: La presente Resolución se expide con efectos suspensivos para la posesión del servidor público nombrado en encargo, mientras se surten las reclamaciones laborales por derecho preferente, si hay lugar a ellas, ante la comisión de personal de la entidad, y de ser el caso, ante la Comisión Nacional del Servicio Civil –

CNSC, así: a. Cuando no exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal: A los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de este acto, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y

efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015. b. Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de personal y en segunda instancia ante la CNSC, si la respuesta es negativa para el reclamante: Se suspenderá el término de posesión hasta el día en que se realice la notificación de la respuesta al reclamante por parte de la Comisión de Personal de la entidad y la CNSC; ésta última, siempre y cuando se presente recurso en segunda instancia. c. A partir del día hábil siguiente de la notificación de la respuesta al reclamante, se procederá a efectuar la comunicación del nombramiento y posterior posesión de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y siguientes del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015. d. Cuando exista reclamación laboral ante la Comisión de Personal y la CNSC y la respuesta es positiva para el reclamante: Se procederá a la derogatoria del nombramiento en cumplimiento del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto 1083 de 2015.

ARTÍCULO TERCERO: Los costos que ocasione el presente encargo, se pagarán con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal en la cual se produzca la posesión en encargo.

ARTÍCULO CUARTO: De acuerdo con lo establecido por el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 01 de la Ley 1960 del 27 de junio de 2019 y los artículos

ARTÍCULO CUARTO: De acuerdo con lo establecido por el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 01 de la Ley 1960 del 27 de junio de 2019 y los artículos 2.2.5.5.41 y 2.2.5.5.42 del Decreto Nacional 1083 de 2015 (modificados por el Decreto Nacional 648 de 2017), el presente acto administrativo sólo se podrá dar por terminado anticipadamente por las razones establecidas en la Circular Conjunta 20191000000117 emitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC y el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP.

ARTÍCULO QUINTO: Teniendo en cuenta que el servidor público IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ asumirá el empleo de Profesional Especializado Código 2028 Grado 17 de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, deberá adelantar los trámites correspondientes a la entrega del puesto de trabajo del empleo que desempeña actualmente, de acuerdo al procedimiento institucional adoptado por la Entidad para tal efecto.

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Continuación de la Resolución : Por la cual se decide sobre un Encargo y se dictan otras disposiciones ARTÍCULO SEXTO: Comunicar el contenido de la presente resolución, por conducto del GIT de Gestión del Talento Humano, a los servidores públicos IVAN DARIO GOMEZ

ALVAREZ, MARTHA PATRICIA SARRIA TORO , OSCAR EDUARDO ESCOBAR

GIT de Gestión del Talento Humano, a los servidores públicos IVAN DARIO GOMEZ ALVAREZ, MARTHA PATRICIA SARRIA TORO , OSCAR EDUARDO ESCOBAR MOLINA y a la Secretaría General de la Unidad de Planeación Minero Energética.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Publíquese el presente acto administrativo en el sitio web de la Unidad de Planeación Minero Energética de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO OCTAVO: Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la fecha de posesión.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., a 17-09-2025 Manuel Peña Suarez Director General Encargado Dirección General

Elaboró: Daniela Zambrano Rivero

Revisó: Katherin Yanire Perez Pulecio

Diana Maria Jacome Carreño – Secretaria General

Aprobó: Manuel Peña Suarez_ Director General (E)

F-DI-06-V2

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