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UPME - Resolución 794 de 2025

Unidad de Planeación Minero Energética

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Detalles

Título
UPME - Resolución 794 de 2025
Autor
Unidad de Planeación Minero Energética
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2025

REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000794 de 2025

20251500007945 17-09-2025

Radicado: 20251500007945 “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 03-2024 “Selección de un Inversionista y un Interventor para el Diseño, Adquisición de los Suministros, Construcción, Operación y Mantenimiento de Compensadores Síncronos

y Sistemas Asociados en las Subestaciones Santa Marta y Maicao”. EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023, la Resolución 181315 de 2002 modificada por la Resolución No. 180925 de 2003, así como la Resolución No. 90604 de 2014, expedidas por el Ministerio de Minas y Energía y la Resolución CREG 022 de 2001 y, C O N S I D E R A N D O: Que el Ministerio de Minas y Energía (en adelante el “Ministerio” o el “MME”) mediante la Resolución No. 181315 del 2 de diciembre de 2002, modificada por la Resolución No. 180925 del 15 de agosto de 2003, delegó en la Unidad de Planeación Minero Energética (en adelante la “Unidad” o la “UPME”), las gestiones administrativas necesarias para la selección, mediante convocatorias públicas, de los inversionistas que acometan los

(en adelante la “Unidad” o la “UPME”), las gestiones administrativas necesarias para la selección, mediante convocatorias públicas, de los inversionistas que acometan los proyectos definidos y aprobados en el Plan de Expansión de Referencia Generación – Transmisión del Sistema Interconectado Nacional (en adelante el “SIN”), en los términos del artículo 85 de la Ley 143 de 1994, así como el proceso de selección de la interventoría que haga el seguimiento a la ejecución de estos proyectos. Que mediante la Resolución No. 40529 del 06 de diciembre de 2024, el Ministerio de Minas y Energía, en cumplimiento del artículo 18 de la Ley 143 de 1994, emitió el acto administrativo “ Por la cual se adopta anexo complementario al Plan de Expansión de Transmisión 2022 - 2036 que contiene obras del primer y segundo paquete de obras urgentes 2024 y se modifica parcialmente la resolución 40477 de 2023”, considerando en su artículo primero, “Adoptar anexo complementario al plan de expansión de Transmisión 20222036 adoptado mediante resolución 40477 del 24 de julio de 2023, que contiene las siguientes obras de transmisión contempladas en "Primer paquete de obras urgentes 2024", las cuales deben ser ejecutadas a través de (i) Convocatoria Pública o (ii) Ampliaciones del STN, según corresponda: Obras en Guajira-Cesar-Magdalena (GCM): Compensadores síncronos STR, la cual consiste en la instalación de 5 compensadores síncronos en las subestaciones El Banco 110 kV, La Jagua 110 kV, Maicao 110 kV,

Obras en Guajira-Cesar-Magdalena (GCM): Compensadores síncronos STR, la cual consiste en la instalación de 5 compensadores síncronos en las subestaciones El Banco 110 kV, La Jagua 110 kV, Maicao 110 kV, Guatapurí 110 kV y Bureche 110 kV; con fecha de puesta en operación para el 31 de diciembre de 2028. (…)”. Que, en virtud de la delegación antes referida, la Unidad de Planeación Minero Energética dio apertura a la convocatoria pública UPME 03 - 2024, en los términos establecidos en la Resolución CREG No. 022 de 2001 y sus modificaciones, con el objeto de llevar a cabo la “Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de compensadores síncronos y sistemas asociados en las subestaciones Santa Marta y Maicao.” F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 000794 de 17-09-2025 Página 2 de 5

Continuación de la Resolución : Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 03-2024 “Selección de un Inversionista y un Interventor para el Diseño, Adquisición de los Suministros, Construcción, Operación y Mantenimiento de

Compensadores Síncronos y Sistemas Asociados en las Subestaciones Santa Marta y Maicao”. Que, el 28 de febrero de 2025, la Unidad de Planeación Minero Energética publicó oficialmente los documentos de selección del inversionista - DSI y del interventor (Anexo No. 3 de los DSI) para el proyecto objeto de la convocatoria pública UPME 03-2024. Que, el 21 de agosto de 2025, venció la fecha prevista en el cronograma definido en la adenda No. 3 de los documentos de selección del inversionista - DSI para la presentación de ofertas para la selección del interventor, donde se recibieron cuatro (4) ofertas de las siguientes sociedades, a saber: i) A.C.I. Proyectos S.A.S., ii) Andina de Energía S.A.S., iii) Consultoría Colombiana S.A. y, iv) Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. Que, el Director General (E) de la UPME, mediante memorando interno con radicado UPME No. 20251530054603 del pasado 21 de agosto de 2025, designó los integrantes del Comité Evaluador de las propuestas presentadas en el proceso de selección del interventor de la convocatoria pública UPME 03 - 2024. Que, el Comité Evaluador realizó la valoración de las ofertas presentadas por las sociedades oferentes A.C.I. Proyectos S.A.S., Andina de Energía S.A.S., Consultoría Colombiana S.A. y, Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. , de acuerdo con los criterios definidos en el Anexo No. 3 de los Documentos de Selección del

Colombiana S.A. y, Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. , de acuerdo con los criterios definidos en el Anexo No. 3 de los Documentos de Selección del Inversionista – DSI (Términos de Referencia para la selección del Interventor). Que mediante memorando interno con radicado UPME No. 20251530057733 del 2 de septiembre de 2025, el Comité Evaluador remitió al Director General (E) de la UPME, el Acta de Evaluación para la selección del Interventor de la Convocatoria Pública UPME 032024, señalando lo siguiente: “(...)

1. La oferta presentada por A.C.I. Proyectos S.A.S., cumple con los requisitos técnicos, establecidos en los Términos de Referencia (Anexo 3) de los Documentos de Selección (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 03-2024, obteniendo un puntaje igual o superior al 80% del máximo puntaje técnico posible.

2. La oferta presentada por Andina de Energía S.A.S., cumple con los requisitos técnicos, establecidos en los Términos de Referencia (Anexo 3) de los Documentos de Selección (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 032024, obteniendo un puntaje igual o superior al 80% del máximo puntaje técnico posible.

3. La oferta presentada por Consultoría Colombiana S.A, resultó rechazada, toda vez que finalizada la revisión de la información consignada para el formato 7 del anexo 3 de los Documentos de Selección del Inversionista (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 03-2024, por parte del Comité Evaluador, se evidenció que el profesional

que finalizada la revisión de la información consignada para el formato 7 del anexo 3 de los Documentos de Selección del Inversionista (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 03-2024, por parte del Comité Evaluador, se evidenció que el profesional relacionado para satisfacer el requisito de "Experiencia del Oferente en Sistemas de Gestión de Calidad", se tiene que el oferente propuso a la Ingeniera Laura Marcela García Bernal, no obstante, al verificar los documentos que soportan la experiencia, se tiene que los certificados corresponden al Ingeniero Julio Eduardo Pulido Salguero. En consecuencia, el equipo evaluador considera que se configura la causal de rechazo prevista en el literal d) "no haber acreditado la experiencia mínima exigida al personal obligatorio a que se refiere el numeral 11.1.3" del numeral 11.4 del anexo 3 de los DSI y, por consiguiente, la oferta se rechaza.” (…) Ahora bien, mediante la comunicación recibida por la plataforma tecnológica del día 28 de agosto del presente año con el asunto respuesta rechazo oferta, el oferente solicito: “(…)Teniendo en cuenta lo anterior, nos permitimos aclarar que este hecho se debió a un error involuntario al momento de cargar los documentos en la plataforma tecnológica dispuesta para cargar la oferta de la referencia, no obstante, nos F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000794 de 17-09-2025 Página 3 de 5

Continuación de la Resolución : Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 03-2024 “Selección de un Inversionista y un Interventor para el

derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 03-2024 “Selección de un Inversionista y un Interventor para el Diseño, Adquisición de los Suministros, Construcción, Operación y Mantenimiento de Compensadores Síncronos y Sistemas Asociados en las Subestaciones Santa Marta y Maicao”. permitimos allegar los documentos de la profesional Laura Garcia para acreditar la experiencia solicitada en el proceso de la referencia. Con base en lo anterior, agradecemos la atención prestada y solicitamos que la propuesta presentada por Consultoría Colombiana S.A. continúe siendo considerada dentro del proceso de selección (…)” negrita fuera de texto; No obstante, el equipo evaluador considera que:

  • El no cumplimiento en la presentación de este tipo de documentos al ser causal de rechazo expreso en los DSI, no suponen la posibilidad de subsanar y/o admitir información con posterioridad.

4. La oferta presentada por Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S., cumple con los requisitos técnicos, establecidos en los Términos de Referencia (Anexo 3) de los Documentos de Selección (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 03-2024, obteniendo un puntaje igual o superior al 80% del máximo puntaje técnico posible.

En consecuencia, y teniendo en cuenta que no se identificaron causales de rechazo en las ofertas económicas presentadas por los proponentes A.C.I. Proyectos S.A.S., Andina de Energía S.A.S. y Salgado, Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S., las cuales además fueron habilitadas jurídica y financieramente, se procedió con la

na de Energía S.A.S. y Salgado, Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S., las cuales además fueron habilitadas jurídica y financieramente, se procedió con la evaluación económica de dichas propuestas. Cabe aclarar que la oferta presentada por Consultoría Colombiana S.A., fue rechazada en esta etapa, por lo cual no fue objeto de evaluación económica: No. Oferente Puntaje 1 A.C.I. Proyectos S.A.S. 200 2 Andina de Energía S.A.S. 199 3 Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. 185

Así las cosas, la oferta presenta por A.C.I. Proyectos S.A.S. es la oferta seleccionada en razón a que cumple con todos los requisitos de la evaluación y obtiene el máximo puntaje posible de la oferta económica. (…)”. Que tanto el acta de evaluación de referencia como los anexos de verificación financiera, técnica y jurídica fueron publicados para observaciones de la comunidad en general, en la sección de la convocatoria pública UPME 03 - 2024 , en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética, en el link: https://www1.upme.gov.co/PromocionSector/InformacionInversionistas/Paginas/UPME03-2024-Compensadores-sincronos-Maicao-Santa-Marta.aspx Que el plazo para presentar observaciones al acta de evaluación para la selección del interventor de la convocatoria pública UPME 03 – 2024, acorde con la adenda No. 3 de los DSI, venció el pasado 05 de septiembre de 2025, sin que los oferentes presentaran reparos sobre la misma. Que, en consecuencia, la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética

los DSI, venció el pasado 05 de septiembre de 2025, sin que los oferentes presentaran reparos sobre la misma. Que, en consecuencia, la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética acoge el resultado del informe de evaluación presentado por el Comité Evaluador, en el cual se determina que la oferta presentada por A.C.I. Proyectos S.A.S. , cumple con los requisitos exigidos para realizar la interventoría del proyecto objeto de la convocatoria pública UPME 03 - 2024. En mérito de lo expuesto, el Director General (E) de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000794 de 17-09-2025 Página 4 de 5

Continuación de la Resolución : Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 03-2024 “Selección de un Inversionista y un Interventor para el Diseño, Adquisición de los Suministros, Construcción, Operación y Mantenimiento de Compensadores Síncronos y Sistemas Asociados en las Subestaciones Santa Marta y Maicao”.

R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO. Selección del interventor. Seleccionar a la sociedad A.C.I.

Proyectos S.A.S., identificada con Nit. 860.059.851-6, como el consultor que adquiere el der echo a suscribir el contrato de interventoría derivado de la convocatoria pública UPME 03 - 2024 , cuyo objeto es la “Selección de un Inversionista y un Interventor para

el der echo a suscribir el contrato de interventoría derivado de la convocatoria pública UPME 03 - 2024 , cuyo objeto es la “Selección de un Inversionista y un Interventor para el Diseño, Adquisición de los Suministros, Construcción, Operación y Mantenimiento de Compensadores Síncronos y Sistemas Asociados en las Subestaciones Santa Marta y Maicao”. PARÁGRAFO 1. El valor mensual del servicio de interventoría es de Veintinueve millones novecientos noventa y ocho mil ($29.998.000) antes de IVA, vigente al momento de la prestación efectiva del servicio, según la oferta presentada. PARÁGRAFO 2. Esta selección queda sujeta a la condición suspensiva establecida en el numeral 7.10 del Anexo 3 - Términos de referencia para la selección del Interventor de la convocatoria pública PME 03 - 2024. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el presente acto administrativo a la sociedad A.C.I. Proyectos S.A.S., a través de la página web oficial de la UPME, en la sección de la Convocatoria Pública PME 03 - 2024. ARTÍCULO TERCERO. Comunicar el presente acto administrativo a las sociedades, Andina de Energía S.A.S., Consultoría Colombiana S.A. y, Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.S. , a través de la página web oficial de la UPME, en la sección de la convocatoria pública PME 03 - 2024. ARTÍCULO CUARTO. Publicar la presente resolución en la página web oficial de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.

UPME, en la sección de la convocatoria pública PME 03 - 2024. ARTÍCULO CUARTO. Publicar la presente resolución en la página web oficial de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME. ARTÍCULO QUINTO. Recursos. Contra la presente resolución no procede recurso alguno.

NOTÍFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a 17-09-2025

Manuel Peña Suarez Director General Encargado Dirección General F-DI-06-V2RESOLUCIÓN No. 000794 de 17-09-2025 Página 5 de 5

Continuación de la Resolución : Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de la selección del interventor de la Convocatoria Pública UPME 03-2024 “Selección de un Inversionista y un Interventor para el Diseño, Adquisición de los Suministros, Construcción, Operación y Mantenimiento de Compensadores Síncronos y Sistemas Asociados en las Subestaciones Santa Marta y Maicao”.

Elaboró: JORGE MARIO GUEVARA GONZALEZ Revisó: KAROL ENRIQUE CIFUENTES THORRENS, CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ GUZMAN,

NICOLE NATALIA ARIAS PARADA, MATEO SEVERINO RODRIGUEZ, Manuel Peña Suarez

Aprobó: Manuel Peña Suarez

F-DI-06-V2

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