UPME - Resolución 968 de 2025
Unidad de Planeación Minero Energética
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Detalles
- Título
- UPME - Resolución 968 de 2025
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME RESOLUCIÓN No. 000968 de 2025
20251020009685 13-11-2025
Radicado: 20251020009685 “Por medio del cual se adopta la Política y Objetivos de Calidad del Sistema de Gestión Institucional de la Unidad de Planeación Minero-Energética – UPME”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 2121 de 2023 y C O N S I D E R A N D O: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, los cuales deben guiar la estructuración y operación de los sistemas de gestión institucionales. Que el artículo 76 de la Constitución Política, establece que las entidades del Estado tienen el deber de ejercer control sobre la calidad de los bienes y servicios que ofrecen a la comunidad, lo que demanda un sistema de gestión robustos que garantice estándares de calidad. Que el Decreto 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”, regula el Sistema de Gestión y actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de gestión y control al
Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de gestión y control al interior de los organismos y entidades del Estado. Que mediante el artículo 1 del Decreto 1499 de 2017, se modificó el Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015. Que el Decreto 1499 de 2017, estableció el Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG, como el marco de referencia para la articulación de todos los sistemas de gestión en las entidades públicas, definiendo su obligatoriedad, estructura y componentes. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 y siguientes del Decreto 2121 de 2023, se procedió a la reestructuración de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, asignándose las funciones correspondientes a cada una de sus dependencias. Que, en virtud del artículo 11 del Decreto 2121 de 2023, se asignaron a la Oficina Asesora de Planeación de la UPME competencias específicas para promover e implementar el control interno, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG y otros modelos de gestión, así como para definir los lineamientos básicos en la formulación, ejecución, control y seguimiento de los planes, programas y proyectos institucionales. Que mediante Resolución UPME 00219 del 2024, entre otras disposiciones, se actualizó y modificó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se adoptó el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero-Energética -UPME.
modificó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se adoptó el Sistema de Gestión Institucional bajo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Unidad de Planeación Minero-Energética -UPME. F-DI-06 V4 15/07/2024RESOLUCIÓN No. 000968 de 13-11-2025 Página 2 de 3
Continuación de la Resolución: Por medio de la cual se adopta la Política y Objetivos de Calidad del Sistema de Gestión Institucional de la Unidad de Planeación Minero-Energética – UPME.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución UPME 001160 de 2024, “ Por medio de la cual se conforma el Comité de Dirección de la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME) ”, dicho Comité tiene, entre otras, las funciones de formular recomendaciones y realizar seguimiento al funcionamiento del Sistema de Gestión Institucional de la Entidad. Que la UPME, en coherencia con su misión institucional y con el compromiso de asegurar la mejora continua de sus procesos y servicios, ha formulado por decisión propia y en el marco de la iniciativa de modernización del mapa de procesos y cadena de valor, la Política y Objetivos de Calidad del Sistema de Gestión Institucional – SGI, formulada con los lineamientos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG y con los estándares de la Norma Técnica Colombiana NTC ISO 9001:2015 y la NTCGP 1000:2017. Que, en cumplimiento de las funciones 1 y 2 establecidas en el artículo 15 de la Resolución UPME No. 001149 del 16 de diciembre de 2024, y dentro del ámbito de la
Que, en cumplimiento de las funciones 1 y 2 establecidas en el artículo 15 de la Resolución UPME No. 001149 del 16 de diciembre de 2024, y dentro del ámbito de la gestión del Comité de Dirección, se llevó a cabo el Cónclave de Planeación Estratégica el 22 de septiembre de 2025, en el cual la Dirección 2024-2025 efectuó la revisión de la Política y los Objetivos de Calidad del Sistema de Gestión Institucional SGI, documento aprobado por unanimidad, decisión registrada en el acta con radicado N° 20251010004396. Que, en virtud de todo lo anterior, se considera necesario adoptar la Política y los Objetivos de Calidad como instrumento de gobierno institucional que integran el marco estratégico del Sistema de Gestión Institucional de la UPME, con el propósito de fortalecer la gestión organizacional bajo los principios de calidad, mejora continua, pensamiento basado en riesgos y enfoque en procesos. Que en mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad de Planeación MineroEnergética UPME, R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- ADOPCIÓN: Adoptar la Política y Objetivos de Calidad del Sistema de Gestión Institucional SGI de la Unidad de Planeación Minero-Energética UPME, contenidos en el documento con código No. POL-MCO-001, el cual establece la declaración de valor, el objetivo general y los objetivos específicos, el alcance, los roles y responsabilidades, así como la metodología prevista para la implementación de la Política de Calidad. El
en el documento con código No. POL-MCO-001, el cual establece la declaración de valor, el objetivo general y los objetivos específicos, el alcance, los roles y responsabilidades, así como la metodología prevista para la implementación de la Política de Calidad. El referido documento forma parte integral del presente acto administrativo. ARTÍCULO 2.- OBJETIVOS DE CALIDAD: Aprobar los Objetivos de Calidad del Sistema de Gestión Institucional SGI definidos en el Anexo 1, los cuales guiarán la planeación, implementación, seguimiento y mejora continua de los procesos institucionales, en coherencia con la misión y los objetivos estratégicos de la Entidad. La Unidad de Planeación Minero-Energética UPME, en alineación con su misión institucional, los requisitos aplicables al Sistema de Gestión de Calidad y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, se compromete a:
1. Cumplir con la normativa vigente y demás requisitos legales, técnicos y directrices estratégicas aplicables al sector, mediante la definición de procesos e implementación de procedimientos claros con controles eficaces alineados con los objetivos institucionales, las políticas públicas y los lineamientos que se establezcan desde el Gobierno Nacional.
2. Ofrecer y entregar trámites, servicios o productos, así como información y análisis técnicos especializados en materia minero-energética con calidad y oportunidad a la ciudadanía y grupos de valor.
3. Promover la mejora continua de sus procesos, trámites, servicios o productos institucionales, a través de un sistema de gestión eficaz, basado en evidencia, que
la ciudadanía y grupos de valor.
3. Promover la mejora continua de sus procesos, trámites, servicios o productos institucionales, a través de un sistema de gestión eficaz, basado en evidencia, que promueva la innovación, la transparencia, objetividad y la eficiencia.
4. Utilizar de forma eficiente y responsable el conocimiento y capacidad técnica, los recursos físicos, tecnológicos y de talento humano.
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5. Contribuir al desarrollo sostenible y equitativo del país a través de una gestión técnica transformadora, transparente e innovadora, en el marco de la Planeación Estrategia Institucional y su misionalidad siendo un referente a nivel nacional e internacional del sector.
ARTÍCULO 3.- RESPONSABILIDADES: La Oficina Asesora de Planeación (OAP) o quien haga sus veces, será responsable de coordinar la implementación, seguimiento y evaluación del cumplimiento de la Política y Objetivos de Calidad, en articulación con las dependencias de la UPME, en los términos establecidos en el Anexo 1 que forma parte integral de la presente resolución. Este lineamiento es obligatorio para todos los procesos, servidores públicos y contratistas de la Unidad de Planeación Minero-Energética UPME. ARTÍCULO 4.- SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los objetivos de calidad se medirán a través de indicadores definidos y revisados en el Comité Institucional de Gestión y
UPME. ARTÍCULO 4.- SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los objetivos de calidad se medirán a través de indicadores definidos y revisados en el Comité Institucional de Gestión y Desempeño o su equivalente y en los espacios de revisión por la Dirección. La política y objetivos de calidad deberán revisarse y actualizarse al menos una vez al año o cuando las condiciones institucionales, normativas o del entorno lo requieran, conforme a los lineamientos del MIPG y las normas ISO y/o NTC aplicables. ARTÍCULO 5.- PUBLICACIÓN Y SOCIALIZACIÓN: La presente resolución se publicará en el portal web institucional de la UPME y en los medios de comunicación interna, y se socializará a todos los niveles de la Entidad en los días siguientes a su expedición. ARTÍCULO 6.- VIGENCIA Y DEROGARORIAS: La presente resolución rige a partir de su expedición y deroga todas las anteriores que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
[Acto administrativo de carácter general Dada en Bogotá, D.C., a 13-11-2025
Manuel Peña Suarez Director General Encargado
Dirección General Elaboró: Diana Carolina Bohórquez Gil Revisó: JOHANA CONSTANZA VARGAS FERRUCHO, MATEO SEVERINO RODRIGUEZ, Manuel Peña Suarez, VERÓNICA TABARES MUÑOZ
Aprobó: Manuel Peña Suarez