UPME - Soporte técnico Carbón - Resolución 1130 de 2025
Unidad de Planeación Minero Energética
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- UPME - Soporte técnico Carbón - Resolución 1130 de 2025
- Autor
- Unidad de Planeación Minero Energética
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2025
Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión
Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
ANEXO 1
SOPORTE TÉCNICO DE LA RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE DETERMINAN LOS
PRECIOS BASE DE CARBÓN PARA LA LIQUIDACIÓN DE REGALÍAS APLICABLES
AL I TRIMESTRE DE 2026
ESTIMACIÓN DE PRECIO BASE PARA LA LIQUIDACIÓN DE LAS REGALÍAS DE
CARBÓN - METODOLOGÍAS PARA ESTABLECER EL PRECIO BASE PARA
LIQUIDACIÓN DE REGALÍAS Y COMPENSACIONES DEL CARBÓN
El precio base para la liquidación de las regalías de carbón que se establece en esta resolución se discrimina así:
● Carbón térmico de consumo interno ● Carbón metalúrgico de consumo interno ● Carbón antracita de consumo interno ● Carbón térmico de exportación ● Carbón metalúrgico de exportación ● Carbón antracita de exportación
1. Carbón consumo interno.
1.1. Carbón térmico de consumo interno
El precio base para liquidación de regalías y compensaciones de carbón térmico de consumo interno se calcula de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución
1. Carbón consumo interno.
1.1. Carbón térmico de consumo interno
El precio base para liquidación de regalías y compensaciones de carbón térmico de consumo interno se calcula de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución No. 887 del 26 de diciembre de 2014 emitida por la Agencia Nacional de Minería – ANM así:
“PRECIO BASE PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CARBÓN TÉRMICO DE CONSUMO INTERNO. El precio base para la liquidación de regalías del carbón térmico de consumo interno se calculará mediante precios promedios ponderados por volumen de la información suministrada de una muestra de industrias térmicas, cementeras, papeleras o grandes consumidores que adquieran el carbón térmico en el mercado interno, descontando los costos promedios ponderados correspondientes a transporte entre boca de mina y centros de consumo y los costos de manejo.”1
En este sentido, el periodo considerado para la toma, análisis y aplicación de la Resolución No. 887 del del 26 de diciembre de 2014 de la ANM es desde el 01 de abril al 30 de septiembre de 2025, de acuerdo con los criterios y condiciones establecidos en el capítulo II de la citada resolución.
1 Resolución No. 887 de 2014, Capítulo II Numeral 3.Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
Las fuentes de las cuales se dispone de información para el presente cálculo fueron las diferentes empresas consumidoras de carbón térmico a nivel interno como: Argos, Asocarbonor en Norte de Santander, Carvajal, Cemex, Ces, Enel Emgesa, Enka, Fabricato, Gecelca, Gensa, Holcim, y Termotasajero.
Los resultados obtenidos con la información suministrada del periodo comprendido desde el 01 de abril al 30 de septiembre de 2025 son:
EMPRESA VOLUMEN t.
VALOR PUESTO
PLANTA
$/t. COSTO
TRANSPORTE
$/t.
MANEJO
$/t. PRCK $/t. Empresa 1 85.796,44 310.213,06 60.911,69 10.515,88 238.785,49 Empresa 2 18.412,24 365.762,26 57.815,71 10.515,88 297.430,67 Empresa 3 382.907,30 215.776,77 85.005,44 10.515,88 120.255,45 Empresa 4 51.275,49 271.645,45 24.856,63 10.515,88 236.272,95 Empresa 5 325.256,42 458.810,80 131.388,59 10.515,88 316.906,34
Empresa 4 51.275,49 271.645,45 24.856,63 10.515,88 236.272,95 Empresa 5 325.256,42 458.810,80 131.388,59 10.515,88 316.906,34 Empresa 6 64.967,22 270.840,87 19.360,31 10.515,88 240.964,68 Empresa 7 106.679,23 308.175,72 117.050,94 10.515,88 180.608,89 Empresa 8 98.838,12 256.437,34 28.582,55 10.515,88 217.338,92 Empresa 9 13.778,00 151.065,76 31.678,27 10.515,88 108.871,62 Empresa 10 143.363,33 322.704,43 21.969,31 11.015,88 289.719,24 Empresa 11 16.909,97 324.997,18 44.613,32 10.515,88 269.867,98 Empresa 12 44.643,57 284.770,52 24.083,93 17.370,04 243.316,55 Total 1.352.827,33 311.572,53 77.492,99 10.795,05 223.284,48
Fuente: Empresas consultadas por la UPME.
Teniendo en cuenta las verificaciones realizadas de la información recibida para el carbón térmico de consumo interno se establece que el precio acorde con la metodología descrita para el I trimestre de 2026 se define así:
Carbón Resolución actual $/t. Consumo Interno 223.284,48
Fuente: Cálculos UPME.
La variación trimestral del precio en boca de mina presentado para aplicar en el I trimestre
Carbón Resolución actual $/t. Consumo Interno 223.284,48
Fuente: Cálculos UPME.
La variación trimestral del precio en boca de mina presentado para aplicar en el I trimestre de 2026 respecto al periodo anterior es:Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
Tipo de Carbón Propuesta I Trimestre 2026 $/t Resolución 826 del 29 de Septiembre de 2025 Variación % Consumo Interno 223.284,48 238.081,23 -6,21%
Fuente: Cálculos UPME.
Las variaciones en los determinantes de precio base respecto al trimestre anterior son: Periodo Precio Base $/t Valor puesto en planta $/t Deducibles de Transporte $/t Deducible de Manejo $/t Total Deducibles $/t Toneladas No. empresas que reportan información I Trimestre 2026 223.284,48 311.572,53 77.492,99 10.795,05 88.288,04 1.352.827,33 12 IV Trimestre
No. empresas que reportan información I Trimestre 2026 223.284,48 311.572,53 77.492,99 10.795,05 88.288,04 1.352.827,33 12 IV Trimestre 2025 241.650,68 308.100,01 55.814,13 10.635,19 66.449,32 2.617.446,53 13 Diferencia -18.366,20 3.472,52 21.678,86 159,86 21.838,72 -1.264.619,2 -1 Variación -7,60% 1,13% 38,84% 1,50% 32,87% -48,31% Una de las empresas consultadas no reportó información actualizada de julio a septiembre de 2025, sin embargo se contaba con los datos del trimestre anterior.
1.2. Carbón metalúrgico de consumo interno
El precio base para liquidación de regalías y compensaciones de carbón metalúrgico de consumo interno se calcula de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución No. 887 del 26 de diciembre de 2014 emitida por la Agencia Nacional de Minería – ANM así:
“PRECIO BASE PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CARBÓN METALÚRGICO O ANTRACITAS DE CONSUMO INTERNO. En el caso del precio de carbón metalúrgico o antracitas para consumo interno se tomará la información accesible del precio de compra de empresas dedicadas a la co quización del carbón o comercializadoras del mismo. El precio base final aplicable a la liquidación de regalías de carbón metalúrgico o antracitas para consumo nacional, será el que resulte del promedio ponderado por volumen entre: a) la información suministrada por las empresas mencionadas descontando los costos de
precio base final aplicable a la liquidación de regalías de carbón metalúrgico o antracitas para consumo nacional, será el que resulte del promedio ponderado por volumen entre: a) la información suministrada por las empresas mencionadas descontando los costos de transporte interno y b) el obtenido de la información para carbón metalúrgico o antracitas de exportación indicado en el numeral 2, del artículo 10° del Capítulo II, según el tipo de carbón, para el mismo periodo, aplicando la siguiente fórmula. ”Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
Donde:
PIm: Precio base de consumo interno de carbón metalúrgico o antracitas.
PImi: Precio de venta interno.
Tki: Corresponde a los costos de transportes internos del mes i
Mi: Corresponde a los costos de manejo promedios del mes i.
i: Corresponde al mes de la observación
m: Carbón metalúrgico o antracitas
Vmi: Volumen de carbón metalúrgico o antracitas de ventas locales del mes que se liquida.
Vmexp: Volumen de carbón metalúrgico o antracitas de exportación del mes que se liquida.
Vmi: Volumen de carbón metalúrgico o antracitas de ventas locales del mes que se liquida.
Vmexp: Volumen de carbón metalúrgico o antracitas de exportación del mes que se liquida.
PPk: Es el Precio FOB promedio ponderado en puertos colombianos para carbón de exportación (PP), expresado en dólares americanos por tonelada (US$/ton).
TMPk: Equivale a los costos de transp orte y manejo incluyendo los costos portuarios para cada zona k, tomados desde el borde o boca de mina hasta el puerto colombiano, expresados en dólares americanos por tonelada (US$/ton).
TRMi: Corresponde a la tasa representativa del mercado promedio del mes i, tomando para ello la publicación que expida el Banco de la República para cada uno de los días calendario del mes de liquidación.”2
Cabe resaltar que la anterior fórmula se aplica para las antracitas o para el carbón metalúrgico de forma independiente, para cada uno de los dos tipos de carbón.
Los resultados obtenidos con la información suministrada por cada empresa en el periodo del 01 de abril al 30 de septiembre de 2025 son:
EMPRESA VOLUMEN t.
VALOR PUESTO
PLANTA
$/t. COSTO
TRANSPORTE
$/t.
MANEJO
$/t. PRCK $/t. Empresa 1 125.562,67 125.562,67 125.562,67 125.562,67 125.562,67
COSTO
TRANSPORTE
$/t.
MANEJO
$/t. PRCK $/t. Empresa 1 125.562,67 125.562,67 125.562,67 125.562,67 125.562,67
2 Resolución No. 887 de 2014, Capítulo II Numeral 4.Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
Empresa 2 286.313,57 286.313,57 286.313,57 286.313,57 286.313,57 Empresa 3 46.266,16 46.266,16 46.266,16 46.266,16 46.266,16 Empresa 4 844.774,47 844.774,47 844.774,47 844.774,47 844.774,47 Empresa 5 133.850,86 133.850,86 133.850,86 133.850,86 133.850,86
TOTAL 1.436.767,73 578.689,19 578.689,19 578.689,19 578.689,19
Fuente: Información suministrada por empresas coquizadoras y producción de acero De las siete empresas consultadas cinco enviaron información actualizada para el trimestre de julio a septiembre de 2025.
De la misma manera, el precio base de liquidación para el carbón metalúrgico de
De las siete empresas consultadas cinco enviaron información actualizada para el trimestre de julio a septiembre de 2025.
De la misma manera, el precio base de liquidación para el carbón metalúrgico de exportación se determinó con base en los datos de comercio exterior del DANE, para la partida 20701120090 - Carbón metalúrgico, para el período comprendido entre el 01 de abril al 30 de septiembre de 2025.
La ponderación de los volúmenes asociados al carbón nacional exportado en cada región arroja un precio de $341.738,7 pesos por tonelada en boca de mina:
Zona/ región PP volumen de expo mensual Abr - Sep 2025 US$/ t Costos deducibles US$/ t
PRCk US$/ t TRM PRCk $/ t
Volumen Exportacion es t Precio ponderado interior de exportació n Interior 135,97 53,20 82,77 4.101,20 339.440,24 727.117,16 $341.738,7 Norte de Santander 135,97 51,81 84,16 4.101,20 345.152,03 489.633,27 Santander 135,97 54,38 81,59 4.101,20 334.600,10 0,00
Fuente: Exportaciones DANE, cálculos UPME
El promedio ponderado por volumen entre el precio de consumo interno y el de carbón de exportación para el periodo analizado, establece los siguientes resultados para determinar el precio base de carbón metalúrgico de consumo interno:
REGIÓN VOLUMEN
t. % Precio Boca Mina $/t. P.P. $/t Nacional
exportación para el periodo analizado, establece los siguientes resultados para determinar el precio base de carbón metalúrgico de consumo interno:
REGIÓN VOLUMEN
t. % Precio Boca Mina $/t. P.P. $/t Nacional exportado 1.216.750,43 45,85% $341.738,73 156.701,68Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
Nacional consumo interno 1.436.767,73 54,15% $276.030,90 149.459,05 Total 2.653.518,16 100,0% - $306.160,72
Fuente: DIAN -DANE, Argus Media, Banco de la República, Coquecol, Milpa, Carbocoque, Camco, y Asocarbonor, Superintendencia Financiera, SICE, Empresarios Mineros, C.I., Superintendencia de Transporte
Finalmente, el precio base para liquidar regalías de carbón metalúrgico de consumo interno en el I trimestre de 2026 es:
Carbón Metalúrgico I Trimestre 2026 Consumo Interno 306.160,72
Fuente: Cálculos UPME
La variación del precio base aplicable para la liquidación de regalías del carbón metalúrgico
Carbón Metalúrgico I Trimestre 2026 Consumo Interno 306.160,72
Fuente: Cálculos UPME
La variación del precio base aplicable para la liquidación de regalías del carbón metalúrgico en el I trimestre de 2026 con respecto al IV trimestre de 2025 es la siguiente:
Carbón Metalúrgico Propuesta I Trimestre 2026 $/t Resolución 826 del 29 de Septiembre de 2025 Variación % Consumo Interno 306.160,72 313.594,77 -2,37%
Fuente: Cálculos UPME
1.3. Carbón antracita de consumo interno
El precio base para liquidación de regalías y compensaciones de carbón antracita de consumo interno se calcula de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución No. 887 del 26 de diciembre de 2014 emitida por la Agencia Nacional de Minería – ANM así:
“PRECIO BASE PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CARBÓN METALÚRGICO O ANTRACITAS DE CONSUMO INTERNO. En el caso del precio de carbón metalúrgico o antracitas para consumo interno se tomará la información accesible del precio de compra de empresas dedicadas a la coquiz ación del carbón o comercializadoras del mismo. El precio base final aplicable a la liquidación de regalías de carbón metalúrgico o antracitas para consumo nacional, será el que resulte del promedio ponderado por volumen entre: a) la información suministrada por las empresas mencionadas descontando los costos de
precio base final aplicable a la liquidación de regalías de carbón metalúrgico o antracitas para consumo nacional, será el que resulte del promedio ponderado por volumen entre: a) la información suministrada por las empresas mencionadas descontando los costos de transporte interno y b) el obtenido de la información para carbón metalúrgico o antracitasRecuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
de exportación indicado en el numeral 2, del artículo 10° del Capítulo II, según el tipo de carbón, para el mismo periodo”. ”3
Teniendo en cuenta lo mencionado en el numeral 1.2 de la presente resolución, la fórmula para realizar el cálculo del precio base de consumo interno de carbón antracitas es la aplicada, de manera independiente, para el cálculo de carbón metalúrgico de cons umo interno. En este sentido el precio base de consumo interno de carbón antracita se estableció de acuerdo con la siguiente ecuación:
De la misma forma, el precio base de liquidación para la antracita de exportación se determinó con base en los datos d e comercio exterior del DANE, para la partida 2701110000 - Carbón antracita en bruto / Antracitas, para el período comprendido entre el
De la misma forma, el precio base de liquidación para la antracita de exportación se determinó con base en los datos d e comercio exterior del DANE, para la partida 2701110000 - Carbón antracita en bruto / Antracitas, para el período comprendido entre el 01 de abril al 30 de septiembre de 2025 . En este sentido, el precio base para liquidar regalías de antracita se actualizó ajustándose a los diferentes puertos de exportación así:
MES CARTAGENA CÚCUTA Suma total Abril 2025 11,14 11,14 Mayo 2025 20,00 20,00 septiembre 2025 25,00 25,00 Total 36,14 20,00 56,14
Fuente: DIAN - DANE
El volumen de exportaciones de carbón antracita fue del orden de 56,14 toneladas en el semestre considerado.
Los criterios y condiciones emitidos en la Resolución No. 887 de diciembre de 2014 de la ANM establecen que el precio FOB es:
● FOBai es el precio de carbón antracita de exportación en puertos colombianos del mes i, ajustándose a las características del precio FOB (Free On Board) libre a bordo, “este término puede ser utilizado solo para el transporte por mar o por vías navegables interiores”4,
3 Resolución No. 887 de 2014, Capítulo II Numeral 4. 4 http://www.businesscol.com/comex/incoterms.htmRecuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión
Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
La metodología para determinar precios base de antracita parte de un precio FOB, descontando los costos de transporte, manejo y puerto. Por tal razón, se establece el precio FOB en US$/ton y se realizan los descuentos asociados, lo cuales se detallan a continuación:
DEDUCIBLES
INTERIOR TONELADAS PUERTO COSTO DE
TRANSPORTE
COSTO DE PUERTO Cundinamarca 11.144,40 CARTAGENA 51,02 6,23
TOTAL 11.144,40 51,02 6,23
DEDUCIBLES NORTE
DE SANTANDER TONELADAS PUERTO COSTO DE
TRANSPORTE
COSTO DE
PUERTO NORTE DE SANTANDER 20.000,00 CÚCUTA 35,59 6,23
TOTAL 20.000,00 35,59 6,23
DEDUCIBLES
SANTANDER TONELADAS PUERTO COSTO DE
TRANSPORTE
COSTO DE PUERTO SANTANDER 25.000,00 CARTAGENA 32,14 6,23
TOTAL 25.000,00 32,14 6,23
Fuente: DIAN-DANE, SICE, Empresas Mineras, Cálculos UPME
El precio base del carbón antracita por zona o región es el siguiente:
TOTAL 25.000,00 32,14 6,23
Fuente: DIAN-DANE, SICE, Empresas Mineras, Cálculos UPME
El precio base del carbón antracita por zona o región es el siguiente:
Zona/ región FOB Us/t Costos deducibles US$/ t PRCk US$/ t TRM PRCk $ / t Zona de Interior 389,82 59,82 330,00 4.101,20 1.353.391,20 Norte de Santander 389,82 44,39 345,43 4.101,20 1.416.672,71 Santander 389,82 40,94 348,88 4.101,20 1.430.821,85
Fuente: DIAN-DANE, SICE, Banco de la República, Empresas Mineras, Cálculos UPME
El precio de consumo interno resulta de ponderar los resultados determinados a nivel nacional así:
Precio Antracita Resolución Actual $/t. Volumen Participación PP Zona de Interior 1.353.391,20 11.144,40 19,8% 268.641,80Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
Norte de Santander 1.416.672,71 20.000,00 35,6% 504.653,26 Santander 1.430.821,85 25.000,00 44,5% 637.116,90
TOTAL 56.144,40 100,00% 1.410.411,96
Fuente: Cálculos UPME
La variación del precio base aplicable para la liquidación de regalías del carbón antracita de consumo interno en el I trimestre de 2026 , con respecto al IV trimestre de 2025 , es la siguiente:
Carbón Antracita Propuesta I Trimestre 2026 $/t Resolución 826 del 29 de Septiembre de 2025 Variación % Nacional 1.410.411,96 1.183.501,26 19,17%
Fuente: Cálculos UPME
2. Carbón de exportación
2.1. Carbón térmico de exportación
El precio base para liquidación de regalías y compensaciones de Carbón térmico de exportación se calcula de acuerdo con las fórmulas correspondientes para las regiones de Cesar y La Guajira y para el interior del país (zona centro, Santander y Norte de Santander).
2.1.1. Carbón térmico de exportación de Cesar y La Guajira
El precio base para liquidación de regalías y compensaciones de Carbón térmico de exportación Cesar y La Guajira se calcula de acuerdo con la metodología establecida en la
2.1.1. Carbón térmico de exportación de Cesar y La Guajira
El precio base para liquidación de regalías y compensaciones de Carbón térmico de exportación Cesar y La Guajira se calcula de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución No. 887 del 26 de diciembre de 2014 emitida por la Agencia Nacional de Minería – ANM así:
“Precio FOB promedio ponderado en puertos colombianos (PP) para carbón térmico de exportación del Cesar y La Guajira:
Corresponde al Precio Promedio Ponderado (en adelante PP) por volumen de los precios de referencia FOB, expresados en dólares de los Estados Unidos de América, resultantes de la diferencia entre los indicadores API2 y BCI7 usando el poder calorífico de los carbones en BTU/Lb de cada una de estas zonas carboníferas, de acuerdo con la información oficialRecuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
reportada por la Agencia Nacional de Minería o quien haga sus veces, de cada mes del semestre que se liquida, mediante la siguiente fórmula:”5
𝑃𝑃 = (∑ 𝑛 𝑖=1
reportada por la Agencia Nacional de Minería o quien haga sus veces, de cada mes del semestre que se liquida, mediante la siguiente fórmula:”5
𝑃𝑃 = (∑ 𝑛 𝑖=1 (𝐴𝑃𝐼2𝑖 − 𝐵𝐶𝐼7𝑖) ∗ 𝐴𝑖) ∗ 𝐵
Donde:
PP: Precio Promedio Ponderado por volumen de los precios de referencia FOB, expresados en dólares de los Estados Unidos de América
i: Corresponde al mes de la observación.
n: Número de meses de la observación (un semestre).
API2i: Indicador del precio de carbón térmico en US$ por tonelada métrica a 6,000 kcal/kg NAR (que en la fórmula acordada se considerará equivalente a 11,370 BTU/Lb GAR) para entregas CIF ARA (Ámsterdam, Rotterdam, Antwerp), publicado semanalmente durante el mes (i) como TFS API2 en el Argus/McCloskey's Coal Price Index Report. Para efectos de establecer el precio FOB, se realizará el promedio aritmético de los indicadores vigentes semanales en el mes (i).
BCI7i: Es el indicador de los valores diarios del flete marítimo entre Puerto Bolívar y Rotterdam, publicados en el SSY Mineral FFA Report, con fuente Baltic Exchange. Para efectos de establecer el precio FOB, se realizará el promedio aritmético de los indicadores vigentes diarios en el mes (i) del semestre que se liquida.
Ai: Factor de Ponderación por volumen de carbón térmico de exportación del mes i del semestre que se
realizará el promedio aritmético de los indicadores vigentes diarios en el mes (i) del semestre que se liquida.
Ai: Factor de Ponderación por volumen de carbón térmico de exportación del mes i del semestre que se liquida ponderado por volumen de carbón térmico de exportación del mes i del semestre que se liquida: Se obtiene, para el mes i, dividiendo e l volumen total de exportación del mes i entre el volumen total de exportación del semestre que se liquida, excluyendo el carbón del interior del país (Santander, Norte de Santander y Zona Centro).
B: Poder calorífico del carbón de la zona dividido por 11.370 BTU/Lb.Poder calorífico del carbón de la zona: Promedio del poder calorífico de los carbones térmicos de la zona en unidades BTU/Lb, suministrado por la autoridad minera o quien haga sus veces.
● Aplicación metodológica
La determinación del precio FOB de exportación para el carbón térmico proveniente de los departamentos del Cesar y La Guajira se efectúa considerando la diferencia entre el índice de referencia internacional API2 6 y el costo del flete marítimo BCI7 7, aplicando
5 Resolución No 887 de 2014, Capítulo II Numeral 1 Literal A. 6 Precio API2 es un índice que representa precios carbón térmico 11.370 BTU/Lb, 7 BCI7 es el índice que representa fletes de Puerto Bolívar - ARA.Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión
Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
factores de ponderación directamente relacionados con la calidad del carbón producido en las zonas correspondientes.
Para el cálculo de precio base para la liquidación de regalías del carbón de exportación se utiliza la siguiente fórmula: 𝑃𝑅𝐶𝑘(𝑈𝑆$) = 𝑃𝑃𝐴𝑗𝑢𝑠𝑡𝑎𝑑𝑜 − 𝑇𝑘 − 𝑀𝑘 − 𝑃𝑘
La fórmula general es:
𝑃𝑃 = (∑ 𝑛 𝑖=1 (𝐴𝑃𝐼2𝑖 − 𝐵𝐶𝐼7𝑖) ∗ 𝐴𝑖) ∗ 𝐵
La primera parte de la fórmula es:
𝑃𝑃 = (∑ 𝑛 𝑖=1 (𝐴𝑃𝐼2𝑖 − 𝐵𝐶𝐼7𝑖) ∗ 𝐴𝑖)
𝑃𝑃 = (𝑎) ∗ (𝑏)
Para obtener Ai (b), según información del DANE, el carbón exportado del Cesar y La Guajira en el periodo analizado fue:
MES CESAR LA GUAJIRA TOTALES Toneladas % participación Toneladas %
Para obtener Ai (b), según información del DANE, el carbón exportado del Cesar y La Guajira en el periodo analizado fue:
MES CESAR LA GUAJIRA TOTALES Toneladas % participación Toneladas % participación Toneladas % participación Abril 2025 2.067.257,23 16,99% 675.489,00 7,04% 2.742.746,23 12,60% Mayo 2025 1.192.566,93 9,80% 3.933.756,75 41,00% 5.126.323,68 23,55% Junio 2025 1.664.251,80 13,68% 1.789.469,00 18,65% 3.453.720,80 15,87% Julio 2025 2.754.195,44 22,63% 1.779.452,20 18,55% 4.533.647,64 20,83% Agosto 2025 1.620.050,31 13,31% 0,00% 1.620.050,31 7,44% Septiembre 2025 2.871.515,70 23,60% 1.416.474,43 14,76% 4.287.990,13 19,70% Total 12.169.837,41 40,46% 9.594.641,38 100,00% 21.764.478,79 100,00%
Fuente: DIAN DANE
Para obtener el Precio Promedio Ponderado (a) (b) por volumen se establece de la
siguiente forma para el Cesar y La Guajira:Recuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 91 17 29
http://www.upme.gov.co
Mes
(API2-BCI7)
US$/t (a) Factor de Pond. Exportaciones (b) Precio Ponderado por Volumen de Exportaciones US/t (a) (b) abr-25 92,03 12,60% 11,60 may-25 84,92 23,55% 20,00 jun-25 89,06 15,87% 14,13 jul-25 90,11 20,83% 18,77 ago-25 85,16 7,44% 6,34 sept-25 79,05 19,70% 15,57
TOTAL SEMESTRE 100,00% 86,42
Fuente: DIAN –DANE, Argus Media, Baltic Exchange. Cálculos UPME
El Precio Promedio Ponderado ajustado (PPajsutado), según las calidades regionales de los carbones es el siguiente:
Para establecer las calidades del carbón para la Guajira y el Cesar, se toma la información de dos fuentes: para el caso del sector de la Jagua de Ibirico en el periodo analizado ( 01
carbones es el siguiente:
Para establecer las calidades del carbón para la Guajira y el Cesar, se toma la información de dos fuentes: para el caso del sector de la Jagua de Ibirico en el periodo analizado ( 01 de abril al 30 de septiembre de 2025 ) no se registra producción y por lo tanto, no hay información de calidad; para fijar el precio base de este sector se toma el dato de calidad de la pu blicación “El Carbón Colombiano: recursos, reservas y calidad” del Servicio Geológico Colombiano (antes Ingeominas) y para los demás sectores se toma el reporte de la Agencia Nacional de Minería.
De acuerdo con esta información, se ajusta el precio FOB p romedio ponderado por volumen, teniendo en cuenta la calidad de referencia de 11.370 BTU/Lb.
Mediante el radicado UPME No. 20251400157611 del 21 de octubre de 2025, esta entidad requirió a la ANM suministrar la información de la calidad del carbón para el periodo del 01 de abril al 30 de septiembre de 2025, solicitud que fue atendida mediante el radicado UPME No. 20251110347232 del 05 de diciembre de 2025.
Considerando que la información enviada por la ANM hace parte de los datos señalados en la metodología para fijar el precio base para la liquidación de las re galías para el carbónRecuerde: Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto, se considera “Copia No Controlada”. La versión vigente se encuentra publicada en el Sistema de Gestión Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9° Bogotá D.C. Colombia
Único Estratégico de Mejoramiento - SÍGUEME.
Av. Calle 26 # 69 D-91 Torre 1, Piso 9°
Bogotá D.C. Colombia PBX: +57 601 222 06 01
Línea Gratui