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URF - Resolución 010 de 2021

Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera

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Detalles

Título
URF - Resolución 010 de 2021
Autor
Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

GI-FT-014_V1

RESOLUCIÓN (010 DEL 03 DE FEBRERO DE 2021) “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral en la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF, para el periodo 2021 - 2023” El Director General en ejercicio de atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 1010 de 2006, el Decreto 4172 de 2011, modificado por el Decreto 1658 de 2016, y CONSIDERANDO Que el artículo 25 de la constitución Política de Colombia señala:” … El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas...”. Que la Ley 1010 de 2006, contempla las medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo. Que el literal I, del artículo 3 de la Resolución No. 002646 de 2008, expedida por el Ministerio de la Protección Social, define el acoso laboral como “…Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo, conforme lo establece la Ley 1010 de 2006…”. Que el numeral

1.7 del artículo 14 ibídem, establece las medidas preventivas y correctivas que deberán ser observadas frente al acoso laboral, entre las que se encuentra la conformación del Comité de Convivencia y el establecimiento de un procedimiento interno confidencial, conciliatorio y efectivo para prevenir este tipo de conductas. Que la Resolución No. 00000652 de 2012, expedida por el Ministerio del Trabajo, modificada parcialmente por la Resolución No. 1356 de 2012, ordenó la conformación, y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas con el propósito de proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo. Que, en cumplimiento del anterior marco normativo, la URF expidió la Resolución No. 005 de fecha 18 de enero de 2021, “por medio de la cual se convoca a elecciones de los representantes de los funcionarios y sus suplentes ante el Comité de Convivencia de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financie URF”, para el periodo 2021-2023. Dicho acto administrativo fue comunicado a los servidores de la URF, el día 18 de enero de 2021, a través del correo electrónico institucionalRESOLUCIÓN No. 010 De 03/02/2021 “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral en la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF, para el periodo 2021 - 2023”

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Que en los términos establecidos en la Resolución 005 de 2021, manifestaron interés en participar en las referidas elecciones, los funcionarios que se relacionan a continuación: NOMBRE IDENTIFICACIÓN CARGO Jose David torres Jimenez 80.197.383 Asesor Magda Yiber Ramírez Rodríguez 65.763.758 Asesor Daniel Camilo Quintero Castro 80.037.547 Asesor Marvy Alejandra Azuaje Isturiz 099035233 Secretario Ejecutivo Andrea Carolina Bonilla Cuervo 1.014.286.241 Técnico Administrativo Que la Subdirectora Jurídica y de Gestión Institucional, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución No. 007 de fecha 27 de enero de 2021, ”por la cual se organiza la mesa única de votación para las elecciones de los representantes de los empleados y sus suplentes en el Comité de Convivencia Laboral de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF y se designan los jurados de votación”, encargando de dichas funciones a las servidoras Judy Patricia Herrera Torres, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.911.488 expedida en Bogotá, en calidad de jurado principal, y Paola Patricia Rodríguez Angulo, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.577.276 expedida en Girardot, en calidad de jurado suplente. Que el 27 de enero de 2021, se publicó la lista general de votantes habilitados para participar en calidad de electores, en los comicios efectuados el 29 de enero de 2020, en jornada de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Que una vez realizado el escrutinio general por parte del jurado de votación, dicho proceso arrojó los siguientes resultados: CANDIDATO NÚMERO DE VOTOS CIFRA EN LETRAS NÚMERO DANIEL CAMILO

8:00 a.m. a 4:00 p.m. Que una vez realizado el escrutinio general por parte del jurado de votación, dicho proceso arrojó los siguientes resultados: CANDIDATO NÚMERO DE VOTOS CIFRA EN LETRAS NÚMERO DANIEL CAMILO QUINTERO CASTRO NUEVE 9 JOSE DAVID TORRES JIMÉNEZ SEIS 6 MARVY ALEJANDRA AZUAJE ISTURIZ CUATRO 4 MAGDA YIBER RAMÍREZ RODRÍGUEZ TRES 3 ANDREA CAROLINA BONILLA CUERVO TRES 3 VOTOS EN BLANCO CERO 0 VOTOS SIN MARCAR CERO 0 VOTOS NULOS CERO 0 TOTAL VOTOS VEINTICINCO 25RESOLUCIÓN No. 010 De 03/02/2021 “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral en la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF, para el periodo 2021 - 2023”

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Que, efectuado el escrutinio general, se evidenció el mayor número de votos para dos de los candidatos, reconocidos como representantes principales de los empleados en el Comité de Convivencia Laboral de la Entidad. Que en consecuencia y al no presentarse reclamación alguna, el jurado de votación informó a la Subdirección, Jurídica y de Gestión Institucional los representantes de los empleados en el Comité de Convivencia Laboral de la URF, principales y suplentes, elegidos para el periodo 2021-2023. Que en los términos de lo establecido en el numeral 2, articulo 3, de la Resolución 652 de 2012, modificada parcialmente por la Resolución No. 1356 de 2012, expedidas por el Ministerio de Trabajo, corresponde al Director General, proceder a la designación de los representantes del empleador en el Comité de Convivencia de la URF, para el periodo 2021 – 2023. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. - Conformación del Comité de Convivencia de la URF. Confórmese el Comité de Convivencia Laboral de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF, para el periodo 2021-2023. ARTÍCULO SEGUNDO. - Integración del Comité de Convivencia. El Comité de Convivencia de la URF, para el periodo 2021 – 2023, estará conformado por los siguientes funcionarios a. Dos (2) representantes con sus respectivos suplentes, delegados por el Director General de la URF, así: En calidad de principales • ANIBAL YAMHURE RAMÍREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.079.808 • CATALINA TORRADO ULLOA, identificada con cédula de ciudadanía N° 1.016.012.713 En calidad de suplentes: • DANIEL ABSALÓN

YAMHURE RAMÍREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.079.808 • CATALINA TORRADO ULLOA, identificada con cédula de ciudadanía N° 1.016.012.713 En calidad de suplentes: • DANIEL ABSALÓN TOCARÍA DÍAZ, identificado cédula de ciudadanía No. 1.010.211.689 • IVONNIE EDITH GALLARDO GÓMEZ, identificada con cédula de ciudadanía N° 37.924.281.RESOLUCIÓN No. 010 De 03/02/2021 “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral en la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF, para el periodo 2021 - 2023”

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b. Dos (2) representantes de los empleados con sus respectivos suplentes, así: En calidad de principales • DANIEL CAMILO QUINTERO CASTRO, identificado con cédula de ciudadanía N° 80.037.547. • JOSE DAVID TORRES JIMÉNEZ, identificado con cédula de ciudadanía N° 80.197.383. En calidad de suplentes: • MARVY ALEJANDRA AZUAJE ISTURIZ, identificada con cédula de ciudadanía N° 099035233. • MAGDA YIBER RAMÍREZ RODRÍGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 65.763.758. ARTICULO TERCERO. - Faltas Temporales. Las faltas temporales de los representantes de los empleados en el Comité de convivencia, serán cubiertas por los suplentes. En caso de falta absoluta de un representan de los empleados el suplente asumirá tal calidad hasta el final del periodo. En caso de que por alguna circunstancia el número de los representantes de los empleados en el Comité de Convivencia no se ajuste a lo establecido en la Resolución No. 652 de 2012 del Ministerio de Trabajo, se convocará a elecciones dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que se tenga conocimiento de tal hecho. ARTICULO CUARTO. - Funciones del Comité de Convivencia Laboral. El Comité de Convivencia Laboral de la URF, deberá desarrollar las siguientes funciones: 1. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan. 2.

Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la Entidad. 3. Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja. 4. Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias. 5. Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad. 6. Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado. 7. En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación.RESOLUCIÓN No. 010 De 03/02/2021 “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral en la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF, para el periodo 2021 - 2023”

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8. Presentar a la alta dirección de la Entidad las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del Comité de Convivencia Laboral y los informes requeridos por los organismos de control. 9. Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Convivencia a las dependencias de gestión del recurso humano y salud ocupacional. 10. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la Entidad. ARTICULO QUINTO. - Presidente del Comité de Convivencia Laboral. El Comité de Convivencia Laboral deberá elegir por mutuo acuerdo entre sus miembros, un Presidente, quien tendrá las siguientes funciones: 1. Convocar a los miembros del Comité a las sesiones ordinarias y extraordinarias 2. Presidir y orientar las reuniones ordinarias y extraordinarias en forma dinámica y eficaz. 3. Tramitar ante la administración de la entidad pública o empresa privada, las recomendaciones aprobadas en el Comité. 4. Gestionar ante la alta dirección de la entidad pública o empresa privada, los recursos requeridos para el funcionamiento del Comité. ARTICULO SEXTO. - Secretaria del Comité de Convivencia Laboral. El Comité de Convivencia Laboral deberá elegir entre sus miembros un Secretario, por mutuo acuerdo, quien tendrá las siguientes funciones: 1. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas por escrito en las que se describan las situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las

soportan. 2. Enviar por medio físico o electrónico a los miembros del Comité la convocatoria realizada por el presidente a las sesiones ordinarias y extraordinarias, indicando el día, la hora y el lugar de la reunión. 3. Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en las quejas, con el fin de escuchar los hechos que dieron lugar a la misma. 4. Citar conjuntamente a los trabajadores involucrados en las quejas con el fin de establecer compromisos de convivencia. 5. Llevar el archivo de las quejas presentadas, la documentación soporte y velar por la reserva, custodia y confidencialidad de la información. 6. Elaborar el orden del día y las actas de cada una de las sesiones del Comité. 7. Enviar las comunicaciones con las recomendaciones dadas por el Comité a las diferentes dependencias de la entidad pública o empresa privada. 8. Citar a reuniones y solicitar los soportes requeridos para hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes involucradas. 9. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la entidad pública o empresa privada.RESOLUCIÓN No. 010 De 03/02/2021

“Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral en la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF, para el periodo 2021 - 2023”

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ARTÍCULO SEPTIMO -. Reglamento de Funcionamiento. Los miembros del Com ité de Convivencia se regirán por el reglamento de vigente.

ARTICULO OCTAVO. - Periodo de los Miembros del Comité de C onvivencia. El periodo de los miembros del Comité de Convivencia, será de dos (2) años, contados a partir de la fecha de la comunicación de la elección.

ARTÍCULO NOVENO. - Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C., a los 03/02/2021

FELIPE LEGA GUTIÉRREZ

Director General

Aprobó: Ivonnie Edith Gallardo Gómez – Subdirectora Jurídica y de Gestión Institucional Elaboró: Judy Patricia Herrera Torres – Responsable SGSSTRESOLUCIÓN No. 010 De 03/02/2021 “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral en la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF, para el periodo 2021 - 2023”

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