🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

URF - Resolución 080 de 2023

Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
URF - Resolución 080 de 2023
Autor
Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2023

COLOMBIA POTENCIA DELA

VIDA RESOLUCIÓN \)¡;-,;L:¡;J ,k ''.":\'(1•:/,:i j i\J".)¡'"Fi!,¡·.· '.'tt;();\.<i -y, ,,,;q,,e,"(,,,. (080 DE 04 DE SEPTIEMBRE DE 2023) "Por medio de la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), y se designan los representantes del empleador, para el período 2023 - 2025" La Directora General en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 4172 de 2011, modificado por el Decreto 1658 de 2016 y el literal a) del artículo 14 de la Resolución 2013 de 1986 de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, y CONSIDERANDO Que la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), fue crea'da mediante Decreto 4172 de 2011, como un organismo del orden nacional, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, sin personería jurídica, con autonomía administrativa y patrimonio independiente. Su estructura fue modificada mediante Decretos 1658 de 2016 y su planta de personal modificada mediante decretos 1659 de 2016 y 1792 de 2021. Que el inciso segundo del artículo 16 del Decreto 4172 de 2011, señala que el Director General de la URF "( ... ) podrá crear y reglamentar la conformación y

Que el inciso segundo del artículo 16 del Decreto 4172 de 2011, señala que el Director General de la URF "( ... ) podrá crear y reglamentar la conformación y funcionamiento de comités permanentes o transitorios especiales para el estudio, análisis y asesoría en temas relacionados con la Unidad ( ... )". Que el artículo 25 del Decreto 614 de 1984 establece que en todas las empresas o instituciones públicas o privadas se constituirá un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, el cual estará integrado por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, y en concordancia con el artículo 1 de la Resolución No. 2013 de 1986, todas las empresas o Instituciones Públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial. Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Reguiac!ón Fínanciera, 1.JRF. NIT: 900.657.800--0 Carrera 8 # 6CK 38 Bogotá o.e., Corombía, piso 5 http://www.urf.gov .col K a!encionalusuario@urf.gov .co Telélonos. Fuera de Bogotá 01-8000-9I0071-Código Postal 111711 Bogotá (+571) 3 8117 00; COLOMBIA

P01'fNCiA OE 1,.A

VIDA RESOLUCIÓN No. 080 De 04/09/2023 "Por medio de la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST} de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF). y se designan

"Por medio de la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST} de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF). y se designan los representantes del empleador, para el período 2023 - 2025'' Que el artículo 2 ibídem, señala que dicho Comité estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes así:"( ... ) de 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes( ... )". Que de conformidad con los Decretos 1659 de 2016 y 1792 de 2021, la Planta de Personal de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), está conformada por 30 empleos, de los cuales actualmente hay provistos 26, información que puede ser verificada en la Subdirección Jurídica y de Gestión Institucional. Que el artículo 63 del Decreto 1295 del 27 de junio de 1994, estipula que "e l Comité Paritario de Medicina Higiene y Seguridad Industrial de las empresas se denominará Comité Paritario de Salud Ocupacional y seguirá rigiéndose por la Resolución 2013 de 1986 de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, y demás normas que la modifiquen o adicionen", estableciendo el periodo de sus miembros en dos (2) años. Que el parágrafo primero del numeral 36 del artículo 2 del Decreto Reglamentario 1443 de 2014, dispuso que en aplicación de lo establecido en el artículo 1 de la Ley 1562 de 2012, para todos los efectos se entenderá como seguridad y salud en

Que el parágrafo primero del numeral 36 del artículo 2 del Decreto Reglamentario 1443 de 2014, dispuso que en aplicación de lo establecido en el artículo 1 de la Ley 1562 de 2012, para todos los efectos se entenderá como seguridad y salud en el trabajo, todo lo que antes de la entrada en vigencia de dicha ley, hacía referencia a salud ocupacional, razón por la cual se cambió el nombre del comité mencionado en el numeral anterior, al de Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo

- COPASST.

Que, de conformidad con el marco normativo antes citado, mediante Resolución No. 078 de fecha 28 agosto de 2023, se convocó a elecciones para elegir al representante de los servidores públicos ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la URF, habiendo sido elegido como representante principal, a la servidora CATALINA TORRADO ULLOA, atendiendo a la mayor votación obtenida y el servidor JUAN SEBASTIAN RODRÍGUEZ PARRA, como suplente. Lo anterior, de conformidad con el Acta de Escrutinio del treinta (30) de agosto de 2023, suscrita por los miembros del jurado de la votación. Que en mérito de lo expuesto, Unidad de Proyección Normatíva y Estudíos de Regulación Financiera, URF. NIT: 900,657,800-0 Carrera 8 # 6C38 Bogotá D.G., Colombia. piso 5 tlltp:f!www,urf.gov.cof.atencíonalusuarlo@urtgov.co

Teléfonos: Fuera de Bogotá 01-8000-910071Código Postal 111711 Bogotá (•571) 3 8117 00"' COLOMBIA

tlltp:f!www,urf.gov.cof.atencíonalusuarlo@urtgov.co

Teléfonos: Fuera de Bogotá 01-8000-910071Código Postal 111711 Bogotá (•571) 3 8117 00"' COLOMBIA

P0TENOA DE tA

VIDA RESOLUCIÓN No. 080 De 04/09/2023 "Por medio de la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), y se designan los representantes del empleador, para el período 2023 • 2025" RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Conformar el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), el cual estará integrado por un (1) representante del empleador y un (1) representante de los servidores, con sus respectivos suplentes, quienes obrarán en reemplazo del titular por ausencia, impedimento o recusación. Cuyo periodo es de dos (2) años, contador a partir de su conformación por medio del presente acto administrativo. El empleador designará al Presidente del Comité de los representantes que él designa y el Comité en pleno elegirá por mutuo acuerdo entre sus miembros al Secretario de entre la totalidad de sus miembros.

ARTÍCULO SEGUNDO: Designar como representantes del empleador en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación

Financiera URF, a los siguientes servidores:

Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF, a los siguientes servidores:

PRINCIPAL SUPLENTE

DARYELIN ISABEL MARLEN FIGUE RÓA DUQUE LOMBANA MAHECHA ARTÍCULO TERCERO: Reconocer como representantes de los servidores en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), a los servidores que se relacionan a continuación, los cuales fueron elegidos por votación directa llevada a cabo el treinta (30) de agosto de 2023, entre todos los servidores públicos de la Entidad, previa postulación de los servidores interesados en participar como candidatos, de lo cual dio fe el jurado de la votación en el Acta de Escrutinio de la misma fecha. Los servidores elegidos fueron los siguientes: Unidad de Proyeccíón Normativa y Estudios de Regulación Financiera, URF, N!T·. 900.657,800-0 Carrera 8 # 6C38 Bogotá o.e" Colombia, piso 5 http;J/www.urí.gov .col fi atenciona1usuario@urt.gov.co

Teléfonos: Fuera de Bogotá 01-8000-910071-Código Postal 111711 Bogotá {-+57 1) 3 8117 00COLOMBIA i-"OTfNClA ()[ LA.

VIDA ) RESOLUCIÓN No. 080 De 04/09/2023 "Por medio de la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad

i-"OTfNClA ()[ LA.

VIDA ) RESOLUCIÓN No. 080 De 04/09/2023 "Por medio de la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), y se designan los representantes del empleador, para el periodo 20232025"

PRINCIPAL SUPLENTE

CATALINA JUAN SEBASTIAN

TORRADO ULLOA RODRIGUEZ PARRA ARTÍCULO CUARTO: Designar a la servidora DARYELIN ISABEL FIGUERÓA DUQUE, como Presidente del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF.

PARÁGRAFO: En caso de ausencia del Presidente, asumirá la Presidencia del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proy ección Normativa y Estudios de Regulación Financiera

URF, la servidora MARLEN LOMBANA MAHECHA.

ARTÍCULO QUINTO: I) El Comité Paritario de Seguridad y Salud en Trabajo

(COPASST) de la URF, deberá desarrollar las siguientes funciones: a. Proponer a la Dirección de la Entidad la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo. b. Proponer y participar en actividades de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo dirigidas a los servidores y pasantes de la URF. c. Colaborar con los servidores de entidades gubernamentales de Seguridad y

de trabajo. b. Proponer y participar en actividades de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo dirigidas a los servidores y pasantes de la URF. c. Colaborar con los servidores de entidades gubernamentales de Seguridad y Salud en el Trabajo en las actividades que éstos adelanten en la Entidad y recibir por derecho propio los informes correspondientes. d. Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la Entidad de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes; promover su divulgación y observancia. e. Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales y proponer a la Alta Dirección las medidas correctivas que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los programas que se hayan realizado. Unidad de Proyección Normativa y Estudíos de Regulacíón Financiera, URF, N!T: 900.657.800-0 Carrera 8 # 6C38 Bogotá D.C., Colombia. piso 5 t'lttp·!fwww.urf.gov.co/ - atenc1onalusuario@urf.gov.co T e1é!onos: Fuera de Bogotá 01-8000-910071Código Postal 111711 Bogotá ¡+57 i) 3 81 '\7 00COLOMBIA

POTENUA Ot l/1

VIDA

RESOLUCIÓN No. 080

) UHF De 04/09/2023 "Por medio de la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), y se designan

"Por medio de la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), y se designan los representantes del empleador, para el periodo 2023 - 2025" f. Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por los servidores en cada área o sección de la Entidad e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control. g. Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los servidores en materia de medicina, higiene y seguridad industrial. h. Servir como organismo de coordinación entre el empleador y los servidores en la solución de los problemas relativos a la Seguridad y Salud en el Trabajo. Tramitar los reclamos de los servidores relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo.

  1. Solicitar periódicamente a la Entidad informes sobre accidentalidad y enfermedades laborales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en la presente Resolución.

j. Elegir al Secretario del Comité. k. Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen el cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los servidores y las autoridades competentes. l. Las demás funciones que le señalen las normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo.

  1. Son funciones del Presiden.te del Comité:

a. Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz. b. Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o sitio de las reuniones.

el Trabajo.

  1. Son funciones del Presiden.te del Comité:

a. Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz. b. Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o sitio de las reuniones. c. Notificar lo escrito a los miembros del Comité sobre convocatoria a las reuniones por lo menos una vez al mes. d. Preparar los temas que van a tratarse en cada reunión. e. Tramitar ante la Alta Dirección de la Entidad las recomendaciones aprobadas en el seno del Comité y darle a conocer todas sus actividades. f. Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del Comité e informar a los servidores de la Entidad, acerca de las actividades de este. Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación F,nanciera, lJRF, N!T: 900.657.800-0 Carrera a /J. 6C38 Bogotá o_c._ Colombia, p,so 5 http://www.urf,gov .col • a\enc1onat1suario@urt.gov.co Teléfonos. Fuera de Bogota 01-8000.910071. Código Postal 111711 Bogotá (+57 í) 3 8117 ooCOLOMBIA POTENCIA OE lA VIDA RESOLUCIÓN No. 080 De 04/09/2023 "Por medio de la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF). y se designan los representantes del empleador, para el período 2023 - 2025"

  1. Son funciones del Secretario:

a. Verificar la asistencia de los miembros del Comité a las reuniones programadas.

los representantes del empleador, para el período 2023 - 2025"

  1. Son funciones del Secretario:

a. Verificar la asistencia de los miembros del Comité a las reuniones programadas. b. Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión y someterla a la discusión y aprobación del Comité. c. Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el Comité y suministrar toda la información que requieran el empleador y los Servidores.

ARTÍCULO SEXTO: El COPASST se reunirá ordinariamente cada mes y sesionará con la mitad más uno de sus integrantes. Así mismo, podrá reunirse extraordinariamente, cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención, previa convocatoria del Presidente del Comité.

ARTICULO SÉPTIMO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los 04/09/2023 fififiw MÓNICA PIEDAD HIGUERA GARZÓN Directora General Aprobó: lvonnle Edlth Ga!iardo G9mez ~ Subdir ectora . Juricilca y de Gestión lnsutudnr-, t Revisó: Paola Patricia Rodriguez Angulo fi Asesora Uder Proceso de Gtfistlón Humana Proyectó: Mar!en Lombana Mahec:ha - Profos!onal Universitario Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera, URF. N!T: 900,657,800-C Carrera 8 # 6C38 Bogotá o.e., Colomb\a, piso 5 http://www.tJrf.gov .col • atenc1onalLisuario@urf.gov_cc

Carrera 8 # 6C38 Bogotá o.e., Colomb\a, piso 5 http://www.tJrf.gov .col • atenc1onalLisuario@urf.gov_cc

Teléfonos: Fuera de Bogotá 01 -8000-910071Código Posta! 111 711 Bogotá (+57 1) 3 81 i7 00

Consultar sobre este documento ...