URF - Resolución 013 de 2024
Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera
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Detalles
- Título
- URF - Resolución 013 de 2024
- Autor
- Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2024
Unidad de Proyeccién Normativa y Estudios de Regulacién Financiera EE ViDa SURF RESOLUCIÓN 013 DEL 01 DE FEBRERO DE 2024 “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar Social e Incentivos y el Plan Institucional de Capacitación de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación FinancieraURF para la vigencia 2024” La Directora General de la Unidad, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 4172 de 2011, modificado por el Decreto 1658 de 2016, en concordancia con lo dispuesto por el Decreto 0859 de 2022, y CONSIDERANDO Que el artículo 52 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo No. 02 de 2000, señala que “el ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.” Que por otra parte, el artículo 54 de la Carta Constitucional consagra como “obligación del Estado y los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran”. Que mediante Decreto Ley 1567 de 1998, se constituyó el Sistema Nacional de Capacitación, con el propósito común de generar en las entidades y en los servidores públicos del Estado, una mayor capacidad de aprendizaje y acción.
Que mediante Decreto Ley 1567 de 1998, se constituyó el Sistema Nacional de Capacitación, con el propósito común de generar en las entidades y en los servidores públicos del Estado, una mayor capacidad de aprendizaje y acción. Que asimismo, el Decreto arriba citado, regula todo lo relacionado con el Sistema de Estímulos para los Empleados del Estado y dispone que en el marco del mismo, deben diseñarse programas de bienestar social que deberán organizarse a partir de las iniciativas de los servidores públicos, como procesos permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia; a efectos de permitir elevar los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con el servicio de la entidad en la cual labora. GI-FT-014_V3 Documento referente: Procedimiento de gestión de comunicaciones oficiales CETUnidad de Proyeccién Normativa y Estudios de Regulacién Financiera VIDA >URF RESOLUCIÓN No. 013 De 01/02/2024 “Por medio de la cual se adopta el Plan de, Bienestar Social e Incentivos y el Plan Institucional de Capacitación de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera - URF para la vigencia 2024” Que por su parte la Ley 909 de 2004, por medio de la cual se expidieron las normas que regulan el Empleo Público, la Carrera Administrativa y la Gerencia Pública, en su artículo 36, establece que la capacitación institucional debe estar orientada al desarrollo de las capacidades, destrezas, valores y competencias fundamentales de los empleados con miras a propiciar su eficiencia personal,
Pública, en su artículo 36, establece que la capacitación institucional debe estar orientada al desarrollo de las capacidades, destrezas, valores y competencias fundamentales de los empleados con miras a propiciar su eficiencia personal, grupal y organizacional. Por su parte, el parágrafo de la norma en cita establece que con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de Bienestar e Incentivos, de acuerdo con las normas vigentes. Que el artículo 2.2.10.8 del Decreto 1083 de 2005, por el cual se reglamenta la Ley 909 de 2004, expone lo siguiente: "Los Planes de Incentivos, enmarcados dentro de los Planes de Bienestar Social, tienen por objeto otorgar reconocimientos por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de las entidades”. Que los Planes Institucionales de Capacitación y los Planes de Bienestar Social, en atención a las finalidades que persiguen, deben estar dirigidos a materializar las estrategias de desarrollo institucional y las políticas del Gobierno Nacional, razón por la cual, armonizándolos con los principios de racionalización del gasto, se encuentran limitados a las áreas específicamente señaladas por la ley, es decir, educación, promoción y prevención en materia de salud, promoción de planes de vivienda, recreación y cultura, así como de desarrollo personal, profesional y organizacional, todos ellos en función de optimizar las capacidades particulares de cada uno y potencializarlas de forma
de salud, promoción de planes de vivienda, recreación y cultura, así como de desarrollo personal, profesional y organizacional, todos ellos en función de optimizar las capacidades particulares de cada uno y potencializarlas de forma que redunden en un acercamiento a los objetivos y metas fijadas por la administración frente a las necesidades del servicio. Que en mérito de lo expuesto, GI-FT-014_V3 Documento referente: Procedimiento de gestión de comunicaciones oficialesUnidad de Proyeccién Normativa y Estudios de Regulacién Financiera EC VIDA AF RESOLUCIÓN No. 013 De 01/02/2024 “Por medio de la cual se adopta el Plan de, Bienestar Social e Incentivos y el Plan Institucional de Capacitación de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera - URF para la vigencia 2024” RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. - Adoptar el Plan de Bienestar Social e Incentivos de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera - URF, para la vigencia 2024, de conformidad con los considerandos anteriores y el contenido del mencionado Plan, el cual hace parte integral de la presente Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO. - Adoptar el Plan Institucional de Capacitación de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera - URF, para la vigencia 2024, de conformidad con los considerandos anteriores y el contenido del mencionado Plan, el cual hace parte integral de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: Las erogaciones que se causen con el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, se harán con cargo a los Contratos que
considerandos anteriores y el contenido del mencionado Plan, el cual hace parte integral de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: Las erogaciones que se causen con el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, se harán con cargo a los Contratos que se celebren para la ejecución de los planes que se adoptan y de acuerdo con el Manual Clasificador Presupuestal expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conforme al presupuesto de la vigencia 2024 de la Entidad.
ARTÍCULO TERCERO. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D. C., a los 01/02/2024
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
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MÓNICA PIEDAD HIGUERA GARZÓN Directora General Aprobó: Ivonnie Gallardo ~ Subdirectora Jurídica y de Gestión Institucional /- Revisó: Paola Rodríguez — Asesora Líder Proceso de Gestión Humana uu Proyectó: Marlen Lombana Mahecha - Profesional Universitario | GI-FT-014_V3 Documento referente: Procedimiento de gestión de comunicaciones oficiales