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URF - Resolución 030 de 2022

Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera

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Detalles

Título
URF - Resolución 030 de 2022
Autor
Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2022

I El emprendimiento o U H a v EE Menacienda RESOLUCION (030 DEL 26 DE ENERO DE 2022) “Por medio de la cual se hace una vinculación formativa en el marco del del programa de prácticas laborales en el Sector Público - Estado Joven” El Director General de la Unidad, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el parágrafo 1 del artículo 13 de la Ley 1780 de 2016, la sección 7 del capítulo 1 del Título 6 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1072 de 2015 y el Decreto 4172 de 2011, modificado por el Decreto 1658 de 2016, y CONSIDERANDO Que el artículo 54 de la Constitución Política de 1991, dispone que es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. También señala que el Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar. Que el artículo 13 de la Ley 1780 de 2016 dispone que “El Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, desarrollará y reglamentará una política que incentive, fomente y coordine los programas de jóvenes talentos, orientados a que jóvenes sin experiencia puedan realizar prácticas laborales, judicatura y relación docencia de servicio en el área de la salud, en las entidades públicas, las cuales contarán como experiencia para el acceso al servicio público (...)". Que el parágrafo 1 del artículo 13 de la Ley 1780 de 2016, dicta que “En caso de realizar en el sector público la práctica laboral, judicatura o relación docencia de servicio en el área de la salud, las entidades públicas podrán realizar la

Que el parágrafo 1 del artículo 13 de la Ley 1780 de 2016, dicta que “En caso de realizar en el sector público la práctica laboral, judicatura o relación docencia de servicio en el área de la salud, las entidades públicas podrán realizar la vinculación formativa del practicante y no será obligatorio celebrar convenios con la Institución Educativa, salvo en los casos en que la Institución Educativa lo solicite en el marco de la autonomía universitaria.” Que el parágrafo 3 del artículo 13 de la Ley 1780 de 2016, señala que “A través del Mecanismo de Protección al Cesante y con cargo al FOSFEC, podrá financiarse práctica laboral, judicatura y relación docencia de servicio en el área de la salud como mecanismo para que los jóvenes adquieran experiencia laboral relacionada a su campo de estudio”. Que elinciso 2 del artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, consagra que “por tratarse de una actividad formativa, la práctica laboral no constituye relación de trabajo”. GD-FT-004I El emprendimiento o U H a v EE Menacienda RESOLUCIÓN No. 030 De 26/01/2022 “Por medio de la cual se hace una vinculación formativa en el marco del del programa de prácticas laborales en el Sector PúblicoEstado Joven” Que la Sección 7 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, reglamenta: (i) los lineamientos que permiten hacer uso de los recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante — FOSFEC para financiar practica laboral, judicatura y

Reglamentario del Sector Trabajo, reglamenta: (i) los lineamientos que permiten hacer uso de los recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante — FOSFEC para financiar practica laboral, judicatura y relación docencia de servicio en el área de la salud, y (ii) la seguridad social de los estudiantes que hagan parte de los programas de incentivo para las prácticas laborales y judicatura en el sector público. Que mediante Resolución 4566 de 2016, el Ministerio del Trabajo reguló la operación del programa de incentivos para las prácticas laborales en el sector público. Que la Resolución 0452 de 2021 del Ministerio del Trabajo, dispuso las medidas para implementar el programa Estado Joven: prácticas laborales en el sector público en el año 2022. Que conforme los artículos 5 y 7 de la mencionada Resolución, los estudiantes beneficiarios del programa recibirán como incentivo para adelantar su práctica laboral en entidades estatales, un auxilio de práctica mensual, cuyo valor será equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente, el cual será financiado con cargo a los recursos de inversión asignados al Ministerio del Trabajo mediante el Presupuesto General de la Nación, proyecto de inversión de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo “Fortalecimiento de la política de formación para el trabajo, aseguramiento de la calidad y movilidad laboral de los trabajadores Nacional”., código BPIN 2018011000109, para la vigencia fiscal 2021. Que la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera — URF, cuenta con una plaza de PRÁCTICA LABORAL ORDINARIA, Plaza No. 1625962926-50 con las siguientes actividades principales:

Que la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera — URF, cuenta con una plaza de PRÁCTICA LABORAL ORDINARIA, Plaza No. 1625962926-50 con las siguientes actividades principales: Apoyo enla medición y evaluación de riesgos e indicadores del Proceso de Gestión Financiera. Brindar apoyo técnico en la elaboración y presentación de los diferentes informes financieros al interior de la unidad, a entidades control y otras entidades públicas o privadas. Apoyar en la revisión y elaboración de las liquidaciones de cuentas a tramitar por el Proceso de Gestión Financiera. Apoyoenla gestión documental asociada al pgf. las demás actividades que sean requeridas por el tutor de la entidad en el Proceso de Gestión Financiera. Que la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera — URF, se presentó para participar como escenario de práctica del programa de prácticas laborales en el sector públicoEstado Joven, liderado por el Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, registrando la plaza de práctica antes mencionada. Que, en el marco de este programa, se realizó un proceso de publicación de la plaza de práctica No. 162596292650, de preselección y selección de practicante, producto del cual fue escogido el estudiante JOSÉ ANDRÉS CONTRERAS RUBIANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1010064951 de Maicao (La Guajira) con fecha de nacimiento 09 de julio de 1999.I El emprendimiento o U H a v EE Menacienda

RESOLUCIÓN No. 030 De 26/01/2022

fecha de nacimiento 09 de julio de 1999.I El emprendimiento o U H a v EE Menacienda RESOLUCIÓN No. 030 De 26/01/2022 “Por medio de la cual se hace una vinculación formativa en el marco del del programa de prácticas laborales en el Sector PúblicoEstado Joven” Que JOSÉ ANDRÉS CONTRERAS RUBIANO, es estudiante del programa de CONTADURÍA PÚBLICA de la Institución de Educación Superior UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRA. Que para el programa de incentivos de las prácticas laborales en el sector público, la Caja de Compensación Familiar COMPENSAR y con cargo a los recursos del FOSFEC, será la encargada del pago del auxilio formativo y de la afiliación y cotización a los subsistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos laborales del practicante. Que conforme al numeral 9 del artículo 16 de la Resolución 3546 de 2018, modificada por la Resolución 623 de 2020, la dependencia encargada de certificar al estudiante los asuntos relacionados con la práctica laboral es la Subdirección Jurídica y de Gestión Institucional Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. - Vincular formativamente al estudiante JOSÉ ANDRÉS CONTRERAS RUBIANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1010064951 de Maicao (La Guajira), en la práctica laboral ordinaria No. 1625962926-50, en la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF - Proceso de Gestión Financiera, liderado por la Subdirección Jurídica y de Gestión Institucional de esta Entidad pública, de conformidad con lo previsto en la parte motiva de la presente Resolución.

Gestión Financiera, liderado por la Subdirección Jurídica y de Gestión Institucional de esta Entidad pública, de conformidad con lo previsto en la parte motiva de la presente Resolución. PARÁGRAFO. El programa de incentivos de las prácticas laborales en el sector público, estará a cargo de la Caja de Compensación Familiar COMPENSAR, con cargo a los recursos del FOSFEC, quien será la encargada del pago del auxilio formativo y de la afiliación y cotización a los subsistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos laborales del practicante, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. - Designar como tutor de la práctica laboral ordinaria a la que se refiere la presente Resolución, a la servidora IVONNIE EDITH GALLARDO GÓMEZ, quien deberá cumplir con todas las obligaciones que le correspondan, en el marco de lo estipulado por el programa “Estado Joven: prácticas laborales en el sector público”. ARTÍCULO TERCERO. - La duración de la práctica laboral ordinaria y por lo tanto de la vinculación formativa, es de cinco (5) meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. ARTÍCULO CUARTO. - La práctica laboral a desarrollar se adelantará de manera Virtual. ARTÍCULO QUINTO. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.0 Minhacienda ~URF RESOLUCION No. 030 De 26/01/2022 “Por medio de la cual se hace una vinculación formativa en el marco del del programa de prácticas laborales en el Sector PúblicoEstado Joven”

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 26/01/2022

“Por medio de la cual se hace una vinculación formativa en el marco del del programa de prácticas laborales en el Sector PúblicoEstado Joven”

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 26/01/2022 FELI 10 IÉRREZ Director General Aprobó: Ivonnie Edith Gallardo Gómez /Subdirectora Jurídica y de Gestión Institucional Revisó: Paola Patricia Rodríguez Angulo/ Líder del Proceso de Gestión Humana e

Proyectó: Diego Fernando Parra Reyes/Pasante

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