URF - Resolución 113 de 2020
Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera
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Detalles
- Título
- URF - Resolución 113 de 2020
- Autor
- Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2020
O URF [E] Emtengmento puimaciende RESOLUCIÓN 113 ( DEL 14 DE OCTUBRE DE 2020 ) “Por medio de la cual se efectúa traslado intemo en la desagregación del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2020 asignadas a la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera —URF” El Director General de la Unidad, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 4172 de 2011, modificado por el Decreto 1658 de 2016, y CONSIDERANDO Que la Ley 2008 del 27 de diciembre de 2019, “por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2020”, en su artículo 2° detalla el presupuesto de gastos o ley de apropiaciones para la vigencia 2020, del cual hace parte el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Que el artículo 18 de la Ley 2008 del 27 de diciembre de 2019, establece que el jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto podrá efectuar mediante resolución desagregaciones presupuestales alas apropiaciones contenidas en el anexo del decreto de liquidación, así como efectuar asignaciones internas de apropiaciones en sus dependencias, seccionales o regionales a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación (...). Que el artículo 2.9.1.2.7 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda, establece
sin que las mismas impliquen cambiar su destinación (...). Que el artículo 2.9.1.2.7 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda, establece que con el fin de vincular la gestión presupuestal de los ingresos y de los gastos a la gestión contable, las entidades usuarias del SIIF Nación deberán desagregar el presupuesto, al máximo nivel de conformidad con el detalle de los rubros presupuestales establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Nacional. Que se evidenció la necesidad de liberar recursos en el rubro de servicios de transporte de pasajeros y suministro de combustible, toda vez que, el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró como pandemia el Coronavirus COVID-19, instando a los Estados a tomar acciones urgentes para la prevención y mitigación del contagio, circunstancia que llevó al Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, a declarar la emergencia sanitaria y desde entonces el Gobierno Nacional ha venido adoptando medidas con el objetivo de prevenir y controlar la propagación del Coronavirus COVID-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos; entre dichas medidas se encuentran ordenar el aislamiento preventivo y la suspensión del transporte doméstico por vía aérea a excepción de vuelos por emergencia humanitaria; transporte de carga y mercancía; y caso fortuito o fuerza mayor, medidas que se encuentran vigentes de conformidad con el Decreto 1076 del 28 de julio de 2020. GD-FT-004I R El emprendimiento : y F [) es de todos Minhacienda RESOLUCIÓN No. 113 De 14 de octubre de 2020
1076 del 28 de julio de 2020. GD-FT-004I R El emprendimiento : y F [) es de todos Minhacienda RESOLUCIÓN No. 113 De 14 de octubre de 2020 “Por medio de la cual se efectúa traslado interno en la desagregación del | Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2020 asignadas a la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera —URF" Que, por lo anterior, en acatamiento de las medidas ordenadas por el Gobierno Nacional y para salvaguardar la salud de los servidores públicos de la URF, la Entidad tomó la decisión de no realizar comisiones al interior o exterior del País desde el mes de marzo y en lo que resta de la presente vigencia, situación que evidencia el sobrante de recursos. Que en reunión de seguimiento a la ejecución presupuestal con la subdirección Jurídica y de Gestión Institucional y los líderes de los procesos de talento humano, adquisición de bienes y servicios, y financiero, se determinaron los recursos disponibles en estos rubros y los que se requieren para realizar, entre otros, el mantenimiento de los vehículos a fin de garantizar la aprobación de la revisión técnico-mecánica y atendiendo a la necesidad que tiene la entidad de garantizar el acatamiento de las obligaciones legales en relación con mantener en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad los vehículos que transiten en territorio nacional, minimizar daños mayores que puedan presentarse en los mismos y asegurar un estado excelente para salvaguardar la seguridad e integridad de quienes hacen uso de estos y asegurar la prestación del servicio de mantenimiento integral preventivo y correctivo con suministro de repuestos, filtros, lubricantes y mano de obra del parque automotor de la URF.
de quienes hacen uso de estos y asegurar la prestación del servicio de mantenimiento integral preventivo y correctivo con suministro de repuestos, filtros, lubricantes y mano de obra del parque automotor de la URF. Así mismo, se requiere adicionar recursos para la ejecución de las actividades pendientes asociadas al Plan de Bienestar Social e Incentivos de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación FinancieraURF, reforzando la línea denominada “Área de Protección y Servicios Sociales”, específicamente en lo que tiene que ver con el área familiar. Lo anterior, por cuanto en la presente vigencia y debido a la contingencia generada por la Pandemia por COVID - 19, fue necesario modificar las actividades inicialmente previstas en el contrato para adaptarlas a la virtualidad, situación que en algunos casos implicó diferencias en los valores inicialmente cotizados o la necesidad sobreviniente de incluir nuevas actividades para atender la emergencia sanitaria y apoyar a los servidores públicos en esta difícil situación. Por último, actualmente la Unidad no cuenta con equipos tecnológicos propios para la gestión del proceso de comunicaciones, lo que evidencia la necesidad de adquirir elementos tecnológicos que le permitan fortalecer dicha gestión con miras a optimizar y mejorar el cumplimiento de sus funciones, de cara a las obligaciones legales que le asisten tanto para las actividades de comunicación al interior como al exterior de la entidad; adicionalmente se requiere la adquisición de bienes para continuar con la implementación del trabajo en casa, como computadores portátiles, máxime cuando el Gobierno Nacional ha reiterado la necesidad de seguir cumpliendo con las funciones del Estado en el marco del aislamiento preventivo obligatorio. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 19. Declarar disponible para ser contracréditada y trasladada el rubro interno, la suma de SESENTA Y UN
del Estado en el marco del aislamiento preventivo obligatorio. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 19. Declarar disponible para ser contracréditada y trasladada el rubro interno, la suma de SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS VEINTE PESOS MICTE, ($61.260.240,00) en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOUNIDAD 1301-18 URF[) URF ] El empre paimiento Minhacienda RESOLUCIÓN No. 113 De 14 de octubre de 2020 “Por medio de la cual se efectúa traslado interno en la desagregación del | Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2020 asignadas a la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera —URF" CONTRACREDITO presupuestal Concepto Valor Asigando Tipode Cta | Subc Objg gasto Prog — Subp Proy Recurso A 02 | 02 10 | ADQUISICION DE DIFERENTES ACTIVOS $61,260,220.00
A 02 | 02 | o 10 | MATERIALES Y SUMINISTROS $5,886,510.00
PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y TABACO; A 02 | 02 | 01 | 02 10 | TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y PRODUCTOS DE $306.262.00
CUERO A 02 | 02 | 01 | 002 |o008 10 | DOTACIÓN (PRENDAS DE VESTIR Y CALZADO) $306.262.00
PRODUCTOS DE MOLINERÍA, ALMIDONES Y
CUERO A 02 | 02 | 01 | 002 |o008 10 | DOTACIÓN (PRENDAS DE VESTIR Y CALZADO) $306.262.00
PRODUCTOS DE MOLINERÍA, ALMIDONES Y A 02 | 02 | 01 | 003 10 | PRODUCTOS DERIVADOS DEL ALMIDÓN; OTROS $5.580.248.00
PRODUCTOS ALIMENTICIOS PASTA O PULPA, PAPEL Y PRODUCTOS DE PAPEL; A 92 | 92 | 01 | 005 | 0% 10 | IMPRESOS Y ARTÍCULOS RELACIONADOS $36.209.00
PRODUCTOS DE HORNOS DE COQUE; PRODUCTOS A 02 02 o 003 | 003 10| DE REFINACIÓN DE PETRÓLEO Y COMBUSTIBLE $5,500,000.00
NUCLEAR A 02 | 02 | 01 | 003 |o008 10 | OTROS BIENES TRANSPORTABLES N.C.P. $44,039.00
A 02 | 02 | 02 10 | ADQUISICIÓN DE SERVICIOS $55.373.710.00
SERVICIOS DE ALOJAMIENTO; SERVICIOS DE SUMINISTRO DE COMIDAS Y BEBIDAS; SERVICIOS A 92 | 02 | 02 | 006 10 | DE TRANSPORTE; Y SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE $45.049.400.00
ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA A 02 | 02 | 02 | 006 |o003 10 | SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS $2,000,000.00
A 02 | 02 | 02 | 006 |004 10 | SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS $43.049.400.00
SERVICIOS PARA LA COMUNIDAD, SOCIALES Y A 02 02 02 009 10 PERSONALES $10,324,310.00
A 02 02 02 009 | 002 10 | SERVICIOS DE EDUCACION $10,324,310.00
Articulo 2°. — Con base en el contracrédito del articulo anterior, trasladar los recursos al interior del Presupuesto desagregado de Gastos de Funcionamiento del MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOUNIDAD 1301-18 URF para la vigencia fiscal 2020, así:I El emprendimiento L/ URF [ es de todos pc RESOLUCIÓN No. 113 De 14 de octubre de 2020 “Por medio de la cual se efectúa traslado interno en la desagregación del | Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2020 asignadas a la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera —URF" CREDITO presupuestal Concepto Cta subc obje E | Subord — Recurso A 02 | 02 10 | ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS $61,260,220.00
A 02 | 02 o 10 | MATERIALES Y SUMINISTROS $36.156.749.00
PRODUCTOS METÁLICOS Y PAQUETES DE A 02 02 o1 004 10 | SOFTWARE $36.156.749.00
MAQUINARIA DE OFICINA, CONTABILIDAD E A 02 | 0 01 | o004 | 005 10 | INFORMATICA $36.156.749.00
A 02 | 02 10 | ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS $25,103,471.00
A 02 | 02 02 10 | ADQUISICIÓN DE SERVICIOS $25,103,471.00
SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS CONEXOS, A 2 | 0 2 | 007 10 | SERVICIOS INMOBILIARIOS Y SERVICIOS DE LEASING $500,000.00
A 02 | 0 02 |o07 | 0" 10 | SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS CONEXOS $500,000.00
SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y A 2 | 2 2 ¡o 10 | SERVICIOS DE PRODUCCIÓN $24,603,471.00
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN E A 02 | 0 02 |008 | 07 10 | INSTALACIÓN — (EXCEPTO + SERVICIOS — DE $3,000,000.00
CONSTRUCCIÓN) OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y A 02 | 0 02 |008| 003 10 | TÉCNICOS $21,603,471.00
ARTÍCULO 3". La presente Resolución rige a partir de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de octubre de 2020. PEDRO FELIPE LI GUTIERREZ Director General Revisó: Magda Yiber Ramirez Rodriguez - URF Elaboró: Magda Yiber Ramirez Rodriguez - URF