URF - Resolución 150 de 2021
Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera
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Detalles
- Título
- URF - Resolución 150 de 2021
- Autor
- Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2021
I El emprendimiento o URF sv FE RESOLUCIÓN (150 DE 20 DE OCTUBRE DE 2021) “Por medio del cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015 para justificar una contratación directa” La Subdirectora Jurídica y de Gestión Institucional de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera — URF, en uso de sus facultades legales, y con sujeción a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, y CONSIDERANDO Que la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Nomativa y Estudios de Regulación Financiera (URF) fue creada mediante Decreto 4172 de 2011, como un organismo del orden nacional, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, sin personería jurídica, con autonomía administrativa y patrimonio independiente. Su estructura y planta de personal fueron modificadas mediante los Decretos 1658 y 1659 de 2016, respectivamente. Que de conformidad con el artículo 2 del Decreto 4172 de 2011 el objeto de la URF es “la preparación de la normativa para el ejercicio de la facultad de reglamentación en materia cambiaria, monetaria y crediticia y de las competencias de regulación e intervención en las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público, para su posterior expedición por el Gobierno nacional”. Que entre sus funciones se encuentran: “1. Adelantar los estudios económicos, jurídicos y los demás
cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público, para su posterior expedición por el Gobierno nacional”. Que entre sus funciones se encuentran: “1. Adelantar los estudios económicos, jurídicos y los demás relacionados con las actividades a reglamentar, regular y/o intervenir en el cumplimiento de su objeto, de acuerdo a los estándares que se fijen para el efecto. 2. Preparar los proyectos normativos necesarios para el ejercicio, por parte del Gobierno nacional, de las facultades de reglamentación, regulación e intervención en el cumplimiento de su objeto. 3. Emitir conceptos sobre los proyectos normativos de otras entidades, que se sometan a su consideración. 4. Brindar apoyo técnico en la elaboración de los proyectos de ley de iniciativa gubernamental y conceptuar sobre los que se encuentren en trámite, que se relacionen con sus competencias. 5. Realizar análisis de impacto regulatorio de los proyectos normativos a proponer al Gobierno nacional, de conformidad con los estándares que se fijen para el efecto. 6. Evaluar y monitorear el impacto de las normas expedidas en los temas de su competencia.” (Artículo 4° del Decreto 4172 de 2011). Que para el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con el artículo 7° del Decreto 4172 de 2011, modificado por el artículo 1° del Decreto 1658 de 2016, la Unidad cuenta con la siguiente estructura: 1. Consejo Directivo; 2. Dirección General; 3. Subdirección de Regulación Prudencial; 4. Subdirección de Desarrollo de Mercados; y 5. Subdirección Jurídica y de Gestión Institucional GI-FT-014 V1I El emprendimiento o URF sv FE
Desarrollo de Mercados; y 5. Subdirección Jurídica y de Gestión Institucional GI-FT-014 V1I El emprendimiento o URF sv FE RESOLUCIÓN No. — 150 De 20/10/2021 “Por medio del cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.21.4.1 del Decreto 1082 de 2015 para justificar una contratación directa” Que la Subdirección Jurídica y de Gestión Institucional, entre sus funciones, debe orientar y coordinar la planeación, evaluación y mejoramiento permanente del Sistema de Gestión Institucional de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera, - URF, mediante la implementación, apropiación y sostenibilidad de mejores prácticas que faciliten el logro de la misión y el cumplimiento de las políticas de gobierno. Que no obstante la autonomía otorgada en el Decreto de creación, desde el inicio de su operación en septiembre de 2013 y hasta la fecha, la URF ha venido funcionando en las instalaciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, recibiendo por parte de esta cartera ministerial apoyo en la gestión administrativa, que involucra entre otros aspectos: colaboración en temas de recursos humanos, gestión documental, comunicaciones, tecnológicos, logísticos, de planeación y control interno, entre otros. Lo anterior, se ha venido realizado en virtud de diferentes instrumentos jurídicos y finalmente por mandato del Decreto 1658 de 2016, que estableció la colaboración interinstitucional entre las dos entidades ya mencionadas. Así las cosas, el artículo 8° del Decreto 1658 de 2016, mediante el cual se modificó la estructura de la Unidad
Decreto 1658 de 2016, que estableció la colaboración interinstitucional entre las dos entidades ya mencionadas. Así las cosas, el artículo 8° del Decreto 1658 de 2016, mediante el cual se modificó la estructura de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Nomativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), dispuso lo siguiente: “Colaboración Interinstitucional. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en virtud del principio de colaboración, prestará a la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), el soporte necesario para facilitar el ejercicio de sus funciones administrativas”. Ahora bien, en virtud de la norma arriba citada, el MHCP y la URF suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 002 de 2016, que en su CLÁUSULA CUARTA. - OBLIGACIONES DEL MINISTERIO, estipuló: “(...) I. OBLIGACIONES GENERALES: (...) 2. Dar cumplimiento al presente Convenio Interadministrativo de Cooperación, en cuanto a las actividades de apoyo en la gestión administrativa que involucra entre otros aspectos, apoyo en temas de recursos humanos, gestión documental, comunicaciones, tecnológicos, logísticos, de planeación y control interno, al igual que todos aquellos requerimientos que de conformidad con las normas de carácter legal y reglamentario, se generen para un eficiente y eficaz cumplimiento de la función administrativa a cargo de la URF.
II. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS: GI-FT-014 V1I El emprendimiento o URF sv FE RESOLUCIÓN No. — 150 De 20/10/2021
URF.
II. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS: GI-FT-014 V1I El emprendimiento o URF sv FE RESOLUCIÓN No. — 150 De 20/10/2021 “Por medio del cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.21.4.1 del Decreto 1082 de 2015 para justificar una contratación directa”
1. Apoyar las actividades propias de la gestión administrativa requerida por la URF, la cual comporta entre otras, las siguientes: a) Suministro de unidades locativas, muebles y elementos de oficina, equipos de cómputo, servicios y soporte tecnológicos y servicios en general. (.) PARÁGRAFO SEGUNDOEl apoyo en la gestión administrativa de la URF, por parte del MINISTERIO, citado en el presente documento, constituye una descripción enunciativa de actividades que puede ser complementada según la dinámica de ejecución del Convenio, las necesidades de las PARTES o la expedición de nuevas disposiciones de carácter legal o reglamentario.” (Subrayado por fuera del texto).
Analizado el anterior marco legal y contractual, en virtud de la presente contratación, es preciso señalar que actualmente la URF hace uso del Sistema de Monitoreo de la Gestión Integral - SMGI, de acuerdo con los lineamientos y metodologías definidas por la oficina asesora de planeación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que difieren en algunos aspectos de los lineamientos y metodologías de la Unidad, siendo por ello necesario definir y parametrizar dichos aspectos acorde con la naturaleza de la URF, con el fin de personalizar dicha herramienta, para que facilite la consulta de información a los servidores de la Unidad, teniendo en cuenta que actualmente la información de las dos (2) entidades se encuentra combinada en los
personalizar dicha herramienta, para que facilite la consulta de información a los servidores de la Unidad, teniendo en cuenta que actualmente la información de las dos (2) entidades se encuentra combinada en los diferentes módulos, lo cual dificulta su consulta y entendimiento. Que aunado a lo anterior, y en virtud de la capacidad operativa de la Unidad, se requiere contar con un instrumento que permita la organización de la información de la Unidad de manera exclusiva, para convertirla en una herramienta que facilite la apropiación del Sistema de Gestión Institucional por parte de los servidores de la Unidad. Que el objetivo es que, a través del aplicativo, entre otros aspectos, la Entidad pueda fortalecer la evaluación y el seguimiento al desempeño institucional, consolidar la participación y compromiso de los servidores públicos frente al Sistema de Gestión Institucional, reforzar el conocimiento de los servidores públicos en todos los temas relacionados con el Sistema de Gestión Institucional y asegurar la trazabilidad y disponibilidad de la información institucional alojada en esta herramienta. PENSEMOS S.A. es una empresa colombiana que lleva 24 años en el mercado, que se ha destacado por ser una empresa innovadora en la investigación, desarrollo y comercialización de software y actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión, lo cual le permite a las entidades desarrollar procesos de mejoramiento de su desempeño, contribuyendo al logro de sus objetivos y a una mayor competitividad en el mercado, aportando soluciones innovadoras resultantes de unir las mejores prácticas metodológicas con las últimas herramientas tecnológicas para la mejor toma de decisiones en las organizaciones. GI-FT-014 V1I El emprendimiento o U HE sv FE RESOLUCIÓN No. — 150 De 20/10/2021
con las últimas herramientas tecnológicas para la mejor toma de decisiones en las organizaciones. GI-FT-014 V1I El emprendimiento o U HE sv FE RESOLUCIÓN No. — 150 De 20/10/2021 “Por medio del cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.21.4.1 del Decreto 1082 de 2015 para justificar una contratación directa” Esta compañía, es creadora del software Suite Visión Empresarial®, cuyo principal objetivo es lograr que la planeación estratégica se convierta en una herramienta de gestión que permite establecer el quehacer y el camino que deben recorrer las organizaciones para alcanzar las metas previstas, teniendo en cuenta los cambios y demandas que impone su entorno y facilite la toma de decisiones al interior de cualquier organización. Ahora bien, para el caso específico de la necesidad que se pretende satisfacer con la contratación, es importante señalar que el objetivo general que se persigue es Automatizar y realizar el seguimiento a la planeación estratégica, la gestión de calidad y riesgos a través de SUITE VISION EMPRESARIALO módulos BSC, Indicadores, Planes, Reuniones, Riesgos, Eventos y decisiones, Compromisos, Documentos, Mejoras y Verificaciones. Adicionalmente, PENSEMOS S.A. cuenta con profesionales de diferentes áreas del conocimiento, con los cuales se ha establecido una base de conocimiento que permite el crecimiento personal y profesional de cada una de las personas que conforman el equipo de trabajo, de manera tal que se caracterizan por contar con excelente capital intelectual con competencias únicas que se traducen en un mejor soporte que permite el crecimiento sostenible de la organización y de sus clientes. Teniendo en cuenta el contexto antes descrito, la compañía PENSEMOS S.A., en calidad de propietaria del
intelectual con competencias únicas que se traducen en un mejor soporte que permite el crecimiento sostenible de la organización y de sus clientes. Teniendo en cuenta el contexto antes descrito, la compañía PENSEMOS S.A., en calidad de propietaria del software Suite Visión Empresarial a través de oficio del 7 de septiembre de 2021, dio su aval para la extensión de licencia de uso del referido Software a favor de la Unidad, considerando que la URF es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y que esta última tiene licenciamiento para usuarios ilimitados de la solución denominada Suite Visión Empresarial, autorizó hacer extensiva dicha licencia para las soluciones de estrategia, calidad y riesgos del Ministerio a la URF, sin costo adicional y en la misma versión que tiene el Ministerio. Posteriormente la Unidad solicitó al Ministerio a través de oficio URF-E-2021-000312 del 15 de septiembre de 2021, la inclusión de la URF en el uso del licenciamiento para usuarios ilimitados que tiene el Ministerio de la solución denominada Suite Visión Empresarial como solución de apoyo para la gestión integral de la Estrategia, Calidad y Riesgos de la URF. Por su parte, el subdirector de Ingeniería de Software del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), manifestó en oficio No. 2-2021-048765 del 20 de septiembre de 2021 que El MHCP no puede hacer extensión de uso de licenciamiento del software Suite Visión Empresarial, pues no es el propietario de los derechos de autor de este aplicativo y en consecuencia, dicha extensión de uso de licencia debe ser dada por el titular de derechos de autor, que en este caso es la empresa PENSEMOS S.A.
autor de este aplicativo y en consecuencia, dicha extensión de uso de licencia debe ser dada por el titular de derechos de autor, que en este caso es la empresa PENSEMOS S.A. 1 https://gestion.pensemos.com/que-es-la-planeacion-estrategica-y-para-que sirve. GI-FT-014 V1I El emprendimiento o URF sv FE RESOLUCIÓN No. — 150 De 20/10/2021 “Por medio del cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.21.4.1 del Decreto 1082 de 2015 para justificar una contratación directa” En consecuencia, la escogencia del contratista se efectúa conforme lo señalado en el literal g) numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.8 del Decreto 1082 de 2015, por la no existencia de pluralidad de oferentes en el mercado, pues como se detalló anteriormente, la empresa PENSEMOS S.A. es la creadora del software denominado Suite Visión Empresarial y por tanto ostenta la calidad de titular de los derechos de autor, siendo la única compañía autorizada para comercializar dicha herramienta, prestar soporte y mantenimiento sobre la misma y capacitar en su uso y aplicación, lo cual la convierte en proveedor exclusivo. Por lo anterior, se hace necesario contar con los soporte, acompañamiento y mantenimiento con la empresa PENSEMOS S.A a efectos de contar con una correcta operación de los módulos implementados. Dicho proceso de contratación se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones de la presenta vigencia. Que el proceso de contratación se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y los recursos se
proceso de contratación se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones de la presenta vigencia. Que el proceso de contratación se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y los recursos se derivan del rubro presupuestal A-02-02-02-008-003 OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS Que el valor total del contrato que se llegare a celebrar se estimó en la suma de TREINTA Y DOS MILLONES
OCHOCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS PESOS ($32.813.600) M/CTE, Incluido IVA.
Que el anterior valor se encuentra amparado según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2421 del fecha 29 de septiembre de 2021, así: VIGENCIA / VALOR RUBRO Vigencia PRESUPUESTO g ($ colombianos)
A-02-02-02-008-003 OTROS $32.813.600
SERVICIOS — PROFESIONALES, 2021
CIENTÍFICOS Y TECNICOS
TOTAL $32.813.600
Que los estudios y demás documentos previos se podrán consultar en la Subdirección Jurídica y de Gestión Institucional de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera — URF, ubicada en la Carrera 8 No. 6C38 de la ciudad de Bogotá D.C. En mérito de lo expuesto, GI-FT-014 V1I El emprendimiento o URF sv FE RESOLUCIÓN No. — 150 De 20/10/2021 “Por medio del cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.21.4.1 del Decreto 1082 de 2015 para justificar una contratación directa”
RESUELVE
“Por medio del cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.21.4.1 del Decreto 1082 de 2015 para justificar una contratación directa” RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Disponer la contratación directa con PENSEMOS S.ñA., identificado con NIT
804.002.893-6, para la PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA INSTALACIÓN, SOPORTE,
ACTUALIZACIÓN, MANTENIMIENTO Y CAPACITACIÓN DEL SOFTWARE SUITE VISIÓN EMPRESARIAL COMO SOLUCIÓN TECNOLÓGICA PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LA ESTRATEGIA, CALIDAD Y RIESGOS EN LA UNIDAD DE ADMINISTRATIVA ESPECIAL, UNIDAD DE PROYECCIÓN NORMATIVA Y ESTUDIOS DE REGULACIÓN FINANCIERA - URF ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar la publicación del presente acto administrativo, el documento de estudios previos y el Contrato que se celebre, en el Sistema Electrónico de la Contratación Pública (SECOP), a través del Portal Colombia Compra Eficiencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015.
ARTICULO TERCERO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.
Expedido en Bogotá, D.C., a los 20/10/2021
IVONNIE EPITH GALLARDO GÓMEZ
Subdirectora Jurídica y de Gestión Institucional URF
Proyectó: Wendy Díaz Ortiz — Profesional Especializado