URT - Resolución 00183-1 de 2023
URT - Unidad de Restitución de Tierras
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Detalles
- Título
- URT - Resolución 00183-1 de 2023
- Autor
- URT - Unidad de Restitución de Tierras
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2023
9,
RA FOtay fad UNIDAD0/8 DE RESTITUCIÓNDE TIERRAS
HR UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DETIERRAS DESPOJADAS RESOLUCION NUMERO~ Ú 01 83 pe 2023 “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos para lasfuncionarias y los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión deRestitución de Tierras Despojadas y se deroga la Resolución 00445 de 2016” LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DEGESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS - UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere la Resolución No.00713 de 2022, el artículo 8° de la Resolución No. 00805 de 2022, el Decreto 1567 de1998 y el Decreto 1083 de 2015 y, i CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en los artículos 2° y 8° de la Resolución No. 00805de 2022, el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restituciónde Tierras Despojadas, delegó en la Secretaria General la facultad de expedir todos losactos administrativos, incluida la facultad nominadora, y adelantar todas las actuacionesnecesarias en los asuntos relacionados con la administración de personal y las situacionesadministrativas de las funcionarias y los funcionarios de la Unidad, la ordenación del gastode los diferentes rubros del presupuesto de funcionamiento, del presupuesto deinversión yrecursos de cooperación, sin importar la cuantía.
Que el Decreto 1567 de 1998, establece la creación del sistema de estímulos para tasfuncionarias y los funcionarios del Estado, con el fin de garantizar que la gestión institucionalse maneje en función de su bienestar social y estableció lo siguiente: 4ARTÍCULO 13: Sistema de Estímulos para las funcionarias y los funcionarios delEstado. Establece el sistema de estímulos, el cual estará conformado por el conjuntointerrelacionado 'y coherente de políticas, planes, entidades, disposiciones legales yprogramas de bienestar e incentivos que interactúan con el propósito de elevar los nivelesde eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar de los empleados y las empleadas delEstado en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de losresultados institucionales. (CY Que el mencionado Decreto en el literal c) del artículo 14, señala que una de las finalidadesdel sistema corresponde a la necesidad de “estructurar un programa flexible de incentivospara recompensar el desempeño efectivo de los empleados y de los grupos de trabajo delas entidades”.
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El campoes de todosMinagricultura jasificacién de la Información: Publica (O Reservada O Clasificada X ] Fecha de aprobación: 28/12/2018 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central 1Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: GURestitucionClasificación de la Información: Publica [] Reservada O Clasificada &
Resolución Número - 0 01 83 de 2023 Hoja N°, 2
Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos para lasfuncionarias y funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas y se deroga la Resolución 00445 de 2016” Que el artículo 15 del citado Decreto, en el marco de los fundamentos del sistema deestímulos, consagró como principios axiológicos: (...) b) Equidad y justicia. Este principio considera que, sin desconocer la singularidad de cadapersona, el sistema de estímulos deberá provocar actitudes de reconocimiento para todosen igualdad de oportunidades, de tal manera que la valoración de los mejores desempeñosmotive a los y las demás para que sigan mejorando;d) Objetividad y transparencia. Los procesos que conduzcan a la toma de decisiones parael manejo de programas de bienestar e incentivos deberán basarse en criterios yprocedimientos objetivos, los cuales serán conocidos por toda la entidad;e) Coherencia. Este principio busca que las entidades desarrollen efectivamente lasresponsabilidades que les corresponden dentro del sistema de estímulos. Las entidadesdeberán cumplir con los compromisos adquiridos a través de sus programas de bienestar eincentivos.
Que los artículos 19 y 20 del Decreto ibidem, señalan:
ARTÍCULO 19. Programas Anuales. Las entidades públicas que se rigen por lasdisposiciones contenidas en el presente Decreto - Ley están en la obligación de organizaranualmente, para sus funcionarias y funcionarios los programas de bienestar social eincentivos. ARTÍCULO 20. Bienestar Social. Los programas de bienestar social deben organizarse apartir de las iniciativas de las funcionarias y los funcionarios como procesos permanentesorientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan su desarrollo integral,el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia; así mismo deben permitir elevar losniveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación con el servicio de laentidad en la cual labora. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del mencionado Decreto, el Plan deBienestar e Incentivos se elaborará de acuerdo con los estudios realizados, las preferenciasde las funcionarias y los funcionarios y los recursos institucionales disponibles para hacerloefectivo. Que la Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, lacarrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, establece en elparágrafo del artículo 36 que, con el propósito de elevar los niveles de eficiencia,satisfacción y desarrollo de las funcionarias y los funcionarios en el desempeño de su labory de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidadesdeberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normasvigentes y las que desarrollen la presente Ley.
El campoes de todos Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Fecha de aprobación: 28/12/2018 Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 — 4279299 Bogotó, D.C., - Colombiawww.urt gov.co Siganas en: @URestitucionResolución Número () 01 83 —de2023 Hoja N°. 3
Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos para lasfuncionarias y funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas y se deroga la Resolución 00445 de 2016” i|Que el Decreto 1083 de 2015, establece lo siguiente: Artículo 2.2.10.1 Programas deestímulos. Las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivarel desempeño eficaz y el compromiso de sus funcionarias y funcionarios. Los estímulos seimplementarán a través de programas de bienestar social. (...) ARTÍCULO 2.2.10.2 Beneficiarios y beneficiarias. Las entidades públicas, en coordinacióncon los organismos de seguridad y previsión social, podrán ofrecer a las funcionarias, losfuncionarios y ¡sus familias, los programas de protección y servicios sociales que serelacionan a continuación:t PARÁGRAFO 2. Para los efectos de este artículo se entenderá por familia el cónyuge ocompañero o compañera permanente, los padres de las funcionarias o los funcionarios y sushijos e hijas hasta los 25 años o con alguna discapacidad, que dependan económicamentede ella o de él.
Que los artículos 2.2.10.6 y 2.2.10.7 del Decreto ibidem, indican: ARTÍCULO 2.2.10.6 Identificación de necesidades y expectativas en los programas debienestar. Los programas de bienestar responderán a estudios técnicos que permitan, apartir de la identificación de necesidades y expectativas de las funcionarias y losfuncionarios, determinar actividades y grupos de beneficiarios y beneficiarias bajo criteriosde equidad, eficiencia mayor cubrimiento institucional. ARTÍCULO 2.2.10.7 Programas de bienestar de calidad de vida laboral. De conformidad conel artículo 24 del Decreto-Ley 1567 de 1998 y con el fin de mantener niveles adecuados decalidad de vida laboral, las entidades deberán efectuar los siguientes programas:
1. Medir el clima labora!, por lo menos cada dos años y definir, ejecutar y evaluarestrategias de intervención.2. Evaluar la adaptación al cambio organizacional y adelantar acciones de preparaciónfrente al cambio y de desvinculación laboral asistida o readaptación laboral cuando seden procesos de reforma organizacional.3. Preparar a los pre-pensionados y las pre-pensionadas para el retiro del servicio.4. Identificar]la cultura organizacional y definir los procesos para la consolidación de lacultura deseada.5. Fortalecerel trabajo en equipo.6. Adelantar Programas de incentivos.(...)Que los articulos 2.2.10.8 y 2.2.10.9 del Decreto ibidem establecen:
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Ed El campo inagri$ es de todos Minagricultura
Fecha de aprobación: 28/12/2018Clasificación de la Información: Publica (] Reservada O Clasificada & Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central
iCorrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogota, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganosen: @URestitucionClasificación de la Información: Publica ( Reservada U Clasificada & Resolución Número: 0 0 1 83 de 2023 Hoja N°. 4
Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos para lasfuncionarias y funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas y se deroga la Resolución 00445 de 2016” (...)” Artículo 2.2.10.8. Planes de incentivos. Los planes de incentivos, enmarcados dentrode los planes de bienestar social, tienen por objeto otorgar reconocimientos por el buendesempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividadbajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de las entidades.
Artículo 2.2.10.9. Plan de incentivos institucionales. El jefe de cada Entidad adoptaráanualmente el plan de incentivos institucionales y señalará en él los incentivos nopecuniarios que se ofrecerán a las y los mejores funcionarias y funcionarios de carrera de laEntidad, a los y las de carrera de cada nivel jerárquico y al o la de libre nombramiento yremoción de la Entidad, así como los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para losmejores equipos de trabajo. Dicho plan se elaborará de acuerdo con los recursosinstitucionales disponibles para hacerlos efectivos. En todo caso los incentivos se ajustarána lo establecido en la Constitución Política y la ley. (...)” Parágrato del artículo 2.2.10.9. Se entenderá por equipo de trabajo el grupo de personasque laboran en forma interdependiente y coordinada, aportando habilidades individualesrequeridas para la consecución de un resultado concreto, en el cumplimiento de planes yobjetivos institucionales. Los y las integrantes de los equipos de trabajo pueden ser lasfuncionarias y los funcionarios de una misma o de distintas dependencias de la Entidad. Que en el artículo 2.2.10.17 del Decreto 1083 de 2015 determina: (..Y” Artículo 2.2.10.17. Responsabilidad de las dependencias de recursos humanos o dequienes hagan sus veces en los programas de bienestar. Con la orientación del jefe o la jefade la Entidad será responsabilidad de tas dependencias de recursos humanos o de quieneshagan sus veces, la formulación, ejecución y evaluación de los programas de bienestar, paralo cual contarán con la colaboración de la Comisión de Personal.
Que el parágrafo 3, del artículo 3, de la Ley 1857 de 2017 establece: “Los empleadoresdeberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleadospuedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en unogestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Si elempleador no logra gestionar esta jornada deberá permitir que los trabajadores tengan este' espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, esto sin perjuicio deacordar el horario laboral complementario (...)”. Que el numeral 4 del artículo 37 de la Ley 1952 de 2019, consagra como derecho de todoservidor público, participar en todos los programas de bienestar social para los servidorespúblicos y sus familias. Que el Plan de Incentivos se encuentra contenido en el Sistema de Estímulos, reglamentadoen el Título 10, artículo 2.2.10.1, programa de estímulos y siguientes del Decreto 1083 de
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El campoes de todosMinagricultura Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Fecha de aprobación: 28/12/2018 Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urtgov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número -. 0 0 1 83 de 2023 Hoja N°. 5
Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos para lasfuncionarias y funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas y se deroga la Resolución 00445 de 2016” 2015 — Decreto Único Reglamentario del Departamento Administrativo de la Función Pública,enmarcado en los Planes de Bienestar Social, en el cual se estipula que las entidades debenorganizar Programas de Estímulos para motivar el desempeño eficaz y el compromiso desus empleados y empleadas.
Que la Unidad Administrativa Especial de Restitución de Tierras Despojadas encumplimiento con lo establecido dentro del marco legal para que las entidades del Estado,debe adoptar el Plan de Bienestar e Incentivos, con el objetivo de crear, mantener y mejorarlas condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento de sunivel de vida y el de su familia, así como para reconocer el desempeño individual de acuerdocon los niveles jerárquicos y equipos de trabajo con niveles de excelencia. Que adicionalmente, se hace necesario establecer los lineamientos para formalizar losreconocimientos por salario emocional. Que para el diagnóstico se consultó a las funcionarias y los funcionarios públicos de nivelcentral y territorial, asi como la medición de clima laboral, la cual arrojó el primer insumopara la detección, recolección y priorización de actividades que manifestaron ser incluidaspara la ejecución del Plan de Bienestar e Incentivos de la presente vigencia.i
Que de conformidad con lo dispuesto en el literal g) del articulo 14 de la Ley 909 de 2004,al Departamento Administrativo de la Función Publica - DAFP, le corresponde la siguientefunción: “(...) g) Fijar, de acuerdo con el Presidente de la Republica, las políticas de gestión del recursohumano al servicio del Estado en la Rama Ejecutiva del Poder Público dentro del marco dela Constitución y la ley, en lo referente a las siguientes materias: planeación del recursohumano, vinculación y retiro, bienestar social e incentivos al personal, sistema salarial yprestacional, nomenclatura y clasificación de empleos, manuales de funciones y requisitos,plantas de personal y relaciones laborales; (...)” Que en cumplimiento a la norma antes citada el Departamento Administrativo de la FunciónPública expidió! el “Programa Nacional de Bienestar: Servidores Saludables, EntidadesSostenibles 2020-2022”, como un instrumento que les permita a las entidades públicasdesarrollar estrategias de bienestar, la cual es acogida para la presente vigencia. 4 Que con el mencionado programa las entidades podrán actualizar y complementar elsistema de estímulos de acuerdo con lo establecido en el Decreto-Ley 1567 de 1998 y enel Decreto 1083 de 2015, cuyo propósito busca contribuir al mejoramiento de la calidad devida de funcionarias y funcionarios en el marco de la gestión estratégica del talentohumano.
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El campo“es.de tódosClasificación de la Información: Publica 1) Reservada U Clasificada X Fecha de aprobaciGarz28/12/2018 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Catrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1} 3770300 ~ 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.url.gov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número : 001 83 de 2023 ' Hoja N°. 6
Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos para lasfuncionarias y funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas y se deroga la Resolución 00445 de 2016” Que con fundamento en los lineamientos del Programa Nacional de Bienestar 20202022y lo dispuesto en el Decreto 1567 de 1998, el Plan de Bienestar e incentivos de la Unidadde Restitución de Tierras, se orienta a la prevalencia de la eficacia, el desarrollo y elbienestar social de las funcionarias y los funcionarios, garantizando un reconocimientopermanente a esta labor.
Que, el diseño y formulación del Plan de Bienestar e Incentivos para la presente vigencia,fue presentado al Subcomité de Talento Humano el dos (2) de diciembre de 2022, contó conla participación de la Comisión de Personal en la sesión del doce (12) de diciembre de 2022y aprobado por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño el catorce (14) de diciembrede 2022.
Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 4. Adoptar el Plan de Bienestar e Incentivos de la Unidad AdministrativaEspecial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, para la vigencia 2023, orientadoa fortalecer la construcción de un clima organizacional, así como fijar los lineamientos dereconocimiento de salario emocional, los cuales hacen parte integral de la presenteresolución. ARTÍCULO 2. El Plan de Bienestar e Incentivos para la vigencia 2023, será promocionadoy divulgado por el Grupo de Gestión de Talento y Desarrollo Humano de la SecretariaGeneral de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas.
CAPÍTULO 1
Disposiciones Generales ARTÍCULO 3. Definiciones Acción Afirmativa: Mecanismo que reconoce las situaciones de discriminación histórica oen situación de vulnerabilidad y al mismo tiempo medida dirigida a ciertas personas ogrupos de personas para reducir las desigualdades dentro del campo laboral. Bienestar Laboral. Es un proceso permanente, orientado a crear, mantener y mejorar lascondiciones que favorezcan el desarrollo integral de los funcionarios y las funcionarias, elmejoramiento de su calidad de vida y el de su familia: así como elevar los niveles desatisfacción, eficacia, eficiencia en la prestación del servicio. GJ-FO-04Va : 8 El campo Minasri ta: Y es de todos inagricultuDn oClasificación de la Información: Publica [1 Reservada ( Clasificada & Fecha de aprobación: 28/12/2018
Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombia: www.urt.gov.co Siganos en: @URestitucionResolucciónn Número “ 0 0 j 83 de 2023 ~ Hoja N°. 74
Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos para lasfuncionarias y funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas y se deroga la Resolución 00445 de 2016” i Calidad de Vida. Se refiere a la existencia de un ambiente que es percibido por elfuncionario o la funcionaria como satisfactorio y propicio para su bienestar y desarrollo,está constituida por condiciones laborales' relevantes ‘para la satisfacción de susnecesidades básicas, la motivación y el rendimiento laboral, logrando así generar unimpacto positivo al interior de las entidades, tanto en términos de productividad como entérminos de relaciones interpersonales.
Calidad de Vida Laboral. Proceso permanente y participativo que busca crear, mantenery mejorar en el ámbito del trabajo las condiciones que favorezcan el desarrollo personal,social y laboral del funcionario y la funcionaria, permitiendo mejorar sus niveles departicipación e identificación con su trabajo y con el logro de la misión.IClima Laboral. Forma como los servidores y las servidoras perciben su relación con elambiente de trabajo y que determina su comportamiento dentro de la entidad.
Cultura Organizacional. Conjunto de normas, hábitos y valores que practican losindividuos de una organización y que hacen de ella su forma de comportamiento. Eficacia. Grado con el que se logran de manera oportuna los resultados esperados, enrelación con los objetivos y metas. Equipo de Trabajo. Personas que laboran en forma interdependiente y coordinada,aportando las habilidades individuales requeridas para la consecución de un resultadoconcreto, en el cumplimiento de planes y objetivos institucionales. t Incentivo. Se entiende por incentivo todo estímulo expresamente planeado y adoptado porlas entidades, consecuente con un comportamiento deseable, el cual, al ser satisfactor deuna necesidad del funcionario o la funcionaria, adquiere la capacidad de fortalecer dichocomportamiento, aumentando su probabilidad de ocurrencia en el futuro. Incentivo no pecuniario. Son reconocimientos no económicos que serán otorgadosindividualmente” y están conformados individualmente por un conjunto de programasflexibles, dirigidos a reconocer individualmente a los servidores y las servidoras por sudesempeño en niveles de excelencia. Incentivo pecuniario. Son reconocimientos económicos que pueden ser hasta cuarenta(40) salarios mínimos mensuales legales vigentes, para el caso de los equipos de trabajo. Protección y Servicios Sociales. Son programas mediante los cuales se atiendan lasnecesidades de: protección, ocio, identidad y aprendizaje del empleado, la empleada y sufamilia, para mejorar sus niveles de salud, vivienda, recreación, cultura y educación.
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El campo Minagriculturaes de todos Clasificación de la Información: Publica 1 Reservada U Clasificada NI Fecha de aprobación: 28/12/2018 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Catera 13 A No. 29-24 piso8 - Teléfonos (57 1) 37703004279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww .urlgov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número A] 0 1 83 de 2023 Hoja N°. 8
Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos para lasfuncionarias y funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas y se deroga la Resolución 00445 de 2016” Reconocimiento. Se entiende la expresión de satisfacción de parte del jefe, jefa, colegaso usuarios de servicios, debido a una competencia, comportamiento o resultadodeterminado.
Sistema de Estímulos. Conjunto interrelacionado y coherente de políticas, planes,entidades, disposiciones legales y programas de bienestar e incentivos que interactúan conel propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar de losempleados y las empleadas del Estado (Fuente: Artículo 13 — Decreto 1567 de 1998).
CAPÍTULO Il Sistema de Estimulos ARTÍCULO 4. - Fundamentos. Son principios esenciales que orientan el sistema deestimulos en la Unidad de Restitución, los fundamentados y señalados en el Decreto 1567de 1998, en su artículo 15: a. Humanización del trabajo. Brindando oportunidad para que los funcionarios y lasfuncionarias de la Unidad crezcan en todas sus dimensiones y desarrollenpotencialidades creativas mejorando su desempeño laboral.b. Equidad y justicia. El principio reconocerá a todos los funcionarios y lasfuncionarias en igualdad de condiciones para participar en los programas debienestar.c. Sinergia. Busca que todo estimulo entregado beneficie a la Unidad en conjuntopara la generación de valor, por lo tanto, debe procurar el bienestar del conjunto delos funcionarios y las funcionarias en relación con la contribución al cumplimientode las metas.d. Objetividad y transparencia. Los procesos y decisiones en los programas debienestar deberán basarse en criterios y procedimientos objetivos, los mismosserán reconocidos por todos los funcionarios y las funcionarias de la Unidad.e. Coherencia. Se busca que la Unidad desarrolle y cumpla los compromisosadquiridos en el sistema de estímulos a través de los programas de bienestar y elplan de incentivos.f. Articulación. Busca la motivación de los funcionarios y las funcionarias integrandoacciones a través de los programas que contribuyan paralelamente a la satisfacciónde las necesidades materiales y espirituales. Procedimiento. La Unidad de Restitución de Tierras, organiza anualmente el Plan deBienestar e Incentivos, el cual es socializado a las funcionarias y los funcionarios.
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Fecha de aprobacion: 28/12/2018Clasificación de la Información: Publica ( Reservada C Clasificada [Xx Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central
Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos [57 1) 3770300 — 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urtgov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número - 0 01 83 de 2023 ; Hoja N°.9
Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos para lasfuncionarias y funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas y se deroga la Resolución 00445 de 2016”
CAPÍTULOIii Plan de Bienestar ARTÍCULO 5. — Procedimiento. Cada año, el Grupo de Gestión de Talento y DesarrolloHumano, elaborará el Plan de Bienestar e Incentivos, teniendo en cuenta los lineamientosdel Departamento Administrativo de la Función Pública, para lo cua! elabora un documentoque contiene: Contextualización de la entidad y la población objetivoObjetivo GeneralObjetivo EspecíficoJustificación y alcanceDiagnóstico de necesidadesMarco Teórico (Programa de protección y servicios sociales, programas de calidadde vida laboral)g. Seguimiento, medición y evaluación ARTÍCULO 6. Componentes del Plan de Bienestar. El Plan de Bienestar, estáconformado por los Programas de protección y servicios sociales y calidad de vida, asicomo contiene los ejes temáticos del Programa Nacional de Bienestar 2020-2022.
Programas de bienestar de protección y servicios sociales a) Deportivos, recreativos y vacacionalesb) Artísticos y culturalesc) Promoción y prevención de la saludd) Capacitación informal en artes y artesanías u otras modalidades que conlleven a larecreación y el bienestar del empleado y que puedan ser gestionadas en conveniocon cajás de compensación u otros organismos que faciliten subsidios o ayudaseconómicas.e) Promoción de programas de vivienda ofrecidos por el Fondo Nacional de Ahorro,los fondos de cesantías, las cajas de compensación familiar u otras entidades quehagan sus veces, facilitando los trámites la información pertinente y presentandoante dichos organismos las necesidades de vivienda de los empleados. Programas de Calidad de Vida Laboral. a. Medir elí clima laboral, por lo menos cada dos años y definir, ejecutar y evaluarestrategias de intervención. GJ-FO-04V.4 a El campoes de todos Minagricultura Clasificación de la Información: Publica D Reservada U Clasificada © Fecha de aprobación: 28/12/2018 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede CentralECarrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C.. - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucioniañ Resolución Número -Ú 0 1 83 de 2023 i Hoja N°. 10
Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Plan de Bienestar e Incentivos para lasfuncionarias y funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas y se deroga la Resolución 00445 de 2016”
b. Evaluar la adaptación al cambio organizacional y adelantar acciones de preparaciónfrente al cambio y de desvinculación laboral asistida o readaptación laboral cuandose den procesos de reforma organizacional.Prepara a los pre-pensionados y las pre-pensionadas para el retiro del servicio.Identificar la cultura organizacional y definir los procesos para la consolidación dela cultura deseada.e. Fortalecer el trabajo en equipo.f. Identificar actos de discriminación y violencias basadas en género ARTÍCULO 7. Ejes temáticos del Programa Nacional de Bienestar para servidores yservidoras 2020-2022, del Departamento Administrativo de la Función Pública, el cualcobija la presente vigencia.
1. Equilibrio psicosocial: Hace referencia a la adaptación a nuevas situaciones,mayor volumen de trabajo y complejidad, extensión de la jornada laboral, entre otrosaspectos. Dentro de este eje se hace referencia a temas como factoresintralaborales, extralaborales, equilibrio entre la vida personal, laboral y familiar y lacalidad de vida laboral.2. Salud Mental: Este eje comprende la salud mental como el estado de bienestarcon el que los servidores y las servidoras realizan sus actividades, son capaces dehacer frente al estrés normal de la vida, trabajan de forma productiva y contribuyena la comunidad. (Gómez, 2020). Así mismo, el eje incluye hábitos de vidasaludables relacionados con: mantener la actividad física, nutrición saludable,prevención del consumo de tabaco y alcohol, lavado de manos, peso saludable,salud bucal, visual y auditiva, entre otros.3. Convivencia Social: Este eje hace referencia a las acciones que las entidadesdeben implementar relacionadas con inclusión, diversidad, equidad yrepresentatividad.4. Alianzas Interinstitucionales: establece la importancia de establecer alianzasinterinstitucionales para el cumplimiento de estos objetivos, para esto, se abordaránlos siguientes componentes: coordinación interinstitucional y fomento de buenasprácticas.5. Eje Transversal - Transformación Digital: para la búsqueda del bienestar de losservidores y las servidoras públicos(as), si se aplican las tecnologías como uninstrumento. Las entidades pueden, entonces, facilitar sus procesos yprocedimientos para el desarrollo del bienestar. Las herramientas informáticaspermiten tener la mayor cantidad de información sobre sus colaboradores ycolaboradoras, facilita la comunicación con ellos y ellas, agiliza y simplifica, enalgunos casos, la gestión del bienestar.
ARTÍCULO 8. Beneficiarios y beneficiarias. Los programas de bienestar aplican para lafu
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