URT - Resolución 00123 de 2023
URT - Unidad de Restitución de Tierras
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Detalles
- Título
- URT - Resolución 00123 de 2023
- Autor
- URT - Unidad de Restitución de Tierras
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2023
TAS USE) UNIDAD572 DE RESTITUCIÓNDE TIERRAS
AR UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DETIERRAS DESPOJADAS ResoLucióN NÚMERO. 001 23 pe 2023 “Por medio de la cual se deroga la Resolución 01047 de 2022 y se establece laTabla de Honorarios para la contratación de prestación de serviciosprofesionales y de apoyo a la gestión que celebre la UNIDAD ADMINISTRATIVAESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS en lo queresta de la vigencia 2023” LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DEGESTION DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS — UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales, en especial la que confiere la Ley 80 de 1993, Ley1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015, las funciones conferidas en elnumeral 3 del artículo 19 del Decreto 4801 de 2011 y la Resolución No. 00805 de 2022,expedida por el Director Genera! de la Unidad y las demás normas concordantes y, CONSIDERANDO: Que el Artículo 209 de la Constitución Nacional contempla que la función administrativaestá al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principiosde igualdad, eficacia, moralidad, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
Que las Entidades Públicas en la contratación estatal deben buscar el cumplimiento de losfines del Estado y la continua y eficiente prestación de los servicios públicos, así como laefectividad de los derechos e intereses de los administrados de conformidad con el Artículo3” de la Ley 80 de 1993. Que para cumplir los fines del Estado es necesario celebrar los contratos de prestación de' servicios cuando dichas actividades no pueden realizarse con personal de planta por ser| insuficiente o inexistente para atender las necesidades propias de la entidad, o querequieran conocimientos especializados conforme al numeral 3° del Articulo 32 de la Ley80 de 1993 el cual establece “Son contratos de prestación de servicios los que celebren lasentidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración ofuncionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personasnaturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de plantaorequieran conocimiento especializados. (...). Que de la misma forma el Articulo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 dispone que (...)Las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa laprestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural queesté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatalverifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. EnGJ-FO-04+ V4
Clasificación de la Información: Publica (] Reservada O Clasificada © Fecha de aprobación: 28/12/2018 ey Unidad Administrativa Especial de op ión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central
Lf Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - retetbnos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucion L£Resolución Número - 0 0 1 2 Jue 2023 Hoja N°. 2
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se deroga la Resolución 01047 de 2022 y se establecela Tabla de Honorarios para la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyoa la gestiónque celebre la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADASen lo que resta de la vigencia 2023” este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido varias ofertas, de lo cual iel ordenador del gasto debera dejar constancia escrita.
Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturalezaintelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funcionesde la Entidad Estatal, así como los relacionados con actividades operativas, logísticas entreotras. -Concepto 196381 y 589771 de 2020 Departamento Administrativo de la FunciónPública- :
Que derivado del reconocimiento y protección de la diversidad étnica y cultural previstos enel artículo 7° constitucional, y siendo uno de los deberes del Estado proteger las riquezasculturales y naturales de la Nación, como lo establece el artículo 8” de la ConstituciónPolítica de Colombia, la Corte Constitucional ha desarrollado el Derecho a la Identidadcultural, el cual “busca orientar la protección constitucional hacia las comunidadestradicionales que no siguen la forma de vida de la sociedad mayoritaria, permitiendo queéstas puedan desarrollarse de acuerdo con su propia cultura”, como una dimensiónindividual “en el sentido de considerar que la aludida protección es también en favor decada uno de los miembros de las comunidades nativas, garantizando que éstos puedanauto determinarse dentro y fuera de su territorio según su propia cosmovisión”. Que la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE ;TIERRAS DESPOJADAS —UAEGRTDreconoce la importancia de la diversidad étnica y jcultural, fa cual supone la aceptación de la multiplicidad de formas de vida y sistemas decomprensión del mundo, diferentes de los de la cultura occidental. Que por lo anterior, se hace necesario contemplar los requisitos de formación y experienciapara aquellas personas que pertenecen a Grupos Étnicos cuyos servicios sean requeridospara el cumplimiento de actividades de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DEGESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS -UAEGRTDmediantecontratos de prestación de servicios, pero que de acuerdo con sus creencias, costumbresy Usos no pueden acreditar iguales condiciones a las que se verifican para personas queno hacen parte de esas comunidades.
Que lo anterior conlleva a la necesidad de establecer equivalencias de remuneración dentrode los límites establecidos en la presente tabla de honorarios. Que la ordenación del gasto de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓNDE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS -UAEGRTDse encuentra delegada enla Secretaría General de conformidad con la Resolución 00805 de 2022. Que la Secretaria General en uso de sus facultades expidió la resolución 01047 de 2022,por medio de la cual se derogaron las Resoluciones 803 y 1000 de 2022. En mérito de lo expuesto. GJ-FO-04 | "al El campo a czi & es de todos Minagriqutt a Fecha de aprobacién: 28/12/2018Clasificación de la Información: Publica 0 Reservada O Clasificada Xi a Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos [57 1) 3770300 ~ 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.url.gov.co Siganos en: @URestitucionResolución Numero. U 0 123 de2023 Hoja N°. 3
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se deroga la Resolución 01047 de 2022 y se establece‘ la Tabla de Honorarios para la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestiónque celebre la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADASen lo que resta de la vigencia 2023”
I | RESUELVE:. |ARTICULO 1. fereauese la Resolución 01047 de 2022. ARTÍCULO 2. TABLA DE HONORARIOS. Adóptese la Tabla de Honorarios General paradeterminar el valor de los servicios adquiridos a través de los contratos de prestación deservicios profesionales y de apoyo a la gestión en lo que resta de la vigencia 2023, que la: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRASDESPOJADAS —UAEGRTDcelebre con personas naturales, así: mz a _|Elo E $ ES 8 5 ZGRUPO O wale (Slslsalo] 22 S' CATEGORÍA sl3l8 2l3 5 gps oe 3a|FiS/e) 23 E El: <lgjz 5 3a x 7 5 |x x MASDE111| $14.942.251,00 a|x x x 96A111 | $12556.514,00 ASESOR 3|x x 85A96 | $10.381.881,00 2|x xix 61A84 $ 9.858.997,00 11x xix 48A60 | $8.795.078,00 7|x x|x MASDE72 | $7.644.856,00 6|x x|x 61472 $ 7.069.868,00 j proresionat con [2+ x |x 49.60 | $6.494.880,00 e POSTGRADO a|x x {x 37 448 $ 6.224.239,00 3|x x|x 25 A36 $ 5.953.600,00
2|x x|x 13A24 | $5.682.958,00‘ 1|x x |x 0412 $ 5.412.317,007 6|x x MASDE48 | $5.141.800,00 s|x x 37 AaB $ 4.871.159,00 PROFESIONAL | 4 | X x 25A36 | $4.600.519,00UNIVERSITARIO | 3 | Xx x 13 A24 $ 4329.879,002|x x 6A12 $ 4.059.238,001|x x 0 $ 3.788.598,00 6 | x|x MAS DE 48 | $4.059.238,00 s|x |x 37 A08 $ 3.112.118,00TÉCNICO Y a xx 25 A36 $ 2.841.479,00ASISTENCIAL 3 xx 13424 $ 2.435.518,00> 2|x|x OA12 $2.165.001,00| 1 x o $ 1.850.000,00i 3|x x x | 25436 $ 7.069.868,00 DIFERENCIAL [2|x x x | 13424 $ 5.953.600,00 1[x x} 0012 $ 5.412.317,00 ! 3 |x |x x $3.788.598,00
DIFERENCIAL 2 | 2 x $3.112.118,00 1 x $ 2.841.479,00
GJ-FO-04+ V.4 7 Y El campo ¡ jty es de todos Minagricultura Fecha de aprobación: 28/12/2018Clasificación de la Información: Publica O Reservada O Clasificada MW
ralCotrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1} 37703004279299 Bogotá, D.C.. - Colombia E‘ wwwurtgov.co Siganos en: @uRestitucion @ Unidad Administrativa Especial de Gestién de Restitucién de Tierras Despojadas - Sede Central fResolución Número O 0 1 2 3 de 2023 Hoja N°. 4
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se deroga la Resolución 01047 de 2022 y se establecela Tabla de Honorarios para la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestiónque celebre la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADASen lo que resta de la vigencia 2023” NOTA: En los valores acá establecidos se encuentran incluidos todos los impuestos,gravámenesy tasas.
PARÁGRAFO 1. Determinación de la necesidad. Los requisitos de formación y/oacadémicos y de experiencia a verificar y los honorarios, serán aquellos que correspondanal Grupo y Categoría establecidos por el área solicitante como mínimos de acuerdo con la : ;Tabla de Honorarios contenida en este artículo. Por tanto, el cumplimiento de requisitos : {adicionales no dará lugar per se a ser clasificado en otros grupo o categoria. J PARAGRAFO 2. IVA. En los valores consignados se encuentra incluido el valor delImpuesto sobre las ventas — IVA. Lo anterior, si así es exigible al contratista de acuerdocon su régimen tributario, quien deberá informar oportunamente esta situación a la UNIDADADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRASDESPOJADAS —UAEGRTD-, mediante la presentación del RUT debidamente actualizado,así como cualquier cambio que se presente en su régimen.
PARÁGRAFO 3. Títulos y Certificados Obtenidos en el Exterior. Los títulos ycertificados obtenidos en el exterior requerirán para su validez de la homologación oconvalidación emitida por el Ministerio de Educación Nacional o de la autoridad competente,conforme con la normatividad vigente. PARÁGRAFO 4. ALTAMENTE CALIFICADO: Podrán contratarse perfiles altamentecalificados cuando se cuente con amplia trayectoria académica en instituciones deeducación superior reconocidas (nacionales o internacionales); consultor, asesor ocoordinador para organizaciones en temas indígenas, de territorio o agrarios; participacióncomo jurado de tesis; participación en la autoría de libros, artículos, entrevistas,conferencias, seminarios, ponencias, investigaciones relacionadas directamente con el .componente étnico que acrediten la relevancia de sus conocimientos adquiridos a partir de isu ejercicio laboral. El valor maximo de los honorarios será el máximo establecido en la \tabla adoptada en la presente resolución, previo análisis y asignación por parte del DirectorGeneral. PARÁGRAFO 5. RÉGIMEN DIFERENCIAL PARA PUEBLOS ÉTNICOS Y LÍDERESSOCIALES. UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DETIERRAS DESPOJADAS —UAEGRTDpodrá contratar los servicios de personas indígenas,negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras o RRom, o líderes sociales, que ostentenespecial conocimiento sobre derechos de los pueblos étnicos y/o de las comunidades a lasque pertenezcan. PARÁGRAFO 5.1. DIFERENCIAL 1: Actividades relacionadas con la ejecución y aplicaciónde conocimientos propios de cualquier carrera profesional, que según la complejidad lespueda corresponder funciones de desarrollo y ejecución de planes y programas de laUAEGRTD.
GJ-FO-04 !
GJ-FO-04 ! | == El campo inact| a es de todos Minagricultura Fecha de aprobación: 28/12/2018Clasificación de la Información: Publica 01 Reservada U Clasificada © Q Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número le 0 0 } 2 Sie 2023 =. HojaN". 5
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se deroga la Resolución 01047 de 2022 y se establecela Tabla de Honorarios para la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestiónque celebre la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADASen lo que resta de la vigencia 2023” PARÁGRAFO 5.2. DIFERENCIAL 2: Actividades a través de las cuales se realizan laborestécnicas de apoyo para el desarrollo de las funciones de la UAEGRD.
ARTÍCULO 3. CONVENCIONES Y EQUIVALENCIAS: Los requisitos de formación yloacadémicos y de experiencia previstos en el articulo PRIMERO, se entenderan de acuerdocon las siguientes convenciones y podran ser satisfechos por los contratistas conforme contas equivalencias que se relacionan a continuación:
CONVENCIONES EQUIVALENCIA Este requisito podrá satisfacerse con alguna de las siguientes, demanera adicional al título profesional mínimo requerido y a laexperiencia mínima exigida:Título de|1. SETENTA Y DOS (72) MESES de EXPERIENCIAPosgrado en la | PROFESIONAL, . oD modalidad del|2. Título profesional adicional al mínimo requerido, siempre yDoctorado o | cuando dicha formación adicional sea afín a las obligacionesPosdoctorado |“ontractuales; o3. Terminación y aprobación de estudios profesionalesadicionales, siempre y cuando dicha formación adicional sea afína las obligaciones contractuales y VEINTICUATRO (24) MESESde EXPERIENCIA PROFESIONAL. Este requisito podrá satisfacerse con alguna de las siguientes, demanera adicional al título profesional mínimo requerido y a laexperiencia mínima exigida:1. TREINTA Y SEIS (36) MESES de EXPERIENCIAPROFESIONAL; oMA Título de|2. Título profesional adicional al mínimo requerido, siempre yPosgrado en la|cuando dicha formación adicional sea afín a las obligacionesmodalidad de| contractuales; oMaestría 3. Terminación y aprobación de estudios profesionalesadicionales, siempre y cuando dicha formación adicional sea afína las obligaciones contractuales y DOCE (12) MESES deEXPERIENCIA PROFESIONAL; o
Este requisito podrá satisfacerse con alguna de las siguientes, demanera adicional al título profesional mínimo requerido y a laexperiencia mínima exigida:1. VEINTICUATRO (24) MESES DE EXPERIENCIAPROFESIONAL; oE Titulo de| 2. Titulo profesional adicional al mínimo requerido, siempre yPosgrado en la|cuando dicha formación adicional sea afín a las obligacionesmodalidad de | contractuales; oEspecialización |3. Terminación y aprobación de estudios profesionalesadicionales, siempre y cuando dicha formación adicional sea afína las obligaciones contractuales y DOCE (12) MESES deEXPERIENCIA PROFESIONAL. GJ-FO-04V.4 7 @ El campoes de todos Minagricultura Clasificación de la Información: Publica 1 Reservada Ol Clasificada XI Fecha de aprobación: 28/12/2018 Q Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombia Éwww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número B 0 0 1 2 Sue 2023Hoja N°. 6
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se deroga la Resolución 01047 de 2022 y se establecela Tabla de Honorarios para la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestiónque celebre la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADASen lo que resta de la vigencia 2023”
Este requisito podrá satisfacerse con alguna de las siguientes,siempre y cuando se acredite diploma de bachiller:1. DOCE (12) MESES de EXPERIENCIA RELACIONADA,TFT Título de | siempre y cuando se acredite la terminación y la aprobación deFormación los estudios en la respectiva modalidad; oTecnológica 2. TREINTA Y SEIS (36) MESES de EXPERIENCIARELACIONADA;3. DOS (2) AÑOS de educación superior para optar por un títuloprofesional afín a las obligaciones contractuales. Este requisito podrá satisfacerse con alguna de las siguientes,siempre y cuando se acredite diploma de bachiller:1. DOCE (12) MESES de EXPERIENCIA RELACIONADA,TFTP Título de | siempre y cuando se acredite la terminación y la aprobación deFormación los estudios en la respectiva modalidad; oTécnica 2. TREINTA Y SEIS (36) MESES de EXPERIENCIAProfesional RELACIONADA;+3. DOS (2) AÑOS de educación superior para optar por un tituloprofesional afín a las obligaciones contractuales PARÁGRAFO 1. Ni el Titulo Profesional (TP) ni el Título dequivalencias. e Bachiller (TB) tendrán PARÁGRAFO 2: Actividades a través de tas cuales se realizan labores técnicas de apoyopara el desarrollo de las funciones de la UAEGRD Equivalencias del Régimen Diferencial. Las personas relacionadas en el PARÁGRAPO5 delARTÍCULO 1 podrán hacer la equivalencia de los requisitos de formación y/o académicos (D,MA, E, TFT y TFTP) por la mitad del tiempo allí previsto, asi:
TABLA DE CONVENCIONES CEP -CERTIFICACIÓNDEPERTENENCIA Certificación de Pertenencia en el que la autoridad étnica o públicacompetente certifica la pertenencia de la persona a la comunidad o sucondición de líder social, lo cual permitirá la aplicación del RégimenExcepcional previsto en éste artículo. A continuación, se enuncian, sinlimitarse a ellas, las autoridades que pueden emitir esta certificación:- Comunidades Indígenas: CABILDO, RESGUARDO Y/U ORGANIZACIÓNLEGALMENTE CONSTITUIDA.- Comunidades Afro, Negras, Raizales y Palenqueros: CONSEJOCOMUNITARIO y/u ORGANIZACIÓN LEGALMENTE CONSTITUIDA.- RRom: KUMPANIA Y/u ORGANIZACIÓN LEGALMENTE CONSTITUIDA Clasificación de la Información: Publica [] Reservada [i Clasificada 9 + El campoes de todos wv. Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central
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Minagricuttura Fecha de aprobación: 28/12/2018 Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucion $Resolución Número - 0 0 1 2 Se 2023 Hoja N°. 7
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se deroga la Resolución 01047 de 2022 y se establecela Tabla de Honorarios para la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestiónque celebre la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADASen lo que resta de la vigencia 2023”
ARTÍCULO 4. EXPERIENCIA. Para todos los efectos de esta Resolución, se entenderápor:
1. EXPERIENCIA: Son aquellos conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos odesarrollados mediante el ejercicio de una profesión, arte u oficio. La experienciapuede ser profesional, relacionada o laboral.
2. EXPERIENCIA PROFESIONAL: Es la adquirida en ejercicio de una profesión, deacuerdo con las normas que la rigen, para lo cual se puede presentar una de dossituaciones:
a. Que la profesión cuente con una ley especial que establezca condicionesparticulares para su ejercicio y/o para la contabilización de la experiencia. Seenuncian, sin limitarse a ellas: ingenierías, administración de empresas,administración pública, psicología, entre otras.b. De no existir norma que regule el ejercicio de la profesión, la experienciaprofesional empieza a contarse a partir de la certificación de terminación yaprobación de todas las materias que conforman los pensum académicos dela respectiva formación profesional.
3. EXPERIENCIA RELACIONADA: Es la adquirida en el ejercicio de cualquieractividad que tenga funciones similares al objeto a contratar o actividades delcontrato a suscribir o en una determinada área de trabajo o área de la profesión,ocupación, arte u oficio.
4. EXPERIENCIA LABORAL: es la adquirida en el ejercicio de cualquier empleo,ocupación, arte u oficio.
5. CERTIFICACIÓN DE EXPERIENCIA: Es el documento emitido por quien escompetente para acreditar la experiencia adquirida por la persona a vincular.Cuando el interesado haya ejercido su profesión o actividad de forma independiente,la experiencia se acreditará mediante declaración del mismo. Las certificaciones deexperiencia deberán contener, como mínimo, la siguiente información: '
1. Nombre o razón social de la entidad, empresa o persona natural que laexpide.2. Tiempo de servicio y/o plazo de ejecución del contrato, indicando claramentelas fechas de inicio y de terminación.3. Relación de funciones desempeñadas (planta o contrato laboral) y/u objetoy/u obligaciones y/o productos y/o actividades contractuales, relacionadascon el objeto a desarrollar en la UAEGRTD.
Asi mismo, las certificaciones deben estar firmadas por el funcionario o persona competentepara su expedición.
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El campo Mi ¡inagricules de todos E ¡Clasificación de ta Información: Publica Cl Reservada ( Clasificada WM Fecha de aprobación: 28/12/2018 Q Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57/1) 3770300 — 4279299 Bogotá, D.C., - Colombia £www.urt.gov.co Sigdnos en: GURestitucion azResolución Número 0 01 23 de 2023 ” Hoja N°. 8
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se deroga la Resolución 01047 de 2022 y se estableceta Tabla de Honorarios para la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestiónque celebre la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADASen lo que resta de la vigencia 2023”
De manera supletiva, podrán aportarse contratos, actas de liquidación y/o anexos técnicosque, individualmente considerados o en conjunto permitan recopilar en su totalidad lamisma información que deben contener las certificaciones. Cuando la persona a contratar haya tenido dos o más vinculaciones laborales o hayaejecutado en el mismo periodo dos o más contratos, el tiempo de experiencia se contabilizapor una sola vez. De esta manera, cada periodo de experiencia solo podrá ser contabilizadouna vez; por tanto, una misma experiencia no podrá tenerse en cuenta como mínima y comofactor de equivalencia a la vez, o para hacer equivalencia de varios requisitos. ARTÍCULO 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. . COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE : Dada en la ciudad de Bogotá a los 0) 1 FEB AMA JAQUELINE CAM INCÓ ySECRETARIA GENERAL Proyectó: Héctor Acosta - Coordinador GCIMRevisó: Andrés Molano Cleves - Asesor Contratista Secretaría General,CésarA. Garcla V - Asesor Contratista Secretaría General.Carolina Vergara - Asesora Contratista Secretaría General. . y El campo Minagriculturaes de todosClasificación de la Información: Publica (] Reservada O Clasificada 6 OS Fecha de aprobación: 28/12/2018Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central O Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww,urt.gov.co Siganos en: GURestitucion