URT - Resolución 00150-1 de 2023
URT - Unidad de Restitución de Tierras
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Detalles
- Título
- URT - Resolución 00150-1 de 2023
- Autor
- URT - Unidad de Restitución de Tierras
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2023
¡Clasificación de la Información: Publica O Reservada Ul Clasificada & Fecha de aprobación: 28/12/2018
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&"ee ES DE TIERRAS UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION DE RESTITUCION DE TIERRASDESPOJADAS RESOLUCION NUMERO 0 0 1 5 0 DE 2023 “Por medio de la cual se designan funciones de coordinación del Grupo de Gestión Documental,Archivo y Memoria Histórica ubicado en la Secretaría General y se efectúa el reconocimiento porcoordinación a una funcionaria” LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DERESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS — UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere la Resolución número 00713del 2 de septiembre de 2022 y el artículo 8 de la Resolución número 00805 del 4 de octubre de 2022,y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política de 1991, señala que la función administrativa está alservicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros, con los principios deeficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegacióny la desconcentración de funciones. Que el inciso 2, artículo 115 de la Ley 489 de 1998, establece la facultad discrecional de losrepresentantes legales de los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del Poder Público, paracrear y organizar con carácter permanente o transitorios grupos internos de trabajo, cuya “existencia(...) se origina en la necesidad de suplir dentro de la organización de las entidades niveles intermediosque faciliten la prestación del servicio y cumplir de manera eficiente y eficaz los objetivos, políticas yprogramas! (...)”.
Que a su vez el artículo 82 del Decreto No. 2489 de 2006, señala que la integración de los gruposinternos de trabajo creados de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, no podráser inferior a cuatro (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto decreación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente. Que el artículo 15 del Decreto No. 473 de 2022, establece que los empleados públicos que tengana su cargo la coordinación o supervisión de los grupos internos de trabajo, creados medianteresolución del jefe del organismo, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicionalal valor de la asignación básica mensual del empleo que estén desempeñando, durante el tiempoen que ejerzan tales funciones, el cual no constituye factor salarial para ningún efecto legal. Que para efectuar el reconocimiento por coordinación deberá contarse con la aprobación previa dela Junta o Consejo Directivo respectivo y la disponibilidad presupuestal correspondiente y sereconocerá siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles Directivo o Asesor (Ibídem). 11 Departamento Administrativo de la Función Pública, Concepto 58461, 2017F Q Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Centralhr Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Síganos en: @URestitucionResolución Número. 00150 de 2023 Hoja N°. 2
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se designan funciones de coordinación del Grupode Gestión Documental, Archivo y Memoria Histórica ubicado en la Secretaría General y se efectúael reconocimiento por coordinación a una funcionaria” Que, respecto de la designación de un funcionario público como coordinador de un grupo interno detrabajo, el Consejo de Estado, Concepto No. 2030, 2010, sostuvo: “(...) La función de coordinador, así como el reconocimiento económico especial por el cumplimientode esta labor, tiene la transitoriedad propia de los grupos de trabajo en la organización de la entidad,y está también sujeta a la facultad discrecional que tiene el director del organismo para ubicar elpersonal de la entidad en la organización. De manera que, si se designa otro coordinador, lo cualestá en la facultad nominadora del director, o si este traslada a quien era coordinador a otra posiciónen la organización de la entidad, en ambos casos cesa el tiempo en que el coordinador ejercía susfunciones y, por consiguiente, desaparece el derecho a seguir percibiendo el reconocimientoeconómico que se analiza (...)”. (Negrilla fuera de textooriginal).
Que a su vez, el Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP-, Concepto20166000080241, 2016, al referirse a la designación de coordinación de un grupo interno de trabajo,señaló: “(...) 3. La designación del coordinador de un Grupo interno de Trabajo es una decisiónfacultativa del nominador, cuyo objeto es suplir dentro de la organización de las entidades nivelesintermedios que faciliten la prestación del servicio de manera eficiente y eficaz. Por lo que, lacoordinación de un grupo interno de trabajo podrá ser otorgada o retirada de manera discrecionalpor la administración al empleado que cumpla con las condiciones, asi como el empleado podrá decidirsi acepta o no dicha coordinación, de acuerdo con las disposiciones señaladas en el artículo 115 de laLey 489 de 1998, siendo procedente que un empleado nombrado en provisionalidad pueda ejercerdicha coordinación (...)”. (Negrilla fuera de texto original). Que de conformidad con lo anterior, el nominador tiene la facultad discrecional de efectuar ladesignación o retiro de la coordinación del grupo interno de trabajo al empleado que cumpla lascondiciones para ello, las cuales se determinan de conformidad con los objetivos y funciones de cadagrupo interno de trabajo. Que mediante Acuerdo No. 005 de 2012, el Consejo Directivo de la Unidad aprobó elreconocimiento económico por coordinación de grupos internos de trabajo, a los funcionarios dela entidad que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de dichos grupos, equivalente alveinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual. Que el director general de la Unidad mediante Resolución No. 00139 del seis (6) de febrero de 2023,creó y asignó funciones al grupo interno de trabajo de Gestión Documental, Archivo y MemoriaHistórica ubicado en la Secretaría General.
Que la estructura interna del Grupo de Gestión Documental, Archivo y Memoria Histórica ubicado enla Secretaría General es la siguiente: No. de cargos Denominación del cargo Código Grado1 Profesional Especializado 2028 241 Técnico 3124 121 Profesional Universitario 2044 83 Ayudante 4069 8 GJ-FO-04 es de todos Clasificación de la Información: Publica (] Reservada (I Clasificada Xl Fecha de aprobación: 28/12/2018 Y Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 37703004279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.url.gov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número E 0 0 1 +) 0 de 2023 Hoja N°. 3
Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se designan funciones de coordinación del Grupode Gestión Documental, Archivo y Memoria Histórica ubicado en la Secretaría General y se efectúael reconocimiento por coordinación a una funcionaria” Que mediante correo electrónico de fecha siete (7) de febrero de 2023, remitido al Grupo de Gestiónde Talento y Desarrollo Humano, la Secretaria General, Jaqueline Campos Rincón, solicitó: “En atención a la creación del Grupo de Gestión Documental, Archivo y Memoria Histórica, medianteresolución N.00139 del seis (6) de febrero de 2023, me permito solicitar se realice el acto administrativode coordinación a la funcionaria Marta Labrador a partir del 8 de febrero de 2023”
Que para el reconocimiento por coordinación del veinte por ciento (20%) adicional a la asignaciónbásica salarial mensual, se cuenta con apropiación presupuestal conforme el Certificado deDisponibilidad Presupuestal -CDPNo, 10223 del 3 de enero de 2023, expedido por la Coordinacióndel Grupo de Gestión Económica y Financiera de la Secretaría General de la UAEGRTD. Que teniendo en cuenta las consideraciones anteriormente expuestas, el cumplimiento de losrequisitos señalados en los artículos 115 de la Ley 489 de 1998 y 82 del Decreto No. 2489 de 2006, asícomo la respectiva apropiación presupuestal disponible, es procedente la designación de coordinacióny reconocimiento de un veinte por ciento (20%) adicional a la asignación básica salarial mensual, a lafuncionaria MARTA ISABEL LABRADOR FORERO. Que el director general de la entidad, a través del artículo 82 de la Resolución número 00805 de 2022,| delegó en la secretaria general la facultad de expedir todos los actos administrativos y adelantar todaslas actuaciones necesarias en los asuntos relacionados con ta administración de personal. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Designar a partir del ocho (8) de febrero de 2023, las funciones de coordinación delGrupo de Gestión Documental, Archivo y Memoria Histórica ubicado en la Secretaría General, a la| funcionaria MARTA ISABEL LABRADOR FORERO, identificada con cédula de ciudadanía No.‘ 51.935.648, quien se desempeña en el empleo denominado profesional especializado, código 2028,i grado 24 de la planta global de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución: de Tierras Despojadas.
PARÁGRAFO 1. Reconocer mensualmente a la funcionaria MARTA ISABEL LABRADOR FORERO, elveinte por ciento (20%) adicional de su asignación básica salarial mensual, durante el tiempo queejerza dichas funciones. i PARÁGRAFO 2. Las erogaciones que cause el presente acto administrativo se pagarán con cargo af: Certificado de Disponibilidad Presupuestal CDPNo. 10223 del 3 de enero de 2023, expedido por laCoordinación del Grupo de Gestión Económica y Financiera de la Secretaria General de la UAEGRTD. PARÁGRAFO 3. El valor que se ordena reconocer a través del presente acto administrativo noconstituye factor salarial para ningún efecto legal. ARTÍCULO 2. Comunicar el contenido de la presente resolución a la funcionaria MARTA ISABELLABRADOR FORERO, a su correo electrónico institucional marta.labrador@urt.gov.co. GJ-FO-04V4 1 El campoi es de todos+ Clasificación de la Información: Publica O Reservada O Clasificada Ml Fecha de aprobación: 28/12/2018 QUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 37703004279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww urt.gov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número te 0 0 i e) 0 1 Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se designan funciones de coordinación det Grupo_ de Gestión Documental, Archivo y Memoria Histórica ubicado en la Secretaría General y se efectúa»” el reconocimiento por coordinación a una funcionaria”
de 2023 Hoja N°. 4 ARTÍCULO 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en la ciudad de Bogotá a los 0 1 FEB 200% JAQUELINE DS RINCÓNSecretarja General Proyectó Angie Lorena Hernández Vásquez — Profesional Especializado Contratista ectoRevisó Rosa Misaelina Ospina Peña — Coordinadora de Talento y Desarrollo Humano -GGTDHCésar García Vargas ~Asesor Contratista -SG ff)»Carolina Vergara Ospina - Asesora Contratista =SG peMarina Avendaño Carrascal - Asesora contratista — GGTDH A+
GJ-FO-04v.4
El campoes de todos Clasificación de la Información: Publica (] Reservada U Clasificada & Fecha de aprobación: 28/12/2018 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300— 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.ur.goy.co Siganos en: GURestitucion