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URT - Resolución 00459 de 2017

URT - Unidad de Restitución de Tierras

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Detalles

Título
URT - Resolución 00459 de 2017
Autor
URT - Unidad de Restitución de Tierras
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año
2017

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«y TODOS PORUNNUEVO PAISsy PAZ COA EBUCACIÓN

UNIDADDP RESTITUCHONDb PPR AS

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIONDE RESTITUCION DE TIERRAS DESPOJADASRESOLUCIÓN NÚMERO 4 5 g DE2017“Por la cual se adopta el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los EmpleadosPúblicos de Carrera Administrativa y en periodo de Prueba”

EL DIRECTOR GENERAL En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 40 de la Ley 909de 2004, y el Acuerdo 565 de 2016 y el Decreto 4801 de 2011 y CONSIDERANDO Que el inciso tercero del artículo 40 de la Ley 909 de 2004, dispuso que es función de la ComisiónNacional del Servicio Civil desarrollar un sistema de evaluación del desempeño como sistema tipoque deberá ser adoptado por las entidades mientras desarrollan sus propios sistemas.Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Acuerdo No. 565 del 25 de enero de 2016,estableció el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral a los Servidores Públicos deCarrera Administrativa y en Periodo de Prueba.Que corresponde a la Entidad garantizar que los Servidores Públicos responsables o involucradosen el proceso de evaluación asuman sus funciones y responsabilidades como contribución al logrode los objetivos institucionales y que realicen la evaluación dentro de los plazos y en los casosestablecidos, utilizando la metodología, procedimientos e instrumentos señalados por el SistemaTipo de Evaluación del Desempeño Laboral.Que en virtud de lo anterior, el desempeño laboral de los Servidores Públicos de CarreraAdministrativa y en Periodo de Prueba deberá ser evaluado y calificado con base en los parámetrosestablecidos en el Decreto 1227 de 2005 y en el Acuerdo 565 de 2016.Que la omisión del deber de evaluar y calificar dentro de los parámetros establecidos y en laoportunidad y condiciones previstas por la ley o el reglamento, dará lugar a investigación disciplinaria,conforme lo dispone el numeral 20 del artículo 34 Ley 734 de 2002 y el artículo 39 de la ley 909 de2004.Que en mérito de lo expuesto este Despacho,

RESUELVE:

RESUELVE:

ARTICULO 1°. Adoptar el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral -STEDL-—establecido por la Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC-, para calificar a los ServidoresPúblicos Carrera Administrativa y en Periodo de Prueba de la Unidad Administrativa Especial deGestión de Restitución de Tierras Despojadas UAEGRTD.ARTÍCULO 2°. El Nivel de Cumplimiento y la Escala de Calificación en la evaluación del desempeñolaboral se enmarcarán dentro de los siguientes niveles, escalas y el cumplimiento de algunosfactores, asi: LYResolución Número | Hoja N°. 2“Por la cual se adopta el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los EmpleadosPúblicos de Carrera Administrativa y en Periodo de prueba”Nivel de Cumplimiento y Escala de Calificación: Mayor o igual al 95% | | SobresalienteMayor o igual a 80% y menor de 95% DestacadoMayor del 65% y menor que el 80% SatisfactorioMenor o igual a 65%: No Satisfactorio

ARTICULO 3. Corresponde al superior inmediato o quien haga sus veces del evaluado, efectuar lacalificación y evaluación de su desempeño laboral en los términos y condiciones establecidos en elAcuerdo 565 de 2016 de la CNSC.ARTICULO 4%. FORMATOS. El diligenciamiento de los formatos anexos del Sistema Tipo deEvaluación del Desempeño Laboral que hacen parte integral del presente Acuerdo, deberáefectuarse en cumplimiento de las directrices y mecanismos adoptados por la CNSC, y estos son:a) Formato 1. Información General: consolida y detalla la información concerniente a loscompromisos laborales, competencias comportamentales, evaluación de gestión por áreas odependenciasy la calificación correspondiente para el periodo semestral y anual.b) Formato 2. Compromisos Laborales y Competencias Comportamentales: en este seidentifica al evaluado y evaluador (es) y se establecen los compromisos laborales y las competenciascomportamentales, corresponde a la segunda fase del proceso de evaluación.c) Formato 3. Evidencias: describe la información relacionada con los soportes que demuestran elnivel de cumplimiento o incumplimiento de los compromisos o competencias, los cuales deben serregistrados durante todo el tiempo y período al que corresponde el proceso de evaluación.d) Formato 4. Calificación de Competencias Comportamentales: hace referencia a la valoraciónde los niveles de desarrollo de las competencias comportamentales objeto de evaluación.e) Formato 5. Evaluación de Gestión por Áreas o Dependencias: contiene la evaluaciónefectuada por el responsable de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, sobre lagestión anual de las áreas o dependencias,

la cual solamente será tenida en cuenta en la evaluacióndefinitiva correspondiente al período anual u ordinario.f) Formato 6. Reporte Calificación Período Anual u Ordinario: consolida los resultados de lasevaluaciones parciales semestrales y la definitiva. Mediante éste, el evaluador comunica o notificalas evaluaciones correspondientes.g) Formato 7. Plan de Mejoramiento: permite registrar las acciones que se formulen para mejorarO superar brechas, así como su seguimiento durante todo el proceso de evaluación.h) Formato 8. Evaluación Parcial Eventual: se diligencia únicamente cuando se presente algunade las causales establecidas en el numeral 2 del artículo 25, en el período anual u ordinario y esproporcional al tiempo que se evalúa.i) Formato 9. Evaluación Extraordinaria: se diligencia únicamente cuando se presenta informaciónsoportada sobre el presunto desempeño deficiente del empleado con respecto a los compromisosconcertadoso fijados, según lo establecido en el artículo 27 del presente Acuerdo.j) Formato 10. Evaluación Inferior a un año: registra la calificación y consolida los resultados dela evaluación definitiva, en caso que el periodo de evaluación sea inferior a un año o al establecido.Resolución Número | Hoja N°. 3“Por la cual se adopta el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los EmpleadosPúblicos de Carrera Administrativa y en Periodo de prueba”k) Formato 11. Evaluación en Período de Prueba: registra la calificación de los compromisoslaborales y competencias comportamentales, y consolida los resultados de la evaluación del periodode prueba. Igualmente, mediante este formato, el evaluador notifica los resultados de la misma.ARTICULO 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá D.C a los

celo abi DYESUS RICARDO S GAL URREGODirector General Aprobó: Editma Rojas Rojas ‘Revisó: César Augusto Garcia(Yip Carlos Planells»- Paola AparicioProyectóf Alfredo Sanabria

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