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URT - Resolución 00544 de 2023

URT - Unidad de Restitución de Tierras

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Detalles

Título
URT - Resolución 00544 de 2023
Autor
URT - Unidad de Restitución de Tierras
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año
2023

Clasificación de la Información: Publica [> Reservada “I Ciasficada 2

DE TIERRAS

28 UNIDADiis DE RESTITUCION

== UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION DE RESTITUCION DE TIERRAS DESPOJADAS RESOLUCIÓN NUMERO 00 5 4 4pg 2023 “Por medio de la cual se modifican las disposiciones reglamentarias relacionadas con elComité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad Administrativa de Gestión deRestitución de Tierras Despojadas - UAEGRT EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DERESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS - UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales que le confiere el artículo 9 del Decreto 4801 de 2011, y CONSIDERANDO: Que la Constitución Política en su articulo 209 establece que “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y desarrollada con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economia, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, Ja delegación y desconcentración de funciones (...)”. Que de acuerdo con el artículo 269 ibidem “En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de contro! interno, de conformidad con lo que disponga la ley...” Que la Ley 87 de 1993, “Por la cual se dictan normas para el ejercicio de Control interno en las entidades y organismos del Estado Colombiano”, en su artículo 6° determina “El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas será

Que la Ley 87 de 1993, “Por la cual se dictan normas para el ejercicio de Control interno en las entidades y organismos del Estado Colombiano”, en su artículo 6° determina “El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del control interno, también será de responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de la entidades y organismos Que el artículo Sto del Decreto 1826 de 1994, y el literal d), numeral 1ro del artículo Sto del Decreto 2145 de 1999, establecen las funciones del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. Que mediante la Resolución 372 de 2018 “por la cual se instruye el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y se dictan otras disposiciones”, se adoptaron al interior de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas los lineamientos para la operación de dicho comité. Que por medio del decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, modificado por el Decreto 1499 de 2017, se actualizó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión que trata el Titulo 22 de la parte 2 del libro 2 del mencionado decreto,

GJ-FO-04

V5 MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Fecha de aprobación: 9/03/2023 Cartera13 No, 29.2Resolución Número )() 344 de(2023) HojaN”.2

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Fecha de aprobación: 9/03/2023 Cartera13 No, 29.2Resolución Número )() 344 de(2023) HojaN”.2 Continuación de Resolución “Por medio de la cual se modifican las disposiciones reglamentarias relacionadas con el Comité institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad Administrativa de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - UAEGRTI Que el artículo 2.2.22.3.4. del Decreto 1499 de 2017, establece el ámbito de aplicación. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG se adoptará por los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público. Que el articulo 2.2.22.3.8 del Decreto 1499 de 2017, establece que en las entidades se integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal. | Que la misma norma establece que en el nivel central de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, el | Comité será liderado por el viceministro o subdirector del departamento administrativo o secretarios generales y en el nivel descentralizado, por los subdirectores generales o administrativos o los secretarios generales o quienes hagan sus veces, e integrado por los servidores públicos del nivel | directivo 0 asesor que designe el representante legal de cada entidad. | Que el artículo 2.2.23.1 de la misma norma señala al Sistema de Gestión en el marco del Modelo

| directivo 0 asesor que designe el representante legal de cada entidad. | Que el artículo 2.2.23.1 de la misma norma señala al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. Que a partir de la expedición del Decreto 1299 de 2018, se modificó el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con la integración del Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional y la Incorporación de la política pública para la Mejora Normativa alas Políticas de Gestión y Desempeño Institucional Que en virtud de lo anterior, mediante resolución 078 de 2019, emitida por la Unidad, se modificó y adicionó la Resolución 372 de 2018 con el objetivo de establecer el reglamento de funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Que mediante Resolución 0539 de 2019, se unificaron al interior de la Unidad las disposiciones | reglamentarias contenidas en las Resoluciones 372 de 2018 y 078 de 2019, con el fin de fijar en un | solo acto administrativo el reglamento de funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la UAEGRTD. | Que el Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional, en sesión del 18 de octubre de 2019,

aprobó la Política Gestión de la información estadística, la cual fue incorporada al Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, en su versión tres, en diciembre de 2019. Que el Decreto 454 de 2020 modificó el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015, adicionando el numeral 18, en el que se incorpora la gestión de la información estadistica a las políticas de gestión y desempeño institucional Que por lo anterior, y analizando las modificaciones que se requieren efectuar a las disposiciones contenidas en la Resolución 0639 de 2019; se hace necesario derogarla, en aplicación a las directrices generales de técnicas normativas señaladas en el Decreto 1081 de 2015, para de esta forma contener en un documento unificado el reglamento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la UAEGRTD, de manera que se dote de seguridad juridica a los destinatarios de la norma; asi como evitar la dispersión y proliferación normativa (artículo 2.1.2.1.2.ibidem). Esto, sin prejuicio de mantener la validez y eficacia de los documentos emitidos y las decisiones en ellos adoptadas, con fundamento en el precitado acto administrativo. GJ-FO-04 vs MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Clasificación de la Información: Publica () Reservada E Clasificada 2 Fecha de aprobación 9/09/2023 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central (Carer 13 Alto 29-24 p4008. Teens mmm $ cer: SUtestrcion 13,0. ColombiaResolución Número 0 5 44 de (2023) — HojaN”.3

(Carer 13 Alto 29-24 p4008. Teens mmm $ cer: SUtestrcion 13,0. ColombiaResolución Número 0 5 44 de (2023) — HojaN”.3 | Continuación de Resolución “Por medio de la cual se modifican las disposiciones reglamentariasrelacionadas con el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad Administrativa de Gestión deRestitución de Tierras Despojadas - UAEGRTO” Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°, Conformación. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño estará integradopor los siguientes funcionarios: El (la) Director(a) General, o su delegado(a) El (la) Subdirector(a) General El (la) Secretario (a) General. El (la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación El (la) jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones. El (la) jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información. El (la) Director (a) Social El (la) Director (a) Jurídico de Restitución. | El (la) Director (a) Catastral y de Análisis Territorial.

10. El (la) Director (a) de Asuntos Étnicos. | Parágrafo 1. El (la) jefe de la Oficina de Control Interno, concurrirá en calidad de invitado permanente, con derecho a voz, pero sin voto.

Parágrafo 2. El Director (a), (la) Subdirector (a) General y el Secretario (a) General podrán nombrar a un delegado para que asista al Comité cuando asi lo consideren. En todo caso, cuando el Director General delegue a el (la) Subdirector (a) General o el (la) Secretario (a) General, estos no podrán delegar para esa misma sesión

a un delegado para que asista al Comité cuando asi lo consideren. En todo caso, cuando el Director General delegue a el (la) Subdirector (a) General o el (la) Secretario (a) General, estos no podrán delegar para esa misma sesión ARTÍCULO 2°, Funciones. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño tendrá las siguientes funciones:

1. Aprobar y hacer seguimiento. por lo menos una vez cada tres meses, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión —

MIPG.

2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión —

MIPG,

3. Proponer al Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de

Planeación y Gestión — MIPG.

4. Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad.

5. Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración | interna de la gestion. $. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información | 7. Analizar y definir los contextos en los que se pueda celebrar convenios interadministrativos para el fortalecimiento, financiación, y tecnificación de los planes, programas y proyectos que se aprueben en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión ~ MIPG.

8. Evaluar por lo menos una vez cada seis meses, los avances de las políticas de gestión |

para el fortalecimiento, financiación, y tecnificación de los planes, programas y proyectos que se aprueben en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión ~ MIPG.

8. Evaluar por lo menos una vez cada seis meses, los avances de las políticas de gestión | implementadas; y proponer estrategias complementarias para su mejoramiento.

GJ-FO.04 vs MINISTERIO DE AGRICULTURA | Y DESARROLLO RURAL | | Clasificación do la Información: Publica (] Reservada E Clasificada E Fecha de aprobación: 9/03/2023 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restituciónde Tierras DespojadasSede Central Carrera13 ANo 29-26 piso 8 Tetonas 60 Taca gon ceClasificación de la Información: Publica [7 Reservada 11 Clasificada E Resolución Número ()() 5 4 4 de(2023) HojaN”.4 Continuación de Resolución “Por medio de la cual se modifican las disposiciones reglamentarias relacionadas con el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad Administrativa de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - UAEGRTO"

9. Las demás que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del

Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG. Parágrafo 1. Las políticas desarrolladas en el marco del Modelo Integrado de planeación y Gestión y demás documentos que le complementen o modifiquen por parte de los lideres del sector, deben ser aprobadas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Parágrafo 2. La adopción de los programas, proyectos y planes que no sean de naturaleza

y demás documentos que le complementen o modifiquen por parte de los lideres del sector, deben ser aprobadas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Parágrafo 2. La adopción de los programas, proyectos y planes que no sean de naturaleza estratégica y resulten necesarios para la implementación interna de las políticas de gestión, serán responsabilidad del líder de la política correspondiente. Previo a su emisión, podrán remitirse al Subcomité Técnico respectivo, a efectos de recibir los comentarios y/o sugerencias que haya lugar. ARTÍCULO 3°. Reuniones del comité. El Comité se reunirá de manera ordinaria como mínimo una vez cada tres (3) meses. También se podrá reunir de forma extraordinaria por solicitud justificada de alguno de sus integrantes y previa citación de la Secretaria Técnica Parágrafo 1. El Comité podrá invitar a sus reuniones con carácter permanente u ocasional a los servidores públicos que, por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico deban asistir, según los asuntos a tratar. Estas personas tendrán derecho a voz, pero sin voto. La Citación a estos servidores la efectuará el Secretario Técnico a través de la convocatoria a las sesiones, De sus sesiones se dejará constancia en actas a cargo de la Secretaria Técnica Parágrafo 2. Las reuniones del Comité podrán realizarse en conferencia virtual, utilizando los medios electrónicos idóneos y dejando constancia de lo actuado por ese mismo medio con los mecanismos de seguridad necesarios ARTÍCULO 4°. Quórum. Constituir quórum deliberatorio, la asistencia de al menos el 80% de los integrantes del comité, constituirá quórum decisorio la mitad más uno de los integrantes asistentes

de seguridad necesarios ARTÍCULO 4°. Quórum. Constituir quórum deliberatorio, la asistencia de al menos el 80% de los integrantes del comité, constituirá quórum decisorio la mitad más uno de los integrantes asistentes al Comité ARTÍCULO 6°. Presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño es el (la) Secretario (a) General ARTÍCULO 6°. Funciones del presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

1. Efectuar las citaciones a las sesiones del Comité, indicando el orden del día y los temas a tartar, asi como presidir, instalar y dirigir las reuniones correspondientes.

2. Comunicar las decisiones del Comité entre sus integrantes.

3. Requerir a los responsables de implementar las dieciocho (18) políticas de Gestión y Desempeño Institucional Informes sobre los avances de su gestión, para presentar al Comité los resultados; y la postulación de estrategias de mejoramiento y eficacia.

4. Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos establecidos en sesiones anteriores e informar al Comité.

5. Fijar el Orden del día, conforme los temas recomendados por los integrantes del Comité

6. Definirla asistencia al comité de expertos técnicos que, se requieran dependiendo del tema a tratar en la sesión y que, conlleven a la toma de decisiones de manera objetiva y acertada.

7. Las demás funciones que establezca la normatividad o el reglamento.

ARTÍCULO 7°. Secretaria Técnica. La Secretaria técnica del Comit, será ejercida por el (la) jefe de la Oficina de Planeación.

GJ-FO-04

VS

MINISTERIO DE AGRICULTURA

ARTÍCULO 7°. Secretaria Técnica. La Secretaria técnica del Comit, será ejercida por el (la) jefe de la Oficina de Planeación.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y DESARROLLO RURAL.

Unidad Administrativa Especial de Gostión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Fecha de aprobación: 9103/2023 vom unos 4279299 Bogotá, DI. ColomaClasificación de la Información: Publica 7) Reserva Resolución Número 00 5 4 4 de (2023) Hoja N°. 5 Continuación de Resolución “Por medio de la cual se modifican las disposiciones reglamentariasrelacionadas con el Comité institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad Administrativa de Gestión de Rostitución de Tierras Despojadas - UAEGRTO”. ARTÍCULO 8°. Funciones de la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión yDesempeño:

1. Convocar alos integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño a las sesiones requeridas por el Director (a) General o el Presidente del Comité, indicando orden del día, fecha, hora y la modalidad de la sesión; e informar sobre la asistencia de invitados especiales y el tema que tratarán

2. Elaborar las actas de cada sesión, las cuales deberán contener el detalle de los asuntos abordados, las decisiones adoptadas, los soportes documentales presentados y los compromisos establecidos.

3. Consolidar la información sobre el estado de implementación de cada una de las politicas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG

4. Preparar para el Comité Institucional de Gestión y Desempeño los informes trimestrales de

compromisos establecidos.

3. Consolidar la información sobre el estado de implementación de cada una de las politicas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG

4. Preparar para el Comité Institucional de Gestión y Desempeño los informes trimestrales de seguimiento y evaluación del plan de acción anual de la Entidad

5. Custodiar, conservar y coordinar el archivo (electrónico) y el control de las actas del Comité; así como de los demás documentos que se posean, tanto en medios fisicos como electrónicos.

6. Elaborar un informe anual que contenga entre otros, los siguientes aspectos: asuntos pendientes de trámite por parte del Comité, asuntos en curso por parte del Comité y sugerencias sobre la solución que se podría dar a los mismos,

7. Las demás funciones que establezca la normatividad o el reglamento o que le sean asignadas por el Comité, conforme a las anteriores.

Parágrafo 1. Las actas deben ser enviadas por cualquier medio idóneo para la aprobación por los integrantes del Comité asistentes a la reunión: y en todo caso, la secretaria técnica dejará constancia de su aprobación ARTÍCULO 9°. Deberes de los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño deberán

1. Asistir de manera regular a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité Previo al adelantamiento de las reuniones, remitir la documentación de los temas a tratar con la anticipación requerida para dar cumplimiento al término minimo de citación.

3. Suscribir los documentos que sean necesario en el ejercicio de sus funciones como miembros del Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

con la anticipación requerida para dar cumplimiento al término minimo de citación.

3. Suscribir los documentos que sean necesario en el ejercicio de sus funciones como miembros del Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

ARTÍCULO 10”. Impedimentos y recusaciones. A los miembros del Comité Institucional de Gestión y Desempeño les será aplicable las causales de impedimento y recusación vigentes en el ordenamiento jurídico. Si alguno se encuentra incurso en alguna de las causales de impedimento, deberá informarlo al ‘Comité, de forma previa al comenzar la deliberación de los asuntos a que se refiera el impedimento: los demás miembros del Comité decidirán si procede o no el impedimento y de ello dejará constancia en la respectiva acta. Los miembros del Comité podrán ser recusados, caso en el que se dará a la recusación el mismo tramite del impedimento. Si se admitiere la causal del impedimento o recusación y no existe quórum para deliberar o tomar la decisión, el presidente del Comité designará un miembro ad hoc que reemplace al que se ha declarado impedido o recusado, quien deberá ser un profesional que, tenga relación y afinidad con el tema en estudio y votación Gu-FO-04 vs MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Detpojadias - Sede Central E Clasificada = Fecha de aprobación: 9/03/2023 Corera 23 29-24 pio a-Tettonas (0013770300 - 4279209 Bogota, D.C «Colombia tun gor to Sanos en: OUREHiResolución Número () () 5 44 de(2023) HojaN'.6 a eo

Corera 23 29-24 pio a-Tettonas (0013770300 - 4279209 Bogota, D.C «Colombia tun gor to Sanos en: OUREHiResolución Número () () 5 44 de(2023) HojaN'.6 a eo ARTÍCULO 11”. Subcomités Técnicos. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño contará con Subcomités Técnicos como instancia(s) encargada(s) de conocer y desarrollar técnicamente los temas y políticas asignados. Los Subcomités son los siguientes: Líder del SubcomitéSubcomités Técnicos = EOS Políticas Asignadas + Gestión Estratégica del |Grupo Gestión de Talento yTalento Humano Desarollo Hurto: Talento Humano - | + Integridad + Participación Ciudadana | en la Gestión Pública + Transparencia, acceso a Transparencia y Oficina Asesora de|la información Pública y Participación Ciudadana — | Planeación lucha contra la corrupción | + Servicioal Ciudadano + Racionalización de — trámites Grupo Gestión Económica y | + Gestión PresupuestalPresupuestal y ias | Financiera J Eficiencia del Gasto Público” + Gobierno Digital Gobierno y Transformación | Oficina de Tecnologias de la | + Seguridad Digital Digital Información + Gestión de la Información | Estadística Parágrafo 1. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño se encargará de designar los integrantes de cada subcomité; establecer los reglamentos, y definir los temas y políticas que le | corresponde conocer a cada Subcomité Técnico, atendiendo en todo caso a las disposiciones legales que rijan los asuntos a tratar. de igual forma podrá definir temas de emergencia y estudio urgente |

corresponde conocer a cada Subcomité Técnico, atendiendo en todo caso a las disposiciones legales que rijan los asuntos a tratar. de igual forma podrá definir temas de emergencia y estudio urgente | por cada subcomité, por razones de: crisis económica; impacto ambiental; prioridad social y étnica; y orden público. Parágrafo 2. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño podrá crear otros Subcomités Técnicos dependiendo de las necesidades y de las solicitudes que surjan en el marco de la ejecución de las actividades. Parágrafo 3. La rendición de cuentas de la Unidad de Restitución de Tierras se realizará con el liderazgo de la Oficina Asesora de Planeación, en coordinación con la Subdirección General y la Oficina Asesora de Comunicaciones. ARTÍCULO 12”. Funciones Subcor funciones: ités Técnicos. Los subcomités técnicos tendrán las siguientes

1. Conocer, implementar y hacer seguimiento técnico a las políticas de gestión y desempeño institucional asignadas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

2. Revisar y recomendar los planes, programas y proyectos estratégicos derivados de la implementación de las politicas de gestión y desempeño institucional asignadas por el

Comité Institucional de Gestión y Desempeño. GJ-FO-04 vs MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Clasificación de la Información: Publica Cl Reservada ( Clasificada 2 Fecha de aprobación: 9/03/2023 Corera 13 Alo. 2924 590 8 Telefonos (60113203004 emm aorco Una Adminis spec de Gesión de Rescind eras Despoads See Cental | 99 Bogotá, DC, -Co

Corera 13 Alo. 2924 590 8 Telefonos (60113203004 emm aorco Una Adminis spec de Gesión de Rescind eras Despoads See Cental | 99 Bogotá, DC, -Co > SureResolución Número () () 5 4 4 de (2023) Hoja N.7 | ¡Continuación de Resolución “Por medio de la cual se modifican las disposiciones reglamentarias relacionadas con el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad Administrativa de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - UAEGRTO"

3. Proponer y recomendar al Comité Institucional de Gestión y Desempeño los planes, programas y proyectos institucionales derivados de la implementación de las políticas de gestión y desempeño institucional.

4. Elevar propuestas el Comité Institucional de Gestión y Desempeño para el fortalecimiento de la implementación de las Políticas de Gestión y desempeño institucional

5. Elaborar un informe anual que contenga entre otros, los siguientes aspectos: avances, logros | y dificultades en la implementación de las políticas de gestión y desempeño institucional asignadas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, | 6. Dar cumplimiento a las decisiones que imparta el Comité Institucional de Gestión y |

Desempeño.

7. Las demás que le sean asignadas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño Parágrafo 1. Los Subcomités Técnicos no podrán aprobar políticas y planes estratégicos asociados

al Modelo Integrado de Planeación y Gestión ARTÍCULO 13”. Vigencia. La presente Resolución deroga todas las anteriores emitidas sobre esta materia; y rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dada en la ciudad de Bogotá alos 2 7 JUN 2023 Cae |Ni MWA ve Director General Proyect Cats Ricardo Casto Cars - Funcionario Otena Asesora de Planeación97Edith Johanna Delgadillo Carreño - Contratista Oficina Asesora de Planeacio#® Vo 80: Angelth Nuñez -Asesora Contratista - Dirección General WO Oscar Bonita = efe Ofina Asesora de Planeación G— Gu-F0-04 VS | MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Clasificación de la Información: Publica O Reservada 7]Clasticada @ Fecha de aprobación: 9/03/2023 Unidad Administrativa Especial de Gestiónde Restitución de Tieras DespojadasSede Central 280 Teléfono 101) 2 Bagels, DC, 0 vm goeco Soros er: EUtestracion

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