URT - Resolución 00608 de 2022
URT - Unidad de Restitución de Tierras
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Detalles
- Título
- URT - Resolución 00608 de 2022
- Autor
- URT - Unidad de Restitución de Tierras
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2022
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DE TIERRAS
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS
DESPOJADAS RESOLUCIÓN NÚMERO 00608 DE 2022 "Por medio de la cual se adopta la estrategia de Complemento Generacional" EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS - UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales que le confiere el artículo 9 0 del Decreto 4801 de 2011 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 13 de la Constitución Política colombiana, consagró como derecho fundamental la libertad e igualdad de todas las personas ante la ley, en virtud de lo cual recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades. Así mismo, que el Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara medidas en favor de grupos discriminados o marginados y que protegerá especialmente a aquellas personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta. Que el artículo 45 de la Constitución Política de Colombia determinó que "[e]l Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud". Que el artículo 46 de la precitada norma definió que "(e)1 Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria".
Que el artículo 46 de la precitada norma definió que "(e)1 Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria". Que el artículo 103 de la Ley 1448 de 2011 creó la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas -UAEGRTD ola Unidad-, como una entidad especializada de carácter temporal, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio independiente, que tiene como objetivo fundamental servir de órgano administrativo del Gobierno Nacional para la restitución de tierras despojadas. Que la Ley 2078 de 2021 modificó la Ley 1448 de 2011 y los decretos ley étnicos 4633 de 2011, 4634 de 2011 y 4635 de 2011, prorrogando por diez (10) años su vigencia. Qué según el numeral 7 del artículo 9 del Decreto 4801 de 2011 "por medio del cual se establece la estructura interna de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas", hace parte de las funciones de la Dirección General "Mmplementar los mecanismos para la incorporación del enfoque diferencial para mujeres, jóvenes, adolescentes, niños y niñas formulados al-F0-04 VA
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Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300-4279299 Bogotá, D.C., - Colombia
Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300-4279299 Bogotá, D.C., - Colombia vinvw.restituciondetierras.gov.co Siganos en: @tntestituclon. - 41 - "ffi
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Continuación de Resolución: "Por medio de la cual se adopta la estrategia de Complemento Generacional" en la política de atención y reparación a las víctimas en las distintas actuaciones administrativas de la Unidad en materia de gestión de restitución de tierras despojadas." Que el artículo 13 de la Ley 1448 de 2011 consagró que lep principio de enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con características particulares en razón a la edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad (...)" Así mismo, dispone que "[e]l Estado ofrecerá especiales garantías y medidas de protección a los grupos expuestos a mayor riesgo de las violaciones de derechos humanos tales como mujeres, jóvenes, niños y niñas, adultos mayores [...]".
Que el numeral 16 del artículo 15 del Decreto 4801 de 2011 dispone que es función de la Dirección Social "Construir protocolos de actuación, metodologías de intervención y herramientas que permitan a la Unidad incluir un enfoque diferencial de género, edad y situación de discapacidad en todas las actuaciones." Que, frente a los grupos poblacionales con características particulares en razón a la edad, entre otros
a la Unidad incluir un enfoque diferencial de género, edad y situación de discapacidad en todas las actuaciones." Que, frente a los grupos poblacionales con características particulares en razón a la edad, entre otros factores diferenciales a los que el Estado deberá ofrecer especiales garantías y medidas de protección, la Corte Constitucional se ha pronunciado con la categoría de sujetos de especial protección constitucional, como "personas que pertenecen a un sector de la población que, por cuestiones que escapan a su control, se encuentran en circunstancias objetivas de marginalidad o debilidad manifiesta a la hora de satisfacer ciertos derechos fundamentales."' Que en la Sentencia T-252 de 2017, la Corte Constitucional señala que, las personas en razón a su edad pueden presentar debilidades por el avance de esta, lo que repercute en la realización de ciertas funciones y actividades, así como en situaciones de exclusión social que limitan su acceso a oportunidades de orden económico, social y cultural, lo cual hace necesaria la especial protección constitucional. Que en la Ley Estatutaria 1622 de 2013, por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil, modificada por la Ley 1885 de 2018, se plantea la necesidad de una política de juventud, entendida como "...el proceso permanente de articulación y desarrollo de principios, acciones y estrategias que orientan la actividad del Estado y de la sociedad para la promoción, protección y realización de los derechos de las y los jóvenes; así como para generar las condiciones necesarias para que de manera digna, autónoma, responsable y trascendente, ejerzan su ciudadanía mediante la realización de proyectos de vida individuales y colectivos" 2 .
realización de los derechos de las y los jóvenes; así como para generar las condiciones necesarias para que de manera digna, autónoma, responsable y trascendente, ejerzan su ciudadanía mediante la realización de proyectos de vida individuales y colectivos" 2 . Que según el CONPES 4040 del 2020 T..] los jóvenes enfrentan tres principales barreras en diferentes niveles y entornos (...) La primera está relacionada con las inequidades en las oportunidades para el desarrollo de capacidad de agencia y construcción de proyectos de vida; la segunda se refiere a las barreras para el pleno goce de derechos; y la tercera a la frágil gobernanza institucional para el desarrollo integral y el ejercicio de la ciudadanía de la población juvenil." Corte Constitucional de Colombia. MP Córdoba Jaime, sentencia C-707 del 6 de julio de 2005, Colombia, párrafo 6. 2 CONGRESO DE COLOMBIA, Ley estatutaria 1622 de 2013, Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones. Artículo 11, Título II. GJ-F0-04 V.4 El campo es de todos Minagricuttura Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13A N 29-24 (Pisos del Bol 13) - Teléfonos (6011 3770300. 4279299Línea Gratuita Nacional: 01 8000 124212 Ate ción Grupo de Servicio al Ciudadano Carrera 13° No. 28-38 Locales 165166 Manzana 2 Bogotá. D.C., - Colombia
Ate ción Grupo de Servicio al Ciudadano Carrera 13° No. 28-38 Locales 165166 Manzana 2 Bogotá. D.C., - Colombia vvwwsestituclondetierras gov.co Síganos en: @UResiitucionm a -u z g. - = = M Ea •I = = = = = Je m E = e = 1 - z = = = -k .• .... - _ a— —.ir ,. _
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Continuación de Resolución: "Por medio de la cual se adopta la estrategia de Complemento Generacional"
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Continuación de Resolución: "Por medio de la cual se adopta la estrategia de Complemento Generacional" Que, dentro de la línea de acción número 4 del CONPES 4040 del 2020, se establece que "[...] Entre 2021 y 2025 la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas implementará una estrategia de fortalecimiento de capacidades de los jóvenes en familias con procesos de restitución de tierras contribuyendo en la construcción de sus proyectos de vida con enfoque rural." Que, para el cumplimiento de las políticas señaladas en el CONPES 4040 de 2020, "[...] las entidades involucradas en su ejecución gestionarán y priorizarán, en el marco de sus competencias, y teniendo en cuenta el Marco de Gasto de Mediano Plazo del respectivo sector, los recursos para la financiación de las estrategias que se proponen" y para la UAEGRTD se estima un costo total de seiscientos veintisiete millones de pesos (627.000.000).
Que la UAEGRTD, conforme a las actividades incluidas en el plan de acción de la Dirección Social de la vigencia 2019, realizó 4 encuentros regionales con jóvenes vinculados a núcleos familiares de personas vinculadas al proceso de restitución; adicionalmente, se realizaron 17 entrevistas semiestructuradas con jóvenes e institucionalidad, todo, con el objetivo de hacer una identificación de barreras y motivaciones para el retorno y permanencia de jóvenes en los predios solicitados en restitución, como un componente fundamental para la sostenibilidad de la política pública.
con jóvenes e institucionalidad, todo, con el objetivo de hacer una identificación de barreras y motivaciones para el retorno y permanencia de jóvenes en los predios solicitados en restitución, como un componente fundamental para la sostenibilidad de la política pública. Que la Dirección Social de la Unidad, en cumplimiento de sus funciones y con el fin de fortalecer sus estrategias de intervención comunitaria, especialmente la denominada Complemento Generacional, en 2021 desarrolló, conforme a su plan de acción, un análisis de las posibles barreras que enfrentan las personas mayores en el proceso de restitución. Que la UAEGRTD ha identificado que existe migración de los jóvenes rurales a las áreas urbanas debido a distintos factores, entre otros, las debilidades en la calidad y cobertura educativa, las limitaciones a la comercialización de productos agrícolas y pecuarios, las escasa oferta laboral para jóvenes rurales, las condiciones de seguridad territorial y miedo, las afectaciones psicosocia les y las fracturas del tejido social; lo cual puede afectar la sostenibilidad de la política de restitución, en tanto que solo las personas mayores permanecerían en los predios objeto de restitución en zonas rurales. Que del trabajo con jóvenes desarrollado por la Unidad, se ha promovido la generación de encuentros entre los que han asistido a las actividades de empoderamiento, quienes decidieron constituir la Red Nacional de Jóvenes del proceso de restitución de tierras en el marco del encuentro nacional que se llevó a cabo en 2021 en la ciudad de Santa Marta. A ese espacio asistieron 24 jóvenes representantes del todo el país y definieron su estructura de funcionamiento, objetivos, y vocerías. Que, la Unidad identificó que las solicitudes de inscripción en el SRTDAF de personas mayores de 60
del todo el país y definieron su estructura de funcionamiento, objetivos, y vocerías. Que, la Unidad identificó que las solicitudes de inscripción en el SRTDAF de personas mayores de 60 años representan un 54% del total de las recibidas con corte del 30 de junio de 2022; además, ha observado que las personas mayores se enfrentan a riesgos asociados a dificultades en su salud, índices altos de analfabetismo escolar y digital, escasez de redes de apoyo o conflictividad con las existentes, además de situaciones de pobreza y dependencia económica que hacen que su participación en la exigibilidad de sus derechos y acceso al proceso restitutivo se vea limitada. Por tal razón, se hace necesario garantizarles como sujetos de especial protección, un trato diferencial y preferencial durante GJ-F0-04 V.4 El campo es de todos Minagricultura Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Gorrero 13A No 29-24 (Pisos del 8 al 13) - Teléfonos (601) 3770300. 4279299Linea Gratuita Nacional: 01 8000 124212 Atención Grupo de Servido al Ciudadano Carrera 13° No. 28-38 Locales 165166 Manzana 2 Bogotá. D.C., - Colombia www.restituciondetiertas.00v.co Siaanos en: 4111Restituelon" :..- m -a ' m o s n u uay m i z a aE m ig - . TO. r 11 E ▪ m d. I dm •• •
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Continuación de Resolución: "Por medio de la cual se adopta la estrategia de Complemento Generacional" las distintas etapas del proceso, con el fin de lograr una adecuada reparación que responda a sus particularidades, sus condiciones de vulnerabilidad tras el despojo o abandono forzoso de sus predios, y la sostenibilidad del proceso como uno de sus principios.
Que, es necesario acompañar y brindar herramientas técnicas y teóricas para fortalecer a las personas mayores y jóvenes en sus procesos de restablecimiento de derechos, con el fin de promover su retorno al campo y con ello contribuir a la sostenibilidad de la restitución de tierras como medida de reparación integral y transformadora, atendiendo al enfoque diferencial en consideración a la edad de las personas. Que para tal efecto se requiere contar con una estrategia a partir de cual se generen acciones que beneficien el fomento de los derechos de las personas mayores y jóvenes en el marco del proceso de restitución de tierras, mediante el intercambio generacional, la promoción de la construcción de proyectos de vida con enfoque rural, la prelación de casos de persona mayor y la contribución a la eliminación de las barreras que pueden encontrar personas jóvenes y mayores. Que en mérito de lo expuesto,
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CAPITULO I ESTRATEGIA DE COMPLEMENTO GENERACIONAL ARTÍCULO 1. Adopción. Adoptar la estrategia de Complemento Generacional, que tendrá como
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
CAPITULO I ESTRATEGIA DE COMPLEMENTO GENERACIONAL ARTÍCULO 1. Adopción. Adoptar la estrategia de Complemento Generacional, que tendrá como objetivo aportar a la sostenibilidad de la política de restitución de tierras y el desarrollo territorial, a partir del fomento del diálogo e intercambio de experiencias intergeneracionales que contribuyan a la construcción de proyectos de vida con enfoque rural que faciliten el retorno y la permanencia de jóvenes y personas mayores a los predios restituidos. ARTÍCULO 2. Objetivos de la estrategia. La estrategia de Complemento Generacional tendrá los siguientes objetivos específicos: Implementar acciones afirmativas para el reconocimiento de los derechos de las personas mayores y los jóvenes en todas las etapas del proceso de restitución que mitiguen las posibles barreras que enfrentan o pueden enfrentar. Facilitar espacios de formación, empoderamiento e incidencia de jóvenes y personas mayores en cada uno de los territorios, que aporten a la sostenibilidad del proceso de restitución de tierras y lá construcción de confianza entre las instituciones y la comunidad. Identificar alianzas estratégicas con entidades nacionales, no gubernamentales, de la sociedad civil y de cooperación, a partir de las cuales se brinden oportunidades que promuevan el desarrollo rural y proyectos de vida con enfoque rural, que incidan de manera positiva en el goce efectivo de los derechos de jóvenes y personas mayores. GJ-F0-04 V.4 El campo es de todos
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goce efectivo de los derechos de jóvenes y personas mayores. GJ-F0-04 V.4 El campo es de todos
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Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera I3A No. 29-24 (Pisos del Sal 13) - Teléfonos (601) 3770300, 4279299 - Linea Gratuita Nacional: 01 8000 124212 Atención Grupo de Servicio al Ciudadano Carrera 13° No. 28-38 Locales 165166 Manzano 2 Bogotá, D.C., - Colombia www.restituciondefierras.aov.co Síganos en: @UReslitucionr
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desarrollarán acciones para fortalecer el desarrollo de proyectos de vida con enfoque rural y la exigibilidad de derechos en población joven vinculada al proceso de restitución de tierras. Las personas jóvenes participantes tendrán la posibilidad de vincularse a la Red Nacional de Jóvenes del proceso de restitución de tierras, espacio en el que la Unidad impulsará acciones que permita brindar alcance a su participación efectiva en la implementación de la política. EJE 3. Articulación Interinstitucional para la reparación integral. Se incentivará la activación de alianzas estratégicas entre las personas mayores y jóvenes y las entidades nacionales competentes, organizaciones no gubernamentales, de la sociedad civil y las agencias de cooperación, para incidir en el goce efectivo de los derechos de estos grupos poblacionales, mediante la generación de oportunidades para el desarrollo rural y territorial. Artículo 4. Liderazgo de la estrategia. De acuerdo con lo establecido en los numerales 1°, 14° y 16° del artículo 15° del Decreto 4801 del 2011, la estrategia de Complemento Generacional será liderada por la Dirección Social la cual se encargará de desarrollar e impulsar las acciones necesarias para la implementación de la estrategia de manera transversal en las etapas del proceso de restitución. Artículo 5. Participación ciudadana. Se realizarán actividades de socialización con los grupos poblacionales objetos de la estrategia para garantizar la pertinencia y su adecuada implementación. Artículo 6. Articulación institucional. Las distintas áreas de la UAEGRTD, en el marco de sus funciones específicas, se articularán para el diseño de acciones tendientes a promover el conocimiento de la estrategia a nivel interno de manera que sean garantizado los derechos de las personas mayores y jóvenes.
específicas, se articularán para el diseño de acciones tendientes a promover el conocimiento de la estrategia a nivel interno de manera que sean garantizado los derechos de las personas mayores y jóvenes. Artículo 7. Planeación y seguimiento. La Dirección Social será la encargada de diseñar y ejetutar las acciones necesarias para la implementación de la estrategia, mediante la definición de instrumentos y acciones particulares que permitan verificar el cumplimiento al objetivo de esta. Para tal efecto consolidará un plan de trabajo anual de la estrategia de Complemento Generacional, el cual debe ser aprobado por la Súbdirección General e incorporado en el plan de acción de la entidad. El primer plan de trabajo en el merco de esta estrategia será para el año 2023. GJ-F0-04 V.4 El campo es de todos Minagricultura Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13A No. 29-24 (Pisos del 8 01 13) - Teléfonos (601) 3770300, 4279299 - Línea Gratuita Nacional: 01 8000 124212 Atención Grupo de Servicio al Ciudadano Carrera 13° No. 28-38 Locales 165166 Manzana 2 Bogotá, D.C., - Colombia www.restituciondetierros.aov co Sigamos en. @tUResttluclonal • Y 11; . • : m m g h. r iMCIL , m m a o m 2 m ' m m :e E - -- - . ,...
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7 a. :z --.# • • .11 -- .E. a- .> - maResolución Número 00608 de 2022 Hoja N°. 6
Continuación de Resolución: "Por medio de la cual se adopta la estrategia de Complemento Generacional' CAPITULO II LA RED NACIONAL DE JOVENES DEL PROCESO DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS
Continuación de Resolución: "Por medio de la cual se adopta la estrategia de Complemento Generacional' CAPITULO II LA RED NACIONAL DE JOVENES DEL PROCESO DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS Artículo 8. Red Nacional de Jóvenes. Se reconoce la existencia de la Red Nacional de Jóvenes del proceso de restitución de tierras, como un medio para canalizar los intereses y expectativas de los jóvenes en el proceso de restitución, quienes participarán mediante voceros de acuerdo con la estructura que sus integrantes definan. La red se constituye en un espacio de participación efectiva de los jóvenes en el proceso de restitución de tierras.
Artículo 9. Objetivo. La Red Nacional de Jóvenes, como parte de la estrategia de Complemento Generacional, y conforme lo definido por los jóvenes, tiene como objetivo impulsar procesos de integración, asociatividad y autogestión en las personas jóvenes que participan del proceso de restitución de tierras, que permita generar incidencia en el fortalecimiento de sus proyectos de vida con enfoque rural. Artículo 10. Autonomía. La Red Nacional de Jóvenes del proceso de restitución de tierras, es un espacio de participación independiente y actúa a nombre propio. La Unidad es un aliado estratégico y fomentará su dinamización para la garantía de la participación efectiva de los jóvenes en la política de restitución. Artículo 11. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, en la página web de la entidad yen un lugar visible de cada una de las sedes de las Direcciones Territoriales. Asimismo, comunicar a la Subdirección General y a los Directores Técnicos su expedición.
artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, en la página web de la entidad yen un lugar visible de cada una de las sedes de las Direcciones Territoriales. Asimismo, comunicar a la Subdirección General y a los Directores Técnicos su expedición. Artículo 12. Recursos. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos. Artículo 13. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario
ItOficial. ,!:" 2022 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE ce.„
ANDRÉS AUGUSTO CASTRO FORERO Director General Proyectó: Stefania Vargas Tapiero -Contratista - Asesora Jurídica Dirección Social Mateo Saboga' - Contratista - Líder equipo Diálogo Social y Trabajo Comunitario Dirección Social
VoBo: Sergio Fernando Ibarra Rivera - Director Técnico Dirección Social
GJ-F0-04 V.4 El campo es de todos MinagricuLtura Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera I 3A No. 29-24 (Pisos del Sol 13) - Teléfonos (601) 3770300, 4279299Línea Gratuita Nacional: 01 8000 124212 Atención Grupo de Servicio al Ciudadano Carrera 13° No. 28-38 Locales 165166 Manzana 2 Bogotá, D.C., - Colombia www.restituciondetierras.aov.co Siganos en: @URestituclong. Chr - M a M al gimgm. . 1-- Mg I :L ane MI: M = M = g = 1 En :R. ~Ir = s . M ▪ Ma MI= M 7
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