URT - Resolución 00612 de 2024
URT - Unidad de Restitución de Tierras
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Detalles
- Título
- URT - Resolución 00612 de 2024
- Autor
- URT - Unidad de Restitución de Tierras
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2024
COLOMBIA .(Q POTENCIA DE LA ii DE RESTITUCION. VI D A DE TIERRAS UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION DE RESTITUCION DETIERRAS DESPOJADAS RESOLUCION NUMERO DE 2024 :0612“Por medio de la cual se ordena prorrogar el término para manifestar interés ‘contenido en lasResoluciones 1004, 1005 del 2023 y 1063, 1064 de 2023, que ordenaron la baja portransferencia de algunos bienes de propiedad de la Unidad Administrativa Especial de Gestiónde Restitución de Tierras Despojadas aprobados en reuniones de comité de bajas del 26 deoctubre del 2023 y del 05 de diciembre del 2023” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION DE.RESTITUCION DE TIERRAS DESPOJADAS - UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales que le confiere la Ley 489 de 1998, el Decreto 4801 de 2011, elDecreto 1082 de 2015 y la Resolución 0626 de 2015, y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 0626 del 24 de agosto de 2015, se derogó la resolución No. 1141 de 2013 yse creó el Comité de Baja de Bienes e Inventarios de propiedad de la Unidad Administrativa Especialde Gestión de Tierras Despojadas ~ UAEGRTD. Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución 0626 de 2015 autoriza al Comité analizar y decidire informar al Director General la modalidad de la baja de bienes de acuerdo con lo estipulado en elReglamento para el Manejo y Supervisión Administrativa de los bienes de propiedad de la UAEGRTD.
Que el numeral 17 del artículo 9 del Decreto 4801 de 2011 faculta al Director General para suscribir losactos, convenios y contratos para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas a la Entidad. Que de acuerdo con el numeral 5.9.1, del manual para la administración de bienes de la UAEGRTD seestablece la Transferencia — Enajenación de bienes a titulo gratuito como uno de los mecanismos debaja definitiva de bienes. Que, el Primer y Segundo Comité de Baja de Bienes e Inventarios de la UAEGRTD realizados los dias30 de junio del 2023 postergado y reanudado el 26 de octubre del 2023 y el 5 de diciembre de 2023 ,frente a la presentación de bienes que no son requeridos en la Entidad para su uso autorizó realizar labaja de estos por medio de transferencia, tal como consta en actas de las fechas anteriormenterelacionadas. Que, con base en lo anterior y de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.2.2.4.3. delDecreto 1082 de 2015 se expidieron las resoluciones 1004, 1005 del 2023 y 1063, 1064 del 2023, pormedio de las cuales se realizó un inventario de los bienes muebles que no se utilizan y se ordenóofrecerlos a título gratuito a las entidades estatales, los cuales fueron debidamente publicados en lapagina web de la entidad https:/Avww.urt.gov.co/resoluciones-2023. Que, durante el término establecido en las resoluciones, treinta (30) días calendario, ninguna entidadmanifestó interés para recibir la transferencia de los bienes dados de baja.
Que, el 31 de enero del 2024 se actualizaron los valores contenidos en el artículo primero de lasresoluciones 1004 del 2023 y 1064 de 2023, por medio de la expedición de las Resoluciones 116 y 117del 2024,
GJ-FO-04v.6
Clasificación de la Información: Publica © Reservada [] Clasificada & Fecha de aprobación: 9/03/2023
Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso9 - Teléfonos {57 1) 3770300 — 4279299 Bogotá, D.C.. - Colombiawww.urt gov.co Siganos en: GURestitucionResolución Número de 2024 Hoja N°. 200612 |Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se ordena prorrogar el término para manifestarinterés contenido en las Resoluciones 1004, 1005 del 2023y 1063, 1064 de 2023, que ordenaronla baja por transferencia de algunos bienes de propiedad de la Unidad Administrativa Especialde Gestión de Restitución de Tierras Despojadas aprobados en reuniones de comité de bajasdel 26 de octubre del 2023 y del 05 de diciembre del 2023”
Que, en concordancia con lo establecido en el manual para la administración de bienes de laUAEGRTD en el numeral 5.9.1: Conforme al acto administrativo en que se ordene la baja de los bienes por transferencia, sehará el inventario de los bienes que se ofrecerán a título gratuito. Este acto administrativo serápublicado en la página Web de la Entidad, por un término de 30 días hábiles, tiempo en el cualla Entidad interesada deberá manifestarlo por escrito, indicando la necesidad del bien para elcumplimiento de sus funciones y las razones que justifican la solicitud de transferencia, en elevento que dos o más entidades manifiesten su interés, se prioriza la entregará a la entidadque se hubiese expresado primero; en el caso que no exista interés, nuevamente sepresentará al comité de bajas para que se evalúe el destino final de los mismos. Que, conforme a lo expuesto, el Comité de Baja de Bienes e Inventarios de la Unidad AdministrativaEspecial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, según consta en las actas del comité del20 de junio de 2024 (sesión pospuesta por la ausencia de algunos miembros del comité) y del 27 deagosto de 2024 (sesión de reanudación), se decidió prorrogar, por una única vez, el plazo para que lasentidades interesadas manifiesten su interés en recibir los bienes mencionados en las resoluciones1004,1005 de 2023 y 1063 y 1064 de 2023, por un término de treinta (30) días calendario contados apartir de la publicación de la presente resolución.
Que designada la Entidad Estatal a la cual se le concederán los bienes muebles dados de baja por laUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, se realizará el actoadministrativo de transferencia de los bienes y la entrega material en un término no mayor a quince(15) días calendario, contados a partir de la suscripción del acto administrativo de transferencia,mediante acta de entrega suscrita por los delegados designados por cada Entidad. Que por lo antes expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión deRestitución de Tierras Despojadas, atendiendo la recomendación efectuada por el Comité, RESUELVE: ARTÍCULO 4. Prorrogar el plazo por un término de treinta (30) días calendario contados a partir de lafecha de publicación del presente acto administrativo en la página web www.urt.qov.co para queEntidades públicas manifiesten interés en recibir la transferencia de los bienes contenidos en lasresoluciones 1004 y 1005 de 2023 y 1063, 1064 de 2023. ARTÍCULO 2. Entregar a título gratuito los bienes detallados en el artículo anterior a la Entidad Estatalque manifieste su interés total o parcial por escrito, dentro del plazo previamente establecido. En dichamanifestación la Entidad interesada indicará la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien ylas razones que justifican la solicitud y la documentación requerida. ARTÍCULO 3. La entidad estatal interesada en recibir los bienes muebles mencionados en el presenteacto administrativo por transferencia a título gratuito deberá manifestarlo por escrito a la UnidadAdministrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas — Nive! Central en la direcciónCarrera 13 A No. 29-24 piso 8° en la ciudad de Bogotá. Esta manifestación debe ser dirigida al Grupo deGJ-FO-04v.6
Clasificación de la Información: Publica C) Reservada C Clasificada Fecha de aprobación: 9/03/2023
Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (601) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - ColombiaWww.urt.gov.co Siganos en: GURestitucionResolución Número de 2024 Hoja N”. 3
Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se ordena prorrogar el término para manifestarinterés contenido en las Resoluciones 1004, 1005 del 2023 y 1063, 1064 de 2023, queordenaron la baja por transferencia de algunos bienes de propiedad de la UnidadAdministrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas aprobados enreuniones de comité de bajas del 26 de octubre del 2023 y del 05 de diciembre del 2023” periodo de publicación establecido en el artículo segundo de esta Resolución, junto con los siguientesdocumentos:
a. Copia del Acto de creación de la Entidad Estatalb. Copia del nombramiento, acta de posesión y cédula de ciudadanía del Representante Legal osu delegado.
PARAGRAFO 1. En el evento de existir dos (2) o más manifestaciones de interés de los bienes seentregará a aquella entidad que hubiere manifestado primero su interés. PARÁGRAFO 2. Una vez determinada la Entidad Estatal a la cual se entregarán los bienes mueblesdados de baja por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, serealizará el acto administrativo de transferencia de los bienes y la entrega material en un término no mayora quince (15) días calendario, contados a partir de la suscripción del acto administrativo de transferencia,mediante acta de entrega suscrita por los delegados designados por cada Entidad. ARTÍCULO 4. Los elementos relacionados en el artículo primero de la presente resolución se encuentranfísicamente en las ciudades relacionadas con anterioridad y podrán ser revisados por parte de lasentidades interesadas en el horario comprendido entre las 2:00 pm y las 4:00 pm de lunes a viernes, previacoordinación con el Grupo de Gestión de Seguimiento y Operación Administrativa — Almacén e Inventarios(Teléfono 6013770300 Ext 1515 o correo electrónico edgar.guerrero@urt.gov.co). Los bienes serán entregados en las condiciones y lugar donde se encuentre. ARTÍCULO 5. La Entidad Estatal que reciba los bienes deberá costear los gastos por goncepto detransporte, carga y descargue de los mismos hasta su lugar de destino. ARTÍCULO 6. Publicar el presente acto administrativo en la página web de la Unidad AdministrativaEspecial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas de acuerdo con lo establecido en el artículo2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015.
"ARTÍCULO 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dada en la ciudad de Bogotá a los 2 8 AGO 2024 EL GIOVANI YEDirector General Proyectó: Edgar Emilio Guerrero Navarro — Profesional EspelVoBo Jaqueline Campos Rincón - Secretaria GeneralJorge Enrique Castillo CendalesCoordinador Grup: izado Secretaria General ak Yaneth Corredor Echeverria - Contadora UAEGRTD.Gestión de Seguimiento y Operación A 2ADiego Santamaria Delgado - Contratista Secretari SSneralPaula Andrea Sanabria Parra — Profesional Especializado Secretaría General GJ-FO-04v.6
Clasificación de la Información: Publica O Reservada O Clasificada Y Fecha de aprobación: 9/03/2023
Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos ($01) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urtgov.co Siganos en: GURestitucion