URT - Resolución 00741-1 de 2023
URT - Unidad de Restitución de Tierras
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Detalles
- Título
- URT - Resolución 00741-1 de 2023
- Autor
- URT - Unidad de Restitución de Tierras
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2023
UNIDAD |
| SW? DE RESTITUCIÓN
DE TIERRAS
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS RESOLUCIÓN NÚMERO . (07 4] DE2023 “Por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución No. 00495 del8 de junio de 2023, “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de la Unidad Administrativa de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas”” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS - UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 1 del artículo de la Ley 1010 del 2006 y sus modificaciones, las Resoluciones 2646 de 2008, 00652 y 1356 del 2012 expedidas por el Ministerio de Protección Social, el numeral 13 del artículo 9” del Decreto 4801 de 2011, y CONSIDERANDO: | Que el Gobierno Nacional expidió la Ley 1010 de 2006" cuyo objeto es “(...) definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública” Que en el artículo 2 ibídem, se define el acoso laboral como ...) toda conducta persistente y
demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador, por parte de un empleador, un jefe o superior Jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subaltemo, encaminada a infundir ‘miedo, intimidación, terror o angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, 0 inducir la renuncia al mismo”, frente al cual deberán adoptarse medidas preventivas y correctivas, dentro de las que se encuentran los “Comités de la empresa de carácter bipartita” (ibidem, artículo 9, numeral 1). Que en concordancia con lo anterior, en el numeral 1.7, articulo 4 de la Resolución 2646 del 23 de julio de 2008, expedida por el Ministerio de la Protección Social, se estableció como medida preventiva y correctiva, entre otras, “1.7 Conformar el Comité de Convivencia Laboral y establecer un procedimiento interno confidencial, conciliatorio y efectivo para prevenir las conductas de acoso laboral". "Pond acuse aan medidos paa preven, corey sncona el coso atra os asians l marco de ios relaciones de trabao”. y Por ía cualse establecen las disposiciones y se deinen rosponsataades para a 1dentcacón,ovalvación, prevención intervencióny 'montoreo permanente de la exposición a factores de sesgo psicosocial en el abajo y para a detorminacin der rin de as patolog/os causadas porel estrés ocupacional”
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V5 MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Clasificaciónde la Información Publica (] Reservada 1] Ciasficada 2 Fecha de aprobación: 9/03/2023
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V5 MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Clasificaciónde la Información Publica (] Reservada 1] Ciasficada 2 Fecha de aprobación: 9/03/2023 Unidad Administrativa Especiol de Gestión de Restitución de Tiertas Despojadas - Sede CentralResolución Número () () 7 ¿7 de2023 — HojaN”.2
Continuación de Resolución: “Por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución No. 00495 del8 de junio de 2023, “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral dela Unidad Administrativa de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas”” Que a fin de implementar, en las entidades públicas y privadas, la Conformación del Comité deConvivencia Laboral, como medida correctivay preventiva de acoso laboral, el Ministerio del Trabajo,mediante el artículo 3 de la Resolución No. 00652 del 30 de abril de 2012, modificado por el artículo 2 de la Resolución No. 1356 del 18 de julio de 20124, estableció la conformación y funcionamiento del referido Comité, señalando: “Artículo 10. Modifiquese el artículo 30 de la Resolución 652 de 2012, el cual quedará asi: Artículo 30. Conformación. El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes.
Los integrantes del Comité preferiblemente contarán con competencias actitudinales y
suplentes. Las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes. Los integrantes del Comité preferiblemente contarán con competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos. En el caso de empresas con menos de veinte (20) trabajadores, dicho comité estará conformado por un representante de los trabajadores y uno (1) del empleador, con sus respectivos suplentes. | El empleador designará directamente a sus representantes y los trabajadores elegirán los suyos a través de votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y auténtica de todos los trabajadores, y mediante escrutinio público, cuyo procedimiento deberá ser adoptado por cada empresa o entidad pública, e incluirse en la respectiva convocatoria de la elección. “El Comité de Convivencia Laboral de entidades públicas y empresas privadas no podrá conformarse con servidores públicos o trabajadores a los que se les haya formulado una queja de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral, en los seis (6) meses anteriores a su conformación". Que en cumplimiento de la normatividad citada en precedencia, mediante la Resolución No. 00495 del ocho (8) de junio de 2023, se conformó el Comité de Convivencia Laboral de la UAEGRTD, designando como representantes principales de la unidad a los siguientes funcionarios: > Por la cust se establece la conformación y tuncionamento det Came de Convwencia Labora en ls entidades públicos y empresas Pa dcoascees |
designando como representantes principales de la unidad a los siguientes funcionarios: > Por la cust se establece la conformación y tuncionamento det Came de Convwencia Labora en ls entidades públicos y empresas Pa dcoascees | "Paria cual se moditca porcaimentela Resolución €52 de 201 GJ-FO.04 vs MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Clasificación de la Información: Publica O Reservada D Clasificada 12 Focha de aprobación: 9/03/2023 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central sanos 1401) 37702004279299 Bogotá. DC. ColombiaCanero 13. No. 29-24 10.81 www urigov.co Siganosen: @UResttuctonResolución Númera;. (| de 2023 Hoja N°. 3
Continuación de Resolución: “Por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución No. 00495 del 8 de junio de 2023, “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de
la Unidad Administrativa de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas’” Representantes principales de la Unidad: (No. Nombres Cargo Subdirector General Unidad 1 Aura Patricia Bolívar Jaime Administrativa Especial, código 0040, | grado 24, o quien haga sus veces. Director Técnico, código 0100, grado 22, oquien haga sus veces2 Acxan Duque Gámez Representantes suplentes de la Unidad:
No, Nombres Cargo Asesor, código 1020, grado 14 de la _| Dirección General Director técnico, código 0100, grado _| 22, Dirección Social 3 Nelson Lemus Cruz 4 John Jairo Rincón Garcia Representantes principales de los Trabajadores: TotalNo. | Nombres Cargo votos 1 | Alba Libia Rincón Suarez Profesional Especializado, grado 17 62 | Francisco Femando Parra Triana | ProfesionalUniversitario, grado 8 46 Representantes suplentes de los Trabajadores: No. | Nombres Cargo [3 | AnaMaría Ardila Almeida Profesional Especializad 4 Dewin Fernando González Mendoza Profesional Especializado, grado 13 Que "EI período de los miembros del Comité de Convivencia será de dos (2) años, a partir de la conformación del mismo, que se contarán desde la fecha de la comunicación de la elección y/o designación” (Resolución No. 00652, 2012, artículo 53) Que mediante Resolución No. 00634 de 2023, se aceptó la renuncia al empleo denominado Subdirectora General, código 0040, grado 24, presentada por la funcionaria AURA PATRICIA BOLÍVAR JAIME, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.966.152, a partir del veinticinco (25) de julio de 2023, "Periodo del Comi de Convivencia Labora GJ-FO.04 vs MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Clasificaciónde la Información: Publica (] Reservada Cl Clasificada 62 Fecha do aprobación: 9/03/2023 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central
Clasificaciónde la Información: Publica (] Reservada Cl Clasificada 62 Fecha do aprobación: 9/03/2023
Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Cortera 13 ANO. 29-24 nso 8. Tetétonos [801] 3770900 - 4219299 Bogoló.O.C..- Colombia ‘eww ut dov.co Siganos en: AURestucionResolución Número: de 2023 Hoja N°. 4
Continuación de Resolución: “Por la cual se modifica el artículo 1 de laResolución No. 00495 del 8 de junio de 2023, “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de la Unidad Administrativa de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas”” Que el suscrito Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, mediante memorando interno DIG - 00113 del once (11) de agosto de 2023, designó como representante de la Unidad ante el Comité de Convivencia Laboral, a la funcionaria PAULA ANDREA VILLA VÉLEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 21.527.700, quien actualmente se desempeña en el empleo denominado Director Técnico, código 0100, grado 22, de
la Dirección Jurídica de Restitución. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificar el artículo1 dela Resolución No. 00495 del ocho (8) de junio de 2023, en el sentido designar como uno de los representantes principales de la UAEGRTD ante el Comité de
RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificar el artículo1 dela Resolución No. 00495 del ocho (8) de junio de 2023, en el sentido designar como uno de los representantes principales de la UAEGRTD ante el Comité de Convivencia Laboral, a la funcionaria PAULA ANDREA VILLA VÉLEZ, el cual quedará asi “ARTÍCULO 1. Conformar el Comité de Convivencia Laboral de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, de la siguiente forma:
Representantes principales de los Trabajadores: TotalNo. Nombres Cargo TS ia 1 Alba Libia Rincón Suárez | Profesional Especializado, grado 17 | — 62 2 Francisco Fernando Parra Triana Profesional Universitario, grado 8 | 46 Representantes suplentes de los Trabajadores: TotalNo. Nombres Cargo eel 3 Ana María Ardila Almeida | Profesional Especializado, grado 13 | 31 | Dewin Fernando Gonzálezalee | Profesional Especialzado, grado 13 | 28 | Representantes principales de la Unidad: No. Nombres —_—_ Cargo | Director Técnico, código 0700, grado1 Paula Andrea Villa Vélez 22, o quien haga sus veces. Director Técnico, código 0100, grado 2 Agen Duque Gámez 22, o quien haga sus veces. J
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VS MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Castcaciond la Información; Pubica ( Reservada [9 Clasiicada 2 Fechade aprobación: 903/2023
Unidad Administrativa Espectal de Gestión de Restitución de Tierras Despojados - Sede Central sera 13 A No. 2924 0150 8 Tolétonos (4011 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C..- € “goros en: @UResttucionResolución Número ()) 7 4] dez023 — HojaN'.5
Continuación de Resolución: “Por la cual se modifica el artículo 1 do la Resolución No. 00495 del 8 de junio de 2012, “Por medio de la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de la Unidad Administrativa de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas”” Representantes suplentes de la Uni No. Nombres E Cargo | Asesor, código 1020, grado 14 de la[3 Nelson Lemus Cruz Diecdin Coma a Jah aro Ribcin Garcia Director técnico, código 0100, grado 22, Dirección Social. | PARÁGRAFO 1. En caso de falta temporal de alguno de los representantes principales de lostrabajadores o del empleador, será reemplazado por el suplente”.
ARTÍCULO 2. El periodo del Comité de Convivencia Laboral de la UAEGRTD será de dos (2) añoscontados a partir de la fecha de la expedición de la presente Resolución
ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE Y CÚMPLASE AGO 2023Dada en la ciudad de Bogotá alos || © ANI YULE ZAPE~ Director General O Proyecto: Juan Pablo Lemus Vecino - Profesional Especializado Contratista — oP| Revisó: — Mónica Patricia Sánchez Sarmiento - Profesional Especializado - GGTOM,Vo. Bo: Angélica Maria Salazar BarretoAsesora - Contratista - GGTD!Nayibe Espitia Mancipe - Asesora ~ Contratista - GGTDH.Diana Cristina Caicedo ~ Asesora - Contratista - GGTOH WoJaqueline Campos Rincón - Secretaria GeneralSG.
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MINISTERIO DE AGRICULTURA | Y DESARROLLO RURAL Clasificación de la Información: Publica () Reservada CJ Clasificada bt Fecha de aprobación 9/09/2023 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central