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URT - Resolución 00749 de 2024

URT - Unidad de Restitución de Tierras

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Detalles

Título
URT - Resolución 00749 de 2024
Autor
URT - Unidad de Restitución de Tierras
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año
2024

COLOMBIA 2POTENCIA DE LA BOR; unipanG “SVP? pe RESTITUCIÓNVi DA DE TIERRAS

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION DE RESTITUCION DETIERRAS DESPOJADAS RESOLUCION NUMERO DE 202400749 “Por medio de la cual se adopta el uso del software libre en la UnidadAdministrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓNDE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS - UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales que le confiere la Ley 489 de 1998, la Ley 2294 de2023, el Decreto 4801 de 2011, el Decreto 1082 de 2015, y, CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está alservicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, en los principios deigualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante ladescentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Quea la luz del principio de neutralidad tecnológica consagrado en la Ley 1341 de 2009 ylos desarrollos normativos relativos al PETI y al Modelo de Gestión, resulta evidente quecada entidad debe evaluar la mejor forma de estructurar sus sistemas tecnológicos, a la luzde lineamientos nacionales. Que el Decreto 1078 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentariodel Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” en su articulo2.2.9.1.2.2 establece que El Ministerio de Tecnologías de la Información y lasComunicaciones expedirá y publicará lineamientos, guías y estándares para facilitar lacomprensión, sistematización e implementación integral de la Política de Gobierno Digital.

Que, el Documento CONPES 3975 de 2019, "Política Nacional para la TransformaciónDigital e inteligencia Artificial”, establece acciones encaminadas a impulsar latransformación digital del sector público y del sector privado mediante la disminución debarreras que impiden la incorporación de tecnologías digitales, el fortalecimiento del capitalhumano y la creación de condiciones habilitantes para el aprovechamiento de lasoportunidades de la transformación digital. Que, el documento CONPES 4070 de 2021, “Lineamiéntos de Política para laimplementación de un Modelo de Estado Abierto”, establece acciones para generarconfianza ciudadana en la institucionalidad pública y avanzar en una agenda deconstrucción conjunta de soluciones a los problemas públicos, señalando que el uso de lasTecnologías de la información y las Comunicaciones es un atributo esencial de la apuestapor un Estado abierto.

GJ-FO-04v.5

Clasificación de la Información: Publica EJ Reservada U Clasificada & Fecha de aprobación: 9/03/2023

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300~ 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número de 2024 Hoja N”, 2

Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el uso del software libre en laUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas” Que, la Resolución 460 de 2022, el MinTIC expidió el Plan Nacional de infraestructura deDatos estableciendo los lineamientos generales para su implementación, con el fin deimpulsar la toma de decisiones basadas en datos de los sujetos obligados a la Política deGobierno Digital, a partir del aumento, uso y aprovechamiento de la información eincorporando el enfoque de datos como infraestructura.

Que, una vez revisadas las recomendaciones en materia de Gobierno Digital emanadas dela Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, el Banco Mundial,el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco de Desarrollo de América Latina - CAF, laOrganización de Estados Americanos - OEA, la Unión Europea y la Comisión Económicapara América Latina y el Caribe (Cepal), se ha identificado que la transformación digitaldebe ser entendida como el uso de las tecnologías digitales para mejorar el logro de lospropósitos y necesidades de las sociedades, y que la gobernanza es un elementoimportante para recuperar y fortalecer la confianza y la legitimidad del Estado, a partir de laparticipación activa y colaborativa de los actores que hacen parte de la sociedad, y quecontribuyen en la identificación, diseño e implementación de acciones, para lo cual esnecesario establecer mecanismos inclusivos que permitan que esto suceda.

Que mediante la Ley 2294 de 2023 “por el cual se expide el plan nacional de desarrollo20222026 “Colombia potencia mundial de la vida”. Establece en su artículo 144. Numeral4: Impulsar el uso de software libre, código abierto y tecnologías digitales emergentes. Que revisado el repositorio normativo de la entidad no se ha adoptado como lineamiento eluso del software libre el cual facilitaría a la entidad la apropiación de los siguientes saberes:|) La libertad de usar el programa con cualquier propósito (uso). Il) La libertad de estudiarcómo funciona el programa y modificarlo, adaptándolo a las propias necesidades (estudio).111) La libertad de distribuir copias del programa, con lo cual se puede ayudar a otrosusuarios (distribución). IV) La libertad de mejorar el programa y hacer públicas esas mejorasa los demás, de modo que toda la comunidad se beneficie (mejora). Que el software libre permite el uso y acceso al código fuente, lo que significa que la entidadse apropia del saber y no depende solo de la compra y venta del uso de licencias en lasque no se puede estudiar y modificar el programa según sea necesario. En mérito de lo anterior, el director general de la Unidad Administrativa Especial de Gestiónde Restitución de Tierras Despojadas.

RESUELVE: Artículo 1. Objeto. La presente Resolución tiene por objeto adoptar el uso de software libreen la UAEGRTD bajo metodologías alineadas a las mejores prácticas para el desarrollo ymantenimiento de software que den solución a necesidades propias de la ciudadanía y laadministración pública, permitiendo el control de la Entidad en su actividad tecnológica,velando por la seguridad y custodia de la información de sus ciudadanos y partes

GJ-FO-04v.6

Clasificación de la Información: Publica O Reservada O Clasificada & Fecha de aprobación: 9/03/2023

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (601) 3770300 — 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucionClasificación de la Información: Publica [1 Reservada O Clasificada X Resolución Número de 2024 Hoja N”. 300749

Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el uso del software libre en laUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas” interesadas, llevándola a cabo en armonía con la Política de Gobierno Digital y SeguridadDigital.

Artículo 2. Principios. El uso de software libre en la UAEGRTD se regirá por los principiosde la Política de Gobierno Digital, artículo 2.2.9.1.1.3., y los lineamientos del Decreto 767de 2022, destacando los siguientes en particular:

1. Libertad de Uso: La UAEGRTD a través del uso del software libre podrá desarrollarsus sistemas de información a partir de sus propias soluciones con una visión integralde la UAEGRTD y el análisis de la arquitectura frente a su misión institucional, losobjetivos estratégicos, la operación por procesos y el portafolio de trámites y servicios.2. Libertad de estudiar cómo funciona el programa, y adaptarlo a sus necesidades:La UAEGRTD podrá desarrollar su propio código fuente o acceder al código fuente deun software libre, cumpliendo con las directrices de la OS! agrupadas en la definicióndel software de fuentes abiertas (open source definition)3. La libertad de distribuir copias: LA UAEGRTD en aras del ecosistema digital podrá’ previa autorización del Comité de Gestión y Desempeño Institucional, distribuir el códigofuente promoviendo el modelo para compartir soluciones tecnológicas entre lasinstituciones gubernamentales.4. La libertad de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras a los demás. LaUAEGRTD podrá mejorar el código fuente de software libre existente cumpliendo concumpliendo con las directrices de la OSI agrupadas en la definición del software defuentes abiertas (open source definition).

Artículo 3. Alineación Estratégica. El uso de software libre en la UAEGRTD seimplementará cumpliendo con la alineación estratégica institucional y la arquitectura dereferencia, donde sus actividades deberán enmarcarse bajo una estructura de proyectosque permitan el seguimiento y medición de los avances y recursos destinados para lograrlos resultados en el Plan Estratégico de TI.

Parágrafo 1. La adopción del uso de Software Libre requiere recursos para su operación,los cuales deberán estar presupuestados por la UAEGRTD para lograr los objetivos. Artículo 4. Instancias Técnicas para la implementación de Soluciones basadas enUso de Software libre en la UAEGRTD. El Jefe de Tecnologías de la Información o quienhaga de sus veces y el Coordinador del Grupo de Gestión de Información y Sistemas deInformación — GGISI o quien haga de sus veces, definirá las instancias técnicas y los rolesnecesarios en la implementación de Soluciones basadas en Uso de Software libre en laUAEGRTD, a partir de las necesidades organizacionales y la evolución de las capacidadespara el desarrollo del software libre. Artículo 5. Marco para el Desarrollo de Software Libre en la UAEGRTD. El Jefe deTecnologías de la Información o quien haga de sus veces y el Coordinador del Grupo deGestión de Información y Sistemas de Información ~ GGISI o quien haga de sus veces,establecerán el marco metodológico para el desarrollo de software libre, cumpliendo conestándares de industria que faciliten la adopción en el proceso de gestión de Tl y/o losprocesos correspondientes en el Modelo de Operación por Procesos en alineación con elMarco de Referencia de Arquitectura Empresarial v 3.0. GJ-FO-04v.6

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Fecha de aprobación: 9/03/2023 Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos (601) 3770300 ~ 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww. urt.gov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número de 2024 Hoja N”. 400/49Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se adopta el uso del software libre en laUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas” Parágrafo 1. El Marco para el Desarrollo del Uso de software libre deberá actualizarse cadavez que se expida o publique un lineamiento, guía o estándar aplicable en la VAEGRTD. Artículo 6. Uso y Apropiación de la Política de software libre en la UAEGRTD. El Jefede Tecnologías de la Información o quien haga de sus veces y el Coordinador del Grupo deGestión de Información y Sistemas de Información — GGISI o quien haga de sus veces,deberá diseñar estrategias para la gestión del conocimiento, el uso y la apropiación de lassoluciones resultantes del «desarrollo de software libre, garantizando los activos deinformación en materia tecnológica para usuarios técnicos como funcionales en la Entidad. Artículo 7. Seguimiento y Medición. El Jefe de Tecnologías de la Información o quienhaga de sus veces y el Coordinador del Grupo de Gestión de Información y Sistemas deInformación ~ GGISI o quien haga de sus veces, serán los responsables del seguimiento ymedición de los avances y resultados de la implementación de las Soluciones basadas enel uso de Software Libre.

Parágrafo 1. Dado que el desarrollo de software libre estará enmarcado bajo una estructurade proyectos, deberá cumplir con la ficha técnica de indicadores que tiene la UAEGRTD ensu Sistema Integrado de Planeación y Gestión. Artículo 8. Vigencia. La presente resolución entrará en vigor a partir de su publicación. COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dada en la ciudad de Bogotá a los 01 NUV 2024 MMS SC EL GIOVANI YULE ZAPEDirector General Proyectó: Carmen Adriana MonjeContratista Gopierno Digital Oficina de Tecnologías de la mina AVoBo: Carlos Alberto de OssaJefe (de la Oficind de Tecnologías de la Información - OTIA==-Jaqueline Campos Rincón ~ Secretaria GeneralDiana Marcela Rincón López - Coordinadora del Fupo de Gestión de Información y Sistemas de Información — OTI. ih,

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Clasificación de la Información: Publica E] Reservada O Clasificada & Fecha de aprobación: 9/03/2023

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (601) 3770300 — 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucion

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