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URT - Resolución 00822 de 2022

URT - Unidad de Restitución de Tierras

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Detalles

Título
URT - Resolución 00822 de 2022
Autor
URT - Unidad de Restitución de Tierras
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año
2022

¿eOre,sega UNIDADLA A]SNS DE RESTITUCIÓNDE TIERRAS iUNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION DE RESTITUCIÓN DE TIERRASDESPOJADAS RESOLUCIÓN NÚMERO fl 0 8 2 2 \ DE 2022 “Por la cual se crea el comité de seguimiento al acuerdo colectivo de conformidad con el actafinal del acuerdo colectivo” LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION DERESTITUCION DE TIERRAS DESPOJADAS - UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto No. 4801 de 2011,la Resolución No. 00713 del 2 de septiembre del 2022 y CONSIDERANDO: Que el día veinte (20) de abril de 2022 se suscribió entre la Unidad Administrativa Especial deGestión de Restitución de Tierras Despojadas -UAEGRTDy el Sindicato Nacional de ServidoresPúblicos de la UAEGRTDSINTRAURTel acta final de acuerdo colectivo de la negociación del pliegode solicitudes presentado a la UAEGRTD por el Sindicato Nacional de Servidores Públicos de laUAEGRTD — SINTRAURT. Que a través de la Resolución No. 00357 del dos (02) de mayo del 2022, se adoptó el acuerdocolectivo logrado en la negociación del pliego de solicitudes presentado a la Unidad AdministrativaEspecial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas — UAEGRTD — por el Sindicato Nacional deServidores Públicos de la UAEGRTD — SINTRAURT.

Que conforme al Acta Final del Acuerdo Colectivo se acordó en el artículo sexto (6°), conformar eintegrar un comité de seguimiento, el cual se reunirá cada dos (2) meses durante la vigencia delacuerdo. Dicho comité estará conformado por cuatro (4) miembros de la organización sindical ycuatro (4) miembros por parte de la Unidad. Que en el marco del referido Acuerdo, se crea el comité de seguimiento al acuerdo colectivo suscritoentre la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas— UAEGRTDy el Sindicato Nacional de Servidores Públicos de la UAEGRTD— SINTRAURTpara la garantía ycumplimiento de lo acordado. |Que de conformidad con el articulo 19 numeral 17 del decreto 4801 de 2011, la secretaria generaltiene la facultad de coordinar los apoyos para la realización de las actividades logísticas requeridaspara los levantamientos de información y demás acciones en campo necesarias para elcumplimiento de la gestión de restitución de tierras despojadas. "Que, en mérito de lo expuesto, : .

GJ-FO-04V.4

El campo”- es de todos.

Clasificacién de la Información: Publica Xi Reservada 1 Clasificada O Fecha de aprobación: 28/12/2018

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (60 1) 37703004279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.utt.gov.co Siganos en: @URestitucionResolución Número ff 0 8 997 de 2022 ‘ Hoja N°. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se crea el comité de seguimiento al acuerdo colectivo deconformidad con el acta final del acuerdo colectivo” RESUELVE: ARTÍCULO 1. CREACIÓN. Créese el comité de seguimiento al acuerdo colectivo logrado entre laUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas — UAEGRTD - y elSindicato Nacional de Servidores Públicos de la UAEGRTD — SINTRAURT-. ARTÍCULO 2. CONFORMACIÓN. El comité de seguimiento al acuerdo colectivo estará conformadopor los siguientes miembros: El Director General y/o su delegado.La Directora Jurídica y/o su delegado.La Secretaria General y/o su delegado.La Coordinadora del Grupo de Gestión de Talento y Desarrollo Humano. ARTICULO 3. FUNCIONES. £l comité de seguimiento tendrá la función de realizar seguimiento atodo lo acordado en el acta final del acuerdo colectivo suscrita el veinte (20) de abril del 2022 entrela Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas — UAEGRTD — yel Sindicato Nacional de Servidores Públicos de la UAEGRTD — SINTRAURT-. PARAGRAFO. Al finalizar cada sesión de seguimiento se suscribirá por todos los asistentes un actade reunión la cual podrá firmarse de forma digital o manuscrita. ARTICULO 4. SESIONES. El comité de seguimiento, se reunirá de manera virtual cada dos (2) mesesdurante la vigencia del acuerdo colectivo, previa solicitud presentada.

PARAGRAFO. La Secretaria General quien fungirá como Secretaria Técnica del comité deseguimiento, será la encargada de citar a los integrantes del mencionado comité con unaanticipación no inferior a cinco (5) días calendario previos a la reunión. ARTICULO 5. DURACIÓN. El comité de seguimiento tendrá vigencia de un (1) año a partir de la firmadel acuerdo colectivo. ARTICULO 5. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASEDada en la ciudad de Bogotá a los | ? OCT 2022 Secretaria General, a1] ,Proyectó Ángela Cristina Carrillo Lozano - Profesional Universitario ContratistaGGTDH.,Revisó: Angle Lorena Hernández Vásquez -Profestonal Especializado ContratistaGi H,VoBo Misaelina Ospina Peña Coordinadora del Grupo de Talentoy Desarrollo Humant TOH.Paula Alejandra Moreno Andrade - Profesional Universitario ContratistaGGTOM,César Garcia Vargas - Asesor ContratistaSG.Carolina Vergara Ospina - Asesora Contratista — SG. GJ-FO-04v4 El campo Minagriculturaes de todos3

Clasificación de la Información: Publica & Reservada U Clasificada U Fecha de aprobación: 28/12/2018

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos [60 1} 3770300 - 4279299 Bogotá. D.C., - Colombiawww.urtgov.co Siganos en: GURestitucion

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