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URT - Resolución 00852 de 2024

URT - Unidad de Restitución de Tierras

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Detalles

Título
URT - Resolución 00852 de 2024
Autor
URT - Unidad de Restitución de Tierras
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año
2024

uo UNIDADte DE RESTITUCIÓNBil DE TIERRAS UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION DE RESTITUCION DETIERRAS DESPOJADAS RESOLUCIÓN NÚMERO () () 8 3 2DE 2024 “Por medio de la cual se ordena la baja de algunos bienes de propiedad de la UnidadAdministrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas y la publicaciónpara su enajenación a título gratuito a Entidades del Estado” LA DIRECTORA GENERAL ENCARGADA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DEGESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS - UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales que le confiere la Ley 489 de 1998, el Decreto 4801 de 2011,el Decreto 1082 de 2015, la Resolución 0626 de 2015 y la Resolución 355 de 2024 expedida por elMinisterio de Agricultura y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 0626 del 24 de agosto de 2015, se derogó la resolución No. 1141 de 2013y se creó el Comité de Baja de Bienes e Inventarios de propiedad de la Unidad AdministrativaEspecial de Gestión de Tierras Despojadas -- UAEGRTD. Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución 0626 de 2015 autoriza al Comité analizary decidire informar al Director General la modalidad de la baja de bienes de acuerdo con lo estipulado en elReglamento para el Manejo y Supervisión Administrativa de los bienes de propiedad de laUAEGRTD.

Que el numeral 17 del articulo 9 del Decreto 4801 de 2011 faculta al Director General para suscribirlos actos, convenios y contratos para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas a laEntidad. Que, en virtud de los procedimientos y sistemas de control sobre Baja de Bienes e Inventarios, laUAEGRTD considera procedente depurar y actualizar sus inventarios. Que de acuerdo con el numeral 5.9.1, del manual para la administración de bienes de la UAEGRTDse establece la Transferencia — Enajenación de bienes a título gratuito como uno de los mecanismosde baja definitiva de bienes. Que los bienes objeto de baja cuentan con la respectiva ficha técnica en la que el Almacén y la partetécnica certifican que los bienes objeto de baja no son útiles a la Unidad y documento expedido porla Contadora de la Unidad donde certifica el valor de la depreciación y el valor histórico de los bienesobjeto de baja. Que por fo anterior, el Comité de Baja de Bienes e Inventarios de la Unidad Administrativa Especialde Gestión de Restitución de Tierras Despojadas mediante acta de comité del 23 diciembre de 2024y frente a la presentación de bienes que no son requeridos en la Entidad para su uso, manifiesta quela destinación final de los mismos será a través de transferencia a título gratuito a EntidadesEstatales. Que atendiendo los lineamientos de la normatividad, específicamente el Artículo 2.2.1.2.2.4,3. delDecreto 1082 de 2015, es necesario hacer un inventario de los bienes muebles que no se utilizan yofrecerlos a título gratuito a las entidades estatales a través de un acto administrativo motivado quedebe ser publicado en la página web de la Entidad.

Que designada la Entidad Estatal a la cual se le concederán los bienes muebles dados de baja porla Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, se realizará elacto administrativo de transferencia de los bienes y la entrega material en un término no mayor a

GJ-FO-04v.6

Clasificación de la Información: Publica XI Reservada O Clasificada 0 Fecha de aprobación: 9/03/2023

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: GURestitucionClasificación de la Información: Publica O Reservada (1 Clasificada Mi Resolución Número 0 0 8 5 2 de 2024 Hoja N”. 2

Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se ordena la baja de algunos bienes depropiedad de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadasy la publicación para su enajenación a título gratuito a Entidades del Estado” quince (15) días calendario, contados a partir de la suscripción del acto administrativo detransferencia, mediante acta de entrega suscrita por los delegados designados por cada Entidad.

Que por lo antes expuesto, la Directora General Encargada de la Unidad Administrativa Especial deGestión de Restitución de Tierras Despojadas, atendiendo la recomendación efectuada por elComité, RESUELVE: ARTÍCULO 1. ORDENAR la baja definitiva de los bienes que se mencionan y enlistan a continuación, cuyovalor histórico es de OCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOSNOVENTA Y OCHO PESOS MICTE ($ 8.732.798,00) y el valor en libros es de DOS MILLONESCUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y DOS PESOS CON CUARENTA YCUATRO CENTAVOS MICTE ($2.433.182,44), así mismo publicar el presente acto administrativo en lapágina web de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadaswww.urt.gov.co y entregar a titulo gratuito a Entidades Estatales, así: Equipo de comunicación CaucasiaPLACA FECHA VALOR VALOR VALOR ENNo DESCRIPCION He INVENTARIO | ADQUISICIÓN HISTÓRICO | DEPRECIACIÓN | LIBROSCONSOLA CENTRAL1 TELEFONOS: | 2GBCMO04685 | ECMS41 2109/2014 $5.655,000,00| $ 5.654,990,80 $9,20

TOTAL $ 5.655,000,00 $9,20

Equipos de comunicacion Nivel CentralPLACA FECHA VALOR VALOR VALORENNo | DESCRIPCIÓN eS INVENTARIO | ADQUISICIÓN | HISTÓRICO |DEPRECIACIÓN | LIBROSa OF | 368.839.811.146.611 | ECM1910 27/10/2022 $3,077.798,00 | $644.624,76 | $2.433.173,24|

TOTAL $ 3.077.798,00 | 5243317324

ARTÍCULO 2. Entregar a título gratuito los bienes detallados en el artículo anterior a la EntidadEstatal que manifieste su interés total o parcial por escrito, dentro de los treinta (30) días calendariocontados a partir de la fecha de publicación del presente acto administrativo en la página webwww.urt.gov.co. En dicha manifestación la Entidad interesada indicará la necesidad funcional quepretende satisfacer con el bien y las razones que justifican la solicitud y la documentación requerida. ARTÍCULO 3. La entidad estatal interesada en recibir los bienes muebles mencionados en elpresente acto administrativo por transferencia a titulo gratuito deberá manifestarlo por escrito a laUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas — Nivel Central enla dirección Carrera 13 A No. 29-24 piso 8” en la ciudad de Bogotá. Esta manifestación debe serdirigida al Grupo de Gestión de Seguimiento y Operación Administrativa — Almacén e Inventarios yse debe realizar dentro del periodo de publicación establecido en el artículo segundo de estaResolución, junto con los siguientes documentos: a. Copia del Acto de creación de la Entidad Estatalb. Copia del nombramiento, acta de posesión y cédula de ciudadanía del Representante Legalo su delegado. PARÁGRAFO 1. En el evento de existir dos (2) o más manifestaciones de interés de los bienes seentregará a aquella entidad que hubiere manifestado primero su interés.

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Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Fecha de aprobación: 9/03/2023 Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Telefonos (601) 3770300~ 4279299 Bogotá, D.C.. - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucionClasificación de la Información: Publica E] Reservada U Clasificada & Resolución Número 0 085 2 de 2024 Hoja N°.3

Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se ordena la baja de algunos bienes depropiedad de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadasy la publicación para su enajenación a título gratuito a Entidades del Estado” PARÁGRAFO 2. Una vez determinada la Entidad Estatal a la cual se entregarán los bienes mueblesdados de baja por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas, se realizará el acto administrativo de transferencia de los bienes y la entrega materialen un término no mayor a quince (15) días calendario, contados a partir de la suscripción del actoadministrativo de transferencia, mediante acta de entrega suscrita por los delegados designados porcada Entidad.

ARTÍCULO 4. Los elementos relacionados en el artículo primero de la presente resolución seencuentran físicamente en las ciudades relacionadas con anterioridad y podrán ser revisados porparte de las entidades interesadas en el horario comprendido entre las 2:00 pm y las 4:00 pm delunes a viernes, previa coordinación con el Grupo de Gestión de Seguimiento y OperaciónAdministrativa — Almacén e Inventarios (Teléfono 6013770300 Ext 1515 o correo electrónicoedgar.guerreroQurt.gov.co).

Los bienes serán entregados en las condiciones y lugar donde se encuentre, ARTÍCULO 5. La Entidad Estatal que reciba los bienes deberá costear los gastos por concepto detransporte, carga y descargue de los mismos hasta su lugar de destino. ARTÍCULO 6. ORDENAR al Grupo de Gestión Económica y Financiera - Contabilidad de la UnidadAdministrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas realizar los registroscontables a que haya lugar de acuerdo con lo dispuesto en la presente Resolución. ARTÍCULO 7. Publicar el presente acto administrativo en ta página web de la Unidad AdministrativaEspecial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas de acuerdo con lo establecido en elartículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015. ARTÍCULO 8. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dada en la ciudad de Bogotá alos 3 4 DIC 2024 © JAQUELINE CAMPOS RINCONDirectora Gen¢ral Encargada Proyectó: Edgar Emilio Guerrero Navarro ~ Profesional Especializado GGSOA ESVoBo: — Natalia Andrea Fernández Arroyave - Coordinadora GGSOA AYaneth Corredor Echeverria - Contadora - GGrisolia Lozano Castro — Coordinadora - GGEF y neraC ¡Diego Santamaria Delgado — Contratista - Secrefara GeneralPaula Andrea Sanabria Parra - Profesional Especializado - Secretari

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Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Fecha de aprobación: 9/03/2023 Carrera 13 A No, 29-24 piso 8 - Teléfonos ($01) 3770300— 4279299 Bogotá, D.C.. - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucion

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