URT - Resolución 00905 de 2022
URT - Unidad de Restitución de Tierras
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Detalles
- Título
- URT - Resolución 00905 de 2022
- Autor
- URT - Unidad de Restitución de Tierras
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2022
UNIDAD UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRASDESPOJADAS RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 9 0 5 'DE 2022 ' “Por la cual se deroga la Resolución No. 00823 de 2022 y se crea la mesa técnica frente a lasdecisiones negativas y desistimientos según acta final del Acuerdo Colectivo” LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DERESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS — UAEGRTD En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto No. 4801 de 2011,la Resolución No. 00713 del 2 de septiembre de 2022, la Resolución No. 00805 de 2022, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Resolución No. 00357 del dos (2) de mayo de 2022, fue adoptado el acuerdocolectivo logrado en la negociación del pliego de solicitudes presentado a la Unidad AdministrativaEspecial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas — UAEGRTD por el Sindicato de ServidoresPúblicos de la UAEGRTD — SINTRAURT. Que el artículo 44 del Acta Final del Acuerdo Colectivo determinó “FRENTE A LAS DECISIONESNEGATIVAS Y DESISTIMIENTOS: Se acuerda que se realizarán mesas de trabajo para elaborar unapropuesta final”. Que a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el Acuerdo, la Secretaria General profirió laResolución No. 823 de 2022 “Por la cual se crea la mesa técnica frente a las decisiones negativas ydesistimientos según acta final del Acuerdo Colectivo”.
Que la Junta Directiva del Sindicato, el 8 de noviembre, en reunión sostenida con el Director Generalde la Unidad manifestó el desacuerdo en algunos acápites de la Resolución No. 823 de 2022. Que la dirección general se comprometió a dar respuesta a las inquietudes planteadas por elsindicato en un plazo de una semana, modificando o derogando la resolución existente, conformea las sugerencias manifestadas con la Junta Directiva del Sindicato en consonancia con el AcuerdoSindical. Que a fin de dar una respuesta a las peticiones del sindicato, así como mantener un escenario dedialogo para el cumplimiento del Acuerdo Colectivo, la Secretaria General de la UnidadAdministrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, RESUELVE: ARTÍCULO 1. DEROGAR la Resolución No. 823 del 12 de octubre de 2022.
GJ-FO-04
El campo ; Aow es ide todos Minagricultura Clasificación de la Información: Publica [] Reservada [ Clasificada X Fecha de aprobación: 28/12/2018 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucionJ Resolución Numerd) 0 9 0 3 = de 2022 Hoja N°. 2
Continuación de la Resolución: “Por la cual se deroga la Resolución No. 00823 de 2022 y se crea la mesatécnica frente a las decisiones negativas y desistimientos según acta final del Acuerdo Colectivo ” ARTÍCULO 2. CREAR la mesa técnica relativa a decisiones negativas y desistimientos de conformidadcon el artículo 44 del Acuerdo Colectivo, adoptado mediante Resolución No. 357 de 2022.
ARTÍCULO 3. CONFORMACIÓN DE LA MESA TÉCNICA. De acuerdo con el numeral 12 del artículo 44del Acuerdo Colectivo, la mesa estará conformada por la Dirección Jurídica y Sintraurt. ARTÍCULO 4. OBJETIVO. La mesa técnica es un escenario de estudio que tiene como objetivo laconstrucción de insumos necesarios para determinar los criterios que deben tener en cuenta lasDirecciones Territoriales para tomar las decisiones de fondo frente a las solicitudes de inscripciónde predios en el registro. ARTÍCULO 5. FUNCIONES. La mesa técnica tendrá las siguientes funciones:
1. Establecer una ruta de trabajo a fin de revisar decisiones negativas de manera aleatoria quepermitan identificar acciones de mejora.2. Verificar el protocolo concerniente a los desistimientos tácitos.3. Identificar y establecer acciones de mejora para el establecimiento de lineamientos.4. Elaborar el informe de gestión.
ARTÍCULO 6. PLAN PILOTO. Durante el plazo de un año posterior a la creación de la mesa técnica,la Unidad adelantará planes piloto sobre la aplicación de las estrategias y criterios focalizandoaquellas territoriales que tengan mayor número de decisiones negativas.
ARTÍCULO 7. INFORMES. La Unidad generará informes sobre el cumplimiento de los planes pilotoy presentará al sindicato los resultados parciales de manera bimestral. ARTÍCULO 8. PROPUESTA FINAL. Con base en los insumos que se recauden en la mesa técnica serealizará una propuesta final que plantee a la administración indicadores diferenciales alcumplimiento de metas que permitan valorar de manera objetiva las actuaciones administrativasnecesarias para la resolución de los casos. ARTÍCULO 9. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y derogaen todas sus partes la Resolución No. 823 del 12 de octubre de 2022. COMUNÍQUESE, PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE. 2022r MAYDada en la ciudad de Bogotá a los 1 6 N . JAQUELINE CAI S RINCONSecretaria‘General Proyectó Paula Villa — Jefe Oficina Asesora de Jurídica $”.VoBo César García Vargas — Asesor Contratista - Secretaría General. Q- \Carolina Vergara Ospina — Asesora Contratista — Secretaria General. \y GJ-FO-04V.4 El campo ; Aasdatodoe Minagriculturav Clasificación de la Información: Publica 1 Reservada [] Clasificada 2 Fecha de aprobación: 28/12/2018 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central Carrera 13 A No. 29-24 piso 8 - Teléfonos (57 1) 3770300 - 4279299 Bogotá, D.C., - Colombiawww.urt.gov.co Siganos en: @URestitucion