URT - Resolución 00945 de 2017
URT - Unidad de Restitución de Tierras
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Detalles
- Título
- URT - Resolución 00945 de 2017
- Autor
- URT - Unidad de Restitución de Tierras
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2017
PORUNe NUEVOPAÍSRay ATAR RADA(07) MINAGRICULTURAUNIDADDT RESTITUCIÓNOE TIERRAS
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DETIERRAS DESPOJADASResoLucIÓN NÚMERO. 00943 DE 2017“Por medio de la cual se suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia el nombre de la DirecciónTerritorial Antioquia, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la Dirección Territorial Noroccidente yse dictan otras disposiciones”EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DERESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS - UAEGRTDEn ejercicio de sus facultades legales otorgadas por el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia,en especial la que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el 2 segundo del Decreto 4939 de 2011,? el numeral 13 del artículo 9 del Decreto 4801 de 2011 y,CONSIDERANDO:Que el artículo 103 de la Ley 1448 de 2011 creó la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restituciónde Tierras Despojadas, como una entidad especializada de carácter temporal, adscrita al Ministerio deAgricultura y Desarrollo Rural, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio independiente,con el fin de servir de órgano administrativo del Gobierno Nacional para la restitución de tierras de losdespojados.Que de conformidad con el artículo 208 de la Ley 1448 de 2011, para el cumplimiento e implementación dela Ley de restitución de tierras, el Gobierno Nacional, dispuso de 10 años, reafirmando la igualdad entre lasvíctimas, pero al mismo tiempo garantizando una atención diferenciada
de acuerdo con sus características ybajo los principios de progresividad, gradualidad y sostenibilidad.Que el artículo 76 de la citada Ley establece que el Registro de Tierras Despojadas y AbandonadasForzosamente —RTDAF, “... se implementará en forma gradual y progresiva, de conformidad con el reglamento,teniendo en cuenta la situación de seguridad, la densidad histórica del despojo y la existencia de condicionespara el retorno. La conformación y administración del registro estará a cargo de la Unidad AdministrativaEspecial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas que se crea por esta Ley (...).”Que mediante Decreto 4801 de 2011, se estableció la estructura interna de la Unidad Administrativa Especialde Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, la cual estará conformada por Direcciones Territoriales.Que el Decreto 4801 en el numeral 19 del artículo 10° establece como función de la Oficina Asesora dePlaneación: “Recomendar las modificaciones a la estructura organizacional de la Unidad que propendan a sumodernización.”Que mediante el Decreto 4939 de 2011, se estableció la planta de personal de la Unidad AdministrativaEspecial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, señalando que el Director General de la Unidaddistribuirá los cargos de la planta global, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo enGJ-FO-04v1(3) MINAGRICULTURA ¿ea fonasronunUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede CentralCole 26 N° 656-09 Pisos 3. 4 y 5 - Telefonos (57 1) 3770300 - 3770305
- 3770310 Bogotá. D.C.. - Colombiawwwfestituciondetianasgov co Sigunosen: @URestitucion @RicardoSabogall!Resolución Número 0 O 4 5 de 2017 Hoja N°. 2Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia elnombre de la Dirección Territorial Antioquia, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la DirecciónTerritorial Noroccidente y se dictan otras disposiciones”
cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos de lainstitución.Que en virtud de lo anterior, el Director General de la Unidad profirió la Resolución No. 0002 de 2012, “Por lacual se distribuye la Planta de Personal, se define la jurisdicción de las Direcciones Territoriales y se crean treceGrupos de Trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas",disponiendo en el artículo primero la distribución de la planta de personal. En los artículos segundo y tercero,delimitó la jurisdicción y cobertura geográfica de cada Dirección Territorial, entre ellas la Dirección TerritorialChocó, ubicada en la ciudad de Quibdó, cuya estructura fue la siguiente: DIRECCIÓN TERRITORIAL NRO. DE CARGOS | DENOMINACIÓN DEL CARGO | CÓDIGO | GRADO1 | Director Territorial 0042 191 Profesional Especializado 2028 151 | Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 15| 1 Profesional Especializado | 2028 151 Profesional Especializado 2028 131 | Profesional Especializado 2028 13_ 1 Profesional Especializado 2028 13CHOCO 1 Técnico Administrativo 3124 121 Profesional Universitario 2044 81 Profesional Universitario 2044 81 Topógrafo 3136 81 Ayudante 4069 81 Ayudante 4069 81 Ayudante 4069 81 Secretario Ejecutivo 4210 20
Que en lo referente a la Dirección Territorial Chocó, la Resolución 002 de 2012 fue modificada por lasResoluciones 370 de 2016, 151, 219 y 660 de 2017, quedando su conformación de la siguiente manera: DIRECCIÓN TERRITORIAL NRO. DECARGOS | DENOMINACIÓN DEL CARGO | CÓDIGO | GRADODirector Territorial 0042 191 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 15GJ-FO-04V.1GB) MINAGRICULTURA ga [ivesconUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede CentralCalle 26 N° 85-09 Pisos 3. 4 y $ - Telefonos (57 1) 3770300 - 3770305 - 3270370 Bogota, D.C. - Colombawwwtestiluciondeligzas.qev.ca Siganosen: SdURestitucion @RicardoSabagallResolución Número de 2017 Hoja N°. 3Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia elnombre de la Dirección Territorial Antioquia, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la DirecciónTerritorial Noroccidente y se dictan otras disposiciones” CHOCÓ Profesional Especializado 2028 15Profesional Especializado | 2028 15Profesional Especializado 2028 13Profesional Especializado 2028 13Técnico Administrativo 3124 12Ayudante 4069Ayudante 4069Ayudante 4069Secretario Ejecutivo 4210 20
Que la planta de personal de la UAEGRTD es de carácter temporal’, global y flexible”, por lo que el nominadorcuenta con un margen de discrecionalidad para ordenar la reubicación de los cargos y el traslado de losservidores públicos, con el objeto de atender las cambiantes necesidades del servicio en cumplimiento de lamisión de la misma, pues su carácter limitado en el tiempo hace que el personal tenga que estar enconsonancia con la garantía de los derechos de las víctimas.Que la Corte Constitucional, mediante sentencia T 565 de 2014, señaló que: “en el caso de las entidades quehacen parte del sector público, en particular en aquellas que cuentan con una planta global y flexible, la CorteConstitucional ha señalado el margen de discrecionalidad con el que cuenta el empleador para ejercer lafacultad del ius variandi es más amplio, en la medida en que debe privilegiarse el cumplimiento de la misióninstitucional que les ha sido encargada sobre los intereses particulares de los afectados, todo con miras aatender de la mejor manera las necesidades del servicio”.Que la H. Corte Constitucional en Sentencia T 565 DE 214, se pronunció al respecto, ast:“De acuerdo con la jurisprudencia constitucional, elius variandi es “una de las manifestaciones delpoder de subordinación que ejerce el empleador sobre sus empleados”[15], que se concreta en lafacultad de variar o de modificar las condiciones en las que se realiza la prestación personal del servicio,es decir, las condiciones de modo, tiempo, lugar y cantidad de trabajo.Dentro de los aspectos susceptibles de variación a través de esta figura, está el del cambio de lugar deejecución del contrato laboral
el cual debe obedecer a razones objetivas y válidas que lo hagan ineludibleo, al menos, justificable.En el caso de las entidades que hacen parte del sector público, en particular en aquellas que cuentan conuna planta de personal global y flexible, la Corte Constitucional ha señalado que el margen dediscrecionalidad con el que cuenta el empleador para ejercer la facultad del ius variandi es más amplio,en la medida en que debe privilegiarse el cumplimiento de la misión institucional que les ha sido
' Así se dispuso en el parágrafo del artículo 1 del Decreto 4939 de 2011, en donde textualmente se señala losiguiente: “Los empleos de que trata el presente artículo, tendrán una vigencia acorde con el periodo deexistencia de la Unidad, periodo a partir del cual se entenderán automáticamente suprimidos.? Frente a la flexibilidad de la planta, también se debe tener en cuenta que la misma encuentra sustento en elcarácter temporal de los empleos de la Unidad de Restitución que están sujetos a la existencia de la entidad,conforme se indicó en el parágrafo del artículo ibídem. Corte Constitucional, sentencia del 29 de julio de 2014, MP. Luis Guillermo Guerrero Pérez.GJ-FO-04V.41REN(13) MINAGRICULTURA E NuevopaisUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central ( oCalle 26 N° 855-09 Pisas 3, 4 y 5 - Telélonos (57 1} 3770300 - 3770305 - 3770310 Bogota, D.C. - Colombia WWwww restiuciondelenras.qov.co Síganos en: SURestitucion @RicardoSabogallResolución Número 4, , : de 2017 Hoja N°. 4
E Mi Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia elnombre de la Dirección Territorial Antioquia, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la DirecciónTerritorial Noroccidente y se dictan otras disposiciones”
encargada sobre los intereses particulares de los afectados, todo con miras a atender de la mejor maneralas necesidades del servicio.Así, ha indicado esta Corporación que “[!fas plantas de carácter global y flexible, facilitan movimiento depersonal con miras a garantizar el cumplimiento de los fines del Estado y en virtud de ellas, les asiste alas entidades un mayor grado de discrecionalidad para ordenar las reubicaciones territoriales detrabajadores cuando así lo demande la necesidad del servicio, lo cual na rifle en sí mismo con preceptossuperiores”. |Que la Oficina Asesora de Planeación de la Unidad mediante memorando interno URT-OAP-00240 de fecha23 de noviembre de 2017, remitió el “Análisis técnico y propuesta para el fortalecimiento y reorganización dela direcciones territoriales Antioquia y Chocó”, justificación técnica correspondiente para atender las actualesnecesidades del servicio, donde la Dirección Territorial Chocó ha estado interviniendo.Que con fundamento en la justificación contenida en el mencionado informe, la propuesta efectuada paraatender de la mejor manera las necesidades del servicio en la mencionada zona del país, se propone lasiguiente alternativa de intervención:e “Garantizar la atención primaria de los usuarios de la politica pública de restitución de tierrasen el departamento del Chocó manteniendo una Oficina en la ciudad de Quibdó que estaráadscrita a la Dirección Territorial Antioquia, de acuerdo con la jurisdicción que se detalla másadelante.e Para efectos de la expedición de los actos administrativos que formalizan la estructuraorganizacional de la entidad, suprimir la Dirección Territorial Chocó.e Dividir el territorio jurisdicción actual de la
Dirección Territorial Antioquia en dos grandesregiones con el fin de especializar la capacidad de gestión para tramitar los casos pendientesde atención, lo que implica la creación de la Dirección Territorial Antioquia Hl. Para elfuncionamiento de esta nueva Dirección, por competencia de la Secretaría General, se requiereestudiar la posibilidad de conservar la misma sede y el equipo de apoyo a la gestiónadministrativa, de la territorial actual en Medellín,e Modificar la jurisdicción de las Direcciones Territoriales Antioquia | y Il, para que atiendan losmunicipios de acuerdo al Anexo |.e Modificar las jurisdicciones de las Direcciones Territoriales de Valle del Cauca y Apartadó paraque se encarguen de los municipios del departamento del Chocó a los que tienen mejor accesogeográfico para lo concerniente a la ruta individual y que no quedaron incluidos en lajurisdicción de las Direcciones Territoriales Antioquia | y II.(...)e Trasladar a la Dirección de Asuntos Étnicos el trámite de solicitudes de derechos étnicoterritoriales de la actual D.T Chocó, sin perjuicio que se apoye en las Oficinas de Medellín,Apartadó, Pereira y/o Quibdó, o las que se estimen convenientes de acuerdo con la distribuciónde las jurisdicciones que se determine.Gestión del Talento Humano
GJ-FO-04Vu41MAGRICULTURA ES muevopaisUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central íCalle 26 N° 8509-09 Pisos 3, 4 y 5 - Telefonos (57 1) 3770300 - 3770305 - 3770310 Bogota. D.C. - Comba itwww resituciondelienas.gov.ca Sigunosen. @URestifucion @Ricarda$SabogallResolución Número () t 4 da de 2017Hoja N°. 5Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia elnombre de la Dirección Territorial Antioquia, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la DirecciónTerritorial Noroccidente y se dictan otras disposiciones”
Teniendo en cuenta lo expuesto en el numeral 4 del presente documento y que debido a loslineamientos establecidos por el Gobierno Nacional, en los cuales se ordena que no es viable elcrecimiento de las plantas de personal4, incrementando los gastos de funcionamiento y que esviable considerar lo señalado por la Corte Constitucional, mediante sentencia T 565 de 2014, lacual establece que "en el caso de las entidades que hacen parte del sector público, en particularen aquellas que cuentan con una planta de personal global y flexible, la Corte Constitucional haseñalado que el margen de discrecionalidad con el que cuenta el empleador para ejercer lafacultad del ius variandi es más amplio, en la medida en que debe privilegiarse el cumplimientode la misión institucional que les ha sido encargada sobre los intereses particulares de losafectados, todo con miras a atender de la mejor manera las necesidades del servicio”, sepropone tener en cuenta la siguiente propuesta, que redunde en beneficio de las Direcciones enestudio:e Conservar, al menos dos personas en la Oficina Territorial Quibdó. Estos perfiles, que podránser de planta o por prestación de servicios profesionales, se encargarán de la atención al públicoy a la articulación interinstitucional necesaria para implementar la restitución de derechosétnicos territoriales,e Redistribuir el personal asignado actualmente a la Dirección Territorial Chocó para elfortalecimiento de los equipos de la Dirección de Asuntos Étnicos con sede en Bogotá y losdemás, según la necesidad del servicio evaluando en todo caso las cargas de trabajo, conespecial fortalecimiento de los equipos de las Direcciones Territoriales de Antioquia.”Que teniendo en cuenta lo dispuesto en el
Decreto 4939 de 2011, y con fundamento en el análisis técnicorealizado por la Oficina Asesora de Planeación de la Unidad, se evidencia la necesidad de suprimir la DirecciónTerritorial Chocó.Que la supresión de la Dirección Territorial Chocó afecta la actual estructura de la Dirección Territorial Caquetáy Antioquia, cuyas distribuciones, de conformidad con las Resoluciones 146 de 2016 y 133 de 2017,respectivamente, son como siguen:DIRECCIÓN TERRITORIAL NRO. DE _ DENOMINACIÓN DEL | CÓDIGO | GRADOCARGOS CARGO1 Director Territorial 0042 191 Profesional Especializado 2028 171 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado | 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 15CAQUETÁ 1 Profesional Especializado 2028 131 Profesional Especializado 2028 131 Profesional Especializado 2028 12
+ Directiva presidencial 01 de 2016. GJ-FO-04v.1EE) MINAGRICULTURA ¡gar osostonesUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central an www resttciondelentas dav.coCale 26 N° 6510-09 Pisos 3, 4 y $ - Teléfonos (57 1] 3770300 - 3770305 - 3770310 Bogota. B.C. - ColombiaSiganos en. @uURestitucian BRicardoSabogalUResolución Número de 2017 Hoja N°. 6cog:SdContinuación de Resolución: “Por medio de la cual se suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia elnombre de la Dirección Territorial Antioquia, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la DirecciónTerritorial Noroccidente y se dictan otras disposiciones”
1 Profesional Universitario 2044 31 Profesional Universitario 2044 81 Técnico Administrativo 3124 121 Secretario Ejecutivo 4210 201 Ayudante 4069 81 Ayudante 4069 81 Director Territorial 0042 191 Profesional Especializado 2028 171 Profesional Especializado 2028 171 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 15| 1 Profesional Especializado 2028 15ANTIOQUIA1 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 131 Profesional Especializado 2028 131 Profesional Especializado 2028 131 Profesional Universitario 2044 81 Profesional Universitario 2044 81 Profesional Universitario 2044 81 Técnico Administrativo 3124 121 Topdgrafo 3136 81 Topdgrafo 3136 101 Topégrafo 3136 101 Auxiliar Administrativo 4044 201 Ayudante 4069 81 Ayudante 4069 81 Secretario Ejecutivo 4210 20 Que mediante correo electrónico del día 30 de noviembre de 2017, la Subdirección General solicita:1. Que los empleos relacionados a continuación y que pertenecían a la suprimida Dirección Territorial Chocó,se reubicarán en la Dirección Territorial Caquetá: GJ-FO-04v.1
Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede CentralCalle 26 N° 85b-09 Pisos 3, 4 y 5Teléfonos (57 1) 3770300 - 3770305 - 3770310 Bogota, D.C.. - Colombawww.restituciondetienas.gov.co Siganos en. GURestitucion @RicardoSabogalllResolución Número 0 0 9 4 E de 2017 Hoja N°.7Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia elnombre de la Dirección Territorial Antioquia, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la DirecciónTerritorial Noroccidente y se dictan otras disposiciones” NRO. DE CARGOS end DEL CÓDIGO | GRADO1 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 | 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 13
2. Que se reubique el empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 17, de la Dirección TerritorialBolívar a la nueva Dirección Territorial.Que de acuerdo con el numeral 1 del artículo 17 del Decreto 4801 de 2011, es función de la Dirección Catastraly de Análisis Territorial: “...Establecer los lineamientos y orientaciones para el análisis técnico y la verificaciónde información predial y de áreas geográficas.”Que mediante correo electrónico de fecha 15 de diciembre de 2017, la Dirección Catastral y de AnálisisTerritorial, informa: “Adjunto la tabla con la propuesta de nombres para las DT solicitadas y las oficinas quenos permite estar en linea con la estructura del sistema de registro para la generación de reportes estadísticasetc.”, y sugiere que la propuesta de la OAP de crear Antioquia Il, se denomine Dirección TerritorialNoroccidente y a su vez, la actual Dirección Territorial Antioquia se denomine Dirección Territorial AntioquiaOriente.Que mediante correo electrónico, la Oficina Asesora de Planeación avaló la sugerencia que precede y además,en cuanto a los municipios de San Andrés y Providencia, que los mismos sean asignados a la DirecciónTerritorial Bogotá.Que atendiendo la justificación técnica emitida por la Oficina Asesora de Planeación, para el fortalecimientoy reorganización de las Direcciones Territoriales Antioquia y Caquetá y el correo remitido por la DirecciónTécnica Catastral, se procederá a: i} Suprimir la Dirección Territorial Chocó, ii} Cambiar el nombre de laDirección Territorial Antioquia, por Dirección
Territorial Antioquia Oriente, iii) Crear la Oficina Quibdó, con locual se modifica la estructura interna de la Dirección Territorial Antioquia, iv) Crear la Dirección TerritorialNoroccidente, con sede principal en la ciudad de Medellin, v) Reubicar el empleo de Profesional EspecializadoCódigo 2028 Grado 17, de la Dirección Territorial Bolivar a la Dirección Territorial Noroccidente, que se creapor este acto administrativo, vi) Modificar la estructura de la Dirección Territorial Caquetá y vii) Asignar losmunicipios de San Andrés y Providencia a la Dirección Territorial Bogotá.Que de acuerdo con el considerando anterior, se procederá gradual y progresivamente a la reubicación de loscargos y traslado de los servidores públicos de acuerdo con las necesidades del servicio y la discrecionalidadde la Dirección.Que teniendo en cuenta la supresión de la Dirección Territorial Chocó, se modificarán las jurisdicciones de lasDirecciones Territoriales Valle del Cauca, Antioquia y Apartadó y se asignará la jurisdicción correspondiente ala nueva Dirección Territorial, para lo cual se anexa a la presente resolución, la tabla actualizada con lainformación sobre la jurisdicción y cobertura geográfica de cada una de ellas.
GJ-FO-04V425S seman} TUBA iggy TODOSPORUNe) Gy RA H LAGS CUL] i ae E “ NUEVO PAÍS
y Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede CentralCode 26 N° 8Ste-09 Pon 3, 4 y & Telefonos (57 11 3773300 ~ 3770305 - 3770310 Bogota. D.C. - Colombiacondeleras qov.co Sgaros en; @URestitucion @RicardoSabogall!AAA sedeOLA TEST lePPResolución Número ~ AA & a de 2017:Continuación de Resolución: “Por medio de la cualse suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia elnombre de la Dirección Territoríal Antioquia, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la DirecciónTerritorial Noroccidente y se dictan otras disposiciones” ¡Hoja N°. 8 Que en mérito a lo expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión deRestitución de Tierras Despojadas,RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. SUPRIMIR la Dirección Territorial Chocó.ARTÍCULO SEGUNDO. CAMBIAR el nombre de la Dirección Territorial Antioquia por Dirección TerritorialAntioquía Oriente.ARTÍCULO TERCERO. CREAR la Oficina Quibdó, adscrita a la Dirección Territorial Antioquia Oriente, cuyaestructura quedará así:
DIERECCIÓN TERRITORIAL NRO. DE DENOMINACIÓN DEL CÓDIGO | GRADOCARGOS CARGO1 Director Territorial 0042 191 Profesional Especializado 2028 171 Profesional Especializado 2028 171 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 131 Profesional Especializado 2028 131 Profesional Especializado 2028 131 Profesional Universitario 2044 8ANTIOQUIA ORIENTE 1 Profesional Universitario 2044 81 Profesional Universitario 2044 81 Técnico Administrativo 3124 121 Topógrafo 3136 31 Topógrafo 3136 101 Topógrafo 3136 101 Auxiliar Administrativo 4044 201 Ayudante 4069 8 GJ-FO-04V.1TODOS POR UNMUEVO PAÍSUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede CentralCalle 26 N° 850-09 Pisos 3, 4 y 3 - Teréfonas (57 1) 3770800 - 3770805 - 5770318 Bogota. DC. LOwwwlestituciondeteuyasgoy.ca Siganoser: @URestitucion @RicardeSabogall aiaResolución Número 45 de 2017 Hoja N°. 9Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia elnombre de la Dirección Territorial Antioquía, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la DirecciónTerritorial Noroccidente y se dictan otras disposiciones”
1 Ayudante 4069 81 Secretario Ejecutivo 4210 20 ANTIOQUIA ORIENTE CONOFICINA ADSCRITA EN QUIBDÓ ARTÍCULO CUARTO. CREAR la Dirección Territorial Noroccidente, con sede principal en la ciudad de Medellín,cuya estructura quedará así:DIRECCIÓN TERRITORIAL NRO. DE DENOMINACIÓN DEL CARGO | CÓDIGO | GRADOCARGOS1 Director Territorial 0042 191 Profesional Especializado 2028 171 Profesional Especializado 2028 13NOROCCIDENTE 1 Técnico Administrativo 3124 121 Ayudante 4069 81 Ayudante | 4069 81 Ayudante 4069 81 Secretario Ejecutivo | 4210 20
PARÁGRAFO. Los cargos que anteceden son reubicados de la suprimida Dirección Territorial Chocó, a excepcióndel cargo de Profesional Especializado, Código 2028 Grado 17, que fue reubicado desde la Dirección TerritorialBolívar.ARTÍCULO QUINTO. MODIFICAR la estructura de la Dirección Territorial Caquetá, con sede principal en la ciudadde Florencia, de la siguiente forma:DIRECCIÓN TERRITORIAL NRO. DE DENOMINACIÓN DELCARGO | CÓDIGO | GRADOCARGOS1 Director Territorial 0042 191 Profesional Especializado 2028 171 Profesional Especializado | 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 15GJ-FO-04v.1(GB) MIMAGRICULTURAMdUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede CentralCee “IP BSE OF Prog 3 dy Tei@fonos (57 11 3770306 - 3770305 - 3770310 Bogota, D.C. - ColombiaAMY NES tuconde donas gor co Sigunas en. @URestiucion @RicardoSabogall+?Resolución Número 00949 = de 2017 Hoja N°. 10Continuación de Resolución: “Por medio de la cual se suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia elnombre de la Dirección Territorial Antioquia, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la DirecciónTerritorial Noroccidente y se dictan otras disposiciones”
1 Profesional Especializado 2028 13CAQUETÁ 1 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 151 Profesional Especializado 2028 131 Profesional Especializado 2028 131 Profesional Especializado 2028 121 Profesional Universitario 2044 81 Profesional Universitario 2044 281 Técnico Administrativo 3124 121 Secretario Ejecutivo 4210 201 Ayudante 4069 81 Ayudante 4069 8
PARÁGRAFO. Los cargos que anteceden son de la conformación original de la Dirección territorial Caquetá,establecida en la Resolución 146 de 2016 y adicionada con los cargos restantes de la suprimida DirecciónTerritorial Chocó.ARTÍCULO SEXTO. El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de TierrasDespojadas hará de manera gradual y progresiva, de acuerdo con las necesidades del servicio y prioridades de laEntidad, la asignación de cargos que resulten necesarios para el funcionamiento de las Direcciones Territorialesde que trata esta resolución.ARTÍCULO SÉPTIMO. Asignar la jurisdicción de los municipios de San Andrés y Providencia a la DirecciónTerritorial Bogotá.ARTÍCULO OCTAVO. A partir de la fecha de expedición de la presente resolución, los asuntos que se encuentrenen etapa administrativa y judicial en la suprimida Dirección Territorial Chocó, así como su archivo documental,jurisdicción y cobertura geográfica, se trasladarán a la Dirección Territorial Valle del Cauca, Antioquia Oriente,Noroccidente y Apartadó, de conformidad con la tabla anexa, suministrada por la Dirección Técnica Catastral.ARTÍCULO NOVENO. Las demás disposiciones consagradas en las Resoluciones números 0002 de 2012, 00146 de2016 y 00133 de 2017 y las consignadas en las resoluciones que las modificaron, y que no fueron objeto demodificación y derogación por parte de la presente resolución se mantienen vigentes.ARTÍCULO DÉCIMO. Hacen parte integral de la presente Resolución el análisis técnico y propuesta
para elfortalecimiento y organización de las direcciones territoriales Antioquia y Chocó emitida por la Oficina Asesorade Planeación, memorando interno URT-OAP-00240 de fecha 23 de noviembre de 2017, y la tabla que delimitala jurisdicción y la cobertura geográfica de cada Dirección Territorial, remitida por la Dirección Catastral y AnálisisTerritorial.
GJ-FO-04v.1TODOS POR UNNUEVO PAÍSVaUnidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central gunosen, SURestitucion @RicardoSabogallResolución Número i] 0 g 4 E de 2017 Hoja N°. 11 isContinuación de Resolución: “Por medio de la cual se suprime la Dirección Territorial Chocó, se cambia elnombre de la Dirección Territorial Antioquia, se crea la Oficina Territorial Quibdó, se crea la DirecciónTerritorial Noroccidente y se dictan otras disposiciones”ARTÍCULO UNDÉCIMO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las que le seancontrarias.COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEDada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 1 8 DI C 2017 a JESÚS RICARDOSane AL URREGO}Director GeneralProyectó Carlos Planells - Coordinador - Grupo de Gestion de Talento y Desarrollo HumanoVoBo Edilma Rojas — Secretaria General - Secretaría General ay MiINAGRICULTURAPo £3_Aánicas Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - Sede Central i ” . o 3gaanos en: “ auRestitucion @RicardoSabogalllTABLA DE JURISDICCIONES DIRECC
DE ARAS
JONES TERRITORIALES URT ANEXO RESOLUCIONA a) DEL - ARTICULO 8
Cod_Dane Departamento “Municipio Dirección Oficina_Territorial27160 CHOCO CERTEGUI VALLE DEL CAUCA PEREIRA27205 cHocó CONDOTO VALLE DEL CAUCA PEREIRA27361 CHOCÓ ISTMINA VALLE DEL CAUCA PEREIRA27430 cHocó MEDIO BAUDÓ(Boca de Pepé) VALLE DEL CAUCA PEREIRA27450 CHOCÓ MEDIO SAN JUAN {Andagoya} VALLE DEL CAUCA PEREIRA27491 CHOCÓ NÓVITA VALLE DEL CAUCA PEREIRA27580 cHocó RIO IRG (Santa Rita) VALLE DEL CAUCA PEREIRA27660 CHOCÓ SAN JOSÉ DEL PALMAR VALLE DEL CAUCA PEREIRA27745 cHOCcO sipi VALLE DEL CAUCA PEREIRA27787 CHOCÓ TADÓ VALLE DEL CAUCA PEREIRA27810 cHocd UNIÓN PANAMERICANA ( Animas) VALLE DEL CAUCA PEREIRA63001 QuiNDIO ARMENIA VALLE DEL CAUCA PEREIRA63111 QUINDÍO BUENAVISTA VALLE DEL CAUCA PEREIRA63130 QUINDÍO CALARCÁ VALLE DEL CAUCA PEREIRA63190 auinpblo CIRCASIA VALLE DEL CAUCA PEREIRA63212 QuUINDIO CORDOBA VALLE DEL CAUCA PEREIRA63272 QUINDIO FILANDIA VALLE DEL CAUCA PEREIRA63302 QUINDÍO GÉNOVA VALLE DEL CAUCA PEREIRA63401 QuiNDÍO LA TEBAIDA VALLE DEL CAUCA PEREIRA63470 QuINDIO MONTENEGRO VALLE DEL CAUCA PEREIRA63548 QUINDÍO PIJAO VALLE DEL CAUCA
PEREIRA63594 QUINDIO QUIMBAYA VALLE DEL.CAUCA PEREIRA63690 QUINDIC SALENTO VALL
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