USAID - Fundamentos Juridicos de la Justicia Transicional
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Detalles
- Título
- USAID - Fundamentos Juridicos de la Justicia Transicional
- Autor
- USAID
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Transicional
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- —
rtadO Fundamentos Jurídicos Ley 1424 de 2010 Fundamentos Jurídicos para entender y aplicar la Ley 1424 de 2010 como un mecanismo de justicia transicional
Fundamentos Jurídicos para entender Joshua Mitrotti Ventura y aplicar la Ley 1424 de 2010 como un Director General mecanismo de justicia transicional Agencia Colombiana Para la Reintegración de Personas y Grupos Yesid Reyes Alvarado Alzados en Armas (ACR) Ministro Ministerio de Justicia y del Derecho Esneyder Cortés Salinas Director programático de Reintegración Carlos Medina Ramírez Viceministro de Política Criminal y Justicia Diego Fernando Flórez Corso Restaurativa Subdirector Técnico Jefe Subdirección de Gestión Legal Catalina Díaz Gómez Directora de Justicia Transicional Redacción de textos Diego Fernando Flórez Corso Lily Andrea Rueda Guzmán Camilo Andrés Victoria Peña Coordinadora del proyecto ‘Fortalecimiento Juliana Franco Calvo del Rol de liderazgo del Ministerio de Justicia en los procesos de Justicia y Paz y Ley 1424 de 2010’ ISBN: 978-958-8909-81-3 Camilo Andrés Victoria Peña © Ministerio de Justicia y del Derecho Juliana Franco Calvo Agencia Colombiana Para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas Asesores jurídicos (ACR) Organización Internacional para las Migraciones USAID Está permitida la reproducción total o parcial del texto, citando fuente. Distribución gratuita. Impreso en Bogotá, Colombia. 2015. Este proyecto ha sido posible gracias al apoyo de la Agencia del Gobierno de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y al apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Los contenidos son responsabilidad del Ministerio de Justicia y del Derecho y de la Agencia Colombiana Para la Reintegración de
Personas y Grupos Alzados en Armas (ACR) y no necesariamente reflejan la opinión de USAID y OIM. 3 0102 ed 4241 yeL al ed socidíruJ sotnemadnuF
FUNDAMENTOS
JURÍDICOS
LEY 1424 4 9. ¿Cuáles son los beneficios Índice judiciales que otorga la Ley 1424 de 2010 y cómo se 44 puede acceder a ellos? 10. ¿Aplica el beneficio de la 6 Introducción suspensión de la ejecución de las penas a la pena 10 49 1. ¿Qué es la Justicia Transicional? principal de multa? 2. ¿En términos de justicia 11. ¿Qué obligaciones adquiere transicional, ¿qué es la Ley 1424 el desmovilizado al recibir los 16 52 de 2010? beneficios jurídicos? 3. ¿Quiénes son los destinatarios 12.¿Puede el beneficio otorgado 54 de los beneficios que contempla ser revocado? 19 la Ley 1424 de 2010? 13.¿En qué consiste el Mecanismo 4. ¿Qué procedimientos prevé la no Judicial de Contribución 26 Ley 1424 de 2010? a la Verdad, la Memoria y la 56 Reparación? 5. ¿En qué consiste la ruta de reintegración a cargo de la 14.¿Qué alcance tiene la Agencia Colombiana para la naturaleza no judicial del 30 Reintegración? mecanismo de contribución a la verdad, la memoria histórica y la 60 6. ¿Qué beneficios reciben las reparación? personas desmovilizadas en 34 proceso de reintegración? 15.¿Cuáles son las entidades
encargadas de aplicar la Ley 1424 62 7. ¿En qué consiste el servicio de 2010? social como requisito para el acceso a los beneficios de la Ley 16.¿En qué medida la Ley 1424 36 1424 de 2010? de 2010 desarrolló los principios 66 de la justicia transicional? 8. ¿Cuál es el procedimiento 41 67 judicial de la Ley 1424 de 2010? Referencias En un principio, la Ley de Justicia y Paz dividió el universo de desmovilizados en 6 dos grandes grupos para efectos de la solución de su situación jurídica: por un lado, aquellos que estuvieran procesados o condenados por delitos graves se someterían al proceso penal especial de justicia y paz; por otro, los excombatientes que no lo estuvieran serían procesados por el delito político de sedición y accederían a los beneficios de indulto o amnistía, en virtud de la Ley 782 de 2002. El Artículo Introducción 71 de la Ley 975 estableció que también incurrían en el delito de sedición quienes conformen o sean parte de grupos de autodefensa1. Así, se convertía la E n el marco de la negociación política pertenencia a las AUC en un delito político, entre el Gobierno nacional y las susceptible de los beneficios legales de Autodefensas Unidas de Colombia amnistía e indulto. Esta fórmula tuvo una (AUC), se desmovilizaron colectiva e vigencia muy corta. individualmente 35.317 combatientes entre los años 2003 y 2006. De ese El 18 de mayo de 2006, en la sentencia por
universo, 4.588 fueron postulados al la cual se pronunció sobre la demanda a proceso penal especial previsto en la Ley varios aspectos de la Ley de Justicia y Paz, de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005); sin la Corte Constitucional (2006) declaró embargo, encontrar una solución sostenible inexequible el mencionado Artículo 71, para resolver la situación jurídica de los por vicios de procedimiento. El 11 de julio desmovilizados que no se acogieron a de 2007, la Corte Suprema de Justicia se dicha Ley fue un gran desafío para el expresó acerca de los efectos del fallo de Gobierno colombiano. Después de que constitucionalidad. En primer lugar, la Corte las Altas Cortes descartaran la fórmula advirtió que la inconstitucionalidad de la original de tratarlos como delincuentes norma solo producía efectos hacia el futuro. políticos y luego la aplicación del principio En consecuencia, y en virtud del principio de oportunidad, el Gobierno formuló la de favorabilidad, la Fiscalía debería tipificar Ley 1424 de 2010, como un instrumento como sedición las conductas constitutivas de justicia transicional por medio del cual de concierto para delinquir con fines de se conceden beneficios jurídicos para organizar, promover, armar o financiar estos excombatientes, condicionados a grupos armados al margen de la ley, siempre su contribución a la satisfacción de los que hubieren sido cometidas antes del 18 derechos de las víctimas. de mayo de 2006 (fecha de expedición de 1 El Artículo 71 de la Ley 975 de 2005 establecía: “También incurrirán en el delito de sedición quienes conformen o hagan parte de grupos
guerrilleros o de autodefensa cuyo accionar interfiera con el normal funcionamiento del orden constitucional y legal. En este caso, la pena será la misma prevista para el delito de rebelión […]”. 7 0102 ed 4241 yeL al ed socidíruJ sotnemadnuF la sentencia de constitucionalidad).2 Con y no fue posible continuar concediendo fundamento en esta decisión, el Gobierno indultos y amnistías a desmovilizados de nacional expidió el Decreto 4436 de 2006, las AUC4. que reglamentó parcialmente la Ley 782 de Con esta última decisión de la Corte
2002. En su Artículo 3, el Decreto señaló: Suprema de Justicia, los desmovilizados de las AUC no postulados a la Ley de […] podrán obtener los Justicia y Paz quedaron en un “limbo beneficios establecidos en los jurídico”, pues no existía un marco legal artículos 19 y 24 de la Ley 782 de para concederles beneficios jurídicos por 2002 y demás normas vigentes, su desmovilización. Para responder a esa quienes se encuentren en las situación, el Gobierno nacional promulgó la circunstancias en ellos previstas Ley 1312 de 2009. Con ella se modificaba por hechos relacionados con la el Código de Procedimiento Penal (Ley conformación o integración de 906 de 2004) y abría la posibilidad de grupos de autodefensas, con aplicarles el “principio de oportunidad”5, anterioridad a la sentencia C-370 en virtud del cual se facultaba al fiscal del 18 de mayo de 2006, de para suspender, interrumpir o renunciar al
conformidad con lo establecido en ejercicio de la acción penal, siempre que la parte considerativa del presente cumplieran dos requisitos. De una parte, decreto. manifestar, con actos inequívocos, su Sin embargo, al año siguiente, la Corte propósito de reintegrarse a la sociedad. De Suprema cambió su interpretación y decidió otra, no haber cometido delitos diferentes que no se podía entender como delito a los inherentes a su pertenencia al grupo político la conformación o pertenencia armado ilegal (concierto para delinquir, a grupos autodefensas. La Corte utilización ilegal de uniformes e insignias y consideró que el Artículo 71, como estaba porte ilegal de armas y municiones). originalmente previsto en la Ley 975, confundía las categorías de delito político y Esta segunda fórmula tampoco fue delito común3. En consecuencia, el Decreto aceptada por el poder judicial. En Sentencia 4436 de 2006 perdió su sustento jurídico C-936 de 2010, la Corte Constitucional 2 Dijo la Corte: “[…] todas aquellas conductas cometidas antes de la reseñada fecha [mayo 18 de 2006] (i) constitutivas para entonces de concierto para delinquir con fines de organizar, promover, armar o financiar grupos armados al margen de la ley, siempre y cuando su accionar interfiera con el normal funcionamiento del orden constitucional y legal, o (ii) por quienes hayan conformado o hagan parte de grupos guerrilleros con similar accionar de interferencia, deberán ser tipificadas como sedición, a términos del precitado artículo 71, dado que tal calificación comporta efectos favorables para el sindicado o condenado” (Corte Suprema de Justicia, 2006).
3 “Los delitos cometidos por personas vinculadas a grupos paramilitares, como es el caso de los miembros de los grupos de autodefensa que en virtud de acuerdos suscritos con el Gobierno nacional se han desmovilizado, bajo ningún pretexto alcanzan a ser considerados como autores del punible de sedición, por cuanto tales comportamientos no pueden ser asimilados al concepto delito político” (Corte Suprema de Justicia, 2007). 4 Con fundamento en el Decreto 4436 de 2006, se concedieron ocho indultos entre 2006 y 2007 y un indulto parcial en el año 2007. 5 El principio de oportunidad es una figura jurídica de aplicación excepcional dentro de un procedimiento penal, mediante la cual el fiscal puede suspender, interrumpir o renunciar al ejercicio de la acción penal. Las causales de aplicación del principio de oportunidad deben ser definidas por el legislador de manera clara e inequívoca y debe ser aplicado en el marco de la política criminal del Estado. Su ejercicio está sometido al control de legalidad por parte del juez con funciones de control de garantías y su regulación debe ser compatible con el respeto por los derechos de las víctimas (Corte Constitucional, 2010). declaró la inconstitucionalidad de esa ley penal ordinariocomo contraprestación al por dos razones fundamentales. En primer compromiso de contribuir a la construcción 8 lugar, porque para dar aplicación al principio de la verdad, participar en la ruta de de oportunidad se debían garantizar reintegración, prestar un servicio social y los derechos de las víctimas y la Ley no no volver a delinquir, entre otros. contemplaba ningún mecanismo para garantizar su participación. En segundo De acuerdo con las restricciones que adoptó
lugar, la Corte reafirmó que el principio en su momento la Corte Constitucional, en el de oportunidad no puede ser aplicado a marco de la Ley 1424, cada excombatiente hechos que involucren graves violaciones debe ser procesado al menos por el de derechos humanos y graves infracciones delito de concierto para delinquir en la al Derecho Internacional Humanitario, ya justicia ordinaria, en consideración de su que esto implicaría la renuncia al deber pertenencia a la organización de las AUC. Si del Estado de investigar, juzgar y sancionar acredita su compromiso de contribuir con el estas conductas. esclarecimiento a la verdad y la reparación de las víctimas, entre otros, puede recibir Así, se siguió prolongando el “limbo los beneficios de suspensión de las órdenes jurídico” en el que se encontraban los de captura o su no emisión y la suspensión excombatientes de las AUC no postulados condicional de las penas principales y a la Ley de Justicia y Paz. Para seguir accesorias. Mientras los fiscales y los jueces los criterios que estableció la Corte operan el componente judicial, dentro de Constitucional para la rendición de cuentas los procedimientos ordinarios, la Agencia de ese grupo de excombatientes, el Colombiana para la Reintegración de Gobierno nacional presentó, por medio del personas y grupos alzados en armas (ACR) entonces Ministerio de Interior y de Justicia, y el Centro Nacional de Memoria Histórica el proyecto de ley que se convertiría en la (CNMH) implementan los componentes Ley 1424 de 2010, “por la cual se dictan administrativos. disposiciones de justicia transicional que
garanticen verdad, justicia y reparación a Con el fin de instituir de la mejor manera las víctimas de desmovilizados de grupos posible el sistema mixto de rendición de organizados al margen de la ley, se cuentas de la Ley 1424 y de solucionar conceden beneficios jurídicos y se dictan algunos desafíos de coordinación otras disposiciones”. interinstitucional en la instauración del sistema, se creó la Mesa Interinstitucional Con un marco conceptual de justicia de Ley 1424 de 2010 (en adelante, la transicional, la Ley 1424 de 2010 creó un Mesa). Este es un espacio de discusión sistema mixto -judicial y administrativoy articulación entre las diferentes de rendición de cuentas para aquellos instituciones que la conforman y su excombatientes que no cometieron Secretaría Técnica está en cabeza de la crímenes graves en virtud de su pertenencia Dirección de Justicia Transicional del a la organización armada. Mediante este Ministerio de Justicia y del Derecho. En la instrumento se otorgan unos beneficios actualidad, participan la ACR, el Centro jurídicos -en el marco de un proceso Nacional de Memoria Histórica (CNMH), la 9 0102 ed 4241 yeL al ed socidíruJ sotnemadnuF Fiscalía General de la Nación (FGN) y, de contiene los principales aspectos del manera reciente, la Defensoría del Pueblo y sistema mixto de rendición de cuentas la Procuraduría General de la Nación. Como creado por la Ley. Por ejemplo, ¿cuáles invitados especiales, hemos contado con la son los procedimientos que se establecen? Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la ¿Cuáles son los requisitos que debe
Organización de los Estados Americanos acreditar el desmovilizado para acceder a (OEA), la Organización Internacional para los beneficios consagrados en la norma? las Migraciones (OIM) y la Escuela Judicial ¿Cuáles son esos beneficios? ¿Por qué Rodrigo Lara Bonilla. La Mesa ha liderado se le considera un mecanismo de justicia el análisis interinstitucional de la puesta en transicional? ¿Cómo la implementación marcha de los mecanismos que integran el de esta clase de instrumentos reconoce los sistema mixto de rendición de cuentas de la derechos de las víctimas a la verdad, a la Ley 1424, en especial de las implicaciones justicia, a la reparación y a la no repetición? que tiene su implementación en todo el Las respuestas a todas estas preguntas se territorio nacional. encuentran desarrolladas en este texto de una manera didáctica y sencilla. Uno de los obstáculos que se encontró para la adecuada aplicación de la Ley Para finalizar, queremos agradecer la 1424 de 2010, al cual intenta responder participación de las instituciones que este documento, es la persistencia del forman parte de la Mesa y que participaron desconocimiento sobre su contenido, su en el proceso de elaboración de esta cartilla. alcance y sus objetivos. Esto es bastante De todas ellas recibimos comentarios diciente, si se tiene en cuenta que que enriquecen este texto y ayudan a ella debe ser ejecutada por diferentes entender los retos que trae consigo la operadores judiciales y administrativos implementación de la Ley 1424. Asimismo, en todo el territorio nacional, puesto esta publicación no hubiera sido posible que los beneficios jurídicos a los que sin la contribución de la Organización se refiere operan dentro de procesos Internacional para las Migraciones, que ha
penales ordinarios que se adelantan a prestado un apoyo invaluable para este y lo largo del país. De allí la necesidad de otros proyectos llevados a cabo en el marco que jueces, fiscales, defensores públicos, de la Mesa. procuradores judiciales y otros operadores administrativos estén familiarizados con los contenidos, el marco interpretativo y los fines de esta Ley. Con el fin de hacer frente a ese desafío y con el propósito de difundir la Ley entre quienes la implementan y quienes acceden a sus beneficios, en el marco de la Mesa Interinstitucional se elaboró la presente cartilla, que, desde una visión general y a modo de preguntas y respuestas, 10 1. ¿Qué es la Justicia Transicional? La justicia transicional puede entenderse como la manera de hacer justicia en contextos de transición confianza entre los ciudadanos, y entre política. Cuando se trata de ponerle fin estos y el Estado6. a conflictos armados internos, la justicia transicional contribuye a conseguir Para lograr sus objetivos, estos -al mismo tiempodos objetivos mecanismos no se deben adoptar esenciales: la negociación política del de forma aislada. Para que cuenten fin del conflicto y la realización de la con mayor efectividad, se debe poner justicia. Para ello, la justicia transicional en marcha un sistema en el que se se vale de una serie de mecanismos y combinen todos los instrumentos. A herramientas especiales y temporales este rasgo característico de la justicia que permiten enfrentar el legado de transicional se le llama enfoque violaciones masivas a los derechos holístico: las medidas son diversas, pero
humanos, buscando el reconocimiento confluyen en un mismo sistema y bajo el de las víctimas y la construcción de cumplimiento de los mismos objetivos7. 6 Dirección de Justicia Transicional - Ministerio de Justicia y del Derecho. (2014). Qué es la Justicia Transicional. Retrieved 25 de mayo de 2015 from Justicia Transicional: http://justiciatransicional.gov.co/articulo/que-es-justicia-transicional 7 De Greiff, P. (2012). Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y garantías de no repetición. Asamble General de Naciones Unidas. ONU. 11 0102 ed 4241 yeL al ed socidíruJ sotnemadnuF No existen fórmulas únicas o modelos atrás, al reconstruir un pasado de estándar de justicia transicional, pues violencia y buscar las causas de la cada país –según las características de ocurrencia de dichos hechos y, a su su propio contexto social y político– vez, hacia el futuro, pues tiene un crea el modelo que mejor se adapte carácter preventivo, al buscar que a sus necesidades. El campo de los hechos no se repitan. Entre los conocimiento de la justicia transicional mecanismos que se han creado para ha sistematizado la experiencia de garantizar este derecho se destacan distintos países sobre cómo enfrentar las comisiones de la verdad, otras el legado de crímenes del pasado iniciativas oficiales y no oficiales en contextos de transición política y de recuperación de la memoria ha contribuido, además, a dotar de histórica y mecanismos especiales contenidos los derechos de las víctimas para la búsqueda de personas y a determinar el correlativo alcance desaparecidas.
de las obligaciones de los Estados para satisfacerlos en ese tipo de b) Acceso a la Justicia e contextos. Los tres derechos básicos de investigación y persecución penal: las víctimas y los instrumentos que se Aun en transición política, el Estado han desarrollado para satisfacerlos en tiene la obligación de investigar, contextos de transición política, son los juzgar y sancionar a los responsables siguientes: de violaciones graves a los derechos humanos e infracciones graves al a) Verdad y construcción de derecho humanitario, especialmente memoria histórica: entendida como a quienes ostentan la mayor el derecho que tienen las víctimas – responsabilidad por los crímenes dimensión individual8 - y la sociedad internacionales, garantizando el en general –dimensión colectiva9 debido proceso y la participación - de conocer y dar a conocer la efectiva de las víctimas en estos verdad sobre los hechos violentos procesos. Sin embargo, el alcance de del pasado, las circunstancias esta obligación para un Estado en en que ocurrieron, así como sus transición política y, especialmente, causas y consecuencias. En esta cuando se trata de alcanzar la paz, medida, el derecho a la verdad a través de la negociación del fin tiene como objetivo mirar hacia de un conflicto armado interno, es 8 Esta dimensión tiene origen en el artículo 32 del Protocolo 1 de 1977, adicional a los Convenios de Ginebra de 1949, que busca establecer mecanismos para hallar el paradero de los combatientes desaparecidos y de las víctimas desaparecidas. 9 Principio 2, Informe de Diane Orentlicher, “Conjunto de principios actualizado para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad”, ONU E/CN.4/2005/102/Add.1, del 8 de febrero de 2005.
distinto al alcance de la obligación reparación adecuada, efectiva y en contextos ordinarios. Para lograr pronta. Conforme a los estándares 12 la transición y al mismo tiempo hacer del derecho internacional, la justicia, los Estados pueden poner en reparación puede comprender marcha distintos tipos de beneficios múltiples medidas –individuales judiciales y de racionalización y colectivas-11, que deberían de la acción penal. Por ejemplo, combinarse e interrelacionarse amnistías e indultos para incentivar entre sí. Algunas de estas medidas a las personas alzadas en armas a o componentes son12: la restitución, reincorporarse a la sociedad y otras la indemnización, la rehabilitación, formas de renuncia a la persecución la satisfacción y las garantías de penal para quienes han participado no repetición. En contextos de directamente en el conflicto, a violaciones masivas y sistemáticas cambio de su contribución a la y cuando se trata de transitar de satisfacción de los derechos de las una situación de conflicto armado víctimas10. A su vez, la persecución interno a la paz, la mejor manera penal de crímenes internacionales en de hacer efectivo el derecho de contextos de transición, se ha hecho las víctimas a la reparación es a mediante tribunales internacionales, través de programas administrativos híbridos o domésticos especiales, de cobertura masiva adoptados con participación internacional. por parte del Estado. Así lo han reconocido el Alto Comisionado de c) Reparación integral: este Naciones Unidas para los Derechos componente desarrolla el derecho Humanos y el Relator Especial sobre que tienen todas las víctimas de la promoción de la verdad, la justicia,
graves violaciones a los derechos la reparación y las garantías de no humanos e infracciones graves al repetición. derecho humanitario a recibir una 10 En palabras de la Corte Constitucional: “La comunidad internacional ha admitido la importancia de alcanzar la paz, permitiendo la celebración de acuerdos políticos de reconciliación con amplios grupos sociales, lo cual exige cierta flexibilidad a la hora de aplicar los principios que dominan el ejercicio de la función judicial sin desconocer las obligaciones internacionales de los Estados en el compromiso universal de respeto a la dignidad y a los derechos humanos, sino permitiendo que se cumplan de manera especial. Esta situación es el fundamento mismo de la justicia transicional (…)”. Ver: Corte Constitucional de Colombia, sentencia C-579 de 2013, apartado 8.2.1., pág. 292. 11 La reparación individual es el conjunto de medidas destinadas a remediar, mitigar y resarcir los daños individuales causados por las violaciones a los derechos humanos. Por otro lado, la reparación colectiva busca implementar medidas de reparación integral para restaurar e indemnizar los derechos de las comunidades, organizaciones, grupos sociales y políticos afectados por el conflicto. Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. (2014). Derecho a la Reparación Integral a las Víctimas del Conflicto Armado, preguntas frecuentes. Bogotá: Imprenta Nacional. 12 Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de los derechos humanos y de violaciones graves del DIH a interponer recursos y obtener reparaciones. Organización de las Naciones Unidas, Asamblea General. ONU. 21 de marzo de 2006. 13
0102 ed 4241 yeL al ed socidíruJ sotnemadnuF Las garantías de no repetición tienen paz, así como en el logro de la secomo objetivo que la violencia no se guridad ciudadana. repita. En contextos de negociación • Desmovilización: política del fin de un conflicto armado consiste en la interno, el desarme, la desmovilización disolución de la unidad armada y la reintegración de excombatientes o la disminución del número de grupos armados ilegales constituye de combatientes (en caso de una garantía de no repetición muy desmovilización individual). Esta importante. La experiencia indica que fase del proceso se realiza a través de la manera en que se conduzcan los de dos etapas: (i) la ubicación de las procesos de Desarme, Desmovilización y personas que se van a desmovilizar Reintegración (DDR) de las estructuras en una zona de concentración armadas, depende, en gran parte, el designada y; (ii) la reinserción, que éxito o fracaso de los acuerdos de paz. consiste en la asistencia que se le ofrece al desmovilizado antes de Los Estándares Integrados de DDR de iniciar su proceso de reintegración, la Organización de las Naciones Unidas como, por ejemplo, la entrega de (IDDRS por su sigla en inglés) son alimentos, ropa, refugio, servicio considerados como un referente clave médico y educación, entre otras. de los procesos de DDR13 y han servido • Reintegración: de guía para el caso colombiano. En él se definen cada una de las sub-etapas del es el proceso por proceso de DDR, los cuales se explican medio del cual brevemente a continuación: los desmovilizados adquieren • Desarme: un estatus civil es la rey consiguen un empleo e ingreso colección, económico sostenible. Se caracteridocumentación, control y elimiza por ser un proceso a largo plazo, nación de todas las armas, exploque propende por que los desmosivos y artillería que utilizaban los vilizados vuelvan a la comunidad combatientes en una zona de conmediante su vinculación a la vida flicto. La entrega de las armas y el política, económica y laboral de uso que se le dará al material bélico forma estable y duradera. cumple una función importante en la legitimación de los acuerdos de 13 Estándares Integrados de DDR (IDDRS). Nota a la asamblea General, A/C.5/59/31. Secretario General de la ONU. Mayo de 2005. La acción conc) La contribución a la junta y coorreconciliación: parte de la confianza 14 dinada de los mutua entre los ciudadanos y su mecanismos de calidad de titulares de iguales la justicia tranderechos, quienes confían en el sicional conEstado, en sus instituciones y en sus tribuye, de acunormas, por lo que se adhieren a su erdo con Pablo jurisdicción. de Greiff, Relator de las Naciones Unidas sobre Verdad, Justicia, Reparación y d) El fortalecimiento del Estado Garantías de no Repetición, a la consede derecho:promover el Estado cución de los cuatro objetivos de la jusde derecho, la consolidación de ticia transicional, los cuales se señalan a la legalidad y el respeto de los continuación: derechos individuales y colectivos como comportamiento cotidiano. a) El
reconocimiento de las víctimas y sus derechos: implica admitir los hechos y el daño causado, reconocer la importancia y el valor de las personas como individuos o comunidades, y a las víctimas como ciudadanas con derechos que deben ser respetados. b) El fomento de la confianza cívica: supone el restablecimiento de las relaciones de confianza entre los ciudadanos, así como entre estos y las instituciones del Estado. Esto incluye el respeto de los valores y normas básicas de una comunidad política.
pues el propósito central de la ley fue justamente resolver la situación jurídica 16 de los excombatientes de las AUC no postulados a justicia y paz y que no podian acogerse a los beneficios jurídicos de amnistía e indulto. Este sistema mixto busca garantizar tanto el derecho a la verdad de la sociedad en general y el derecho a la reparación de las víctimas como la reintegración de los desmovilizados que se benefician por ella. 2. ¿En términos de Este instrumento legal busca cumplir dos objetivos esenciales. De una parte, justicia transicional, la reintegración de los desmovilizados a la sociedad, promoviendo mecanismos ¿qué es la Ley 1424 de no repetición de los hechos violentos. de 2010? De otra, contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas y de la sociedad en general a la verdad, la justicia y a la reparación. Para el cumplimiento de Es un sistema mixto –judicial y estos fines, se establece como pieza administrativo– de rendición de central el otorgamiento de algunos cuentas para los desmovilizados beneficios jurídicos, relacionados de los grupos armados organizados al principalmente con la libertad y la margen de la ley que no cometieron suspensión y extinción de las penas, en crímenes graves contra los derechos el marco de un proceso penal ordinario. humanos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) y a El otorgamiento y la conservación de quienes solo se les persigue penalmente estos beneficios están condicionados al por delitos relacionados con la mera cumplimiento de unos requisitos, dentro pertenencia al grupo armado, por de los cuales está la vinculación a la ruta
ejemplo, el concierto para delinquir. de reintegración a cargo de la ACR, la Si bien la Ley 1424 de 2010 se refiere prestación de un servicio social en favor a “grupos armados organizados al de la comunidad en el marco del proceso margen de la ley”, en la práctica de reintegración y la contribución a esta ley solo se está aplicando a las la verdad y memoria histórica, dentro personas desmovilizadas de las AUC, del mecanismo no judicial diseñado e 17 0102 ed 4241 yeL al ed socidíruJ sotnemadnuF implementado por el Centro Nacional de 2637 de 2014, que aclara el alcance Memoria Histórica (CNMH). El sistema del beneficio jurídico de la suspen
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