VANEGAS - El dopaje deportivo en el derecho penal colombiano
Pablo Vanegas
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Detalles
- Título
- VANEGAS - El dopaje deportivo en el derecho penal colombiano
- Autor
- Pablo Vanegas
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- —
n,1 S a> C _ O D A R G E D S Pablo Andrés Vanegas Santana I S E T
El dopaje deportivo en el : ¡ derecho penal colombiano :
Un análisis dogmático y crítico al : nuevo artículo 380 del Código Penal : Externado de Colombia N.º1 25 • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
- Exteirnado • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • de Colombia
FACULTADDE D ERECHO Pablo Andrés VanegasS antana El dopajed eportivoe n el derechop enal colombiano Un análisisd ogmáticoy críticoa l nuevoa rtículo3 80 del CódigoP enal Universidad Externado de Colombia Facultad de Derecho Departamento de Derecho Penal y Centro de Investigación en Filosofía y Derecho 1 -- Vancg;u Sanwia, Pablo Andds ElJ ;,p,zjdt rporrivmo eld rr«hop rruzclo lombianou:n a,uiJi.Jdiso gmáticJo críticoa l nun,o artículo3 80d tl Código pm;zf ¡ Pablo Andrés Vancg;uS anwia. Bogocl: Univcnidad &1emado de Colombi2. Facultadd e Derecho, 2023 . 167p áginas (Tesis de grado ; 125 )
ISBN: 9 789¡8¡o6oo¡4 (impreso)9 J89f8506oo81(e -book)
1. Derecho penalColombi2 2. Raponsahili<U.d penalColombia 3. Doping en depones - Historia 4.
Doping en depones -Aspectos jurídicos-Colombia 5. Medicina deportiva --Aspcaos jurídicos 6. Cooperación internacional --Aspcaos jurídicos 7. Delitos - Aspectosj urídicos - Colombia 8. Depones - Legislación . 9 Deponisw - ~ca profesional - Colombia 10. Sanciones legales - Colombia 11. Abuso de sustancias --Aspectos jurídicos - Colombia l. Título JI. Serie 343 SCDD 15 Catalogación en b fucn1e - Universi<U.dE xternado de Colombi2. Biblioteca. MRJ diciembre de 2023
E-ISBN 978-958-506-008-1
ISBN 978-958-506-007-4
© 2023, PABLO ANDRÉS VANEGAS SANTANA
© 2023, UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA
Calle 12 n.0 1-17 este, Bogotá Teléfono( +57) 601 342 0288 publicaciones@uexternado.edu.co www.uexternado.edu.co Primerae dición: diciembred e 202 3 Disefio~ e cubierta: Departamento de Publicaciones Correcciónd e estilo: Pablo E. Daza y Comp~~iciónJ:u lián Hcrnández -Taller de disefio Imp~esiony encuadernación:D GP Editores S.AS. TiraJ e de r a 1 .ooo ejemplares. Impresoe n Colombia Prinud in Colombia Prohibidal a reproducción c· . .ó O ita impresa o electrón. tal ·a1
ci n expresay por escrito del D Jea to O parc1 de escao bra, sin autorizae . eparcamento de p bl" • . . ol o mb1a.L aso piniones expresadas u 1cac1oneds e la Universidad Externado de en esta obra son responsabilidad del autor. La mejora del rendimiento no va en contra del espíritu del deporte; es el espíritu del deporte. Elegir ser mejor es ser humano J. Savulescu Dedico este libro a toda mi familia que siempre ha sido mi motor para salir adelante. A mi madre Claudia Xiomara Santana Martínez y a mi padre Pedro Pablo ¼megas Gil, a quienes les guardo profondo respetoy amor y les debo todo lo que soy. A mi abuelo Luis Alejandro Santana, quien me cuida y me protege desde la eternidad.
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN 13
LISTA DE ABREVIATURAS 19
CAPÍTULO I
MARCO HISTÓRICO Y CONCEPTUAL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE 21
1. Recorrido histórico del dopaje en el deporte: de la promoción a la represión 23 1.1. Dopaje naturista 24 1.2. Dopaje químico-experimental 25 1.3. Dopaje químico sistemático 27 1-4Dopaje biotecnológico 29 1.5. La institucionalización de la lucha contra el dopaje en el deporte 30
2. Definición del dopaje en el deporte 36 2.1. Infracciones relacionadas con sustancias o métodos prohibidos dentro y fuera de competiciones deportivas 45
A. Presencia de una sustancia prohibida o de sus metabolitos o marcadores en la muestra de un deportista 45
B. Uso o intento de uso por parte de un deportista de una sustancia prohibida o de un método prohibido 47
C. Posesión de una sustancia o un método prohibidos por parte de un deportista o persona de apoyo a los deportistas 47
D. Tráfico o intento de tráfico de cualquier sustancia o método prohibidos por parte de un deportista u otra persona 49
E. Administración o su intento por parte de un deportista u otra persona a un deportista durante la competición de una sustancia o método prohibidos, o administración o su intento a cualquier deportista fuera de competición de cualquier sustancia o método prohibidos fuera de competición 50 2.1. Infracciones relacionadas con los controles antidopaje 51
A. Evitar, rechazar o incumplir la obligación de someterse a la recogida de muestras por parte de un deportista 51
B. Localización fallida del deportista 52
C. Manipulación o intento de manipulación de cualquier parte del proceso de control del dopaje por parte de un deportista u otra persona 54 2-3Nuevas infracciones 55
[9] El dopajetÚ portivoen el derechpoe nal colombianoU. n andlisisd ogmáticoy critico.. .
A. Complicidad o intento de complicidad por parte de un deportista u otra persona . 55
B. Asociación prohibida de un deportista u otra persona 57
C. Actos llevados a cabo por un deportista u otra persona para disuadir de informar a las autoridades o para tomar represalias en contra de quien lo haga 58
3. Lass ustancias y métodos prohibidos 60 3.1.S ustancias y métodos prohibidos según la etapa en la que se materializa su prohibición 65
3.2. Sustancias y métodos prohibidos según su destinación habitual 66 3.3. Sustancias prohibidas en ciertos deportes 67 3+ Sustancias de abuso 67
4. Toma de postura 70
WÍTULO II
.ANÁLISIS DOGMÁTICO AL NUEVO ARTÍCULO 380 DEL CÓDIGO PENAL
COLOMBIANO 73
I. Antecedentes comparados 74
2. Antecedente nacional. El artículo 380 original de la Ley 599/2000 78
3. Iniciativa de reforma del antiguo artículo 380 del Código Penal 83
4. El nuevo delito de dopaje del Código Penal colombiano 84 4.1. Los sujetos integrantes del tipo penal de dopaje 86
A. El sujeto activo 86
B. El sujeto pasivo 87 4.2. Los verbos rectores del tipo penal de dopaje 87 4.3. Los objetos del tipo penal de dopaje
89
A. El objeto jurídico
89
B. Los objetos materiales 89 4.4. Ingredientes especiales
92
A. Ingredientes normativos y complementos típicos
92
B. Ingredientes subjetivos
96 4.5. Punibilidad 98
5. Toma de postura
103 III
CAPÍTULO
PRINCIPALES CRÍTICAS POLÍTICO-CRIMINALES y DOGMÁTICAS
AL DELITO DE DOPAJE
I. La ruptura del principio de subsidiariedad del , e . , . . , caracter rragmentano Y d e uitzma ratio del derecho penal
(10) Contenido
2. El delito de dopaje y la violacióna l principio de legalidadp enal n3 2.1. El tipo penal de dopaje como tipo penal en blancos ui generis n3
2.2. La adopción del estándar internacional" Listadod e Prohibiciones" de la AMA como complementon ormativo 120
3. La inexistenciad e un bien jurídico tutelado por el delito de dopaje 128 3,1. La salud como bien jurídico en el delito de dopaje deportivo 130
A. La salud individualc omo posibleb ien jurídico protegidoe n el delito de dopaje en el deporte 132
B. La salud pública como posibleb ien jurídico protegidop or el delito del dopaje en el deporte 136 3.2. El patrimonio económicoc omo posibleb ien jurídico protegido en el delito de dopaje en el deporte 141 3.3.L a ética deportivac omo interést utelado por el delito de dopaje 144
4. Toma de postura 148
CONCLUSIONES 153
1. Lo prohibido no es otra cosad istinta que una construccións ocial 153
2. Copiar no necesariamenteim plicaa vanzar 154 3. ¡Protegere l deporte sí! ¡Peron o así! 155
BIBLIOGRAFÍA 157
[11] INTRODUCCIÓN El objetivo de esta investigación es analizar el nuevo delito de dopaje, integrado a nuestro ordenamiento jurídico con la Ley 2083 de 2021, que reformó el artículo 380 del Código Penal colombiano desde una perspectiva jurídica dogmática y crítica. Las conductas de doping,e sencialmente desarrolladas en el mundo deportivo, aunque llevan siglos enteros desarrollándose, solo hasta hace un par de décadas han llamado la atención de la escena internacional; cuando el deporte, ejercido bajo
unos parámetros sociales de rectitud, honestidad, corrección, buscando ser una actividad promotora de salud física y psíquica, se ha convertido en una institución social de fuerte protección jurídica en el ámbito nacional e internacional. En el marco de dicha protección se ha desenvuelto e institucionalizado una lucha universal contra el dopaje en el deporte, cuyo pilar fundamental reposa en el seno de la UNESCO y en su Convención de París del 2005. Allí, los Estados firmantes manifestaron su compromiso implacable y serio de hacer frente a este tipo de conductas desde su derecho interno y a cooperar en el ámbito internacional para su definitiva erradicación. Por supuesto, Colombia no ha sido un país ajeno a esta lucha y hace cerca de catorce años ratificó aquel instrumento internacional. A partir de la creación del Ministerio del Deporte en el 2019, se realizó una rigurosa revisión de la normativa ancidopaje vigente, cuya eficacia parecía haberse desvanecido, y se lideró desde este Ministerio una iniciativa de reforma y actuali zación de esta para adecuarla a los estándares internacionales vigentes, que incluía una derogatoria casi integral al régimen ético-disciplinario contenido en la Ley 845 de 2003 sustituyéndolo por uno más cercano al Programa Mundial Antidopaje de la Agencia Mundial Ancidopaje y, como es costumbre en nuestro país, la asignación de competencias al derecho penal para conocer de estos asuntos, transformando el delito contenido en el artículo 380 del Código Penal en un verdadero cipo penal de dopaje. En este panorama se enmarca este libro que busca erigirse como una de las
primeras herramientas o materiales de consulta científica sobre el delito de dopaje en el derecho colombiano, que pueda ser de utilidad tanto para operadores jurídicos a la hora de investigar, defender, juzgar y sancionar esca conducta punible, o poner en entredicho su exequibilidad anee nuestra Corte Constitucional, como para Aunque se publica en el 2023, el texto en su integridad corresponde a la tesis elaborada en el 2022, con la normativa de ese año. Pese a que no han surtido modificaciones esenciales, el libro se remite a algunos estatutos vigentes de 2022. (13) . {J; análisids o¡;mdtiyc oc rític.o.. El dopajed eportivmo el derechpoe nalc olombianon. . . 'd' en aras de proponer nuevos J·uic• 1 la academia y la investigación soc10Jurii ca, . 0s, inquietudes y alternativasd e solución en la matena. d l1 . . se pueden esarro ar en torno ¡ Es preciso admitir que las discusionesq ue . 'd' a a repres. 1 , o ne statal del dop. i ngso n amp¡ i· a s Ys e Pu ede .n aborda . r JUfl icamente desd e . , . d' . ¡· • dmi·ni'strattvas ancionadora y desde un una perspectiva ettco1sc1pm ana o a , . . . a · h • bl la reforma al regimen disciplina• perspectiva penal. De hec o, es mnega e que rio en maten• a d e d opaJ· e que supuso 1 a nueva L e y 2084 de ,2 021. puede se . r blancod e
. , · ·a1 esalesy tecmcos relacionadose numerosos estud 10sc rmcos, sustanc1 es, proc ' on su forma y su fondo. . . . , Sin embargo, hemos visto la necesidadd e delimitar eSta mvesttgaci~na l campo del derecho penal, puesto que se trata del área jurídica _cuya!n terven~ión exigeu n mayor y más riguroso cumplimiento de garantías Y exigencias,c onsiderando que puede conducir a la restricción de derechos fundamentales más severa permitida por el Estado colombiano;e n ese sentido, las críticas e investigacionesd ogmáticas sobre la intervenciónp unitiva en este asunto deportivo se presentan como urgentes y precisas, a fin de colaborar a los intérpretes de la norma a encontrar posturas argumentativasy hermenéuticass ólidaso rientadasa l ejercicior acional y garamisca del derecho penal. El propósito de este estudio consistió, por un lado, en analizar objetivamente el nuevo delito de dopingd el Código Penal colombiano y, por otro, exponer las principalesc ríticasq ue emanan de su tipificaciónp ara así determinar si el uso del derecho penal para combatir estos comportamientos anticompetitivos, según las obligacionese manadasd e la ConvenciónI nternacionalc ontra el dopaje en el deporte de la UNESCO, es necesario,l egal, idóneo y proporcional o si, por el contrario, no satisfacel os principiosb ásicosq ue admiten el uso de esta herramienta por parce del Estado y debe asignarses u regulacióna otra disciplina. El estado del arte en este tema es limitado y se encuentra desarrolladoe n países
cuyoso rdenamientosj urídicosy a han contemplado de tiempo atrás la intromisión del derecho penal en el mundo deportivoy , particularmente, en la lucha universal contra el dopaje,c omos ucedee n España,F ranciao Alemania.E n el casoc olombiano, el estado del arte es casi nulo atendiendo al carácter reciente y novedoso del delito de dopaje en nuestro ordenamiento; la mayoría de las investigacionese n materia de dopings e han dirigido al estudio de su represión disciplinaria administrativa O y no a su sanción punitiva, dada la inexistenciap recedente de esta. En cuanto al método,e stai nvestigaciónse puedec atalogarc omo una investigación jurídico-analíticaq ue ha tomado el delito de dopaje en el deporte como unidad de análisisy lo ha desarticuladoe n sus diversosc omponentes para su correspondiente (14] lntroducci6n estudio individual y relacional, al identificar en los elementos t.ípicosu na serie de interrogantes, problemáticas y alternativasd e respuesta. Igualmente, la investiga ción se ha servido de una metodología de comparaciónj urídica y doctrinaria con ordenamientos extranjeros que ya han desarrollado, con aventajada experiencia, construccionest eóricase ntorno a la criminalizaciónd el dopaje en el deporte, con el objetivod e darc uerpo y fortalezaa lasp ropuestasy solucionesr esultantesd el trabajo. El presente libro se estructura en tres grandes capítulos, cada uno con sus respectivas conclusiones parciales, y una conclusión fmal de carácter general. El primer capítulo desarrolla el marco histórico y conceptual del dopaje en el
deporte. Sin duda alguna, para estudiar cualquier fenómeno que el derecho penal pretenda castigar, debe entenderse su definición, su contexto y su génesis; por ello es necesario entender cómo, cuándo y dónde han tenido origen las prácticas dopantes, si se trata de un comportamiento recienteo si, por el contrario, han sido una constante desde el origen mismo del deporte; se debe comprender la forma en que social y jurídicamente han sido vistos y tratados estos comportamientos a lo largo de la historia. Igualmente, es menester encenderl o que hoy en día se entiende por doping,q ué conductasl e constituyen,c ómo se puedene ntendere n la prácticay , esencialt ambién, exponer las sustanciasy métodos cuya ingesta o uso se encuentra prohibido en el deporte, pues al final todo lo que encendemosp or dopaje gira alrededor de estas prohibicionesq ue, además,m arcane l derroterod e la conducta punible en cuestión. El segundo capítulo contiene un estudio analítico del nuevo delito de dopaje contenido en el artículo 380 del Código Penalc olombiano.S e torna imprescindible previamentet raer a colación la experienciad e algunoso rdenamientosj urídicos de corte europeo-continentalq ue ya han reguladol a penalizaciónd e las conductas de doping,p ara esclarecers i el legisladorc olombiano se ha guiado por algún modelo en particular y, de esta manera, ubicar la doctrina comparada más acertada. Del mismo modo, parece pertinente comparar el nuevo tipo penal con su predecesor y señalarl as principalesd iscrepancias,d e tal suerte que sea posible afirmar que es,
desde esta reforma, la primera vez que un tipo penal de dopaje existe en nuestro ordenamiento jurídico. Siguiendo el modelo de análisisd e los tipos penales propuesto por el maestro AlfonsoR eyesE chandía, es precisoi dentificar el sujeto activo y pasivo del delito, los verbos rectores,e l objeto jurídico tutelado, los objetos materialess obre los que recaend ichasc onductas, sus complementosn ormativos,t eniendo en cuenta que es un tipo penal en blanco; sus ingredientesn ormativosy subjetivos,s u punibilidad y sus agravantese specíficos. (15] El dlJpajtek portivoe n el derechpoe nalc owmbianoU. n análisisd lJgmdticyo c rítico•• • El tercer capítulo de este libro desarrolla las tres principales críticas a la existencia del tipo penal de dopaje y su incorporación al ordenamiento jurídico colombiano, las cuales en conjunto ponen en duda su exequibilidad a la luz de los postulados criminológicos, dogmáticos y constitucionales. La primera de estas críticas está relacionada con la vulneración de los principios de subsidiariedad y necesidad del derecho penal ocasionada por la tipificación del dopaje en el deporte. En efecto, si se considera la escasa lesividad social real que representa el mero suministro o administración de sustancias prohibidas en el deporte y la existencia de un régimen disciplinario amplio y actualizado con las disposiciones del Código Mundial Antidopaje, la existencia de un delito de dopaje se presenta como innece saria e incluso como una afrenta a los principios básicos del derecho penal liberal. La segunda crítica se relaciona con la violación al principio de legalidad como
consecuencia de la adopción del Estándar Internacional del Listado de Prohibiciones de la Agencia Mundial Antidopaje como complemento normativo del que es un tipo penal en blanco muy particular. La difusa naturaleza jurídica de la Agencia y de los estándares internacionales que emite, la mínima, por no decir nula, in tervención del Estado colombiano en la confección de la lista de prohibiciones y el carácter confuso, ambiguo y abierto de dicho listado hacen que los requisitos mínimos indicados por la Corte Constitucional para predicar el cumplimiento del principio de legalidad de los tipos penales en blanco no se vean satisfechos y pongan en entredicho su ajuste a la norma suprema. Finalmente, la última crítica corresponde a la ausencia de bien jurídico objeto de tutela por el delito de dopaje. Al margen de que el legislador haya incorporado el tipo penal dentro de los delitos contra la salud pública, la fenomenología propia de la conducta dopante hace casi imposible que lesione dicho interés jurídico. Se deben abordar entonces otros bienes jurídicos que eventualmente puedan ser lesionados por el nuevo delito de suministro ilegal a deportistas: la salud indi vidual, el patrimonio económico, o la ética deportiva, aun cuando este último no sea merecedor de tutela penal. Aun así, es muy reducida la posibilidad de que el delito proteja satisfactoriamente cualquiera de esos intereses, lo que confirma la falta de necesidad e idoneidad de un delito específico que castigue esta conducta anticompetitiva. Por último, se recogen las conclusiones generales de la labor investigativa. En g~~eral, estas concl~iones no buscan otra cosa que sentar nuestra posición defi
nmv~ sobr~ las temat1cas abordadas, fungir como base para futuras investigaciones propias o a1enas en la doctrina nacional y comparada, y servir como herramienta [16] Introducción académica de consulta para operadores jurídicos, en lo atinente a las críticas y a la aplicación teórica y práctica del delito de dopaje en el derecho penal colombiano. Es importante advertir que esta investigación se desarrolló con la normativa del Programa Mundial Antidopaje de la Agencia Mundial Antidopaje vigente para el 2022, que incluye el Código Mundial Antidopaje del 2021 y los Estándares Inter nacionales vigentes para el periodo 2022. Atendiendo a la variabilidad periódica de estos instrumentos, algunos detalles muy particulares aquí expuestos (como las sustancias y métodos prohibidos) pueden sufrir desfases en el futuro próximo, sin que por ello la investigación en su conjunto varíe su núcleo esencial o quede desactualizada. (17)
LISTAD E ABREVIATURAS
AMA/WADA AgenciaM undial Antidopaje AUT Autorizaciónd e uso terapéutico CMA Código Mundial Antidopaje COI Comité Olímpico Internacional EPO Eritropoyetinar ecombinante IAAF InternacionalA ssociationo f AthleticsF ederations (hoy llamadaW orld Athletics) JJ.00. Juegos Olímpicos RAE RealA cademiaE spañola TAS/CAS/TAD Tribunal Arbitral du Sport / Court of Arbitration for Sport / Tribunal de ArbitrajeD eportivoo TribunalA rbitrald el Deporte UCI Unión CiclísticaI nternacional UNESCO Organizaciónd e las NacionesU nidas para la Educación,
la Ciencia y la Cultura (19] I CAPÍTULO MARcoH ISTÓRICO y CONCEPTUAL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE Al hablar de dopaje es inevitable evocar casos tan mediáticos como el del deportista estadounidense Lance Armstrong, figura del ciclismo internacional, quien tras ganar siete Tours de France de forma consecutiva (1999-2005), encontraría el ocaso de su carrera deportiva en el 2005, cuando el diario L'Equipe emprende una serie de investigaciones en su contra por la presunta presencia de eritropoyetina en muestras de orina recolectadas durante el Tour de 1999. Aunque respecto de esta indagación concreta el ciclista resultó exonerado, esta sí marcaría el inicio de una serie de acusaciones en su contra que desembocarían en una investigación federal llevada a cabo por la Agencia Antidopaje de los Estados Unidos que culminó con la confirmación de la existencia de múltiples conductas de dopaje y, por consiguiente, con el retiro de sus siete títulos del Tour de France, una prohibición de por vida para la participación en eventos deportivos olímpicos y de la Unión Ciclística Internacional (UCI), el retiro de su medalla olímpica de bronce 0J. ganada en los Juegos Olímpicos OO.) de Sídney 2000, la recisión de los contraeos con codos sus patrocinadores, múltiples demandas y millonarias pérdidas económicas1 . De igual manera, es ineludible considerar, al hablar de dopaje, el reciente caso de una de las redes de dopaje sanguíneo más grandes del mundo, la Operación
Aderlass, que terminó con la condena impuesta por un tribunal de Múnich a más de cuatro años de prisión, una multa cercana a los 200 ooo dólares y la prohibición al doctor alemán Mark Schmidt en enero del 2021 de ejercer la medicina deportiva por eres años. Schmidc fue declarado culpable, jumo con otros miembros de su equipo médico, de 24 cargos por uso de métodos dopances y dos cargos por uso indebido de medicamentos a favor especialmente de esquiadores de fondo y ciclistas entre los años 2012 y 2019[2.J. Como estos casos han existido miles a lo largo de la historia, con consecuencias que han revestido mayor o menor gravedad, con diferentes actores deportivos involucrados, en distintas disciplinas y competencias deportivas, haciendo uso de diversas sustancias, fármacos o procedimientos; pero, en general, con el factor FOTHERINGHAM, WiUiam. "Timdine: Lance Amstrong's journey from deity ro disgrace". The Guardian.I ncernarional Edition, 9 de mano de 2.015.( Consultado el 2.2d. e febrero de 202.1).D ispo nible en hrrps://www.theguardian.com/ sporr/2015/ mar/ 09/lance-armstrong-cycling-doping-scandal 2 "German sports doctor jailed over blood doping scandal". BBCN ews1. 5d e enero de 2.021.[ Consultado el 23 de febrero de 2021). Disponible en hrrps://www.bbc.com/news/world-europe-55674985 [21]
El dopajed eportivoe n el derechpoe nal co/QmbianoU. n andlisisd cgmdticoY crítico..• común del deseo imparable de superar a toda costa a los demás competidores, de sobresalir, de ser el mejor, de llevarse los premios y el reconocimiento popular. Lo anterior obliga a cuestionarse las causas de este tipo de comportamientos fraudulentos en el deporte. Al respecto, es muy importante partir de una premisa, y es que el "afán por la victoria es el factor principal de entre todos aquellos que han provocado la racionalización coral de la práctica deporriva"3 • Este afán por la victoria no es ni mucho menos novedoso, ni tampoco se restringe al escenario deportivo, por el contrario, ha acompañado al hombre casi desde sus orígenes. Lad ominancia, la reproducción, la buena alimentación, se encontraban reservadas para quienes contaban con cualidades destacadas y escasas entre la comunidad, para quienes conseguían objetivos que otros no lograban obtener, para quienes eran los mejores en la actividad que desarrollaran (cacería, agricultura, guerra, ere.). Qué decir del ámbito deportivo, en el que el ganador siempre obtiene algo que el perdedor no, beneficios sociales, económicos, políticos, el reconocimiento para la posteridad, o simplemente el honor y la satisfacción propia. El deporte ha evolucionado, se ha convertido en una gran industria en la que interactúan múltiples actores de la sociedad, los deportistas se han elevado a la categoría de ídolos, figuras, héroes, abanderados y representantes de los más puros sentimientos de arraigo y nacionalidad; sumas incalculables de dinero se mueven en el mundo deportivo, entre premios, becas, patrocinios y contratos; una marea de emociones se
desencadenan en multitudes por la incertidumbre propia de la competencia justa4. Estas circunstancias, que se enmarcan en una cultura generalizada del éxito en el deporte, han impuesto sobre los atletas, profesionales y aficionados, y sus respectivos entornos, una presión robusta a perseguir el triunfo a toda costa, sin conceder impor tancia a los medios usados para ello. Esto no es otra cosa que una representación más del carácter anómico de nuestra sociedad, en términos del ilustre sociólogo criminal Robert K Merton, una sociedad en la que las oportunidades de triunfar son limitadas y la incapacidad de alcanzar la victoria produce tensión y estrés en los comperidores5. 3 LÓPEZ FRÍAS, Francisco Javier. Mejorah umanay dopaje.U nap ropuestac ritica (Madrid: Reus, 2015), 26. [Consultado el 26 de febrero de 2021] Disponible en https://www.edirorialreus.es/libros/ mejora-humana-y-dopaje/9788429018356/ 4 VALLS PRIETO, Javier. "La intervención del derecho penal en la actividad deportiva". &vista Electrónicad e CienciaP enaly Criminología(,2 009): 11-14,2 . [Revisado el 20 de enero de 2022] Disponible en http://criminet.ugr.es/ recpdn/ recpcu-14. pdf 5 TEIJ Ó N ALCALÁ, Marco. El deportec omoa ctividada nómica.U nai nvestigaciócnr iminológicsao bre la infracciónd e lasn ormase n competicionedse portivas(B arcelona: Bosch Editor, 2021), 68.
(22] Marcoh istóricyo conceptuatlk l dopajee n el tkporte Precisamente, Merton 6 reconoció que la anomia se hace presente en actividades tan corrientes y triviales como el deporte, cuando los atletas se enfocan en ganar más que en competir. En estos casos, el énfasis desproporcionado en la meta ocasiona el desprecio emocional de los deportistas hacia las reglas de juego, moviéndolos a innovar, es decir, a buscar trucos moralmente inaceptables, pero altamente eficaces para lograr el triunfo, trucos entre los que destaca, por supuesto, la conducta objeto de nuestro estudio, el dopaje.
I. RECORRIDO HISTÓRICO DEL DOPAJE EN EL DEPORTE: DE LA PROMOCIÓN A LA REPRESIÓN Con el propósito de abordar el tema del dopaje con propiedad, es preciso analizar cómo ha tenido desarrollo esta práctica desde la antigüedad hasta nuestros días.
Para efectos prácticos, se hará uso del modelo de clasificación histórico del dopaje propuesto por el profesor Francisco López Frías (véase tablar). Tabla Tiposd e dopaje 1.
TIPOSD E DOPAJE
Químico Químico Naturista Biotecnológico Experimental Sistematizado Moderado 1 Radical Dopaje Actual
Fuente: tomado de Francisco Javier López Frías7.
López Frías8 contrasta las posiciones de algunos historiadores que afirman que el deporte tuvo una "época dorada'', en la que la actividad competitiva era un fin en 6 MERTO N, Robert K. "Estructura social y anomia''. En CuadnnotsÚ laF acultadtÚ EstudioGs enerales
(San Juan, Universidad de Puerto Rico-Recinto de Río Piedras, Departamento de Ciencias Sociales, 1962, Serie D, n.° 5), 7-8. [Revisado el 27 de mayo de 2022). Disponible en hccps://umbral.uprrp. edu/wp-contenc/uploads/2018/09/cstruccura_social_y_anonima_por_robert_k._mercon.pdf 7 LÓPEZ FRÍAS, Francisco Javier. Op.c it., 46. 8 !bid., 25-28. [23] E tÚlpajdt eportivom el daechop mal colombianoU. n andlisistÚ Jgmdtiyc oc rític.o.. sí mismo y la victoria quedaba rezagada a un se.gundo plan?, entre otras, porque no existían mayores incentivos al triunfo, con recientes escud10s que demuestran que, desde la Antigua Grecia, los deportistas junco co~ su gale~o de confianza hacían todo lo que estuviera a su alcance para ganar, movidos por Jugosos beneficios eco. nómicos y políticos dentro de lasp olis donde competían o de donde eran naturales. 1.1. Dopaje naturista Los primeros esquemas de dopaje eran relativamente sencillos, las estrategias por medio de las cuales se pretendía mejorar el rendimiento físico en el marco de la competencia se ceñían al uso de recursos que la propia naturaleza proveía y que eran muy accesibles9. Desde las antiguas olimpiadas realizadas en Grecia, los atletas recurrían a distintas sustancias inhibidoras, se hacía uso de brebajes que les permitían a los deportistas de aquel entonces tener mayor resistencia y superar a sus contendientes en la medida
en que podían manejar de mejor forma la fatiga1º. También se ha comprobado que en esa época ya eran conocidos los efectos androgénicos y mejoradores de los testículos de animales, que eran consumidos para incrementar la fortaleza física11 . En el mismo marco temporal, tanto en Grecia como en Roma, los atletas no solo hacían uso de sustancias que les permitían obtener un mejor desarrollo físico, buscaban también que sus rivales consumieran otro tipo de componentes orgánicos 12 que pudieran perjudicar su desempeño en competencia . No sobra resaltar que, en el deporte de la antigüedad, tomaba un rol proragónico el médico asesor del deportista, así como el deportista mismo, pues era este quien tenía los conocimientos especializados en anatomía, en botánica, en nutrición, etc. y podía aplicarlos en beneficio de su prohijado. Era fundamental que el deportista se encontrara bien instruido y preparado médicamente, era una relación más que 9 !bid., 29-30. 10 ARÉVALO,H ernán Andrés y YublsayN olraly MEJfASP EÑA. "Dopaje en el ciclismo:M étodos, sustanciasu controles.U na mirada actual". RevistaD igital·A ctividadF ísicay Deportev, ol. 3, n.° l (julio-diciembre)6, 0-76, 61. [Consultadoe l 18 de marzo de 2020]. Disponible en hccps://reviscas. udca.edu.co/index.php/rdafd/art