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CCE-Matriz 2 Indicadores Financieros y Organizacionales CCE-EICP-FM-98 Consultoria

CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente

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Detalles

Título
CCE-Matriz 2 Indicadores Financieros y Organizacionales CCE-EICP-FM-98 Consultoria
Autor
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
—

MATRIZ 2INDICADORES FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES CONSULTORÍA DE ESTUDIOS DE INGENIERÍA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE Código CCE-EICP-FM-98 Página 1 de 2 Versión 2 No.

MATRIZ 2 – INDICADORES FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES

CONSULTORÍA DE ESTUDIOS DE INGENIERÍA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE

1. Índices de capacidad financiera y organizacionales para Mipyme.

El Proponente persona natural o jurídica que demuestre la condición de Mipyme de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.4 del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con el parágrafo del artículo 2.2.1.13.2.4 del Decreto 1074 de 2015 o las normas que los modifiquen, sustituyan o complementen, probará los siguientes indicadores: Indicador Valor concertado ≥1,11 Índice de liquidez ≤75% Índice de endeudamiento Razón de cobertura de ≥0 intereses Definido en los Pliegos Capital de trabajo Tipo ≥0 Rentabilidad del patrimonio ≥0 Rentabilidad del activo Tratándose de Proponente Plurales estos indicadores solo se aplicarán si por lo menos uno de los integrantes acredita la calidad de Mipyme de conformidad con el artículo 2.2.1.2.4.2.4. del Decreto 1082 de 2015, o la normas que los modifiquen, sustituyan o complementen, y tienen una participación igual o superior al diez por ciento (10 %) en el Consorcio o en la Unión

Temporal. Para acreditar la calidad de Mipyme el Proponente entregará copia del certificado del Registro Único de Proponentes, el cual deberá encontrarse vigente y en firme al momento de su presentación.

2. Índices de capacidad financiera y organizacionales para los demás Proponentes Los Proponentes que NO demuestren la condición de Mipyme de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.4. del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con el parágrafo del artículo 2.2.1.13.2.4 del Decreto 1074 de 2015 o las normas que los modifiquen, sustituyan o complementen, acreditarán los siguientes indicadores:

Código CCE-EICP-FM-98 Versión 2 MATRIZ 2INDICADORES FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES CONSULTORÍA DE ESTUDIOS DE INGENIERÍA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE Código CCE-EICP-FM-98 Página 2 de 2 Versión 2 No. Indicador Valor concertado ≥1,21 Índice de liquidez ≤70% Índice de endeudamiento Razón de cobertura de ≥1 intereses Definido en los Pliegos Capital de trabajo Tipo ≥0,04 Rentabilidad del patrimonio ≥0,02 Rentabilidad del activo Los indicadores definidos en la presente matriz deben ser usados por las Entidades en la estructuración de los Documentos del Proceso de Contratación de consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte. Código CCE-EICP-FM-98 Versión 2

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