CCE-Matriz 2 Indicadores Financieros y Organizacionales CCEEICPFM72
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CCE-Matriz 2 Indicadores Financieros y Organizacionales CCEEICPFM72
- Autor
- CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
MATRIZ 2INDICADORES FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES NTERVENTORÍA DE OBRA PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE – VERSIÓN 2
Código CCE-EICP-FM-72 Página 1 de 2 Versión No. 2
MATRIZ 2 – INDICADORES FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES
INTERVENTORÍA DE OBRAS PARA INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
1. Índices de Capacidad Financiera y Organizacionales para Mipyme.
El Proponente persona natural o jurídica que acredite la condición de Mipyme de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.4. del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con el parágrafo del artículo 2.2.1.13.2.4 del Decreto 1074 de 2015 o las normas que los modifiquen, sustituyan o complementen, probará los siguientes indicadores: Indicador Valor concertado ≥1,11 Índice de liquidez ≤75% Índice de endeudamiento Razón de cobertura de ≥0 intereses Definido en los Pliegos Capital de trabajo Tipo ≥0 Rentabilidad del patrimonio ≥0 Rentabilidad del activo Tratándose de Proponentes Plurales estos indicadores solo se aplicarán si por lo menos uno de los integrantes acredita la calidad de Mipyme de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.4. del Decreto 1082 de 2015, o la normas que los modifiquen, sustituyan o
complementen, y tienen una participación igual o superior al diez por ciento (10 %) en el Consorcio o en la Unión Temporal. Para acreditar la calidad de Mipyme, el Proponente entregará copia del certificado del Registro Único de Proponentes, el cual deberá encontrarse vigente y en firme al momento de su presentación.
2. Índices de Capacidad Financiera y Organizacionales para los demás Proponentes.
Los Proponentes que NO demuestren la condición de Mipyme de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.4 del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con el parágrafo del artículo 2.2.1.13.2.4 del Decreto 1074 de 2015 o las normas que los modifiquen, sustituyan o complementen, acreditarán los siguientes indicadores: Indicador Valor concertado Índice de liquidez ≥1,21 Código CCE-EICP-FM-72 Versión 2
MATRIZ 2INDICADORES FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES NTERVENTORÍA DE OBRA PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE – VERSIÓN 2
Código CCE-EICP-FM-72 Página 2 de 2 Versión No. 2 Indicador Valor concertado Índice de endeudamiento ≤70% Razón de cobertura de ≥1 intereses Definido en los Pliegos Capital de trabajo Tipo ≥0,04 Rentabilidad del patrimonio ≥0,02 Rentabilidad del activo Los indicadores definidos en la presente matriz deben ser usados por las Entidades en la estructuración de los Documentos del Proceso de Contratación de interventoría de obra pública para infraestructura de transporte. Código CCE-EICP-FM-72 Versión 2