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PGN - Memorando 003 de 2025

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - Memorando 003 de 2025
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2025

DE:

PARA:

ASUNTO:

FECHA:

MEMORANDO No. 003

VICEPROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

SALAS DISCIPLINARIAS; PROCURADORES DELEGADOS;

PROCURADORES AUXILIARES; PROCURADORES REGIONALES;

PROCURADORES DISTRITALES; PROCURADORES

PROVINCIALES; PROCURADORES JUDICIALES; SECRETARÍA

GENERAL; DIRECTORES; VEEDURÍA; JEFES DE OFICINA; JEFES

DE DIVISIÓN

LINEAMIENTOS PARA EL INFORME ANUAL DE GESTIÓN AL

CONGRESO DE LA REPÚBLICA JULIO 2024 - JUNIO 2025

16 DE MAYO DE 2025

La Procuraduría General de la Nación ostenta el deber de presentar un informe anual de su gestión al Congreso de la República en los primeros quince (15) días de cada legislatura ordinaria, de conformidad con lo previsto en el numeral 8º del artículo 277 de la Constitución Política1 y numeral 1 º del artículo 254 de la Ley 5ª de 19922. Este informe tiene por objetivo presentar los resultados de la gestión anual y logros institucionales, a través de información comprensible, actualizada, oportuna y completa. Para dicho propósito, la Viceprocuraduría General de la Nación tiene a su cargo la coordinación de la elaboración del informe anual de gestión, según lo establecido en el numeral 1 Oº del artículo 17 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 7 del Decreto Ley 1851 de 20213. Esta labor se desarrolla de forma conjunta con el despacho del

numeral 1 Oº del artículo 17 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 7 del Decreto Ley 1851 de 20213. Esta labor se desarrolla de forma conjunta con el despacho del Procurador General de la Nación, la Oficina de Planeación y la Oficina de Prensa, conforme a la información reportada por las distintas dependencias y funcionarios de la Procuraduría, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la entidad4. 1 Constitución Política. "Articulo 277. El Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes, tendrá las siguientes funciones: ( ... ) 8. Rendir anualmente informe de su gestión al Congreso". 2 Ley 5ª de 1992. "Artfculo 254. Obligatoriedad de su presentación. Están obligados a presentar informes al Congreso de la República: 1. El Procurador General de la Nación: informe anual de su gestión. (. . .) Parágrafo. En los numerales 1 a 5 los informes deberán presentarse dentro de los primeros quince (15) días de cada legislatura ordinaria". 3 Decreto Ley 262 de 2000. "Artículo 17. Funciones del Viceprocurador General de la Nación. El Viceprocurador General tiene las siguientes funciones: ( ... ) 1 O. Coordinar la elaboración del informe anual de gestión que el Procurador General debe rendir al congreso de la República". 4 Procedimiento: Elaboración del Informe de Gestión Anual. Código PRO-PE-00-001. Versión 1. Fecha de aprobación 16/11/2018.

DESPACHO DEL VICEPROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

Carrera 5 No. 15 - 80 Bogotá, D.C.

16/11/2018.

DESPACHO DEL VICEPROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

Carrera 5 No. 15 - 80 Bogotá, D.C. Linea gratuita para todo el pais: 01 8000 940 808 (571) 5878750 Ext.: 12511.

Email: viceprocuradulia@procuraduria.gov.co. NIT. 899999119-7

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