SIC - Concepto-11042787
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Concepto-11042787
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- —
Bogotá D.C., 10
Asunto: Radicación: 11-042787- -00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 3
Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la Consulta En su comunicación solicita información para registrarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio para efectos de inscribirse en el Registro Nacional de
Avaluadores.
2. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta Superintendencia, en particular por el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, corresponde a esta entidad, entre otras funciones, velar por el cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor, sobre protección de la competencia, administrar el sistema nacional de la propiedad industrial, así como tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma, y conocer y decidir los asuntos jurisdiccionales en materia de protección al consumidor y competencia desleal.
3. Registro Nacional de Avaluadores De conformidad con las atribuciones conferidas por mandato legal a la Superintendencia de Industria y Comercio en relación con el tema de avalúos, según el artículo primero, numeral 13 del Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, le corresponde a esta entidad \”Ejercer las funciones atribuidas por la
ley y el reglamento en materia de avalúos, avaluadores y el registro nacional de avaluadores\”. Así las cosas, de conformidad con las facultades atribuidas por mandato legal, mediante la Resolución 13314 de 2001, incorporada al título IX de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, se establecen las especialidades, número y contenido del registro, el procedimiento de inscripción, la actualización de la información, el trámite de las solicitudes, la información del registro y, en particular, se señala que el Registro Nacional de Avaluadores está conformado por la lista de avaluadores inscritos ante la Superintendencia de Industria y Comercio. En consecuencia, la inscripción de los avaluadores debe adelantarse ante esta Entidad, cumpliendo los requisitos y anexando los documentos necesarios para el trámite, los cuales los encuentra señalados en nuestra Circular Única, la cual puede consultar en nuestra página web: www.sic.gov.co, en el link Normatividad - Circulares. En este orden de ideas, para efectos de inscribirse en el registro, las personas naturales y jurídicas que lo soliciten, se dispuso el diligenciamiento y la presentación del formulario código 1000-F01, el cual se encuentra en nuestra página web antes señalada, ingresando por la pestaña "TRÁMITES Y SERVICIOS" el link "Protección de la Competencia" - "Inscripción en el Registro Nacional de Avaluadores" en donde deberá diligenciar -según el casola siguiente información: - \"Avaluadores personas naturales: Nombre, número y tipo de documento de identificación Número de registro en el registro nacional de avaluadores Especialidad (es) en la (s) que está inscrito
Profesión del avaluador Años de Experiencia - \"Avaluadores personas jurídicas: Nombre de la persona jurídica y Nit Número de registro en el registro nacional de avaluadores Especialidad (es) en la (s) que está inscrito Número de la matrícula mercantil o identificación del acto mediante el cual se reconoció personería jurídica Identificación del representante legal\”. Finalmente, si desea mayor información puede comunicarse directamente con nuestro Call Center: 01800-910165 o a la línea de Atención al Ciudadano: 6-513240. Atentamente,