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SIC - Concepto-11059382

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Concepto-11059382
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
—

Bogotá D.C., 10

Asunto: Radicación: 11-059382—00001-0000

Trámite: 113

Evento: 0

Actuación: 440

Folios: 1

Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos: 1 Objeto de la consulta En su escrito solicita se le informe \”si es la Superintendencia de Industria y Comercio la institución competente como organismo certificador de personas en competencias laborales, que necesita una empresa colombiana, dueña de la franquicia para COLOMBIA, de un método de aprendizaje, memoria y desarrollo de habilidades profesionales. \” De no serlo, ruego se nos indique a quien corresponde. Y de serlo, solicitamos datos de contacto de la persona y/o área para calificar procedimiento y trámite respectivo\”. 2 Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta Superintendencia, en particular por el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, corresponde a esta Entidad, entre otras funciones, velar por el cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor, protección de la competencia, administrar d" sistema nacional de la propiedad industrial, así como tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma, y conocer y decidir los asuntos jurisdiccionales en materia de protección al consumidor y

competencia desleal. 3 Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de Protección al Consumidor De acuerdo con el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de protección al consumidor cuenta con las siguientes funciones: - Velar por el cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor, en particular, las contenidas en el Decreto 3466 de 1982 y las demás que regulan los temas concernientes a la calidad, la idoneidad y las garantías de los bienes y servicios, así como por la verificación de la responsabilidad por el incumplimiento de las normas sobre información veraz y suficiente e indicación pública de precios, entre otras. - Vigilar, en los términos establecidos en la ley, la observancia de las disposiciones sobre protección a suscriptores, usuarios y consumidores de los servicios de telecomunicaciones. - Velar por el cumplimiento de los reglamentos técnicos sometidos a su vigilancia y control. - Vigilar a los operadores y fuentes de información financiera, crediticia, comercial y de servicios y la proveniente de terceros países con idéntica naturaleza, conforme a la ley de Habeas Data (Ley 1266 de 2008). - En facultades jurisdiccionales puede conocer y decidir los asuntos de protección del consumidor contenidos en el Art. 145 de la Ley 446 de 1998.

4. Actividades de certificación Para su información y claridad sobre el tema expuesto, traemos una serie de conceptos que esperamos sean de utilidad para el cuestionamiento, donde encontrará explicación sobre los procesos de certificación y acreditación.

Según lo establecido en el literal k) del artículo 2a del Decreto 2269 de 1993, certificación es el "procedimiento mediante el cual una tercera parte da constancia por escrito o por medio de un sello de conformidad de que un producto, un proceso o un servicio cumple los requisitos especificados en el reglamento", la actividad de certificación es realizada por un organismo de certificación. A su vez, en el literal h) y el literal I) de la misma norma definen, respectivamente, a la acreditación como el procedimiento mediante el cual se reconoce la competencia técnica y la idoneidad de organismos de certificación e inspección, laboratorios de ensayos y de metrología para que lleven a cabo las actividades a que se refiere el citado decreto. Y, el certificado de conformidad como el "documento emitido de acuerdo con las reglas de un sistema de certificación, en el cual se manifiesta adecuada confianza de que un producto, proceso o servicio debidamente identificado está conforme con una norma técnica u otro documento normativo específico". Los organismos de certificación son las entidades competentes para emitir certificados de conformidad de acuerdo con la modalidad para la cual han sido acreditados. El listado de los organismos de certificación acreditados puede encontrarlo en la página del Organismo Nacional de Acreditación de Colombia ONAC, www.onac.org.co, teniendo en cuenta que acorde con las normas vigentes, esa Entidad es la única fuente de información oficial sobre el tema de

ACREDITACIÓN.

5. Actividades de acreditación Mediante el Decreto 4738 del 15 de Diciembre de 2008, fueron suprimidas las funciones de acreditación a la Superintendencia de Industria y Comercio, dentro

de las cuales, estaban, la de acreditar organismos de certificación de personas, para que éstos a su turno, prestaran servicios de certificación de personas. Por lo que, según el citado Decreto 4738, las funciones de supervisión, vigilancia y control, fueron asignadas al Organismo Nacional de Acreditación de Colombia ONAC, quien determina la reglamentación y mecanismos para adelantar las evaluaciones de vigilancia de la acreditación. Igualmente, en el citado Decreto 4738 se advierte que las solicitudes de acreditación de organismos de inspección, de laboratorios de Calibración y de Ensayos, de certificación de producto y las de certificación de personas deberán presentarse ante ese Organismo Nacional de Acreditación -ONAC-, que ahora es el organismo nacional de acreditación en Colombia. En consecuencia, le sugerimos consultar la página del Organismo Nacional de Acreditación de Colombia ONAC, www.onac.org.co donde puede conocer todos los organismos que fueron acreditados por esta Entidad y los que han sido por ellos acreditados, para certificar personas, con sus diferentes alcances. En caso que lo requiera, o si lo prefiere, puede elevar su inquietud a dicho organismo ubicado en la Diagonal 34 No. 5 - 98 de Bogotá, D.C., para lo que haya lugar. Sobre estas bases, de igual forma puede acudir directamente a alguno de los organismos acreditados (de acuerdo con el alcance acreditado) que a su vez, pueda cumplir con las expectativas requeridas. Adicionalmente, tenga en cuenta que, el Gobierno Nacional ha previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, que el SENA sea el organismo normalizador de competencias laborales para Colombia. En este mismo sentido el Decreto 933 de

2003 señala en su artículo 19 que "el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA regulará, diseñará, normalizará y certificará las competencias laborales". La finalidad de la Normalización de Competencias Laborales es organizar, estructurar y operar procesos para establecer, en concertación con los sectores productivo y educativo y el Gobierno, normas de competencia laboral colombiana, que faciliten la operación de procesos de evaluación, certificación, formación y gestión del talento humano, para lo cual, usted puede consultar directamente en la página web del SENA, www.sena.edu.co. Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página de internet www.sic.gov.co. En la pestaña \” información General\” y \” Doctrina\”, encontrará conceptos emitidos por esta Superintendencia. Atentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

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