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SIC - Concepto-11077851

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Concepto-11077851
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
—

Bogotá D.C., 10

Asunto: Radicación: 11-077851—00001-0000

Trámite: 113

Evento: 0

Actuación: 440

Folios: 1

Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos: 1 Objeto de la consulta En su escrito solicita se le informe cómo puede obtener una certificación en la que conste que una marca no se encuentra registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio. Sobre el particular le manifestamos lo siguiente: 2 Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta Superintendencia, en particular por el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, corresponde a esta Entidad, entre otras funciones, velar por el cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor, protección de la competencia, administrar el sistema nacional de la propiedad industrial, así como tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma, y conocer y decidir los asuntos jurisdiccionales en materia de protección al consumidor y competencia desleal. 3 Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de propiedad industrial Las funciones específicas de esta Entidad en relación con la propiedad industrial se encuentran señaladas en el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, y la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina.

La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de la Dirección de Signos distintivos tiene a su cargo "Decidir las solicitudes que se relacionen con el registro de marcas, y lemas comerciales, así como con su renovación y demás actuaciones posteriores a la concesión del registro\", de conformidad con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 12 del Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010. 3.1. Solicitud de certificación de antecedentes de una marca Con el fin de consultar si una marca o expresión se encuentra registrada o en trámite de registro ante esta Superintendencia, usted puede solicitar por escrito dirigido a la Secretaría General de la Entidad, una certificación, especificando el "signo y/o el término de su interés". Para estos efectos, debe consignar la suma de $14.000, en el Banco de Bogotá, en la cuenta Corriente No. 062754387, Código Rentístico 01, a nombre de la Superintendencia de Industria y Comercio, por cada solicitud, remitiendo el recibo de consignación. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 72897 del 24 de diciembre de 2010 “\Por la cual se fijan las tasas de propiedad industrial y se modifica la Circular Única del 19 de julio de 2001\”. Para su información, puede Consultar en su integridad la citada resolución, ingresando por nuestra página web: www.sic.gov.co por la pestaña “\Normatividad\” y “\Resoluciones\” Adicionalmente, si desea obtener una búsqueda de parecidos marcarios por clase, resulta necesario cancelar previamente la suma de $27.000,00 en el Banco

de Bogotá, consignando dicho valor, tal y como lo indicamos en el párrafo anterior. Finalmente, en nuestra página web www.sic.gov.co, por la pestaña ubicada al lado izquierdo de la pantalla en el título “\GUÍAS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL\”, escogiendo “\Marcas\”, puede encontrar los requisitos o documentos necesarios para presentar una solicitud de registro de una marca o de los diferentes signos distintivos existentes y, también, encontrará el trámite que se surte ante la Dirección de Signos Distintivos de esta Entidad. Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página de internet www.sic.gov.co. Atentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

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