SIC - Concepto-12207576
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Concepto-12207576
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- —
Bogotá D.C., 10
Asunto: Radicación: 12-207576- -00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 3
Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados. Ley 1266 de 2008; Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la consulta En su escrito después de manifestar inquietudes sobre un proyecto de circular de esta Superintendencia, la cual le fue puesta en conocimiento por FENALCO, solicita: "...con el único fin que se nos informe de manera clara y se nos dé una respuesta de fondo respecto de la numeración, y expedición de dicha de dicha
(sic) circular externa y la fecha en que fue publicada en el Diario Oficial, toda vez que al buscarla misma en el link de normatividad de la página de la Superintendencia de Industria y Comercio, no nos ha sido posible encontrar su texto, y en consecuencia despejar las dudas que tenemos respecto del uso de la misma como fundamento de nuestras respuestas y aclaraciones hacía clientes de la compañía."
2. Fuerza vinculante de las Circulares expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta Superintendencia, en particular por el Decreto 4886 de 2011, corresponde a esta entidad, entre otras funciones, velar por el cumplimiento de las normas sobre protección del consumidor, sobre protección de la competencia, metrología legal, la
protección de datos personales, administrar el sistema nacional de la propiedad industrial, así como tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma, y conocer y decidir los asuntos jurisdiccionales en materia de protección del consumidor y competencia desleal. De acuerdo con las funciones expedidas por el citado decreto, por el cual se reestructura la Superintendencia de Industria y Comercio, se le atribuyeron ciertas funciones dentro de las cuales se encuentran: 2.1 Facultades instructivas En virtud de lo establecido en el numeral 61 del artículo 1 del decreto 4886 de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio tiene la' función de "impartir instrucciones en materia de protección al consumidor, protección de la competencia, propiedad industrial, administración de datos personales y en las demás áreas propias de sus funciones, fijar criterios que faciliten su cumplimiento y señalar los procedimientos para su cabal aplicación". En ese orden de ideas, la facultad de instrucción dirigida a los entes vigilados es la manera como deben cumplirse las disposiciones que regulan su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabal aplicación. 2.2 La circular objeto de consulta Lo consultado por usted hace referencia a un proyecto de circular, el cual aún no tiene la posibilidad de producir efectos jurídicos, y la Entidad lo que hace es ponerlo a consideración de público en general para obtener sus opiniones, previo a formular instrucciones sobre el tema particular. En últimas, es una propuesta de circular que aún está en estudio y hasta tanto no sea publicada en el diario oficial, no está llamada a producir efectos, así que, mal haría esta Oficina en emitir un concepto jurídico sobre
un documento que aún no tiene fuerza vinculante. De cualquier forma, se pone de presente que en relación con la prestación de servicios que suponen la entrega de un bien deben observarse la Ley 1480 de 2011, así como las instrucciones que, de manera general, ha impartido esta Superintendencia a través de la Circular Única, particularmente, en su Título II. Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta Entidad, puede consultar nuestra página de internet www.sic.gov.co. Atentamente,
WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO
JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA
Elaboró: José González
Revisó: William Burgos
Aprobó: William Burgos